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Gabinete Asesor Fernandez, S.L. inicia sus actividades el año 1972, orientando su actividad a la asesoría de la pequeña y mediana empresa. Nuestro equipo de profesionales garantiza en todo momento un trato humano y directo que nos permite cumplir con nuestro principal objetivo que es ofrecer un servicio personalizado, ágil, completo y de calidad.

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(El Economista, 13-04-2026)

El gasto del Estado crece el doble que la recaudación fiscal

El periodo comprendido entre 2019 y 2025 ya se considera histórico en España por la evolución de los ingresos tributarios. Sin embargo, aunque la recaudación haya alcanzado cifras récord, el gasto no financiero de la Administración del Estado ha crecido aún más en términos relativos, duplicando su incremento durante esos mismos años, que coinciden con las legislaturas de Pedro Sánchez desde su llegada al poder tras la moción de censura. En concreto, los datos actualizados de la Intervención General de la Administración del Estado (IGAE) reflejan que el gasto presupuestario efectivamente ejecutado alcanzó en 2025 los 197.890 millones de euros, más del doble que los 96.848 millones registrados en 2019. Este aumento contrasta con el crecimiento de los ingresos fiscales, que en ese mismo periodo se incrementaron un 51%, pasando de cerca de 213.000 millones a más de 325.000 millones, según cifras del Ministerio de Hacienda. Para realizar una comparación más precisa, se han considerado únicamente los gastos no financieros del Estado, es decir, aquellos directamente vinculados a su funcionamiento y a las decisiones del Gobierno en los últimos años. Quedan fuera partidas como el pago de la deuda pública, la financiación de comunidades autónomas o las relaciones financieras con la Unión Europea. El fuerte aumento del gasto llama la atención de los expertos, especialmente teniendo en cuenta que durante este periodo el Ejecutivo solo logró aprobar tres Presupuestos Generales del Estado, bajo la gestión de la entonces ministra María Jesús Montero. Además, el gasto real podría ser aún mayor si se incluyeran mecanismos adicionales utilizados para incrementar el desembolso al margen de las cuentas oficiales y del control parlamentario, especialmente en relación con los presupuestos de 2023, que siguen vigentes. En paralelo, los ingresos fiscales también han crecido impulsados por factores como la falta de actualización de los tramos del IRPF a la inflación, lo que ha contribuido a que este impuesto aumente su recaudación, incluso en comparación con el año anterior. Si se amplía la perspectiva al conjunto de las Administraciones públicas -incluyendo Seguridad Social, comunidades autónomas y entidades locales-, el gasto total alcanza niveles récord, superando los 725.000 millones de euros en 2024, con un incremento del 25% desde 2020, según la clasificación oficial Cofog. Este crecimiento del gasto está empezando a generar tensiones en las cuentas públicas, hasta el punto de que España podría tener dificultades para cumplir en 2026 con los compromisos presupuestarios adquiridos con la Unión Europea, pese al buen comportamiento de los ingresos. Por otro lado, el aumento del gasto no se ha traducido necesariamente en una mejora de los servicios públicos, ya que la inversión directa ha disminuido. De hecho, en 2024 la formación bruta de capital fijo registró su primera caída interanual desde comienzos de la década pasada, según datos de la IGAE. Aquella etapa coincidió con un contexto económico muy distinto, marcado por la crisis de deuda europea, que obligó a España a aplicar fuertes ajustes para reducir el déficit y la deuda pública.

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(La Vanguardia, 13-04-2026)

¿Cómo puedo saber cuándo me devolverán el dinero de la declaración de la Renta?

Con la campaña de la Renta ya en marcha, muchos contribuyentes que esperan una devolución se preguntan cuándo recibirán el ingreso y de qué forma pueden comprobar el estado de su declaración. La Agencia Tributaria pone a disposición distintas herramientas para ello y establece, además, un plazo máximo para efectuar las devoluciones. La campaña se desarrolla habitualmente entre abril y finales de junio. Desde el inicio ya es posible presentar la declaración por internet; posteriormente se habilita la atención telefónica y, más adelante, la presencial con cita previa. El plazo ordinario concluye el 30 de junio, aunque la Agencia Tributaria continúa gestionando devoluciones después de esa fecha. Las primeras devoluciones suelen abonarse pocos días tras el inicio de la campaña, pero no todas se tramitan al mismo ritmo ni se pagan simultáneamente. La declaración puede presentarse por diferentes canales: sede electrónica, aplicación móvil o asistencia telefónica y presencial con cita previa. Para acceder es necesario identificarse mediante certificado digital, sistema Cl@ve o número de referencia. Cuando el resultado es "a devolver", es la propia Agencia Tributaria la que inicia el procedimiento para reembolsar el importe correspondiente. No existe una fecha fija de pago. Hacienda va efectuando las devoluciones conforme revisa las declaraciones. Aquellas más sencillas, sin incidencias ni comprobaciones adicionales, suelen resolverse antes, mientras que las que incluyen deducciones complejas o requieren verificación pueden demorarse más. Por ello, dos personas que presenten la declaración el mismo día pueden recibir el ingreso en momentos distintos. El seguimiento del estado de la devolución puede realizarse de forma sencilla a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria, dentro del apartado de Renta, previa identificación. También está disponible esta información en la aplicación oficial para dispositivos móviles, que muestra los mismos datos. En ambos casos se indica la fase exacta de la tramitación y si el pago ya ha sido ordenado. La consulta puede realizarse en cualquier momento y se actualiza automáticamente cuando hay cambios. Durante el proceso pueden aparecer distintos estados: "en trámite", cuando la declaración ha sido recibida y está siendo revisada; "en comprobación", si se están verificando datos; "tramitada", cuando la revisión ha finalizado; "emitida", si la devolución ya ha sido ordenada; y "realizada", cuando el importe ha sido transferido a la cuenta bancaria. Aunque la denominación puede variar ligeramente, una vez aparece el último estado, el ingreso suele hacerse efectivo en pocos días, dependiendo de la entidad bancaria. Según la Ley del IRPF, la Agencia Tributaria dispone de un plazo máximo de seis meses para realizar la devolución. Este periodo se cuenta desde el final del plazo de presentación voluntaria (1 de julio) si la declaración se presentó dentro de plazo, o desde la fecha de presentación si se hizo fuera de él. En la práctica, muchas devoluciones se abonan antes del verano, especialmente las de declaraciones tempranas y sin incidencias. No obstante, otras pueden demorarse si requieren comprobaciones adicionales. Si se supera el plazo legal de seis meses sin que se haya efectuado el pago, la Administración debe abonar automáticamente intereses de demora, sin necesidad de que el contribuyente los reclame. Estos intereses se calculan desde el día siguiente al vencimiento del plazo hasta la fecha en que se ordena el pago. Un retraso no implica necesariamente un problema, ya que puede deberse a revisiones habituales o comprobaciones de datos. Aun así, es recomendable consultar periódicamente el estado de la devolución para detectar posibles incidencias. En algunos casos, la Agencia Tributaria puede solicitar información adicional mediante un requerimiento, que se notifica a través de la sede electrónica o por correo postal, por lo que es importante revisar las comunicaciones y responder dentro del plazo indicado. También es aconsejable verificar que el número de cuenta bancaria sea correcto y que los datos personales estén actualizados, ya que cualquier error puede retrasar el ingreso. En definitiva, consultar el estado de la devolución permite conocer la situación del proceso en cada momento. Aunque la mayoría de los contribuyentes recibe el dinero sin necesidad de realizar gestiones adicionales, esta revisión ayuda a anticipar plazos y detectar posibles incidencias.

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