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(Cinco Días, 16-12-2025)

ATA pide a la Comisión Europea que castigue a España por no eximir de IVA a los autónomos que facturan menos de 85.000 euros

La Federación Nacional de Asociaciones de Trabajadores Autónomos (ATA) ha solicitado a la Comisión Europea que imponga sanciones a España por no aplicar la exención del IVA a los trabajadores por cuenta propia con una facturación anual inferior a 85.000 euros. Según denuncia la organización presidida por Lorenzo Amor, la propia Comisión ha confirmado que España es actualmente el único país de la Unión Europea que no ha implantado el régimen de exención para pequeñas empresas, lo que supone -a su juicio- un incumplimiento claro y prolongado de sus obligaciones comunitarias. ATA vincula esta exigencia a una directiva europea que España todavía no ha incorporado a su ordenamiento jurídico y cuya falta de transposición ya ha dado lugar a la apertura de un procedimiento de infracción. "Este incumplimiento tiene un impacto muy negativo sobre la actividad de los pequeños negocios y merma nuestra competitividad", afirma Amor, también vicepresidente de CEOE, en el comunicado que acompaña a la denuncia presentada en Bruselas. La asociación recuerda que la transposición de la directiva debía haber entrado en vigor el 1 de enero de 2025. Esta normativa permite que los autónomos con una facturación inferior a 85.000 euros queden exentos de repercutir el IVA en sus facturas y, además, les libera de la obligación de presentar declaraciones periódicas de este impuesto. Sin embargo, según ATA, la falta de actuación por parte del legislador español impide que la mayoría de los trabajadores por cuenta propia se beneficien de un verdadero sistema de simplificación del IVA, obligándolos a cumplir las mismas exigencias formales que las grandes empresas. De acuerdo con el análisis de la organización, esta situación fuerza a autónomos y pequeñas empresas a aplicar el IVA desde el primer euro de ingresos. La directiva que España no ha aplicado permite a los Estados miembros fijar un umbral de facturación de hasta 85.000 euros, por debajo del cual los profesionales quedarían exentos de repercutir, liquidar y declarar el impuesto. En este contexto, ATA recuerda que el presidente del Partido Popular, Alberto Núñez Feijóo, ha anunciado recientemente que, si llega al Gobierno, impulsará una medida en esta misma línea. ATA también subraya que la Comisión Europea ya constató este incumplimiento y abrió un procedimiento de infracción, que dio lugar a un requerimiento formal en enero de 2025. Posteriormente, en julio, Bruselas emitió un dictamen instando a España a adaptar su legislación a la directiva en un plazo de dos meses, advirtiendo de la posibilidad de acudir al Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Pese a ello, la asociación insiste en que, a día de hoy, la situación sigue sin corregirse. La organización presidida por Amor destaca que España no cuenta con un régimen general de franquicia del IVA basado en un umbral de facturación y que se limita a aplicar regímenes especiales como el simplificado o el recargo de equivalencia, cuyo alcance es muy limitado, sectorial y, en ningún caso, equiparable al sistema de franquicia armonizado previsto por la normativa europea. Según ATA, esta circunstancia provoca desigualdades difícilmente justificables entre profesionales en función de su actividad. Como ejemplo, señala que un autónomo dedicado a una actividad tradicional sujeta a módulos, como la hostelería, puede acogerse a un régimen más sencillo, mientras que un profesional liberal o del ámbito digital -como una abogada o un consultor de marketing- queda excluido y soporta una carga administrativa desproporcionada, incluso cuando su nivel de facturación es inferior. Para ilustrar esta diferencia, la asociación compara la situación con la de dos personas que compran el mismo vehículo, pero a una se le permite circular por una vía rápida con un peaje fijo, mientras que la otra se ve obligada a transitar por una carretera secundaria llena de trámites y a pagar peajes constantes por una simple diferencia formal. Ante este escenario, ATA solicita a la Comisión Europea que declare oficialmente que España ha incumplido las obligaciones derivadas de la Directiva 2020/285 por no haberla transpuesto en plazo; que mantenga activo el procedimiento de infracción ya iniciado; y que inste al Estado español a adoptar de manera inmediata las reformas legislativas necesarias para implantar un régimen de franquicia del IVA conforme al espíritu y los objetivos de la normativa comunitaria.

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(Expansión, 16-12-2025)

Hacienda responde a los autónomos y niega que el IVA franquiciado sea una obligación europea

Tras la denuncia presentada por la Federación Nacional de Asociaciones de Trabajadores Autónomos (ATA) ante la Comisión Europea, el Ministerio de Hacienda sostiene que la implantación de una franquicia del IVA no es una exigencia obligatoria derivada de la Directiva comunitaria. Desde el departamento que dirige María Jesús Montero consideran que la queja registrada por ATA en Bruselas carece de fundamento jurídico. Fuentes de Hacienda consultadas por EXPANSIÓN aseguran que la transposición de la Directiva europea, aún pendiente, no implica necesariamente la creación de un régimen de IVA franquiciado, ya que, según su interpretación, la norma no impone esa obligación. Las mismas fuentes recuerdan que España cuenta desde hace décadas con mecanismos orientados a aliviar la carga fiscal de los autónomos. En este sentido, destacan que desde 1986 existen figuras como el régimen simplificado o el recargo de equivalencia, ambos coordinados con el sistema de módulos del IRPF. En el caso del recargo de equivalencia, además, los comerciantes minoristas quedan exentos de presentar declaraciones de IVA, lo que, a juicio de Hacienda, demuestra que el país ya viene aplicando en la práctica los principios recogidos en la Directiva europea. No obstante, dentro de la propia Agencia Tributaria existen opiniones críticas que califican esta postura como una oportunidad desaprovechada para modernizar el sistema fiscal y reducir las obligaciones formales de cientos de miles de contribuyentes. Estas voces advierten, eso sí, de que un régimen de franquicia de IVA exigiría un control riguroso de las ventas para evitar posibles fraudes. La negativa rotunda de Hacienda a implantar este sistema ha trascendido al ámbito político. El presidente del Partido Popular, Alberto Núñez Feijóo, ha planteado una propuesta para eximir del IVA a los autónomos con una facturación inferior a 85.000 euros anuales, un umbral similar al existente en países como Francia, Irlanda o Italia. Desde ATA, sin embargo, recuerdan que estos límites pueden negociarse y que en otros Estados miembros son incluso más bajos. La reclamación presentada ante la Comisión Europea se produjo casi un año después de que venciera el plazo fijado por la normativa comunitaria para su aplicación en los Estados miembros, en un contexto en el que España es actualmente el único país de la Unión Europea que no ha adaptado su legislación en este ámbito. El presidente de ATA, Lorenzo Amor, defendió que su demanda se centra en la implantación en España de un verdadero sistema de simplificación y exención del IVA para pequeños negocios, alineado con los estándares europeos, que reduzca la burocracia y facilite el cumplimiento de las obligaciones fiscales. A su juicio, la negativa del Gobierno a aplicar este modelo tiene un impacto negativo sobre la actividad económica de los autónomos y resta competitividad al tejido productivo. Amor también señaló que la ausencia de un umbral claro de exención y la falta de procedimientos específicos de control y registro generan una inseguridad jurídica constante para los trabajadores por cuenta propia. Estas carencias, afirmó, se traducen en obstáculos continuos que dificultan su actividad diaria. Más allá del ahorro económico que supondría dejar de repercutir el IVA en sus ventas -aunque ello implique renunciar a la deducción del impuesto soportado en los gastos-, la franquicia del IVA permitiría una notable reducción de las cargas administrativas. En particular, evitaría la obligación de presentar declaraciones trimestrales, que con frecuencia dan lugar a comprobaciones y requerimientos por parte de la Agencia Tributaria, según explicó recientemente Celia Ferrero, vicepresidenta de ATA. Ferrero considera que la principal razón del rechazo de Hacienda es de carácter recaudatorio, ya que un número elevado de autónomos -alrededor de un millón, según sus cálculos- podría acogerse a este sistema de forma voluntaria. No obstante, matiza que para muchos trabajadores no sería necesariamente ventajoso desde el punto de vista económico, al no poder deducir el IVA de sus gastos. El umbral de facturación defendido por ATA permitiría equiparar a España con las exenciones existentes en grandes economías europeas como Francia -donde el límite para los prestadores de servicios se sitúa en 35.000 euros-, Irlanda o Italia. Aun así, insisten en que estos topes no son inamovibles y podrían fijarse en niveles inferiores, como ocurre en otros países de la UE, donde oscilan entre los 78.848 euros de la República Checa y los apenas 6.713 euros establecidos en Dinamarca.

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