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Gabinete Asesor Fernandez, S.L. inicia sus actividades el año 1972, orientando su actividad a la asesoría de la pequeña y mediana empresa. Nuestro equipo de profesionales garantiza en todo momento un trato humano y directo que nos permite cumplir con nuestro principal objetivo que es ofrecer un servicio personalizado, ágil, completo y de calidad.

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(Expansión, 07-10-2026)

Von der Leyen pide nuevos impuestos para evitar recortes en la UE

La presidenta de la Comisión Europea, Ursula von der Leyen, ha rechazado la posibilidad de aplicar recortes de cientos de miles de millones de euros al próximo presupuesto comunitario, una opción defendida por el grupo de países frugales en las negociaciones que mantienen los Estados miembros. La dirigente europea se desmarcó así de la posición de Alemania, uno de los países que reclama mayor contención, y advirtió ante el Parlamento Europeo de las consecuencias que tendría reducir el Marco Financiero Plurianual para el periodo 2028-2034. Von der Leyen reconoció las dificultades presupuestarias que afrontan los Estados miembros, pero alertó de que una reducción significativa del presupuesto pondría en riesgo algunas de las principales prioridades acordadas por la Unión Europea. En este contexto, defendió la propuesta presentada por la Comisión, que contempla elevar los recursos propios de la UE para garantizar la financiación de sus nuevas necesidades. La presidenta considera que los cerca de dos billones de euros planteados para el próximo periodo, equivalentes al 1,26% de la Renta Nacional Bruta de la Unión Europea, representan una cantidad adecuada para afrontar los desafíos que tiene por delante el bloque comunitario. La Comisión Europea es consciente de que Alemania, Países Bajos, Austria, Suecia, Finlandia y Dinamarca, países que concentran alrededor del 40% de las aportaciones al presupuesto comunitario, son partidarios de contener sus contribuciones mientras intentan reducir sus propios desequilibrios presupuestarios. Sin embargo, Von der Leyen sostiene que las nuevas prioridades europeas exigirán financiación adicional a escala comunitaria. Entre ellas se encuentran el refuerzo de la defensa y la seguridad, el impulso de la competitividad, el desarrollo de la inteligencia artificial, las inversiones en infraestructuras energéticas y materias primas, la investigación y la innovación, la formación y las capacidades, además de la futura ampliación de la Unión y el fortalecimiento de las relaciones con terceros países. Ante la dificultad de aumentar las aportaciones nacionales y, al mismo tiempo, disponer de más recursos para financiar estas políticas, Von der Leyen volvió a defender la creación de nuevos ingresos propios para la Unión Europea. La propuesta presupuestaria de la Comisión ya contempla algunas nuevas figuras tributarias, entre ellas gravámenes vinculados a los residuos electrónicos y a las emisiones de carbono. A estas propuestas se suman otras planteadas por el Parlamento Europeo, como un impuesto digital dirigido a las grandes empresas tecnológicas, tasas sobre las plusvalías obtenidas con criptoactivos o un gravamen sobre las apuestas online. Von der Leyen insistió en que, si la UE quiere mantener sus objetivos y el nivel de inversión previsto para los próximos años, deberá buscar nuevas vías de ingresos sin depender únicamente de un aumento de las aportaciones de los Estados miembros.

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(Expansión, 07-10-2026)

El Tribunal Supremo frena los embargos de Hacienda a las familias vulnerables

El Tribunal Supremo ha establecido que los saldos bancarios procedentes de salarios, sueldos o pensiones que tienen la consideración de inembargables mantienen esa protección aunque el dinero corresponda a mensualidades anteriores y permanezca en la cuenta sin haber sido gastado. La Sala de lo Contencioso-Administrativo considera, de este modo, que Hacienda y los organismos de recaudación no pueden embargar automáticamente esos fondos por el simple hecho de que se hayan acumulado con el paso del tiempo. La decisión cuestiona el criterio que venían aplicando los órganos de recaudación, según el cual el dinero de una nómina o una pensión que no se utilizaba durante el mes en que se había percibido dejaba de estar protegido y pasaba a considerarse ahorro. Con esta interpretación, los remanentes quedaban expuestos al embargo para hacer frente a las deudas con las administraciones públicas. El conflicto se centra en la interpretación conjunta del artículo 171.3 de la Ley General Tributaria y del artículo 607 de la Ley de Enjuiciamiento Civil. Este último establece la protección de las cantidades que no superan el Salario Mínimo Interprofesional, con el objetivo de garantizar unos recursos mínimos para la subsistencia del deudor. La Administración tributaria, sin embargo, había entendido que esta protección solo podía aplicarse al salario o pensión ingresado durante el mes en curso o, como máximo, en el inmediatamente anterior. El Supremo rechaza esta interpretación y señala que la protección no desaparece por el mero transcurso del tiempo. Para el tribunal, considerar automáticamente como ahorro los importes que una persona con ingresos reducidos no ha gastado en un determinado mes desvirtúa la finalidad de las normas sobre inembargabilidad. Los magistrados tienen en cuenta, además, que determinados gastos esenciales no se producen necesariamente con una periodicidad mensual y que las familias con menores recursos pueden necesitar acumular parte de sus ingresos para afrontar gastos extraordinarios. La sentencia resuelve el caso de un pensionista cuyos únicos ingresos se situaban por debajo del Salario Mínimo Interprofesional. El contribuyente había ido acumulando en su cuenta una cantidad procedente exclusivamente del cobro de su pensión. Aunque la procedencia de los fondos estaba acreditada, la Administración embargó parte del saldo al considerar que correspondía a cantidades acumuladas y, por tanto, no protegidas. El Tribunal Supremo declara que esa actuación no era conforme a derecho y establece que el saldo acumulado mantiene su carácter inembargable cuando se pueda demostrar que procede exclusivamente de salarios, sueldos o pensiones protegidos por la normativa y no existen otras fuentes de ingresos que puedan alterar esa consideración. La doctrina fijada por el alto tribunal afecta a la forma en que las administraciones deben analizar los saldos antes de proceder a un embargo. No bastará con atender a la antigüedad de las cantidades depositadas, sino que será necesario determinar cuál es su origen y comprobar si están amparadas por los límites legales de inembargabilidad. La resolución también puede permitir que quienes hayan sufrido embargos similares puedan recurrir las actuaciones administrativas cuando cumplan las condiciones establecidas por el Supremo y solicitar, en su caso, la devolución de las cantidades indebidamente embargadas.

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