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Gabinete Asesor Fernandez, S.L. inicia sus actividades el año 1972, orientando su actividad a la asesoría de la pequeña y mediana empresa. Nuestro equipo de profesionales garantiza en todo momento un trato humano y directo que nos permite cumplir con nuestro principal objetivo que es ofrecer un servicio personalizado, ágil, completo y de calidad.

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(El País, 14-10-2026)

El Supremo estudiará por primera vez si los extracomunitarios pueden deducirse los gastos del alquiler en España

El Tribunal Supremo analizará por primera vez si los propietarios de inmuebles en España que residen fuera de la Unión Europea pueden deducirse los gastos vinculados al alquiler para calcular el impuesto sobre la renta de no residentes (IRNR). La Sala de lo Contencioso-Administrativo ha admitido un recurso de la Abogacía del Estado contra una sentencia de la Audiencia Nacional que reconoció este derecho a una contribuyente residente en Estados Unidos. El tribunal deberá determinar si impedir estas deducciones supone una discriminación contraria al principio de libre circulación de capitales establecido por el Derecho de la Unión Europea. El litigio se originó por el alquiler de una vivienda situada en Barcelona propiedad de una contribuyente estadounidense. Hacienda le exigió 5.073,79 euros correspondientes al cuarto trimestre de 2016, además de 4.378,40 euros por 2017 y 3.959,20 euros por 2018. La propietaria solicitó que se revisaran las liquidaciones para poder descontar gastos relacionados con el inmueble, como el impuesto sobre bienes inmuebles (IBI), los intereses de financiación, la tasa de basuras y las cuotas de la comunidad de propietarios. Tanto la Agencia Tributaria como los órganos económico-administrativos rechazaron su petición, pero la Audiencia Nacional estimó su recurso en julio de 2023. La normativa española permite a los residentes fiscales de otros países de la UE y a determinados Estados del Espacio Económico Europeo deducir los gastos directamente relacionados con los ingresos obtenidos en España, siempre que se cumplan los requisitos legales. En cambio, los contribuyentes residentes en terceros países deben tributar por el importe íntegro de los rendimientos del alquiler, sin descontar esos costes. La Audiencia Nacional consideró que esta diferencia de trato no podía justificarse únicamente por el lugar de residencia del propietario y que podía vulnerar la libre circulación de capitales. El Supremo ha admitido el recurso para establecer jurisprudencia sobre una cuestión que afecta a numerosos contribuyentes. En un auto fechado el 15 de julio, los magistrados señalan que no existe doctrina consolidada sobre las normas aplicables y que el asunto podría requerir una consulta al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), dado que la resolución de la Audiencia Nacional se apoyó en la interpretación del Derecho comunitario. La fiscalidad de los propietarios no residentes ya está bajo el escrutinio de las instituciones europeas. En 2019, la Comisión Europea abrió un procedimiento contra España por el diferente tratamiento fiscal de los ingresos procedentes del alquiler de inmuebles de contribuyentes no residentes, que continúa abierto. En junio de 2025, Bruselas inició otro procedimiento de infracción relacionado con la tributación de los ciudadanos extranjeros no residentes que poseen viviendas en España y las utilizan de forma ocasional. Uno de los aspectos centrales que deberá resolver el Supremo es si la diferencia fiscal puede justificarse mediante la denominada cláusula standstill, prevista en el Derecho europeo. Esta disposición permite mantener determinadas restricciones a los movimientos de capitales con terceros países cuando ya estaban vigentes el 31 de diciembre de 1993. El alto tribunal señala que la regulación actual del IRNR no existía en esa fecha, aunque los rendimientos inmobiliarios obtenidos por no residentes ya estaban sujetos a tributación mediante el impuesto sobre la renta de las personas físicas o el impuesto sobre sociedades por obligación real, de acuerdo con normas aprobadas en 1983 y 1991. Por tanto, el Supremo deberá determinar si gravar los ingresos íntegros del alquiler de inmuebles españoles propiedad de residentes en terceros países vulnera la libre circulación de capitales y, en caso afirmativo, si esa restricción puede quedar amparada por la cláusula europea. Hasta que se resuelva el recurso, la admisión a trámite no supone un reconocimiento general del derecho a deducir estos gastos para todos los propietarios extracomunitarios.

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(El Economista, 14-10-2026)

La tasa de basuras del Ayuntamiento de Madrid vuelve a encarecerse este año con una media de 164 euros por vivienda

Más Madrid ha puesto en marcha este martes una nueva campaña contra la tasa de basuras del Ayuntamiento de Madrid, dirigido por José Luis Martínez-Almeida, y ha instado a los ciudadanos a presentar recursos contra los recibos ante el Tribunal Económico-Administrativo Municipal. La formación ha vuelto a facilitar un modelo de reclamación y una guía para ayudar a los vecinos a completar el procedimiento. Según la organización, la campaña de impugnación impulsada el año pasado se tradujo en la presentación de más de 130.000 recursos por parte de los ciudadanos y en una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) que estimó su demanda y anuló la tasa. La portavoz de Más Madrid en el Ayuntamiento, Rita Maestre, ha criticado la gestión municipal y ha acusado al alcalde de priorizar la recaudación frente a la limpieza de las calles, que considera cada vez más deficiente. Para facilitar las reclamaciones, el partido ha habilitado la web noaltasazodebasuras.masmadrid.org, desde la que los madrileños pueden descargar el formulario necesario y consultar las instrucciones para presentar la impugnación. La formación sostiene que el tributo es injusto y denuncia que su importe vuelve a aumentar en 2026. Maestre también ha reclamado la devolución de las cantidades abonadas el año pasado, después de la anulación judicial de la tasa. Según sus datos, el Ayuntamiento mantiene pendientes de devolución unos 300 millones de euros recaudados en 2025. La portavoz considera que esta situación resulta especialmente cuestionable mientras el Consistorio continúa cobrando el tributo. Además de recurrir la tasa correspondiente a 2026, Más Madrid ha habilitado una recogida de firmas por internet para reclamar al alcalde que reintegre el dinero a los afectados. La formación calcula que los madrileños pagarán este año una media de 164 euros, siete más que en 2025, aunque el incremento varía según el barrio. En Santa Eugenia, en Villa de Vallecas, la subida ronda el 40%, mientras que en Los Jerónimos, en el distrito de Retiro, se sitúa en torno al 0,5%.

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