(Expansión, 02-04-2025) | Fiscal

Hoy arranca la Campaña de la Renta 2024

La campaña de la Renta 2024 ya ha comenzado y llega con importantes cambios que los contribuyentes deben conocer antes de presentar su declaración. Uno de los más destacados es el aumento del umbral mínimo para estar obligado a declarar rendimientos del trabajo, que pasa a ser de 15.876 euros en determinados casos, lo que supone una simplificación para ciertos colectivos. Además, la Agencia Tributaria incorpora nuevas formas de pago, como Bizum y tarjeta bancaria, facilitando así el cumplimiento de las obligaciones fiscales. También hay mejoras en la tributación del trabajo: la reducción general aumenta hasta los 7.302 euros, lo que beneficiará a muchos trabajadores al disminuir la carga fiscal. En el mercado del alquiler, se aplican nuevos porcentajes de reducción fiscal para contratos firmados desde mayo de 2023, especialmente pensados para fomentar el arrendamiento en zonas tensionadas y la rehabilitación de viviendas. Los autónomos en estimación directa simplificada podrán de nuevo aplicar un 5% de deducción por gastos de difícil justificación. Y, en el ámbito empresarial, se introduce la libertad de amortización para inversiones en vehículos eléctricos e infraestructuras de recarga. Desde el punto de vista formal, la autoliquidación rectificativa se convierte en el único procedimiento para corregir errores en la declaración, sustituyendo al sistema anterior. Por último, se actualiza la lista de países considerados como paraísos fiscales, y se amplían tanto los incentivos al mecenazgo como las deducciones por obras de eficiencia energética en viviendas. En definitiva, son diez los principales cambios a tener en cuenta este año para evitar imprevistos con Hacienda. 1. Límite para declarar rendimientos del trabajo: Se eleva a 15.876 € (antes 15.000 €) en casos específicos como cuando hay varios pagadores o pensiones compensatorias. El límite general de 22.000 € se mantiene para quienes solo tienen un pagador. 2. Nuevas formas de pago: Además de los métodos habituales (domiciliación, NRC y pago en entidad colaboradora), ahora también se puede pagar por Bizum o tarjeta bancaria. El pago puede fraccionarse sin intereses: 60% al presentar la declaración y el 40% restante hasta el 5 de noviembre de 2025. 3. Mayor reducción por rendimientos del trabajo: Aumenta de 6.498 € a 7.302 €, lo que reduce la carga fiscal para quienes obtienen rendimientos bajos o medios. 4. Cambios en la reducción por alquiler de vivienda: Se aplican nuevos porcentajes según el tipo de contrato y la zona donde se alquila. Las reducciones van desde el 90% hasta el 50% dependiendo de condiciones como si el inmueble ha sido rehabilitado o está en una zona tensionada. 5. Incentivos para movilidad sostenible y energía renovable: Se permite amortizar libremente vehículos eléctricos, puntos de recarga e instalaciones para autoconsumo energético que entren en funcionamiento en 2024 o 2025. 6. Autónomos en estimación directa simplificada: En 2024 se retoma el 5% como gasto deducible de difícil justificación (en 2023 fue del 7%). 7. Lista actualizada de paraísos fiscales: Se incorporan países como Barbados o Trinidad y Tobago en la nueva lista de jurisdicciones no cooperativas, con implicaciones fiscales relevantes. 8. Mejoras en deducciones por mecenazgo: Se eleva el tramo inicial deducible hasta 250 € y el porcentaje general del 35% al 40%. Además, bastarán tres años consecutivos de donaciones (antes eran cuatro) para acceder al tipo incrementado del 45%. 9. Deducciones por obras de eficiencia energética: Se amplían hasta finales de 2024 para viviendas habituales y hasta finales de 2025 para edificios residenciales. 10. Nuevo sistema para corregir errores en la declaración: Se sustituye el modelo dual de rectificación por un único sistema: la autoliquidación rectificativa, con nuevas casillas en el modelo para facilitar su tramitación.

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(Expansión, 02-04-2025) | Fiscal

La Agencia Tributaria activa el formulario de devolución de los mutualistas jubilados

La Agencia Tributaria ha activado este miércoles 2 de abril el procedimiento para que los jubilados que reciban pensiones derivadas de aportaciones a las antiguas mutualidades puedan solicitar la devolución del exceso de IRPF en un único pago en 2025. El ajuste se realizará de manera automática en la declaración de la Renta 2024 y en las siguientes, mientras que aquellos contribuyentes con derecho a devoluciones de ejercicios anteriores no prescritos podrán completar un formulario en línea, del cual recibirán un aviso. Además, Hacienda ha habilitado un servicio de atención telefónica y de cita previa. Una de las principales novedades de la campaña de la Renta 2024, que comienza el 2 de abril, es precisamente la posibilidad de que los jubilados que en los años 60 y 70 realizaron aportaciones a mutualidades profesionales puedan recuperar el exceso tributado. El Tribunal Supremo determinó que estos mutualistas habían sido objeto de una doble imposición. Por ello, en la declaración de la Renta 2023, la Agencia Tributaria devolvió el importe correspondiente al primer ejercicio no prescrito y creó un formulario para solicitar el resto. Sin embargo, las solicitudes quedaron en suspenso con el plan inicial de realizar los pagos de manera fraccionada hasta 2028, según lo establecido en la disposición transitoria segunda (DT2) de la Ley del IRPF. Finalmente, Hacienda modificó su criterio y ahora permitirá el pago íntegro en 2025 a quienes lo soliciten. A partir de este miércoles 2 de abril, es posible pedir la devolución de los ejercicios no prescritos en un solo pago, a través del formulario habilitado por la Agencia Tributaria o mediante Renta Web. En la declaración de la Renta 2024, se aplicarán ajustes sobre las pensiones de jubilación e invalidez para reducir la tributación, tal y como se hizo en la campaña del IRPF 2023, en cumplimiento de lo dispuesto en la DT2 de la Ley 35/2006 del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Para tramitar las devoluciones del IRPF de 2019 a 2022 y de años anteriores no prescritos conforme a la DT2, la Disposición Final 16 de la Ley 7/2024, de 20 de diciembre, exige la presentación de un nuevo formulario. No obstante, las devoluciones ya realizadas por la Agencia Tributaria no se verán afectadas. Debido al gran número de solicitudes -se estima que entre dos y tres millones de personas han reclamado un total de 4.000 millones de euros, según cálculos de CC.OO.-, la Agencia Tributaria ha reforzado la asistencia a los contribuyentes mediante atención telefónica y presencial. Asimismo, actualiza periódicamente la sección de ayuda destinada a los mutualistas. Si la Agencia Tributaria dispone de toda la información necesaria, la reducción aparecerá directamente en los datos fiscales de cada contribuyente bajo el concepto "Ajuste por Mutualidades - DT2 LIRPF", y se aplicará automáticamente en la declaración del IRPF. Para verificarlo, los contribuyentes podrán consultar sus datos fiscales.

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(Expansión, 02-04-2025) | Fiscal

El panorama fiscal para las empresas familiares dedicadas al arrendamiento de inmuebles se vuelve aún más complejo e incierto

Una reciente sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC), fechada el 10 de marzo y a la que ha tenido acceso EXPANSIÓN, contradice abiertamente un criterio previamente establecido por el Tribunal Económico-Administrativo Central (TEAC). El debate se centra en una cuestión fundamental: si los inmuebles que una sociedad familiar alquila a sus propios socios o familiares directos deben considerarse como "afectos" a la actividad económica, incluso cuando el alquiler se realiza a precios de mercado. Esta calificación es clave, ya que es un requisito esencial para acceder a la exención en el Impuesto sobre el Patrimonio (IP) y, en consecuencia, a la bonificación aplicable a las empresas familiares en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. El TEAC había sostenido de manera categórica que los inmuebles arrendados a familiares no podían considerarse afectos a la actividad empresarial, lo que impedía a estas sociedades beneficiarse de los incentivos fiscales, sin importar que la renta pactada fuera de mercado. "Este criterio suponía un duro golpe para muchas estructuras empresariales familiares", explica Joan Pons, socio del área Fiscal de Audiconsultores ETL Global. No obstante, el TSJ de Cataluña ha adoptado un enfoque completamente opuesto en su reciente fallo, desestimando un recurso de la Generalitat de Cataluña, que defendía el criterio restrictivo del TEAC. La sentencia no se basa en una nueva interpretación normativa, sino en la aplicación de una consulta vinculante de la Dirección General de Tributos (DGT). En concreto, el TSJC se apoya en la consulta V1255/2020, emitida el 5 de mayo de 2020. En ella, la DGT indicaba que si los inmuebles arrendados por la sociedad a miembros del grupo familiar lo eran a valor de mercado, podían considerarse necesarios para la obtención de rendimientos y, por tanto, estar afectos a la actividad económica. "Es un tema de gran relevancia que solo está generando inseguridad jurídica", advierte Joan Pons. "La DGT sostiene que sí están afectos, la Generalitat y el TEAC dicen que no, y ahora el TSJC vuelve a decir que sí, basándose en la Dirección General de Tributos", añade. "Es un caos absoluto. Esto debe llegar al Tribunal Supremo para aclarar la situación o bien el legislador debería establecer una norma clara", concluye. El TSJ catalán apoya su resolución en el artículo 89.1 de la Ley General Tributaria (LGT), que establece que las respuestas a consultas tributarias escritas son vinculantes para la Administración en su relación con el consultante. Además, obliga a los órganos de aplicación de los tributos a seguir los criterios de estas consultas cuando los hechos y circunstancias del caso sean idénticos a los de la consulta respondida. En definitiva, el TSJ considera que la DGT ya estableció un criterio favorable a la afectación en 2020 y que la Administración (representada en este caso por la Generalitat) debe acatarlo. La decisión tiene un impacto significativo en la planificación patrimonial y sucesoria de muchas empresas familiares en España, generando una gran incertidumbre en el sector inmobiliario sobre qué criterio seguir: el restrictivo del TEAC o el más favorable de la DGT.

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(El Economista,02-04-2025) | Fiscal

Impuestos y cotizaciones absorben el 48% de la renta media de los trabajadores

El Impuesto sobre la Renta (IRPF) y las cotizaciones a la Seguridad Social, tanto las aportadas por el trabajador como por la empresa, junto con el IVA, generan en España una carga fiscal que representa el 47,8% del salario bruto medio de los asalariados. Este porcentaje supone un aumento de casi cuatro puntos respecto a 2023, según el estudio Impuestómetro 2025 del Instituto Juan de Mariana, al que ha tenido acceso elEconomista.es. Los analistas de este think tank han realizado sus cálculos tomando como referencia un salario medio de 30.237 euros brutos anuales. A partir de esta cifra, han evaluado el impacto de las cotizaciones sociales, el IRPF y el IVA. "El coste laboral total o salario completo que un empleador debe asumir para contratar a un trabajador con este salario asciende a 39.480 euros", explican en el informe. De este total, 9.243 euros corresponden a cotizaciones que paga la empresa, 1.959 euros a cotizaciones a cargo del trabajador, 4.270 euros al IRPF y 2.942 euros al IVA. En conjunto, estos tributos suman 18.865 euros anuales, lo que equivale a ese 47,8% del coste laboral. "Para que un trabajador pueda gastar 100 euros, su empleador debe desembolsar 191,57 euros", señala Diego Sánchez de la Cruz, coordinador del estudio. El informe también subraya que, si se incluyen impuestos municipales como el IBI, la carga fiscal media por contribuyente se incrementa en unos 705 euros anuales. En 2022, el salario medio en España se situaba en 26.948,87 euros brutos al año, es decir, unos 1.987 euros mensuales. En septiembre de 2024, el Instituto Nacional de Estadística (INE) estimó el salario medio bruto en 2.128,4 euros al mes (aproximadamente 1.924,92 euros netos), lo que equivaldría a un salario bruto anual cercano a los 27.000 euros. Desde 2018, la carga fiscal en España ha aumentado progresivamente. Entre 2019 y 2023, periodo en el que Pedro Sánchez ha estado al frente del Gobierno, la presión fiscal en España se incrementó en 1,9 puntos del PIB, mientras que en la Eurozona se redujo un 0,9% y en la Unión Europea descendió un 0,1%. A finales de 2023, la presión fiscal en España se situó en el 36,8% del PIB, frente al 40,4% en la Eurozona (que había bajado desde el 41,3% del año anterior) y al 39,8% en la UE (tras descender desde el 40,9%). El Informe Anual sobre Fiscalidad de la Comisión Europea destacó en 2022 que "el incremento más significativo" en la presión fiscal dentro de la UE se había registrado en España, con un alza cercana a los tres puntos porcentuales en comparación con el año anterior. Un análisis de Funcas publicado en abril de 2024 resaltó que la presión fiscal de los cuatro principales impuestos -IRPF, Impuesto de Sociedades, IVA e Impuestos Especiales- alcanzó en 2022 el 18,2% del PIB, superando en dos décimas el récord previo de 2007, antes de la crisis financiera global. La fundación señala que estos cuatro impuestos, que representan el 49% de la recaudación tributaria en España, han crecido significativamente tras la pandemia. En 2023, su recaudación pasó del 16,6% al 17,8% del PIB, alcanzando niveles récord. Según los últimos datos del Ministerio de Hacienda, en 2024 la recaudación total ascendió a 294.734 millones de euros, un 8,4% más que el año anterior. En detalle, la recaudación del IRPF aumentó un 7,6%, impulsada por el incremento en el número de afiliados a la Seguridad Social; la del Impuesto de Sociedades creció un 11,5% debido a mayores beneficios empresariales; la del IVA se elevó un 7,9%; y la de los Impuestos Especiales subió un 6,6%, impulsada principalmente por el alza del Impuesto sobre Hidrocarburos. Ante este escenario, una de las principales peticiones dirigidas al Ministerio de Hacienda, liderado por la vicepresidenta primera María Jesús Montero, es la deflactación del tramo estatal del IRPF. Este mecanismo ajustaría los tramos del impuesto en función de la inflación, evitando que los incrementos salariales destinados a compensar la pérdida de poder adquisitivo empujen a los contribuyentes a tramos impositivos superiores, aumentando así su carga fiscal. El Registro de Economistas y Asesores Fiscales (REAF) estima que, si se aplicara esta medida, los contribuyentes con ingresos medios y bajos ahorrarían entre 200 y 425 euros anuales, mientras que para las rentas más altas el ahorro podría alcanzar los 1.500 euros por persona. No obstante, desde el Ministerio de Hacienda argumentan que esta medida beneficiaría principalmente a los contribuyentes con mayores ingresos y defienden la aplicación de otras fórmulas a través de deducciones fiscales.

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(El Mundo, 02-04-2025) | Fiscal

Hacienda ingresa 1.000 millones más hasta febrero por la normalización de los tributos sobre energía y alimentos

La recaudación de impuestos no solo cerró 2024 alcanzando un nuevo récord, sino que ha iniciado 2025 con un fuerte crecimiento. La recuperación de los impuestos que habían sido reducidos para mitigar la inflación, como los aplicados a la energía y los alimentos, así como el cobro de tributos aplazados debido a la Dana, han impulsado los ingresos públicos con un incremento de dos dígitos en los dos primeros meses del año. Todo ello a pesar de que Hacienda ha afrontado devoluciones millonarias por sentencias adversas y de que aún no se han reflejado en su totalidad las retenciones aplicadas a los perceptores del salario mínimo interprofesional (SMI). En los dos primeros meses de 2025, la recaudación tributaria ha alcanzado los 49.947 millones de euros, lo que supone un incremento del 9,3% respecto al mismo periodo del año anterior (más del 10% en términos brutos, sin descontar las devoluciones), según los datos preliminares publicados por la Agencia Tributaria. Entre los impuestos que más han contribuido a este aumento destaca el IRPF, con una recaudación de 21.546 millones de euros, un 10,5% más que en 2024. Por su parte, el IVA ha generado ingresos de 23.397 millones, con un aumento del 7,7%, mientras que los Impuestos Especiales han sumado 3.569 millones, lo que supone un crecimiento del 5,5%. El Impuesto sobre Sociedades, por el momento, no permite una comparación clara, ya que los primeros meses del año reflejan cifras negativas debido a las devoluciones realizadas, a la espera de su liquidación definitiva. No obstante, en 2024 este tributo alcanzó los 39.096 millones de euros, un 11,5% más que el año anterior, situándose en su nivel más alto desde 2007, cuando llegó a los 44.823 millones antes de la crisis financiera. El buen comportamiento de la recaudación en el inicio de 2025 se debe, en gran parte, a la progresiva restauración de los impuestos sobre alimentos y energía, que el Gobierno había reducido o suspendido en los últimos años para contrarrestar la inflación y la crisis energética provocada por la invasión rusa de Ucrania. Destaca, en particular, la recuperación del Impuesto sobre el Valor de la Producción de la Energía Eléctrica, que comenzó a reimplantarse de manera gradual en el primer trimestre de 2024, pero cuya liquidación del último trimestre del año anterior se ha reflejado en febrero de 2025, con una aportación de 463 millones de euros. Asimismo, la normalización de los tipos de IVA sobre la electricidad (que ha generado 79 millones adicionales), el gas natural, la madera y los pellets (85 millones), junto con el aumento del Impuesto Especial sobre la Electricidad (200 millones), han elevado la recaudación energética en 827 millones. En cuanto al IVA de febrero, que refleja las declaraciones del cuarto trimestre de 2024, aún no se han captado por completo los efectos de la normalización del IVA sobre los alimentos, que no se restableció por completo hasta el 1 de enero. No obstante, ya ha generado 215 millones adicionales. En total, la recuperación de los impuestos sobre la energía y los alimentos ha supuesto un aumento de más de 1.000 millones de euros en la recaudación del inicio de 2025. Otro ingreso extraordinario registrado en el comienzo del año proviene del cobro de tributos que se habían pospuesto para mitigar el impacto de la Dana que afectó a la Comunidad Valenciana en octubre de 2024. Estas liquidaciones, inicialmente programadas para finales del año pasado, se trasladaron a febrero de 2025. Entre ellas destacan el segundo pago fraccionado del IRPF, cuyo vencimiento original era el 5 de noviembre, y el tercer pago a cuenta del Impuesto sobre Sociedades para empresas de la zona afectada, cuyo plazo concluía el 20 de diciembre. En conjunto, la Agencia Tributaria ha recuperado 342 millones de euros gracias a estos aplazamientos. El incremento en la recaudación de 2025 se produce tras un 2024 en el que los ingresos tributarios alcanzaron los 294.734 millones de euros, un 8,4% más que el año anterior. En ese ejercicio, el IRPF creció un 7,6% (hasta 129.408 millones), el IVA un 7,9% (hasta 90.541 millones) y los Impuestos Especiales un 6,6% (hasta 22.128 millones). Además, este aumento se ha logrado a pesar de que Hacienda ha tenido que devolver 460 millones de euros en concepto del Impuesto sobre Sociedades debido a la sentencia del Tribunal Constitucional que anuló el triple incremento fiscal aplicado en 2016 por el exministro Cristóbal Montoro. También influyó el hecho de que las retenciones sobre el SMI, que serán devueltas tras la declaración de la Renta de 2026, no comenzaron a aplicarse hasta marzo.

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(El País, 02-04-2025) | Laboral

El Gobierno crea una tarifa plana de 50 euros en viajes del Imserso para las pensiones más bajas

El Gobierno ha iniciado el proceso para la nueva licitación de los viajes del Imserso, introduciendo por primera vez una tarifa plana destinada a los pensionistas con ingresos más bajos. Aquellos cuya pensión sea igual o inferior a la de las prestaciones no contributivas por invalidez o jubilación de la Seguridad Social (7.805,8 euros anuales o 568,7 euros mensuales en 14 pagas en 2025) podrán acceder a un viaje del programa por solo 50 euros. Para ello, se reservarán un total de 7.447 plazas, según ha informado este martes el Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030. El departamento dirigido por Pablo Bustinduy, del que depende el Imserso, ha confirmado que el Consejo de Ministros ha aprobado el inicio de este procedimiento. Las plazas reservadas podrán utilizarse para cualquiera de los viajes disponibles en el programa, y el Imserso asumirá el coste restante del viaje. "El objetivo es garantizar el derecho a un envejecimiento activo sin que las personas con menos recursos queden excluidas", señala el comunicado del ministerio. Este nuevo programa también introduce otras novedades. Una de las más destacadas es que, por primera vez, los viajeros del Imserso podrán llevar consigo a sus mascotas. Esta opción estará disponible en los viajes a destinos de costa, tanto en la península como en las islas, siempre cumpliendo con la normativa vigente. Además, la licitación establece nuevas condiciones para las empresas turísticas que participan en el programa. Con la intención de reducir la estacionalidad en el sector, las compañías deberán distribuir al menos el 36% de las plazas de cada lote de manera equitativa a lo largo de toda la temporada, evitando que los viajes se concentren en periodos específicos. Asimismo, el coste de los viajes en temporada alta -que comprende mayo, junio y octubre en la Península y Baleares, y de diciembre a febrero en Canarias- será 100 euros superior en comparación con el resto del año. El nuevo paquete de licitación no solo contempla una mejora en la financiación para las empresas adjudicatarias, sino que también endurece las sanciones para aquellas que no cumplan con los estándares de calidad exigidos. Los detalles específicos de la convocatoria estarán disponibles en la plataforma de contratación del sector público en las próximas semanas. Este año, además, se conmemora el 40º aniversario del programa de viajes del Imserso. En su primera edición, en 1985, se ofrecieron 16.000 plazas, una cifra que contrasta con las casi 880.000 que se prevén en la próxima temporada.

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(El Economista,02-04-2025) | Laboral

Las empresas deben reincorporar a los trabajadores en excedencia antes que hacer fijos a los temporales

El Tribunal Supremo ha dictaminado que los trabajadores en excedencia voluntaria tienen prioridad para reincorporarse a la empresa frente a los empleados temporales que son convertidos en fijos. En una sentencia emitida el 12 de marzo, el alto tribunal resolvió el caso de un trabajador en excedencia que, al finalizar su periodo fuera de la empresa, solicitó su reingreso y se le negó por supuesta falta de vacantes. No obstante, desde que presentó su solicitud, la compañía había transformado a varios empleados temporales en indefinidos para cumplir con el convenio colectivo. El fallo, redactado por el magistrado Antonio Vicente Sempere Navarro, establece que el trabajador en excedencia voluntaria tiene derecho a reincorporarse no solo a las vacantes disponibles en el momento en que solicita su regreso, sino también a aquellas que surjan posteriormente, sin necesidad de volver a pedirlo. "El derecho preferente al reingreso del trabajador en excedencia voluntaria es una expectativa sujeta a la existencia de vacantes en la empresa, y no un derecho absoluto que pueda ejercerse de inmediato tras manifestar su intención de volver", explica la resolución. Asimismo, el Tribunal advierte que si una empresa convierte en indefinidos a trabajadores temporales después de que un empleado en excedencia haya solicitado su reingreso, está vulnerando su derecho preferente. "Desde el momento en que el trabajador excedente solicita su reincorporación, la empresa ya no puede ocupar puestos de la misma o similar categoría, ya sea contratando a nuevos empleados o transformando contratos temporales en indefinidos y de jornada completa", señala la sentencia. Además, subraya que la conversión de contratos temporales en indefinidos es una prueba de que existen vacantes y necesidad de personal.

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(El Periódico, 02-04-2025) | Laboral

Los parados ya pueden combinar parte de la prestación del Sepe con un salario si encuentran trabajo

Desde este martes 1 de abril, cualquier persona en situación de desempleo que esté percibiendo una prestación contributiva y consiga un trabajo podrá combinar temporalmente el 100% de su salario con una parte de la ayuda del SEPE. La última fase de la reforma de los subsidios por desempleo, aprobada en mayo del año pasado por el Consejo de Ministros, entra en vigor con el objetivo de fomentar la incorporación laboral de la mayoría de los desempleados registrados en las oficinas de empleo. Este complemento puede alcanzar hasta 480 euros mensuales en su fase inicial y se sumará al sueldo de aquellos que actualmente reciben la prestación contributiva. En la actualidad, este colectivo asciende a cerca de un millón de personas (958.466, según los datos del SEPE). No obstante, para acceder a este "plus", los beneficiarios deberán demostrar que han estado en paro durante al menos 10 meses antes de encontrar empleo. Hasta ahora, el sistema de protección por desempleo se basaba en una estructura binaria: o bien se estaba en paro y se recibía una prestación o subsidio, o se tenía empleo y los ingresos dependían exclusivamente del salario. Ambas situaciones no eran compatibles, salvo en casos muy específicos. Con la nueva medida, esta estructura se modifica con la introducción del llamado CAE o "Complemento de Apoyo al Empleo", creado por el SEPE. Este incentivo, que se suma al salario íntegro, disminuye progresivamente con el tiempo y varía en función de si el nuevo empleo es a jornada completa o parcial. Inicialmente, el importe del CAE oscila entre el 80% y el 60% del IPREM, dependiendo de la duración de la jornada laboral, y se va reduciendo hasta situarse entre el 30% y el 15%. Según las cifras actuales, esto significa que el complemento comenzará con un valor de entre 480 y 360 euros mensuales, y finalizará con cantidades de entre 180 y 90 euros. No todas las personas en paro podrán acceder a este beneficio. Para optar a él, es necesario haber estado desempleado al menos 10 meses y tener derecho a una prestación contributiva de al menos 14 meses. En la práctica, esto implica que, desde este martes, un desempleado que haya estado en paro desde el 1 de junio del año pasado y tenga derecho a cobrar prestación hasta agosto de este año podrá solicitar el complemento si encuentra un empleo. Según la última Encuesta de Población Activa (EPA) del INE, actualmente hay en España un millón de personas que llevan más de un año en paro. Sin embargo, estos datos no permiten diferenciar cuántas de ellas están recibiendo una prestación. La normativa también establece algunas restricciones. Si el trabajador encuentra un empleo con un salario bruto superior a 2.250 euros mensuales (en 12 pagas), no podrá seguir cobrando parte de su prestación. En términos más técnicos, si la nómina bruta supera el 375% del IPREM, que es un indicador revisable anualmente por el Gobierno, el derecho a compatibilizar ambos ingresos desaparece. Para contextualizar, el salario medio en España cerró 2024 en 2.331 euros brutos mensuales. El Gobierno ha ido introduciendo progresivamente diversas novedades en el sistema de protección por desempleo. Algunas de estas medidas buscan mejorar las condiciones de las personas en paro, como el incremento de la cuantía de los subsidios, que pasó de 480 a 570 euros mensuales en los primeros meses y luego vuelve a descender hasta los 480 euros. Otras medidas han ampliado la cobertura de los subsidios a colectivos que anteriormente estaban excluidos, como los menores de 45 años sin cargas familiares o los trabajadores agrícolas temporales en comunidades fuera de Extremadura y Andalucía, donde este derecho ya existía históricamente. Además, la reforma ha implementado incentivos para fomentar la aceptación de ofertas laborales por parte de quienes se encuentran en situación de desempleo.

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(Cinco Días, 02-04-2025) | Mercantil, civil y administrativo

Las reservas para Semana Santa se disparan un 30% en los últimos siete días

El turismo extranjero en España continúa en auge y no se ha visto afectado a pesar de la incertidumbre en el panorama macroeconómico. Según el Observatorio de Primavera, elaborado por la Confederación Española de Hoteles y Alojamientos Turísticos (Cehat) junto a PwC, tanto la ocupación hotelera como los precios y la rentabilidad han experimentado un notable crecimiento durante los dos primeros meses de 2025 en comparación con el mismo período de 2024. Este incremento se debe, en gran medida, al impulso del turismo internacional y al auge de la oferta de alojamientos de lujo. "El turismo internacional ha aumentado un 3%, lo que ha propiciado un alza en los precios, que subieron un 8% en enero y un 5% en febrero", explicó José Manuel Fernández, socio de Turismo, Transportes y Logística de PwC, durante la presentación del informe. Asimismo, la capacidad hotelera en establecimientos de cuatro y cinco estrellas creció un 4%, pasando de 637.000 a 660.000 plazas, lo que ha elevado el gasto medio por visitante, según destacó Jorge Marichal, presidente de la patronal hotelera. Este panorama positivo también se refleja en las previsiones para el inicio de la temporada alta. "Durante tres semanas consecutivas ha llovido en toda España. En cuanto dejó de llover y salió el sol, la demanda se disparó. Solo en la última semana, las reservas para Semana Santa han aumentado un 30%", señaló Ramón Estalella, secretario general de la patronal hotelera. No obstante, advirtió que la consolidación de estas reservas dependerá del clima. "Si el tiempo es favorable, España se llenará de turistas. Si no, habrá menos viajes. Sin embargo, los análisis de tendencias de viajeros, reseñas en redes sociales y estudios de datos indican que la Semana Santa será positiva para el sector". El informe también revela que los viajeros están optando por reservar con mayor antelación para evitar el incremento en los precios del alojamiento, una tendencia que se ha intensificado desde el inicio de la guerra en Ucrania en marzo de 2022. En este sentido, los hoteles españoles ya han asegurado reservas para el 50% de sus plazas en abril, coincidiendo con Semana Santa, el 43% para mayo y el 38% para junio. Entre los destinos más solicitados destaca Canarias, que encabeza las reservas con un 57% de sus plazas vendidas para abril, un 48% para mayo y un 43% para junio. Esto ocurre a pesar de que la temporada alta en el archipiélago suele concluir en Semana Santa y de las constantes protestas ciudadanas contra el turismo masivo, que por el momento no han afectado a la demanda.

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(Cinco Días, 02-04-2025) | Mercantil, civil y administrativo

Escrivá reconoce que hay “muchísima preocupación” ante los aranceles de Trump

La guerra arancelaria mantiene a los mercados en alerta. Este miércoles 2 de abril es el día elegido por el presidente de Estados Unidos, Donald Trump, para desvelar el alcance de los aranceles recíprocos y las Bolsas ya han empezado a reaccionar. Los índices bursátiles europeos, que estrenaron la jornada con signo positivo, aceleran las ganancias. El Ibex 35, avanza más del 1% con el precio del oro, marcando nuevos máximos históricos. Pero aunque las pérdidas del lunes se diluyan en las Bolsas, el presidente de Estados Unidos se dispone a lanzar la mayor andanada de la guerra comercial y la tensión de los mercados sigue de fondo. El gobernador del Banco de España, José Luis Escrivá, ha reconocido este martes que hay "muchísima preocupación" ante los aranceles adoptados por el presidente de Estados Unidos, Donald Trump, que afectan a numerosos sectores, y la previsión de que el miércoles Washington anuncie lo que llama "aranceles recíprocos" contra muchas mercancías de todo el mundo. "Estamos ante un cambio de paradigma de cómo se entablan las relaciones comerciales en el mundo, con un potencial distorsionador muy grande y con efectos que pueden ser negativos sobre el crecimiento económico mundial, y probablemente en mayor medida para EEUU. Después, tenemos que valorar las implicaciones que tendrá sobre la inflación. Es un tema muy relevante y de preocupación considerable", ha afirmado. Sobre el dato de inflación de la Zona Euro, conocido en el día de hoy, y que se ha situado en el 2,2 %, el gobernador del Banco de España ha reconocido que no ha podido valorarlo todavía, pero que por los datos anticipados de los principales países del Euro, la cifra "va en línea" con la proyección del Banco Central Europeo (BCE), refuerza el proceso de desinflación y nos acerca al objetivo de mantener la estabilidad de precios en el entorno del 2 %". Al respecto de que la AIREF haya señalado que es necesario un millón de inmigrantes para sostener las pensiones, Escrivá ha puesto en valor que, por primera vez en Europa, la sostenibilidad del sistema de pensiones, a partir de los niveles que establecieron el parlamento y el Consejo Europeo, han sido evaluados por una institución "independiente, de forma objetiva y autónoma", que ha establecido en qué medida esa métrica se cumple o no. "Hasta donde yo sé, esto es una innovación en el ámbito del reforzamiento de la institución fiscal y ayer se produjo por primera vez en España", ha recalcado. Además, con respecto a la reducción en la sostenibilidad de las pensiones, Escrivá ha afirmado que es "muy bueno" que la AIREF recuerde la sostenibilidad de las finanzas públicas a partir de "evaluaciones rigurosas", pero que lo importante es que en el nivel de gasto en pensiones que la sociedad (a través de sus poderes elegidos) ha decidido que es sostenible a medio plazo: el 13,3 % del PIB, ajustado a nuevos ingresos en promedio hasta el año 2050, España se encuentra "dos décimas por debajo" de ese porcentaje.

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