(El Confidencial, 07-11-2024) | Fiscal

Valdis Dombrovskis, vicepresidente ejecutivo de la Comisión Europea, ha afirmado este martes que España podrá contar con cierta flexibilidad fiscal para enfrentar los efectos de la DANA que ha afectado gravemente al levante español. "Los servicios de la Comisión Europea ya están en contacto con las autoridades españolas para analizar las opciones y las necesidades. Sin duda, también utilizaremos herramientas fiscales para ayudar a España a gestionar esta complicada situación y las consecuencias de las inundaciones", explicó el letón en una rueda de prensa tras un Consejo de Asuntos Económicos y Financieros, al que no asistió el ministro español, Carlos Cuerpo.

El Gobierno ha anunciado medidas equivalentes a un 0,7% del PIB, aunque esto no implica necesariamente una desviación de 0,7 puntos respecto al compromiso con Bruselas, ya que algunos gastos podrían no contabilizarse o reasignarse. "Es posible que las autoridades españolas reciban permiso para clasificar los gastos nacionales directamente vinculados con esta catástrofe natural como gastos excepcionales, que se tendrán en cuenta al evaluar cualquier desviación del objetivo de déficit del 3% o de la senda de gasto neto en el contexto de la revisión de la gobernanza económica", señaló un portavoz de la Comisión. Estos gastos nacionales incluyen préstamos del Fondo de Recuperación que el Gobierno podría redirigir a este objetivo.

Este lunes, el ministro de Asuntos Exteriores, José Manuel Albares, viajó a Bruselas para reunirse con la Comisión Europea y explorar otras opciones de apoyo financiero. Desde el inicio, el Ejecutivo comunitario ha señalado que España puede recurrir al Fondo de Solidaridad, que cubre gastos de reconstrucción, y a la flexibilidad de la Política de Cohesión. Dombrovskis también recordó la posibilidad de emplear cierta flexibilidad en los Fondos de Cohesión.

"Se considera que los gastos excepcionales no tienen un impacto duradero en los déficits o en el gasto público, por lo que no requieren medidas compensatorias. Dichos gastos deben estar bien delimitados en cuanto a alcance y duración en el presupuesto nacional", explicó el portavoz. En otras palabras, si un Gobierno tiene que asumir un gasto excepcional por una causa fuera de su control y este gasto es puntual, sin efectos prolongados sobre las cuentas públicas, la Comisión Europea podría no incluirlo en sus cálculos.

Además, el portavoz aclaró que el gasto financiado por fondos de la UE es neutral en términos de déficit y se excluye del crecimiento del gasto neto, de modo que usarlo para responder a esta catástrofe natural no afectará negativamente la situación fiscal de España. Esto implica que "las autoridades no necesitarían adoptar medidas de consolidación para compensar el impacto de estos gastos justificados". En resumen, si un Gobierno asume un gasto excepcional por una causa fuera de su control, y dicho gasto no tiene efectos a medio o largo plazo una vez pasada la emergencia, la Comisión Europea podría no considerarlo en su cálculo del 3% de déficit.

Dombrovskis señaló que las nuevas normas fiscales, acordadas por los Veintisiete durante la presidencia española del Consejo de la Unión Europea, contemplan salvaguardias para los Estados miembros afectados por choques externos o eventos "fuera del control del Gobierno". Estas declaraciones se producen poco después de que la Autoridad Fiscal (AIReF) proyectara que el déficit fiscal de España en 2024 será del 3,5%, cinco décimas más que lo previsto por el Gobierno, estimación que sirvió para convencer a la Comisión Europea de eximir a España del procedimiento de déficit excesivo.

No solo está la posibilidad de que la Comisión no considere esos gastos extraordinarios en su cálculo del déficit, que según las reglas debe mantenerse por debajo del 3%, sino que también existe la opción de aplicar una cláusula nacional de escape. En ese caso, con una propuesta de la Comisión Europea, el Consejo (es decir, los Estados miembros) podría permitir que un país "se desvíe de su senda de gasto neto fijada por el Consejo cuando se presenten circunstancias excepcionales fuera del control del Estado miembro y que tengan un impacto significativo en las finanzas públicas, siempre que esa desviación no comprometa la sostenibilidad presupuestaria a medio plazo".

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