(Expansión, 21-11-2024) | Fiscal

Las energéticas condicionan 30.000 millones de inversión al impuestazo

La posibilidad de que el Gobierno mantenga el impuesto a las grandes compañías energéticas, conocido como "impuestazo", ha desatado una reacción sin precedentes en el sector. A pesar de que hace unos días parecía improbable, las principales energéticas, agrupadas en la asociación Enerclub, han tomado una postura conjunta y emitido un comunicado en el que alertan que, de persistir este gravamen, se paralizarán inversiones de 30.000 millones de euros en España. Enerclub, que agrupa a las cinco mayores empresas energéticas del país (Iberdrola, Repsol, Naturgy, Endesa y Moeve), además de otras como EDP, TotalEnergies y Acciona Energía, también incluye a entidades estatales como Adif y Red Eléctrica, dado su elevado consumo de electricidad y su papel en la gestión de infraestructuras clave. Además, participan otras compañías nacionales e internacionales como Vitol, Viscofan, Vinci, Redexis, Samca, RWE, Alcoa y Alpic. Esta acción conjunta refleja la magnitud de la preocupación en el sector ante la posible extensión de un impuesto que, inicialmente, se planteó como temporal. El "impuestazo", que también afecta a los bancos, fue introducido por el Gobierno con el objetivo de reducir lo que consideraba beneficios extraordinarios derivados del aumento de los precios de la energía y los tipos de interés. Para las energéticas, este gravamen se aplica a las empresas con ingresos superiores a 1.000 millones de euros anuales y equivale al 1,2% de sus ventas. Originalmente, estaba previsto que tuviera vigencia hasta diciembre de este año. Entre las empresas más afectadas, Repsol lidera con pagos de 443 millones de euros en 2022 y 350 millones en 2023. Iberdrola abonó 216 millones por el ejercicio de 2022 y 160 millones por el de 2023, mientras que Endesa pagó 208 millones en 2022 y 202 millones en 2023. La incertidumbre generada en los últimos días se debe al cambio constante en la posición del Gobierno, que en apenas cuatro semanas ha modificado su postura en varias ocasiones. Inicialmente, el pasado 30 de octubre, el Ejecutivo acordó con Junts y PNV eliminar el impuesto. Sin embargo, un acuerdo posterior con ERC, EH Bildu y BNG buscó mantenerlo. Hoy, el Congreso decidirá el futuro de este gravamen. Desde Enerclub se ha destacado la necesidad de garantizar un entorno estable que promueva la seguridad jurídica y la estabilidad regulatoria y fiscal, elementos esenciales para concretar los 308.000 millones de euros en inversiones previstas para la transición energética en España, de los cuales un 82% deberá ser aportado por el sector privado. La asociación advierte que prolongar o añadir nuevas cargas fiscales sobre el sector energético pondrá en riesgo la realización de inversiones necesarias, estimadas en más de 30.000 millones de euros para los próximos tres años, así como la viabilidad económica y financiera de los proyectos relacionados con la transición energética.

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(El Economista, 21-11-2024) | Fiscal

Las Comunidades Autónomas se repartirán los ingresos de la tasa bancaria según su PIB

El Gobierno y Junts han propuesto un modelo de distribución del impuesto a la banca que favorece a las comunidades autónomas con mayor PIB, beneficiando especialmente a regiones como Cataluña. Según una enmienda transaccional, que se votará este jueves en el Congreso y a la que ha accedido elEconomista.es, los ingresos se repartirán entre las comunidades de régimen común en función de su Producto Interior Bruto. Esto significa que regiones como Madrid, Cataluña o Andalucía concentrarán más del 50% de la recaudación, mientras que otras, como La Rioja, Cantabria o Extremadura, recibirán menos recursos. Sin embargo, el Ejecutivo podría optar por un reparto basado en el PIB per cápita, similar al criterio empleado en el sistema de financiación autonómica, lo que también aseguraría mayores fondos a Madrid, Cataluña y Baleares. Esta fórmula requeriría regular el impuesto como un tributo cedido, según explica Jorge Onrubia, profesor de Hacienda Pública en la Universidad Complutense e investigador asociado de Fedea. Este planteamiento surge en medio del debate sobre la reforma de la financiación autonómica y las concesiones específicas a Cataluña. Según cálculos de Funcas, una financiación singular basada en el PIB trasladaría a las arcas catalanas 2.641 millones de euros, cifra que ascendería a 4.519 millones si el criterio fuese la población. A esto se añadirían los ingresos derivados del nuevo impuesto, cuya recaudación, según el documento, estará disponible anualmente para las comunidades de régimen común a través de operaciones de tesorería. Junts, uno de los impulsores de esta enmienda, refuerza así su posición en Cataluña, al igual que el PNV logró ventajas para las haciendas forales, como gestionar el impuesto directamente. Esto permitirá al Gobierno vasco modificar tipos, exenciones y bonificaciones, una opción que, según Onrubia, los nacionalistas vascos podrían usar para excluir de la tributación a entidades como BBVA o Kutxabank. Hasta ahora, la Agencia Tributaria ha recaudado 1.695 millones de euros en 2024 con el gravamen temporal a las entidades financieras, que no incluía asignación para las comunidades autónomas. Este monto podría incrementarse si prospera el acuerdo entre Moncloa y Junts. El nuevo modelo establece un sistema progresivo de tipos que llega al 7% para bancos con márgenes de intereses y comisiones superiores a 5.000 millones de euros, afectando a CaixaBank, Santander y BBVA. Otros tramos incluyen un 6% para bases mayores a 3.000 millones, un 4,8% a partir de 1.500 millones, un 3,5% desde 750 millones y un 1% para cifras inferiores. Esto supone una ampliación del gravamen temporal, que aplicaba un único tipo del 4,8% a partir de los 850 millones de ingresos anuales. Además, el nuevo impuesto incluye a bancos extranjeros con actividad en España, como BNP Paribas, que genera más de 800 millones de ingresos en el país.

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(El Economista, 21-11-2024) | Fiscal

Hacienda podrá gravar la compra de una vivienda "okupada" a valor de mercado

La compra de una vivienda okupada suele implicar una rebaja significativa en su precio, que puede oscilar entre el 30% y el 50% respecto a su valor de mercado. Sin embargo, esta reducción no conlleva necesariamente beneficios fiscales al momento de tributar la operación. Según la Dirección General de Tributos (DGT), la base imponible para calcular el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (con tipos que varían entre el 6% y el 10% según la comunidad autónoma) puede ser el valor de mercado del inmueble, incluso si el precio pagado es inferior. En una resolución emitida el 18 de septiembre, Tributos aclara que, según la Dirección General del Catastro, un inmueble okupado no tiene un precio de referencia cuando no existe una relación legal regulada, como un contrato de alquiler, que permita al propietario disponer libremente de la vivienda. Por ello, en ausencia de un valor de referencia, la base imponible del impuesto será la mayor de tres opciones: el valor declarado por las partes, el precio de compraventa o el valor de mercado. En el caso de viviendas okupadas, el valor de mercado suele ser el más alto. A pesar de esto, los contribuyentes tienen opciones para impugnar el valor atribuido al inmueble si consideran que no es correcto. La primera opción es recurrir la liquidación del impuesto tras la compra. En este caso, la Agencia Tributaria solicitará al Catastro que confirme o rectifique el valor a la luz de las pruebas y alegaciones presentadas por el comprador. La segunda alternativa consiste en presentar alegaciones a los valores de referencia de los inmuebles, los cuales son determinados anualmente por el Catastro y publicados en su sede electrónica antes del 30 de octubre. Antes de esta publicación, se abre un trámite de audiencia colectiva, anunciado en el BOE, que permite a los ciudadanos presentar sus objeciones durante un período de 10 días. Finalmente, en los primeros 20 días de diciembre, el Catastro publica en el BOE la resolución definitiva sobre los valores de referencia, los cuales pueden ser impugnados en un plazo de un mes ante los tribunales económico-administrativos.

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(El Periódico, 21-11-2024) | Fiscal

Montero cifra en 5.000 millones el coste de la anulación de la reforma de sociedades

La vicepresidenta primera y ministra de Hacienda, María Jesús Montero, estimó este miércoles en 5.000 millones de euros el impacto económico derivado de la anulación por parte del Tribunal Constitucional de las reformas del impuesto de sociedades implementadas durante el gobierno del PP. Este coste, según Montero, se busca compensar con las medidas fiscales incluidas en el paquete que será sometido a votación en el Congreso este jueves. Montero calificó la situación como una consecuencia de las decisiones del exministro de Hacienda Cristóbal Montoro, cuya reforma anulada por el Tribunal Constitucional "regalaría 5.000 millones de euros este año a las grandes empresas". En respuesta, el Gobierno ha propuesto ajustes en el impuesto de sociedades dentro del nuevo paquete fiscal, ya aprobado por la Comisión de Hacienda y pendiente de la decisión del Pleno del Congreso. Durante la sesión de control, Montero criticó la postura del PP, que ha anunciado su voto en contra del paquete fiscal, el cual también incluye medidas como un aumento del IRPF para las rentas del capital más altas, una reducción del impuesto de sociedades para las pymes y acciones para combatir el fraude en el sector de los hidrocarburos. Montero subrayó que la aprobación de estas reformas fiscales es crucial no solo para garantizar el equilibrio presupuestario, sino también para desbloquear el quinto tramo de fondos europeos comprometidos con la UE. Sin embargo, la ministra reconoció que la votación en el Congreso no está asegurada. Por su parte, la portavoz del PP, Cuca Gamarra, criticó duramente lo ocurrido en la Comisión de Hacienda el lunes, que se caracterizó por interrupciones y largas pausas. Gamarra acusó al Gobierno de generar inseguridad jurídica al pactar con diferentes socios el mantenimiento por un año más del impuesto a las energéticas, mientras dejaba caer otras propuestas. "Esto ahuyenta la inversión", afirmó Gamarra. La portavoz del PP también instó a Montero a "dejar de subir impuestos" y centrarse en las necesidades de los afectados por la DANA en Valencia. En respuesta, Montero aseguró que la reforma fiscal permitirá financiar emergencias y garantizar los salarios de los empleados públicos que trabajan en las zonas afectadas. El diputado del PP Jaime de Olano acusó al Gobierno de ser "una banda" y de escatimar en ayudas para los valencianos, alegando que el Ejecutivo valenciano solo ha movilizado 250 millones frente a los más de 14.000 millones aprobados por el Gobierno central. Montero respondió señalando que, además, se han adjudicado contratos relacionados con la DANA a empresas vinculadas a casos de corrupción del PP, lo que, según ella, resta credibilidad a las críticas de la oposición.

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(Expansión, 20-11-2024) | Fiscal

El G20 insiste en la creación de un impuesto global a las grandes fortunas

Los países del G20 expresaron este lunes su respaldo a la implementación de una "tributación progresiva" que permita que las personas más ricas contribuyan de manera más efectiva al pago de impuestos. Asimismo, acordaron continuar analizando la propuesta de Brasil para la posible creación de un impuesto global dirigido a los superricos. "Respetando plenamente la soberanía fiscal, buscaremos colaborar para asegurar que quienes poseen un patrimonio neto extremadamente elevado tributen de forma efectiva", señala la declaración final del foro, publicada al término del primer día de la cumbre del G20 en Río de Janeiro. Esta mención, de carácter general, hace referencia a la iniciativa presentada por Brasil, que propone la negociación de un acuerdo o tratado internacional para evitar que los multimillonarios evadan impuestos transfiriendo sus fortunas a países con legislaciones fiscales más laxas. De acuerdo con la propuesta brasileña, un impuesto global del 2 % aplicado a las fortunas de aproximadamente 3.300 multimillonarios podría generar entre 200.000 y 250.000 millones de dólares anuales. Estos fondos se destinarían a programas para combatir la pobreza, el hambre y el cambio climático. "Esperamos seguir discutiendo estos temas en el G20 y en otros foros relevantes, contando con el apoyo técnico de organizaciones internacionales, la academia y especialistas", afirmaron los líderes en el documento. Brasil ya ha iniciado conversaciones con un grupo de trabajo de la ONU sobre fiscalidad justa, con los países miembros de la OCDE y con Sudáfrica, que asumirá la presidencia del G20 en diciembre, para garantizar que el debate continúe en el foro. La inclusión de este tema en la agenda del G20 y el eventual inicio de negociaciones, que podrían extenderse durante años, fueron considerados un logro por la presidencia brasileña del foro. Los líderes del G20 destacaron que la cooperación en esta materia podría incluir el intercambio de mejores prácticas, el diseño de mecanismos para combatir la evasión fiscal y el análisis de prácticas fiscales perjudiciales. Coincidieron en que la tributación progresiva es una herramienta clave para reducir desigualdades, fortalecer la sostenibilidad fiscal, fomentar un crecimiento económico inclusivo y equilibrado, y avanzar en el cumplimiento de los objetivos de desarrollo sostenible. En esta línea, felicitaron a países como España por implementar reformas fiscales enfocadas en disminuir desigualdades y promover sistemas tributarios más equitativos. La redacción general y flexible de la propuesta permitió su aprobación, pese a la oposición de países como Estados Unidos y Alemania a la creación del impuesto global. Por su parte, el presidente de Argentina, Javier Milei, quien también se ha mostrado contrario a esta medida y a cualquier tipo de intervención estatal en la economía, aclaró en un comunicado que apoyó la declaración únicamente para no bloquear el consenso, aunque no está de acuerdo con varios puntos del texto.

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(Expansión, 20-11-2024) | Fiscal

Las empresas españolas lideran a nivel mundial en transparencia y sostenibilidad fiscal

El informe Global Tax Transparency and Tax Sustainability, elaborado por PwC Tax & Legal, analiza 872 empresas en 21 jurisdicciones y destaca que España se posiciona como líder en transparencia fiscal. Con una puntuación del 66,6%, España supera ampliamente a otros países como Alemania (50,2%), Reino Unido (44,3%) y Dinamarca (41,3%). Además, cuatro de las diez primeras posiciones del ranking global están ocupadas por multinacionales españolas, aunque el informe no especifica sus nombres por motivos de privacidad. Este liderazgo se atribuye tanto al desempeño empresarial como al sólido marco normativo español en materia de gobierno corporativo y fiscalidad. "El estudio demuestra que las empresas españolas son referentes globales, pero queda camino por recorrer, especialmente en el contexto de la aplicación de la Directiva de Información sobre Sostenibilidad Corporativa", explica Francisco González Fernández-Mellado, socio responsable de NewLaw, Tax Reporting & Strategy en PwC Tax & Legal. Sin embargo, este avance tiene lugar en un contexto de inestabilidad. Según Javier González Carcedo, socio de Fiscal y responsable de Mercados de PwC, "la polarización política está debilitando la seguridad jurídica del sistema fiscal, generando incertidumbre entre empresas, inversores y ahorradores". Además, menciona el posible impacto de aranceles internacionales dependiendo de los resultados electorales en Estados Unidos, lo que refleja la interrelación entre fiscalidad y sostenibilidad. El informe subraya que las iniciativas de gobierno corporativo e información fiscal en España, junto con las normativas de la UE y los estándares como el GRI 207, están impulsando prácticas de transparencia entre las empresas españolas. Este estándar, ampliamente utilizado, fomenta la publicación de información no financiera. Desde la perspectiva de sostenibilidad, Francisco González Fernández-Mellado enfatiza que "la fiscalidad debe considerarse un elemento estratégico para las empresas". Además de los impuestos que estas soportan, también juegan un rol clave en la recaudación de tributos como el IRPF o el IVA, colaborando directamente con el Estado. En España, la Ley de Sociedades de Capital establece desde 2015 ciertas responsabilidades clave para los consejos de administración de las empresas cotizadas. Estas incluyen gestionar y controlar los riesgos fiscales, aprobar inversiones con riesgos significativos y evitar operaciones complejas que puedan comprometer la transparencia. También deben definir la estrategia fiscal de la empresa y garantizar la supervisión de riesgos fiscales a través de los comités de auditoría. Asimismo, están obligadas a divulgar información fiscal país por país, como beneficios antes de impuestos y el impuesto sobre sociedades pagado. El Código de Buenas Prácticas de la Agencia Tributaria Española también fomenta la cooperación voluntaria entre empresas y autoridades fiscales. Según el informe, el 86% de las empresas del Ibex 35 está adherido a este código, y un 66% presenta informes de transparencia fiscal anuales, aunque no sea obligatorio. El documento destaca además la norma UNE 19602 de cumplimiento fiscal, que proporciona directrices para que las empresas implementen sistemas para gestionar riesgos fiscales y promover buenas prácticas. Cada vez más organizaciones están adoptando esta normativa como parte de su compromiso con la transparencia y el cumplimiento fiscal voluntario.

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(Expansión, 20-11-2024) | Fiscal

El Gobierno promete un año más de gravamen a las energéticas para que sus socios apoyen el tipo mínimo a multinacionales

Cuando parecía que el proyecto de ley para transponer el tipo mínimo global del 15% para multinacionales exigido por la Unión Europea estaba al borde del fracaso, Hacienda decidió maniobrar prometiendo extender un año más el impuesto a las energéticas para contentar a los socios de la izquierda, al tiempo que ofrecía a las derechas incentivos fiscales para las empresas afectadas y planteaba endurecer el gravamen a la banca. Esta estrategia busca recomponer los apoyos a una iniciativa clave en medio del desgaste del bloque de investidura. "La actitud del Gobierno es como si estuviéramos en una lonja, donde lanza propuestas y los grupos tienen que competir para mejorarlas", expresó Gabriel Rufián, portavoz de ERC, reflejando el descontento generalizado. Incluso Sumar, el socio menor del Ejecutivo, criticó al PSOE por priorizar las demandas de Junts y PNV, como eliminar el impuesto a las energéticas, antes de integrar las propuestas de su propio bloque. La tensión alcanzó su punto álgido cuando ERC, Bildu y BNG bloquearon el lunes el nuevo tributo a la banca y amenazaron con rechazar todo el proyecto si no se reinstauraba el impuesto a las energéticas. Ante la negativa de la izquierda a ceder, y bajo las acusaciones del PP de "secuestro" tras un receso que se prolongó hasta la madrugada, Hacienda reaccionó prometiendo prorrogar el impuesto extraordinario a las energéticas hasta finales de 2025 mediante un Real Decreto-ley. Sin embargo, para evitar un choque con Junts, aseguró que se mantendrían los incentivos fiscales para las empresas que inviertan en descarbonización. El objetivo es equilibrar la balanza: extender el tributo pero con exenciones fiscales para minimizar el impacto en empresas como Repsol, que han advertido sobre posibles deslocalizaciones. Esta concesión fue suficiente para ERC, Bildu y BNG, pero Unidas Podemos rechazó la propuesta al considerarla insuficiente sin garantías de que Junts apoyará posteriormente el decreto, lo que pone en riesgo la reforma fiscal en la votación del jueves. Míriam Nogueras, portavoz de Junts, criticó que algunos partidos "dejaron todo para última hora" y sugirió que la reforma se aprobará en los términos negociados por su grupo, sin aclarar su postura sobre el decreto del impuesto a las energéticas. Paralelamente, el Gobierno ofreció endurecer el gravamen a la banca, elevando del 6% al 7% la tasa máxima para las mayores entidades, como gesto hacia los partidos de izquierda. A pesar de las incertidumbres, la Comisión de Hacienda dio luz verde al proyecto, que incluye la transposición de la directiva europea, junto con medidas como el incremento del IRPF para ahorros superiores a 300.000 euros, un impuesto a los vapeadores, mayores tributos al tabaco, rebajas en el Impuesto de Sociedades para pymes y cooperativas, deducciones en eficiencia energética y beneficios fiscales para artistas y entidades deportivas sin ánimo de lucro. Este paquete se someterá a votación final en el Congreso. La gran duda es si las últimas concesiones bastarán para reactivar mañana el impuesto a la banca y garantizar la prórroga del tributo a las energéticas, tras ser rechazados el lunes. En cambio, medidas como la equiparación fiscal del diésel a la gasolina, la eliminación de beneficios para las Socimis, el IVA del 21% para pisos turísticos o el impuesto a bienes de lujo parecen destinadas al fracaso.

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(Expansión, 20-11-2024) | Fiscal

¿Hay que pagar el IVA por el alquiler turístico? Tributos aclara cuándo

El aumento en la cantidad de viviendas destinadas al alquiler turístico ha generado un incremento en las consultas dirigidas a Hacienda sobre su tratamiento fiscal. Recientemente, la Dirección General de Tributos (DGT) se ha pronunciado sobre la aplicación del IVA en este tipo de servicios. Según los expertos de Audiconsultores ETL Global, la DGT ha establecido los criterios para determinar cuándo el alquiler de viviendas turísticas está sujeto o exento de IVA. En la consulta V1099-24, relacionada con una sociedad arrendadora que ofrece servicios adicionales como limpieza, cambio de ropa de cama y toallas, conserjería, consigna de equipajes, recepción operativa todo el año, gestión de taxis, información turística, impresión de documentos y atención multilingüe disponible las 24 horas, la DGT concluye que este tipo de arrendamiento no está exento de IVA. Considera que se trata de servicios propios de la industria hotelera, por lo que corresponde aplicar un tipo reducido del 10%. Por otro lado, en la consulta V1096-24, que aborda el caso de un arrendador que únicamente ofrece atención telefónica 24 horas y asistencia durante la estancia, la DGT determina que estos servicios no son característicos de la industria hotelera. En consecuencia, este arrendamiento está exento de IVA. Sin embargo, Tributos aclara que esta exención no afecta a los posibles servicios adicionales que puedan ofrecerse de forma independiente, los cuales deberán tributar según corresponda.

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(El Economista, 20-11-2024) | Fiscal

El Supremo aclara la tributación en el IRPF por la venta de todas las acciones de una empresa

El Tribunal Supremo (TS) ha clarificado la forma en que debe tributar en el IRPF la venta del total de participaciones de una empresa por parte de un socio, resolviendo las discrepancias que existían en los juzgados sobre este asunto. En dos sentencias recientes, de los días 24 y 30 de octubre, el TS establece que la ganancia o pérdida derivada de esta operación debe calcularse tomando como referencia la diferencia entre el valor de adquisición de las participaciones y el valor de transmisión. Por ejemplo, si una participación fue adquirida por 100 euros y vendida por 150, se tributará por los 50 euros de ganancia obtenidos. El fallo, con ponencia del magistrado Francisco José Navarro Sanchís, respalda la postura de la Agencia Tributaria, que defiende esta metodología, frente a la posición del contribuyente. Este último argumentaba que la venta del 100% de las participaciones constituía un caso de "separación del socio", lo que implicaría una tributación distinta. Según el artículo 37.1, apartado b, de la Ley del IRPF, la transmisión de acciones no cotizadas debe tributar por la diferencia entre su valor de adquisición y el de transmisión. No obstante, el apartado e del mismo artículo dispone que, en casos de separación de socio, las ganancias o pérdidas se calculan considerando la diferencia entre el valor de adquisición de las participaciones y su valor de mercado. La controversia radicaba en determinar si la venta del 100% de las participaciones de un socio a un tercero debía considerarse como una transmisión habitual o como un supuesto de separación del socio. El Tribunal Supremo zanja la cuestión al concluir que dicha operación debe tratarse como una transmisión ordinaria de participaciones no cotizadas, "independientemente de si la transmisión comprende todas las acciones o solo una parte". El TS aclara que la separación de un socio, según la Ley de Sociedades de Capital, implica un procedimiento formal en el que interviene la propia sociedad. Este proceso incluye varios pasos obligatorios, como informar al socio del valor de sus participaciones, realizar un informe de valoración, efectuar el pago o reembolso, y formalizar la escritura de reducción de capital o adquisición de las participaciones. En sus sentencias, el alto tribunal destaca que la separación de un socio genera implicaciones tanto para el socio como para la sociedad, ya que ambos pueden obtener ganancias o pérdidas patrimoniales. Por tanto, concluye que la pérdida de la condición de socio por la venta de todas las participaciones a un tercero no puede calificarse como una separación de socio a efectos tributarios. En consecuencia, las ganancias o pérdidas deben declararse en el IRPF calculando la diferencia entre el precio de compra y el precio de venta de las participaciones.

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(El Economista, 20-11-2024) | Fiscal

Los contribuyentes podrán desgravarse en la Renta más de una obra en su vivienda si reducen el consumo energético

La Dirección General de Tributos (DGT) ha confirmado que los contribuyentes que ya hayan realizado obras para mejorar la eficiencia energética de sus viviendas y hayan aplicado la deducción correspondiente en su declaración del IRPF pueden beneficiarse nuevamente de esta ventaja fiscal en ejercicios posteriores, siempre que realicen nuevas reformas en el inmueble. Esta aclaración surge en respuesta a una consulta de un contribuyente que llevó a cabo obras en 2023, aplicó la deducción en su declaración y posteriormente realizó nuevas reformas en 2024. La Ley del IRPF, en una modificación temporal vigente hasta el 31 de diciembre de este año, permite a los contribuyentes que realicen obras que reduzcan al menos un 7% el consumo de energía de su vivienda deducir hasta el 20% del coste de la obra en su declaración, con un límite de 5.000 euros. Por ejemplo, si se invierten 4.000 euros en las reformas, el contribuyente podría deducir 800 euros (20%). Sin embargo, si para esas obras se recibió una subvención o ayuda pública de 1.000 euros, esta cantidad debe excluirse del cálculo, por lo que la deducción se aplicaría sobre un coste neto de 3.000 euros, resultando en 600 euros. Si las reformas consiguen reducir el consumo energético en un 30% o más, el porcentaje de deducción aumenta al 40%, con un límite de 7.500 euros. En este caso, la DGT subraya la necesidad de contar con un certificado energético emitido por un técnico competente para demostrar la mejora en el consumo. Para una segunda obra, el certificado que debe aportarse es el que se obtiene tras finalizar la primera reforma. Es importante tener en cuenta que esta deducción solo aplica a mejoras realizadas en la vivienda habitual o en inmuebles destinados al alquiler como vivienda habitual. No se extiende a otras áreas como jardines, garajes o zonas utilizadas para actividades económicas, como oficinas o consultas dentro del inmueble.

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