(El Confidencial, 03-12-2024) | Fiscal

La banca pone el foco en la rentabilidad para avivar su cruzada contra el impuesto

Los bancos buscan evitar que sus objeciones al nuevo impuesto queden paralizadas, temiendo enfrentarse nuevamente a situaciones adversas, como ocurrió este año, y actuando tarde frente a un tributo diseñado para aplicarse durante los próximos tres años. Tanto las entidades financieras como las asociaciones AEB y CECA evalúan recurrir esta nueva carga fiscal, del mismo modo que lo hicieron con el impuesto anterior, cuya impugnación aún está pendiente en el Tribunal Constitucional. La banca pretende mantener su crítica activa en todo momento, emprendiendo una campaña constante para evitar tributar en esos tres ejercicios o, al menos, impedir que la medida se convierta en permanente. El PSOE, en alianza con partidos de izquierda y grupos nacionalistas, ha diseñado un nuevo tributo que grava los ingresos generados en España por la suma del margen de intereses neto y las comisiones netas, distinto del anterior. Las críticas del sector financiero se centran en la rentabilidad, a pesar de que los beneficios de los bancos españoles han alcanzado cifras récord en los últimos trimestres, impulsados por las subidas de tipos de interés de 2022 y 2023. Aunque el Banco Central Europeo (BCE) ha iniciado una etapa de reducción de tipos y se espera que el euríbor se estabilice en torno al 2% el próximo año, las entidades confían en seguir incrementando sus ganancias mediante el crecimiento. Según los bancos, estos beneficios elevados responden a la ampliación de sus estructuras debido a fusiones realizadas en los últimos 15 años, pero insisten en que su rentabilidad aún está lejos de los máximos históricos. Por ejemplo, el retorno sobre fondos propios (ROE) de la banca española es del 14%, comparado con el 18% del promedio de las empresas del Ibex. En cuanto al retorno sobre activos (ROA), oscila entre el 0,75% y el 1% en el sector financiero, mientras que en empresas no financieras supera el 5%. Los bancos argumentan que necesitan gestionar un volumen de activos significativamente mayor que otras industrias para generar beneficios, lo que justifica su mayor tamaño y, en consecuencia, el nivel de sus ganancias. El nuevo gravamen, que busca incrementar la recaudación en casi 200 millones de euros en 2025 respecto a este año, se estructura con tipos progresivos. Se aplica a bancos con ingresos superiores a 100 millones, una novedad respecto al esquema anterior que fijaba una tasa del 4,8% para entidades con más de 850 millones en ingresos en España. Ahora, las tasas van del 1% hasta 750 millones de ingresos, al 7% para montos superiores a 5.000 millones. Además, permite deducir el 25% de la cuota tributada por sociedades. CaixaBank será el más afectado por este tributo, con un incremento de su contribución fiscal del 2%, según un informe de Barclays. La entidad pagará 645 millones de euros en 2025, frente a los 531 millones que habría abonado bajo el sistema anterior. Santander y BBVA también verán aumentos en sus cargas fiscales, mientras que en Bankinter y Unicaja la presión tributaria disminuirá. El impuesto fue aprobado de manera ajustada tras un día de caos en el Congreso, en el que incluso estuvo en peligro su tramitación. Negociaciones de última hora entre PSOE y Junts incluyeron un tramo impositivo del 7% y la decisión de que la recaudación será gestionada por las comunidades autónomas. A pesar de los esfuerzos de los bancos para suavizar la medida mediante bonificaciones por préstamos a pymes, créditos verdes o su vinculación con los ciclos de tipos de interés, solo lograron introducir una cláusula que reduce la tributación en caso de caídas en la rentabilidad, algo que no se prevé en el corto plazo.

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(El Periódico, 03-12-2024) | Fiscal

Hacienda abona 144 millones en ayudas directas a empresas y autónomos afectados por la DANA en un día

La Agencia Tributaria ha desembolsado 143,9 millones de euros en ayudas directas a 15.463 empresas y autónomos afectados por la DANA en el primer día habilitado para los pagos. Hasta ahora, el organismo ha aprobado el 72% de las 21.563 solicitudes recibidas a través de su página web. Estas ayudas están exentas de tributación tanto en el IRPF como en el Impuesto sobre Sociedades, según lo establecido en el primer Real Decreto-ley impulsado por el Gobierno con medidas de apoyo para los afectados por la catástrofe. El plazo para solicitar estas ayudas se inició el 19 de noviembre y se mantendrá abierto hasta el 31 de diciembre. Los solicitantes deben indicar la cuenta bancaria en la que desean recibir el dinero. Hasta la fecha, la Agencia Tributaria ha aprobado ayudas para 6.388 empresas de las zonas afectadas, que recibirán un total de 98,5 millones de euros. Asimismo, el organismo ha transferido en un solo día 45,4 millones de euros a 9.075 autónomos, quienes han recibido una ayuda directa de 5.000 euros. El importe de las ayudas varía según el nivel de facturación de las empresas. Para aquellas con ingresos inferiores al millón de euros, el apoyo es de 10.000 euros; las que facturan entre 1 y 2 millones recibirán 20.000 euros; las que registran ingresos de entre 2 y 6 millones percibirán 40.000 euros; y aquellas con facturación entre 6 y 10 millones obtendrán 80.000 euros. Las empresas con ingresos superiores a 10 millones de euros serán beneficiarias de ayudas de 150.000 euros. Estas ayudas se complementan con otras medidas aprobadas por el Gobierno para mitigar los efectos de la DANA en el sector productivo. Entre ellas, destaca una reducción del 25% en la tributación por módulos para los autónomos afectados, lo que supondrá un ahorro promedio de casi 400 euros para más de 22.600 contribuyentes. También se reducirá en un 25% las cuotas del régimen simplificado del IVA, generando un ahorro promedio de 92 euros para unos 4.900 autónomos. Además, el Ministerio de Hacienda ha introducido exenciones y rebajas en el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) y el Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE) correspondientes al ejercicio 2024, aplicables a los inmuebles dañados por la DANA. Los contribuyentes que ya hayan pagado estos impuestos podrán solicitar la devolución de las cantidades abonadas. Finalmente, se han flexibilizado los plazos tributarios, ampliando hasta el 30 de enero de 2025 las fechas límite para la presentación de declaraciones, liquidaciones, alegaciones, requerimientos y otras diligencias cuyo vencimiento original estaba previsto para noviembre o diciembre.

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(Expansión, 02-12-2024) | Fiscal

La hoja de ruta de saneamiento de las cuentas públicas peligra al quedar fuera del paquete tributario relevantes medidas recaudatorias

El Congreso de los Diputados otorgó, en el último momento, un amplio respaldo a la mayor parte de la reforma tributaria propuesta por el Gobierno, presentada ante Bruselas como el primer paso para alinearse con las normas fiscales de la Unión Europea. No obstante, durante las intensas negociaciones parlamentarias, se descartaron algunas de las medidas más significativas en términos de recaudación, como el impuesto a las empresas energéticas y el incremento del gravamen al diésel, aplazadas para su reconsideración, lo que dificulta alcanzar los objetivos previstos en un contexto marcado por desafíos como el aumento del gasto en pensiones y la posible guerra comercial global que podría desencadenar un regreso de Donald Trump a la presidencia de Estados Unidos. Aunque la Comisión Europea aprobó recientemente el Plan Fiscal Estructural del Gobierno, diseñado para reducir gradualmente el déficit y la deuda pública, el vicepresidente ejecutivo Valdis Dombrovskis subrayó que España debe aún enviar un Plan Presupuestario para 2025 que concrete la implementación de dicha estrategia y garantice los compromisos de ajuste en ingresos y gastos. El Plan Fiscal es un proyecto plurianual que los países con desequilibrios fiscales (déficit superior al 3% del PIB o deuda por encima del 60%) deben presentar a Bruselas para delinear cómo lograrán reducir su deuda a lo largo de una década. Este plan abarca un periodo de cuatro años, aunque puede extenderse a siete si se incorporan reformas estructurales, como ha hecho España. En este caso, la estrategia incluye aumentar los ingresos públicos en una décima del PIB (aproximadamente 1.500 millones de euros) mediante reformas fiscales, reducir beneficios fiscales en otra décima y aplicar ajustes basados en informes de revisión del gasto (spending reviews) de la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal (AIReF) en áreas como deducciones tributarias, gasto en medicamentos, infraestructuras y gestión de residuos. El principal obstáculo para el Gobierno en su plan de saneamiento fiscal ha sido la necesidad de abandonar, debido a las complejas negociaciones, dos de las iniciativas con mayor potencial recaudatorio: la consolidación del impuesto a las empresas energéticas y la equiparación fiscal del diésel con la gasolina. Estas medidas, que el Ejecutivo se comprometió a retomar antes de fin de año con el apoyo de socios como Podemos y ERC, enfrentan el rechazo de Junts y PNV, preocupados por la posible reacción adversa de las empresas del sector en Cataluña y el País Vasco. Además, la sostenibilidad de las cuentas públicas enfrenta otros riesgos. Josep Oliver, economista y codirector del think tank europeG, advierte que, debido al envejecimiento poblacional, será difícil reducir la deuda pública por debajo del 100% del PIB. Aunque España espera recibir un promedio de 500.000 inmigrantes anuales, estos también envejecerán y aumentarán la presión sobre los sistemas de pensiones, salud y dependencia. En este contexto, la AIReF evaluará en 2025 el gasto público a partir del Ageing Report de la Comisión Europea, cuyas conclusiones podrían dar lugar a ajustes adicionales requeridos para validar la reforma de las pensiones. Por último, la posible reelección de Donald Trump plantea una amenaza global con la imposición de aranceles del 25% a productos chinos, mexicanos y canadienses, lo que podría desencadenar una guerra comercial. Según Oliver, estas medidas reducirían la demanda global, afectando especialmente a Europa, que atraviesa un periodo de vulnerabilidad tras la pérdida de Alemania como líder económico debido al encarecimiento energético. Esto podría agravar la desaceleración del crecimiento del PIB español, dificultando aún más los compromisos de consolidación fiscal. Para Antoni Castells, catedrático de Hacienda Pública y director de europeG, la solución a largo plazo pasa por reorientar la economía española hacia sectores más productivos. Sin embargo, este cambio estructural requeriría un amplio consenso político, algo que, en su opinión, parece difícil de alcanzar.

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(El País, 02-12-2024) | Fiscal

Hacienda ingresa 255.000 millones entre enero y octubre

Los ingresos tributarios en España siguen mostrando una fortaleza destacable, alcanzando cerca de 255.000 millones de euros al cierre de octubre. Esto supone un incremento del 8,3% en comparación con el mismo periodo del año anterior, cuando se recaudaron unos 235.000 millones. De mantenerse esta tendencia, es probable que 2024 cierre con cifras históricas de recaudación, como ya ocurrió en los tres años previos, impulsadas primero por la recuperación económica tras la pandemia y, posteriormente, por el efecto de la inflación y la mejora en el mercado laboral. Según los datos publicados por la Agencia Tributaria, solo en octubre se ingresaron 49.861 millones de euros, un aumento interanual del 10%. Este comportamiento se debe a que octubre suele ser el mes de mayor recaudación del año, ya que confluyen las declaraciones mensuales habituales, las correspondientes al tercer trimestre de las pymes y el segundo pago a cuenta del impuesto sobre sociedades, que liquida el periodo de abril a septiembre. En detalle, la Agencia Tributaria destaca el crecimiento positivo tanto en las declaraciones trimestrales de las pymes como en el segundo pago del impuesto sobre sociedades. En el caso de las pequeñas y medianas empresas, se observó un mayor dinamismo en las retenciones sobre rendimientos del trabajo, el IVA bruto y los pagos fraccionados de las empresas personales. Por su parte, en el impuesto sobre sociedades, los beneficios hasta septiembre crecieron más del 13%, y los pagos estuvieron cerca de esa cifra, generando en octubre unos ingresos de 19.725 millones de euros. Este impuesto fue el principal motor de recaudación del mes, seguido del IRPF (14.284 millones), el IVA (12.840 millones) y los impuestos especiales (1.991 millones). Otros tributos sumaron aproximadamente 1.000 millones más. En cuanto a los ingresos habituales, la Agencia Tributaria resalta que persiste un sólido crecimiento en las retenciones del trabajo, especialmente en las grandes empresas, que habían mostrado una moderación en meses previos. También se incrementaron las retenciones sobre rendimientos del capital mobiliario y las ganancias patrimoniales en fondos de inversión. La recaudación acumulada podría haber sido aún mayor, con un aumento superior al 9%, según cálculos del Ministerio de Hacienda, si no fuera por ciertas medidas normativas recientes que han reducido los ingresos. Entre ellas se encuentra la rebaja fiscal del IRPF para las rentas bajas, que al aumentar la reducción por rendimientos del trabajo ha disminuido los ingresos en unos 1.200 millones de euros. Además, el fin del endurecimiento aplicado el año pasado a los grupos consolidados ha supuesto una caída de casi 480 millones. Por otro lado, las sentencias que reconocen devoluciones en el IRPF a mutualistas han generado un impacto negativo de unos 2.000 millones de euros para Hacienda. Aunque algunas medidas, como la recuperación gradual de los tipos habituales del IVA energético, han aumentado los ingresos, el saldo neto para Hacienda en lo que va de 2024 refleja una pérdida de 1.909 millones de euros.

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(El Economista, 02-12-2024) | Fiscal

El margen de las empresas para reducir pérdidas baja hasta el 50% ya en 2024

La reforma fiscal aprobada recientemente por el Congreso de los Diputados, actualmente en proceso de revisión en el Senado, reinstaura los límites a las deducciones en el Impuesto de Sociedades para empresas con pérdidas, previamente anulados por el Tribunal Constitucional a principios de este año. Hacienda alcanzó un acuerdo con Sumar para restablecer los umbrales implementados en 2016 por el entonces ministro Cristóbal Montoro, reduciendo al 50% el porcentaje máximo que las empresas pueden descontarse, sin eliminar completamente esta posibilidad. El objetivo es que estas medidas entren en vigor para el ejercicio de 2024, ya que el Gobierno calificó el proyecto como urgente para garantizar su aprobación definitiva antes de fin de año. El Senado tiene hasta el 4 de diciembre para presentar enmiendas o vetos (el PP prevé utilizar su mayoría para proponer uno), y el texto deberá volver al Congreso antes del 18 de diciembre, donde el PSOE confía en superar el veto con 178 votos favorables. Según la disposición adicional decimoquinta del proyecto, a partir del 1 de enero de 2024, las grandes empresas con ingresos superiores a 20 millones de euros estarán sujetas a un tope del 50%, mientras que aquellas con más de 60 millones tendrán un límite del 25%. Además, se establece que las deducciones para evitar la doble imposición internacional no podrán exceder el 50% de la cuota íntegra del impuesto. Sin embargo, otros puntos del acuerdo entre PSOE y Sumar quedaron fuera del texto final, como el aumento del tipo impositivo de las socimis del 1% al 25%, o nuevos impuestos sobre productos de lujo, seguros médicos privados y el IVA de los pisos turísticos. Estas propuestas, prioritarias para Yolanda Díaz, no recibieron apoyo ni siquiera de otros partidos de izquierda como EH Bildu, ERC, BNG y Podemos, y fueron excluidas del proyecto de ley. La reforma fiscal surge como respuesta a la sentencia del Tribunal Constitucional que anuló las medidas introducidas por el Gobierno de Mariano Rajoy, no por su contenido, sino por el procedimiento empleado, ya que se había recurrido a un real decreto-ley, un instrumento inadecuado para crear o modificar impuestos. Hasta la publicación del nuevo texto en el BOE, las reducciones aplicables permanecen en el 70% de la cuota, sin importar el volumen de negocio, y del 100% en casos de doble imposición internacional. Con la nueva normativa, estas deducciones serán más restrictivas. Este cambio ha generado preocupación entre expertos, quienes alertan de un posible impacto negativo en las previsiones financieras de las empresas afectadas, así como en su patrimonio, dado que las nuevas limitaciones incrementarán el tipo efectivo en proyectos con largos plazos de retorno. Por su parte, el PP ha criticado estas restricciones, argumentando que son innecesarias en un contexto de incremento recaudatorio del 30% respecto a 2018 y señalando que deberían haberse condicionado a inversiones productivas, claves para abordar los desafíos económicos del país. Aunque el Partido Popular no ha definido sus próximos pasos antes del cierre del plazo de enmiendas en el Senado, ha expresado su rechazo a cualquier aumento impositivo y reprocha al Gobierno no haber explorado alternativas mediante una negociación conjunta.

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(El Economista, 02-12-2024) | Fiscal

El Impuesto de Sociedades cierra el año con cambios de última hora que obliga a asesores y empresarios a estar alerta

El Ejecutivo, a través de un batería de enmiendas al Proyecto de Ley del impuesto mínimo del 15% ha endurecido Sociedades, arrebatando a las compañías el respiro que dio el Tribunal Constitucional en enero. Las empresas tendrán más dificultades en 2024 para compensar fiscalmente las pérdidas o evitar la doble tributación por beneficios en el extranjero. Sin embargo, para este año también hay aspectos ventajosos como la posibilidad de deducir en el impuesto las remuneraciones de directivos y administradores, los beneficios por la adquisición de coches eléctricos y puntos de recarga o la posibilidad de pagar un menor tipo para las empresas de nueva creación que obtengan por primera vez beneficios. Estos son los cambios del Impuesto de Sociedades a los que estar atentos en 2024 para reducir la factura. Impuesto mínimo del 15%: La gran novedad en materia tributaria para 2024 es la creación y entrada en funcionamiento del nuevo impuesto mínimo del 15% para que todas las multinacionales y sus filiales tributen en Sociedades al menos por este tipo y que afectará a 830 grandes empresas en España, según prevé la Agencia Tributaria. Hacienda logrará una recaudación anual de 1.000 millones de euros con este gravamen. Las grandes empresas y multinacionales afectadas por esta figura son aquellas que hayan obtenido ingresos por encima de los 750 millones en dos de los últimos cuatro años. El impuesto gravará de un lado a las grandes compañías con matriz en España si tributan por debajo de este tipo, a sus filiales en el extranjero si también están por debajo, y a las filiales de grupos extranjeros situadas en nuestro país que paguen menos del 15%. El nuevo impuesto supondrá un antes y un después para las multinacionales a la hora de establecer su estrategia en el extranjero, realizar fusiones o comprar activos. Compensación de pérdidas: El Ejecutivo ha logrado recuperar los cambios en el Impuesto de Sociedades que hizo el exministro de Hacienda, Cristóbal Montoro, en 2016 después de tumbarlos el Constitucional en enero bajo el argumento de que no se puede hacer modificaciones tan relevantes a un tributo a través de la figura del Real Decreto-ley, sino que debe hacerse directamente por ley. La recuperación de estas medidas conlleva que las empresas más grandes tendrán desde este ejercicio más dificultad para compensar fiscalmente las pérdidas obtenidas. Concretamente, la nueva norma (calcada a la que anuló el tribunal) establece que las empresas con ingresos de entre 20 millones y 60 millones al año solo podrán compensar en el impuesto el 50% de las pérdidas. Además, el asunto se endurece para las compañías con ingresos superiores a los 60 millones de euros, que solo podrán compensar el 25% de las pérdidas. Evitar la doble imposición: Del mismo modo, dentro de estas medidas que ha reactivado el Ejecutivo, también limita las deducciones que pueden aplicarse las compañías para evitar tributar dos veces por beneficios obtenidos en el extranjero. Las minoraciones aplicadas no podrán impedir que la sociedad pague, al menos, un 50% de la cuota del impuesto. Reversión de los deterioros: Finalmente, la tercera medida que se recupera a pesar de haberla tumbado la justicia son los límites para que las empresas puedan revertir o devolver al fisco las deducciones que se aplicaron en su día por las pérdidas obtenidas por el deterioro del valor de participaciones o acciones en otras compañías. A partir de 2024, tendrán que distribuir estos deterioros en partes iguales durante tres ejercicios: 2024, 2025 y 2026. Cabe matizar que las pérdidas que se obligan a revertir se refieren a las deducciones hechas antes del 1 de enero de 2013, con motivo de la gran crisis. Sueldos de administradores: Por primera vez en este año, y gracias a un fallo del Tribunal Supremo, las compañías podrán deducir en el Impuesto de Sociedades los sueldos que pagan a sus administradores y a sus directivos, siempre que ejerzan una actividad empresarial, aunque en los estatutos de la compañía no se recoja que estos cargos están remunerados. Ventajas por coches eléctricos: Las compañías que inviertan en determinados coches eléctricos tanto este 2024 o en 2025 podrán disfrutar de libertad de amortización del coste. Es decir, podrán desgravarse este gasto en el Impuesto de Sociedades cómo mejor quieran (de forma total o parcial) y cuándo mejor les venga (el año o años que prefieran), según su estrategia tributaria. Los tipos de coche que pueden adquirirse para tener derecho a esta ventaja son cinco. Además, las empresas que instalen puntos para recargar las baterías de estos vehículos también tendrán la libre amortización de la inversión realizada. Finalmente, aquellas compañías que realizan inversiones para poner en marcha instalaciones de energía renovable, como pueden ser parques de placas solares, también podrán amortizar el coste de la inversión en el impuesto libremente por hasta un máximo de 500.000 euros, siempre que mantengan el mismo número medio de empleados durante los dos años siguientes de realizar la inversión. Donaciones: La reforma de la Ley de Mecenazgo, que entró en vigor en enero de este año, trae mayores deducciones en Sociedades para las empresas que contribuyan a una buena causa o a varias. Las compañías que realicen donaciones a ONGs o fundaciones reconocidas tendrán derecho a deducir en la cuota íntegra del impuesto hasta el 40% del valor de la aportación. Es decir, si donan 100.000 euros, podrán desgravarse 40.000 euros. No obstante, la cantidad que se minora no puede exceder el 15% de la base imponible del tributo. Es decir, si la base imponible (el dinero sobre el que se aplica el tipo del Impuesto de Sociedades) es de un millón de euros, la deducción por la donación realizada no podría superar los 150.000 euros. Por otro lado, si la contribución que hace la compañía a una ONG, fundación o cualquier otra entidad es recurrente, es decir, que se repite al menos durante dos años seguidos, la deducción podrá alcanzar hasta el 45% del importe donado. Aviso a grupos consolidados: El Ejecutivo ha prorrogado para los ejercicios 2024 y 2025 una medida que incluyó en de la ley que sacó adelante el gravamen a la banca y energéticas, y que se aplicó solo en 2023, que consistía en limitar a los grupos consolidados la compensación de las bases imponibles negativas (las pérdidas) de sus filiales. Es decir, estos grupos solo podrán incluir en la base imponible el 50% de las pérdidas de sus filiales y no la totalidad de las mismas. Por ejemplo, si un grupo tiene dos filiales, una gana 1.000 euros y la otra pierde 800 euros, en vez de tributar por 200 euros, al poder solo compensar el 50% de las pérdidas, tributará por 600 euros.

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(El Economista, 29-11-2024) | Fiscal

El impuesto a la banca recoge deducciones si reduce la rentabilidad de las entidades

El diseño del nuevo impuesto a las entidades financieras incluye una deducción extraordinaria para aquellas cuyo nivel de rentabilidad se vea afectado por esta carga, que grava los márgenes de intereses y comisiones. Así lo recoge el texto aprobado recientemente en el Congreso de los Diputados, actualmente en trámite en el Senado, y cuyo detalle fue publicado ayer en el boletín de las Cortes Generales, según informó elEconomista.es. En el marco del proyecto de ley que establece un tipo mínimo global del 15% para grandes grupos y multinacionales, se incorporó una disposición adicional novena que regula este impuesto sobre el margen de intereses y comisiones de las entidades financieras que operan en España. El apartado doce de esta disposición establece que las entidades con un índice de rentabilidad inferior al 0,7% podrán beneficiarse de una deducción. Este índice se calcula dividiendo el resultado contable del ejercicio (sin considerar el gasto del impuesto) entre el total de activos al cierre del año, multiplicado por 100, según indica la normativa. La bonificación se determina mediante una fórmula que aplica una reducción proporcional a la diferencia entre el índice de rentabilidad de la entidad y el umbral del 0,7%. Por ejemplo, si una entidad presenta un índice de rentabilidad del 0,6% en 2024, primer año de aplicación del impuesto, podría obtener una deducción del 15% sobre la cantidad inicialmente prevista a pagar. No obstante, la deducción nunca podrá resultar en una cantidad negativa. Esta deducción no estaba contemplada en el gravamen temporal introducido en 2022, en respuesta a la crisis de precios derivada de la guerra en Ucrania, ni en el impuesto aplicado a las empresas energéticas. Además, la norma actual establece una reducción adicional del 25% del importe aportado en concepto de Impuesto de Sociedades o Impuesto sobre la Renta de No Residentes. El nuevo esquema tributario es fruto de las negociaciones del Ministerio de Hacienda con los partidos Junts y PNV, que lograron asegurar que el impuesto esté vigente al menos tres años, permitiendo que las comunidades forales como el País Vasco y Navarra puedan establecer sus propios criterios de bonificación. Estas condiciones serán discutidas en una comisión mixta entre los niveles de gobierno, cuya fecha aún está pendiente. El modelo acordado contempla una escala progresiva, que oscila entre el 1% y el 7% según la base imponible. Por ejemplo, bases inferiores a 750 millones de euros tendrán un tipo del 1%, mientras que las superiores a 5.000 millones alcanzarán el 7%. Este diseño, que incrementa el tramo máximo respecto a la propuesta inicial, surgió de negociaciones con partidos como ERC, EH Bildu y BNG. Actualmente, el proyecto de ley se encuentra en el Senado, donde los grupos parlamentarios tienen hasta el 4 de diciembre para presentar enmiendas o vetos. El PP, con mayoría en este órgano, podría imponer un veto, pero este tendría que ser levantado posteriormente en el Congreso por mayoría absoluta o simple, dependiendo del plazo. El Gobierno confía en que el trámite concluya antes de fin de año para que el impuesto entre en vigor en 2024. El sector bancario, que en 2023 ha alcanzado cifras récord gracias a las subidas de tipos del Banco Central Europeo, se enfrenta ahora a una previsión de menores beneficios a partir de 2025 debido al inicio de una fase de bajadas en los tipos de interés. El nuevo impuesto, que se aplicará durante tres ejercicios fiscales consecutivos desde el 1 de enero de 2024, afectará especialmente a grandes entidades como Caixabank, Santander y BBVA, según las estimaciones de 2023. Tanto el Banco Santander como Unicaja han anunciado que recurrirán esta tasa, al igual que hicieron con el gravamen temporal anterior. Por su parte, la Asociación Española de Banca (AEB) y la Confederación Española de Cajas de Ahorros (CECA) han manifestado su rechazo, alegando inseguridad jurídica y un impacto negativo en la competitividad del país frente a Europa, además de anunciar posibles acciones legales.

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(Expansión, 28-11-2024) | Fiscal

El nuevo impuesto a la banca podría mermar su rentabilidad por encima de lo previsto en 2025

Los analistas de Scope Ratings consideran que la nueva figura fiscal, que entrará en vigor el próximo año, representa un "problema". En un informe reciente, prevén una disminución generalizada de la rentabilidad sobre los fondos propios tangibles (ROTE) de todos los bancos, atribuida a una reducción en los ingresos. Además, advierten que las modificaciones estructurales y la ampliación del impuesto bancario podrían deteriorar aún más la rentabilidad de las entidades en 2025. El Gobierno logró aprobar la nueva tasa la semana pasada en el Congreso, contando con el respaldo de sus aliados. Este impuesto, que estará vigente durante tres años, seguirá gravando los ingresos por intereses y las comisiones netas generadas en España. Sin embargo, a diferencia de la versión anterior, ahora se aplicará un tipo progresivo, que variará entre el 1% y el 7% dependiendo de la base liquidable. En este contexto, los bancos de mayor tamaño serán los más afectados. Según estimaciones de EXPANSIÓN, Santander, BBVA y CaixaBank soportarán el 80% del total del gravamen, desembolsando cerca de 1.200 millones de euros en 2025. Este nuevo panorama se suma a una desaceleración en los ingresos provocada por las recientes bajadas de tipos de interés implementadas por el Banco Central Europeo. Los banqueros ya han señalado que el margen de interés ha alcanzado su punto máximo y anticipan caídas que impactarán tanto en la rentabilidad como en los beneficios ese mismo año. Scope Ratings señala que los bancos intentarán compensar la reducción de ingresos incrementando su volumen de negocio, una estrategia que podría reducir aún más los márgenes y acelerar el descenso de la rentabilidad en 2025. Este enfoque ha llevado a varias entidades a recortar sus ingresos por comisiones. La implementación de esta nueva fiscalidad llega en un escenario completamente diferente al de finales de 2021, cuando se aprobó el gravamen vigente. Por su parte, las asociaciones bancarias españolas han alertado en las últimas semanas que esta medida disminuye la competitividad de las entidades nacionales frente a sus homólogos europeos. También han advertido que podría reducir la oferta de crédito a familias y empresas en 50.000 millones de euros, según datos de la AEB. A nivel europeo, la ESGB, la asociación que representa a las cajas de ahorro, subrayó que este impuesto perjudica igualmente a las fundaciones bancarias. Otros expertos han señalado que el impacto del nuevo gravamen podría afectar la capacidad de los bancos para remunerar a los accionistas. Borja de Castro, analista de BIG Banco, opina que los dividendos podrían verse afectados, aunque principalmente a largo plazo.

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(El Economista, 28-11-2024) | Fiscal

Hacienda multará a los contribuyentes que ignoren los requerimientos de información

La Agencia Tributaria tendrá la facultad de sancionar a los contribuyentes que no respondan a uno o varios requerimientos de información emitidos por la inspección, sin necesidad de justificar ni demostrar cómo esta falta de respuesta ha obstaculizado o retrasado las actuaciones administrativas. Así lo ha determinado el Tribunal Económico-Administrativo Central (TEAC) en una resolución del pasado 19 de noviembre, que establece como criterio unificado que no atender las solicitudes de información de la inspección constituye, por sí mismo, una infracción grave. El caso analizado por el TEAC surge de un conflicto entre la Agencia Tributaria y una empresa sancionada con 10.000 euros por ignorar repetidamente los requerimientos de información. El primero de estos requerimientos, enviado el 15 de junio de 2020, solicitaba datos sobre las aportaciones de los socios y su identificación. Ante la falta de respuesta, el fisco envió un segundo requerimiento el 13 de agosto, también ignorado, y un tercero el 31 de agosto, que tampoco obtuvo contestación. Tras abrir un plazo de alegaciones sin que la empresa presentara argumentos, se impuso la sanción. La compañía recurrió la multa ante el Tribunal Económico-Administrativo Regional de Andalucía, que falló a su favor al considerar que no responder a un requerimiento no es suficiente para justificar la sanción. Según este tribunal, la Agencia Tributaria debía probar cómo la falta de respuesta había interferido o retrasado las actuaciones de inspección. Sin embargo, el TEAC rechazó esta interpretación, estableciendo que ignorar un requerimiento de información, siempre que este haya sido debidamente notificado, ya supone entorpecer, dilatar o impedir las actuaciones de la inspección. Según su resolución, si se demuestra culpabilidad en esta conducta, se considera una infracción sancionable, sin necesidad de acreditar cómo exactamente se ha dificultado la labor inspectora. El TEAC subraya que la Ley General Tributaria ya define como infracción la obstrucción de las actuaciones de la Agencia Tributaria, incluyendo no atender los requerimientos. Critica además al tribunal regional por "redefinir" el tipo infractor al exigir pruebas adicionales sobre el impacto de la desatención en las actuaciones administrativas, algo que, según el TEAC, no está contemplado en la normativa. En consecuencia, el TEAC respalda la actuación de la Agencia Tributaria, que tras tres intentos infructuosos de obtener información multó a la empresa por infracción grave. Esta decisión abre la posibilidad de que la Administración pueda imponer sanciones similares a contribuyentes que no respondan a los requerimientos de información.

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(Expansión, 27-11-2024) | Fiscal

El conocimiento tributario técnico se ha identificado como una de las mayores brechas de talento para las empresas

Las grandes empresas españolas están enfrentando uno de los mayores desafíos fiscales de las últimas décadas con la llegada de la reforma internacional de la OCDE, conocida como Pilar II. Esta nueva normativa introduce un impuesto mínimo global del 15% para multinacionales, lo que obliga a las compañías a realizar una profunda transformación en sus funciones tributarias, procesos internos y sistemas contables. En este contexto, Deloitte ha presentado el informe "Comprometidos con el cumplimiento. Preparándose para el Pilar II", que recoge las opiniones de más de 500 responsables fiscales y financieros de empresas en Europa, América del Norte, América del Sur, Asia y el Pacífico. Este estudio analiza los principales retos de adaptación, preocupaciones clave y las medidas que deben adoptar las empresas para cumplir con esta nueva regulación. Pilar II tiene implicaciones que van más allá de lo tributario, ya que se espera que influya en la estrategia corporativa de las empresas, incluyendo reestructuraciones, fusiones, adquisiciones y otras decisiones de inversión. Según el informe, el 93% de los encuestados considera que esta normativa tendrá un impacto directo en estas operaciones. Además, el 69% cree que Pilar II supondrá una disrupción significativa en los procesos financieros y en las obligaciones de cumplimiento de las organizaciones. Este nuevo marco normativo representa un reto integral, que afecta no solo a los aspectos fiscales, sino también a las decisiones estratégicas, los sistemas contables y la estructura de los procesos empresariales. Por ello, las compañías están reevaluando sus modelos de gestión del talento. Entre las principales dificultades se encuentran la brecha de conocimientos técnicos tributarios y la necesidad de mayor formación en contabilidad del gasto por impuestos, señaladas respectivamente por el 39% y el 32% de los encuestados. Ante este panorama, muchas empresas están optando por invertir en tecnología para optimizar sus modelos de gestión y adaptarse al aumento de la carga administrativa. Un 66% de las compañías está considerando destinar recursos adicionales a soluciones tecnológicas, y el 63% planea incrementar sus presupuestos para cubrir los costos derivados de la implementación de Pilar II. En cuanto a los enfoques para cumplir con los nuevos requisitos, las organizaciones están explorando diferentes estrategias, como la subcontratación total (21%), modelos híbridos (46%) o la gestión interna (37%). Estas alternativas buscan equilibrar la eficiencia operativa con el control de costos y la capacidad de adaptación. Se prevé que Pilar II genere costos extraordinarios en un 70% de las empresas, tanto por el aumento de la tributación como por las inversiones necesarias para implementar las nuevas políticas, sistemas y procesos de cumplimiento. Este escenario representa un cambio trascendental para las multinacionales, en particular para aquellas con operaciones en más de cinco países y un ingreso anual superior a 750 millones de euros, que deberán realizar ajustes significativos en sus estructuras para alinearse con las nuevas exigencias fiscales globales.

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