(Expansión, 27-11-2024) | Fiscal

Cataluña mantendrá el tramo más alto del Impuesto sobre el Patrimonio que puso en marcha en 2022

Es una medida que impactará a las rentas más altas, aquellas superiores a los 20 millones de euros. Surgió como respuesta a la implementación a nivel nacional del Impuesto a las Grandes Fortunas. Inicialmente, su aplicación estaba prevista solo para 2022 y 2023. El gravamen sobre las grandes fortunas actúa como un complemento al Impuesto sobre el Patrimonio, de ámbito estatal, aunque su recaudación se transfiere a las comunidades autónomas. Algunas regiones, como Madrid, Andalucía y Galicia, lo tenían bonificado al 100% y llevaron su creación ante el Tribunal Constitucional. Por otro lado, territorios como Cataluña se vieron obligados a modificar su normativa de Patrimonio para alinearla con los tramos del nuevo impuesto. En 2022, se introdujo un recargo adicional del 3,48% para garantizar que la recaudación no se destinara al Estado. Tras el rechazo del Tribunal Constitucional a las impugnaciones y la aprobación de un decreto ley que prolonga indefinidamente el gravamen a las grandes fortunas, el Govern realizó este martes ajustes técnicos. Ahora, el tramo más alto del Impuesto sobre el Patrimonio queda vinculado a la continuidad de este gravamen de alcance nacional. En Cataluña, las personas con un patrimonio neto superior al medio millón de euros deben asumir este recargo, que se aplica a los residentes fiscales de la comunidad.

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(El País, 27-11-2024) | Fiscal

Bruselas valida el plan de ajuste español pero exige subir los ingresos en “al menos” un 0,2% del PIB

España ha obtenido el respaldo de la Comisión Europea para su plan de ajuste fiscal en el último momento. Este plan tiene como uno de sus pilares principales una reforma fiscal que fue aprobada recientemente por el Parlamento. Con este requisito cumplido, Bruselas ha validado la senda de gasto propuesta por España para los próximos siete años, lo que supone una extensión de tres años sobre los cuatro habituales que establece la normativa general, según anunció la Comisión este martes. Sin embargo, este aval es solo el inicio de un camino complejo. Como advirtió Valdis Dombrovskis, vicepresidente de la Comisión y próximo comisario de Economía y Finanzas, "España enfrenta desafíos de sostenibilidad fiscal debido a su alta deuda pública en relación con el PIB y al déficit presupuestario actual". El informe publicado este martes señala que el Gobierno español debe incrementar los ingresos públicos en al menos dos décimas del PIB antes de que finalice el próximo año, lo que equivale a unos 3.000 millones de euros. Esta cifra supera los ingresos esperados por algunas medidas fiscales rechazadas recientemente, como el impuesto al diésel, que habría recaudado aproximadamente 1.000 millones de euros. Esta obligación está vinculada al plan de recuperación y se enmarca dentro de las nuevas reglas fiscales introducidas en los programas de consolidación fiscal. Para cumplir con las metas de ajuste, España deberá limitar el crecimiento del gasto público neto a una media anual del 3% entre 2025 y 2031, excluyendo intereses y gastos extraordinarios. Inicialmente, Bruselas había planteado un límite del 2,8%, pero la mejora reciente en los datos económicos y las previsiones de crecimiento permitió una flexibilización. El ajuste será gradual, comenzando con un aumento del gasto del 3,5% del PIB en el primer año, para luego reducirse progresivamente hasta el 2,4%. Además, el déficit público deberá disminuir cada año con el objetivo de reducir la deuda pública, que actualmente supera el 102% del PIB, a un 90,6% en 2031 y al 76,4% en 2041 si se mantiene la tendencia. Dombrovskis destacó que el cumplimiento será clave, subrayando que las nuevas reglas fiscales incluyen herramientas más estrictas para garantizar la implementación de los compromisos adquiridos. También recordó que los países con deudas superiores al 60% del PIB o déficits superiores al 3% pueden acceder a programas de ajuste de hasta siete años, en lugar de los cuatro habituales, si asumen compromisos reformistas e inversores. Este ha sido el caso de España, junto con otros países como Francia, Italia, Finlandia y Rumanía. Además de los compromisos fiscales, España deberá realizar evaluaciones de gasto para reducir este en una décima del PIB hacia 2028 y llevar a cabo reformas destinadas a aumentar el crecimiento económico potencial. Muchas de estas reformas ya están en marcha como parte del plan de recuperación, incluyendo medidas contra el fraude y la Ley de Cambio Climático. A pesar del aval de Bruselas, España aún tiene pendientes algunas tareas, como la presentación del borrador de los Presupuestos Generales del Estado para 2025, un aspecto que la Comisión Europea espera resolver pronto. Aunque el Ministerio de Hacienda ha estado involucrado en las negociaciones, esto será clave para cumplir con las exigencias del marco fiscal acordado.

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(El Economista, 27-11-2024) | Fiscal

El Tribunal Supremo complica la exención del 95% del Impuesto de Donaciones en la empresa familiar

La Sala establece que, para que los administradores puedan beneficiarse de tributar únicamente por el 5% del valor del bien transferido, los directivos que reciben la donación deben cumplir los requisitos exigidos en la fecha en que se realiza la donación, y no al cierre del ejercicio fiscal. Según la Ley del Impuesto de Sucesiones y Donaciones, la exención del 95% para donaciones en empresas familiares exige que la persona que ejerce la dirección del grupo obtenga más del 50% de su renta de estas funciones. Por ejemplo, si un administrador gana 40.000 euros anuales de la empresa familiar y 50.000 euros de otra actividad, no cumpliría con los requisitos, ya que la mayor parte de sus ingresos no provienen de la empresa familiar. En dos recientes sentencias del 31 de octubre y 13 de noviembre, siendo ponente el magistrado Francisco José Navarro Sanchís, el Tribunal Supremo aclaró que el requisito de que más del 50% de la renta proceda de la dirección del grupo debe verificarse en la fecha de la donación. Así, si un padre transfiere participaciones a su hijo el 1 de julio, este último debe cumplir el requisito ese día, y no al 31 de diciembre, cuando finaliza el año fiscal. Carlos Muñoz, consejero delegado de CIM Tax & Legal, señala que, aunque muchos asesores fiscales ya aplicaban este criterio por precaución, existían dudas sobre cómo calcular la renta del directivo en el caso de donaciones. Subraya la importancia de planificar cuidadosamente las donaciones para garantizar el cumplimiento de los requisitos, ya que una planificación deficiente podría invalidar el régimen de empresa familiar y sus beneficios fiscales. Por ejemplo, si un administrador recibe de forma inesperada una remuneración en especie que altera su principal fuente de renta, podría perderse la exención. Muñoz también destaca la importancia de considerar no solo la tributación por la donación, sino también la plusvalía que el donante debe pagar por la transmisión. Por ejemplo, si alguien fundó una empresa hace décadas con un capital inicial de 500.000 pesetas y ahora las acciones donadas a sus hijos valen un millón de euros, deberá tributar por esa ganancia. Sin embargo, si se cumplen los requisitos de empresa familiar, esta plusvalía estaría exenta; de lo contrario, también se perdería ese beneficio. El Tribunal Supremo aclara que la confusión surgía porque el Impuesto sobre Donaciones se liquida en el momento de la cesión, mientras que el IRPF considera todo el año fiscal. Por ello, concluye que el momento para determinar si el donatario cumple con los requisitos de dirección retribuida es la fecha exacta en que se realiza la donación.

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(El Economista, 27-11-2024) | Fiscal

Los jubilados que cobren su pensión pública y quieran rescatar su plan de pensiones tienen la obligación de presentar la Renta si sobrepasan los 1.500 euros

La Dirección General de Tributos (DGT), organismo dependiente del Ministerio de Hacienda, ha aclarado las condiciones bajo las cuales se debe presentar la declaración de la Renta al rescatar un plan de pensiones. Según una consulta publicada el pasado 26 de septiembre, los jubilados que perciban una pensión pública y, además, deseen rescatar su plan de pensiones, estarán obligados a presentar la declaración si superan ciertos límites económicos. En estos casos, al combinar la pensión pública con los ingresos del plan de pensiones, se considera que el contribuyente tiene dos pagadores. Por tanto, se aplican los siguientes límites: los rendimientos del trabajo (que incluyen la pensión pública) no pueden exceder los 22.000 euros anuales, mientras que los ingresos provenientes de los demás pagadores (como el plan de pensiones) no deben superar los 1.500 euros anuales. Así, un jubilado que reciba una pensión pública de 15.000 euros al año y rescate 1.500 euros anuales del plan de pensiones no tendrá la obligación de presentar la declaración, según la DGT. No obstante, si el importe rescatado del plan supera esa cifra, deberá presentar la declaración incluso si la pensión pública no alcanza los 22.000 euros al año.

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(Expansión, 26-11-2024) | Fiscal

El Supremo ha eliminado el castigo de Hacienda a la vivienda habitual

El Tribunal Supremo (TS) ha otorgado un respaldo significativo a los contribuyentes que deben pagar el Impuesto sobre el Patrimonio (IP), al eliminar el criterio de Hacienda que penalizaba la vivienda habitual en el cálculo de la cuota del impuesto. Según el TS, la vivienda habitual es un bien patrimonial productivo que debe incluirse en el cálculo del límite del 60% de renta y patrimonio, ya que tiene la "capacidad" de generar rendimientos en el IRPF, aunque no lo haga de manera efectiva. Esta conclusión se recoge en una sentencia del 11 de noviembre de 2024, en cuya defensa participó el equipo de Procedimientos Tributarios del Bufete Barrilero y Asociados. El fallo, que establece jurisprudencia, señala que las viviendas habituales no pueden ser consideradas bienes improductivos, incluso si no generan rendimientos inmobiliarios declarables en el IRPF. La decisión tiene un impacto relevante en la carga fiscal de este impuesto, ya que analiza una norma del IP que establece un límite del 60% sobre la tributación conjunta del IRPF y el IP. Este límite implica que la suma de ambos impuestos no puede exceder el 60% de las rentas anuales del contribuyente. En caso de superarse, se reduce la cuota del IP hasta alcanzar ese umbral. No obstante, la ley excluye del cálculo ciertos bienes improductivos, como las obras de arte, al no generar rendimientos gravados en el IRPF. El Supremo ya se pronunció en 2011 sobre este tipo de bienes, pero ahora aclara que esta doctrina no se aplica a la vivienda habitual. Según los magistrados, el caso de las obras de arte no es equiparable a los inmuebles destinados a vivienda principal. Anteriormente, algunas administraciones tributarias autonómicas trataban la vivienda habitual como improductiva, excluyéndola del cálculo del límite del 60%. Esto elevaba de forma considerable la cuota del IP, ya que se ignoraba el valor de la vivienda habitual bajo el argumento de que no generaba ingresos. Ahora, el TS rectifica este criterio, señalando que la vivienda habitual debe incluirse en el cálculo del límite, independientemente de que no genere rentas en un período concreto. Según Marga Bidegorri, socia de Bufete Barrilero y Asociados, el fallo interpreta el artículo 31.Uno.b) de la Ley del IP y establece que el valor de la vivienda habitual debe ser considerado en el cálculo del límite conjunto de renta y patrimonio, incluso si no produce ingresos en el ejercicio. Esto, porque el precepto no se basa en la obtención efectiva de rentas. El caso que motivó esta decisión del Supremo comenzó cuando un contribuyente, al liquidar el IP de 2012, incluyó el valor no exento de su vivienda habitual en el cálculo del límite de renta-patrimonio. Sin embargo, la Agencia Tributaria de Cataluña excluyó este valor, argumentando que la vivienda no generaba rendimientos y, por tanto, debía considerarse improductiva. Tras varios fallos desfavorables en instancias inferiores, el Supremo zanjó la cuestión y estableció que la vivienda habitual no puede calificarse como un bien improductivo, ya que es, por naturaleza, susceptible de generar rendimientos. Esta resolución también tiene implicaciones para el Impuesto temporal de solidaridad de las Grandes Fortunas (ITSGF), ya que las reglas del límite conjunto del IP son aplicables a este impuesto, según su normativa reguladora. Con este fallo, el TS cierra el debate y ofrece un criterio claro a favor de los contribuyentes en materia de tributación patrimonial.

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(Expansión, 26-11-2024) | Fiscal

Podemos exige iniciar el rediseño del tributo energético y abordar el alza fiscal del diésel

Unidas Podemos exigió ayer al PSOE que cumpla con la condición establecida para respaldar la reforma fiscal y convoque "esta misma semana" la comisión negociadora del nuevo impuesto a las empresas energéticas, tal como se acordó impulsar antes de que finalice el año. La formación morada también pidió incluir en el debate la equiparación fiscal entre el diésel y la gasolina, advirtiendo que su apoyo a los Presupuestos dependerá del cumplimiento de estas demandas. "Requerimos al PSOE que convoque esta semana la comisión negociadora del impuesto a las energéticas", señaló en rueda de prensa la portavoz adjunta de Podemos, María Teresa Pérez, quien insistió en que "se incorpore el impuesto al diésel en dicha comisión para debatirlo y mejorarlo". Además, subrayó la necesidad de garantizar que el impacto de este gravamen sea "progresivo y justo", destacando la urgencia de avanzar en la descarbonización de España. "La lucha contra el cambio climático no puede esperar más. Los efectos de fenómenos como la DANA demuestran que estos eventos serán cada vez más frecuentes y severos. Por eso es crucial establecer un impuesto a las empresas energéticas más contaminantes para financiar políticas que mitiguen o frenen los daños ambientales", explicó Pérez. El acuerdo entre PSOE y Podemos sobre la reforma fiscal incluye el compromiso de los socialistas de promover "una proposición de ley que contemple un impuesto a las empresas energéticas", mediante la creación de una comisión negociadora con la participación de los partidos necesarios para alcanzar el consenso antes del 31 de diciembre. En caso de no lograrse, el Gobierno se comprometió a prorrogar mediante Real Decreto-ley el actual gravamen temporal a los sectores del petróleo, el gas y la electricidad, que vence a fin de año. No obstante, se aseguró que el nuevo impuesto no afectará a las inversiones relacionadas con la descarbonización, con el fin de mantener el apoyo de formaciones como Junts y PNV, que previamente habían solicitado la eliminación de dicho tributo energético. La revisión de la equiparación fiscal entre el diésel y la gasolina, inicialmente impulsada por el Ejecutivo y rechazada por Podemos, es otra de las medidas que la formación exige reconsiderar para minimizar su impacto en las clases trabajadoras. Además, Podemos condicionó sus cuatro votos para los Presupuestos de 2025 al cumplimiento de otras demandas, como romper relaciones diplomáticas con Israel tras los ataques a Palestina y reducir por ley los precios del alquiler en un 40%. En paralelo, la asociación de técnicos del Ministerio de Hacienda (Gestha) criticó las deficiencias de la reforma fiscal y amenazó con movilizaciones en diciembre si no se atienden sus solicitudes de desarrollo profesional y movilidad. Por otro lado, la Asociación de Inspectores de Hacienda del Estado (IHE) expresó su preocupación por los preparativos para transferir la gestión tributaria a Cataluña y prometió respaldo legal a los trabajadores en esta comunidad autónoma.

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(El Economista, 25-11-2024) | Fiscal

Los contribuyentes que cobren el paro en un pago único podrán deducir el 30% en el IRPF

Los contribuyentes que reciban la prestación por desempleo en un pago único podrán aplicar una deducción del 30% en su declaración de la renta, siempre que estén obligados a tributar por ella al no cumplir los requisitos de exención, como desarrollar una actividad como autónomo durante cinco años o mantener su participación en una cooperativa durante el mismo periodo. El Tribunal Económico-Administrativo Central (TEAC), en su resolución del 21 de octubre, ha fijado criterio y desestimado la postura de la Agencia Tributaria, que negaba el derecho a esta deducción. Hacienda argumentaba que, para beneficiarse de esta reducción, los contribuyentes debían haber cotizado más de dos años para generar el derecho al paro y haber cobrado la prestación durante al menos dos años. Según su interpretación, aunque el pago se recibiera de forma anticipada, su duración efectiva no alcanzaría los dos años, dado que la prestación máxima por desempleo se recibe durante 720 días. El TEAC contradice esta posición al señalar que el artículo 18.2 de la Ley del IRPF, que regula esta deducción, no condiciona su aplicación a la duración del cobro. Lo único que requiere es que los rendimientos íntegros tengan un periodo de generación superior a dos años. El tribunal advierte que no permitir esta deducción haría que los contribuyentes, al tributar en un sistema progresivo (donde los impuestos aumentan con la renta), paguen hasta dos o tres veces más que aquellos que perciben el paro mensualmente. Para ilustrar el impacto, el TEAC expone un ejemplo. Si una persona con dos hijos a cargo recibe la prestación máxima de 1.575 euros al mes (18.900 euros al año), percibiría un total de 37.800 euros en 720 días, es decir, casi dos años. Al cobrarlo mensualmente, tributaría por esta cantidad en tres ejercicios fiscales distintos, pero solo tendría que pagar IRPF en el segundo año, cuando percibiría 18.900 euros íntegros. En este caso, pagaría unos 1.800 euros en impuestos. En cambio, si el mismo contribuyente opta por el pago único de 37.800 euros para emprender un negocio y este fracasa antes de los cinco años requeridos para la exención, deberá tributar todo el importe en un solo ejercicio. En este escenario, tendría que pagar cerca de 8.000 euros en IRPF, es decir, casi cinco veces más que si hubiese cobrado la prestación de forma mensual. El tribunal considera que esta situación refleja los efectos de la progresividad del IRPF y subraya la importancia de aplicar la deducción del 30% para evitar la desigualdad de trato fiscal entre casos similares. Según el TEAC, esta medida busca garantizar que el sistema tributario sea más justo, evitando que un mismo ingreso conlleve una carga fiscal desproporcionada en determinadas circunstancias.

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(El Economista, 25-11-2024) | Fiscal

El PP podrá retrasar la entrada en vigor de la reforma fiscal con su veto en el Senado

La reforma fiscal aprobada por el Gobierno el pasado jueves en el Congreso todavía debe superar un último obstáculo, lo que retrasará su entrada en vigor. El texto pasa ahora al Senado, donde se prevé que sea vetado por la mayoría absoluta del Partido Popular. Aunque esta negativa de los populares, liderados por Núñez Feijóo, no impedirá que la reforma salga adelante, sí dilatará su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y, por tanto, su aplicación. Según cálculos iniciales, este proceso podría extenderse alrededor de cuatro semanas. De acuerdo con el reglamento del Congreso, una vez aprobado un proyecto de ley, el Presidente de la Cámara Baja debe enviarlo al Senado junto con toda la documentación generada durante su tramitación. En la Cámara Alta, la Mesa -controlada por el PP- calificará la iniciativa y la Junta de Portavoces decidirá cuándo se debatirá en el pleno. El grupo socialista intentará acelerar el proceso, aunque es casi seguro que el PP impondrá su veto a la reforma fiscal. Tras el rechazo del Senado, el proyecto de ley regresará al Congreso, donde la Mesa -presidida por Francina Armengol, del PSOE- podrá someterlo a una nueva votación para levantar el veto. Solo entonces se podrá publicar en el BOE y poner en marcha la norma. Esta dinámica se ha vuelto habitual debido a la mayoría del PP en el Senado. Un ejemplo reciente ocurrió con la ley para transferir las competencias de Tráfico a Navarra, que el PP bloqueó en la Cámara Alta y que posteriormente fue aprobada de nuevo en el Congreso. La reforma fiscal logró el respaldo necesario en el último momento gracias al apoyo de Podemos. Este proyecto incluye medidas clave para cumplir los compromisos de España con los fondos europeos, lo que desbloqueará la llegada de más de 7.200 millones de euros. También establece un impuesto a la banca, la transposición de la directiva europea que fija un tipo mínimo del 15% para las multinacionales, y el incremento del tipo máximo del IRPF al 29% para las rentas de capital superiores a 300.000 euros. Además, limita al 50% la posibilidad de que los grupos empresariales compensen las pérdidas de sus filiales con los beneficios de la matriz, incrementando así la recaudación y evitando sanciones de la Unión Europea. Sin embargo, otras propuestas quedaron fuera de la reforma, como eliminar las exenciones fiscales para las socimis y los seguros de salud privados, aplicar un IVA del 21% a los pisos turísticos o equiparar los impuestos sobre el diésel y la gasolina. Este último punto podría abordarse en la tasa a las energéticas que el Gobierno está preparando.

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(El Confidencial, 25-11-2024) | Fiscal

El mercado ve “incertidumbre regulatoria” por los impuestos a la banca

Luis de Guindos, vicepresidente del Banco Central Europeo (BCE), advirtió este viernes que la "incertidumbre regulatoria" percibida por los mercados, derivada de impuestos específicos como el aprobado en España esta semana, explica las diferencias en la valoración del sector bancario entre Europa y Estados Unidos. Durante su intervención en el I Foro del Observatorio Económico organizado por Mapfre Economics y El Confidencial, De Guindos señaló que los gravámenes impuestos en algunos países incrementan la rentabilidad exigida por los inversores -es decir, el coste del capital-, debido a la incertidumbre regulatoria que generan. "En Europa, aunque los bancos cuentan con buenos niveles de capital y liquidez, y han incrementado su rentabilidad del 4% antes de la pandemia a una media actual del 10%, el aumento del coste del capital limita la mejora de su valoración en el mercado. Esto contrasta con Estados Unidos, donde esta situación no se ha dado", explicó. Además, añadió que esta diferencia se debe al menor potencial de crecimiento económico en Europa, la ausencia de una unión bancaria completa y la incertidumbre en torno a impuestos como el de la banca en España. De Guindos evitó comentar sobre los detalles del impuesto aprobado en España, aunque destacó la importancia de que este tipo de medidas no alteren las decisiones comerciales de las entidades financieras, manteniéndose neutrales. Como ejemplo, mencionó a Italia, donde se modificó un tributo para cumplir este principio. "Creemos que los impuestos no deben interferir en la transmisión de la política monetaria ni afectar al crédito", afirmó, reservándose una opinión más detallada hasta analizar los términos concretos del nuevo gravamen español. Sobre posibles fusiones entre grandes bancos en España, De Guindos prefirió no opinar, aunque recordó que en los últimos 15 años el sector ha atravesado una reestructuración significativa, parte de ella bajo su dirección como ministro. En cuanto a la falta de competencia entre bancos, que evitó una guerra por captar depósitos en 2022 y 2023, explicó que esto se debió a los altos niveles de liquidez, una situación que cambiará en 2024 cuando el BCE reduzca el volumen de liquidez en el sistema al dejar de reinvertir vencimientos de su cartera de deuda. De cara al crecimiento económico, De Guindos anticipó que las proyecciones del BCE en diciembre estarán alineadas con las de la Comisión Europea, que prevé un avance inferior al 1% en 2024 y apenas superior al 1% en 2025. "La inversión está prácticamente estancada y el consumo no despega, lo cual es contradictorio, ya que las familias han incrementado su renta disponible gracias a mayores salarios y menor inflación, pero siguen ahorrando más de lo habitual, posiblemente por incertidumbres geopolíticas y económicas", explicó. Pese a ello, expresó optimismo sobre una recuperación del consumo en los próximos meses. Respecto a la inflación, el vicepresidente del BCE mostró confianza en que el próximo año habrá una moderación de los aumentos salariales y un ligero incremento en la productividad, lo que permitirá contener los costos laborales unitarios, beneficiando la evolución de la inflación. Sobre las decisiones futuras de tipos de interés, restó importancia a si el próximo recorte será de 25 o 50 puntos básicos, subrayando que lo importante es la dirección general de la política monetaria. Finalmente, tras la victoria de Donald Trump en Estados Unidos y la intensificación de la guerra en Ucrania, De Guindos alertó sobre los riesgos de una posible guerra comercial global. Comparó esta amenaza con los efectos de las políticas arancelarias de los años 30, advirtiendo que podrían generar un ciclo negativo de represalias comerciales con graves consecuencias para el crecimiento mundial. "Imponer aranceles altos, como un 60% a China, podría llevar a que este país busque nuevos socios comerciales, complicando aún más el panorama económico global", concluyó.

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(Expansión, 22-11-2024) | Fiscal

El Gobierno desbloquea el grueso del paquete tributario y aprueba su reforma fiscal

A última hora, y con el debate sobre la reforma fiscal ya en marcha en el Pleno del Congreso, el Gobierno alcanzó ayer un acuerdo in extremis con Unidas Podemos para salvar el núcleo de su propuesta tributaria. A cambio, se comprometió a desarrollar un impuesto a las energéticas, cuya aprobación definitiva queda pendiente y deberá satisfacer a los socios de ambos lados del Hemiciclo. En otras palabras, el Ejecutivo ha aplazado la resolución del conflicto, ganando tiempo para intentar recomponer los apoyos parlamentarios tras una negociación extremadamente complicada. Mientras tanto, Hacienda logró mantener su imagen frente a Europa al presentar la transposición del tipo mínimo global para multinacionales, una reforma que incluye un endurecimiento del impuesto a la banca, mayor presión fiscal sobre las rentas del capital y el cierre de lagunas legales que habían debilitado la recaudación del impuesto de sociedades. La reforma fiscal, que estuvo a punto de fracasar durante la caótica Comisión de Hacienda celebrada en la madrugada del lunes al martes, entró al Pleno bajo la amenaza de ser rechazada por Unidas Podemos. Sin embargo, finalmente fue aprobada con 178 votos a favor, 171 en contra (PP, Vox y UPN) y ninguna abstención. El acuerdo alcanzado requirió la mediación directa del ministro de Presidencia, Félix Bolaños, quien actuó como interlocutor con la líder de Podemos, Ione Belarra, para lograr un compromiso que giró en torno al impuesto extraordinario a los sectores petrolero, gasista y eléctrico. Este gravamen, inicialmente planteado como temporal pero con aspiraciones a ser permanente, generó tensiones con distintos partidos. Mientras Junts y PNV presionaron para limitarlo ante las amenazas de deslocalización de empresas como Repsol, ERC, Bildu y BNG exigieron extenderlo un año más, y Unidas Podemos insiste en su carácter permanente. Hacienda ha conseguido margen hasta finales de año para buscar un consenso. El acuerdo, anunciado por Podemos como parte del "paquete fiscal progresista", incluye el compromiso del PSOE de impulsar una nueva propuesta de ley para el impuesto a las energéticas tras la aprobación de la reforma principal. Además, se creará una comisión negociadora con la participación de los partidos necesarios para garantizar el consenso. Si no se alcanza un acuerdo antes del 31 de diciembre, el Gobierno promete prorrogar el actual gravamen mediante un Real Decreto-ley para su aplicación en 2025. El pacto también incorpora garantías para respetar las condiciones planteadas por Junts y PNV, excluyendo del impuesto a las inversiones destinadas a la descarbonización, tal como se reflejó en un comunicado emitido por Hacienda durante la madrugada del lunes. Belarra, por su parte, afirmó que Hacienda debe asegurar el respaldo de Junts, aunque Podemos trabajará con "ambición" para garantizar que las energéticas paguen el impuesto sin beneficiarse de deducciones pactadas con los socialistas. Por su parte, Montero anunció la creación de una comisión que incluirá a todos los partidos implicados en la reforma, destacando que su objetivo es cumplir con los compromisos europeos y desbloquear los 7.200 millones de euros correspondientes al quinto desembolso de ayudas Next Generation, además de lograr el aval comunitario al Plan Fiscal Estructural, que prevé incrementar la recaudación en 4.500 millones desde 2025. La reforma, que lleva el extenso título de "Proyecto de Ley por el que se establecen un Impuesto Complementario para garantizar un nivel mínimo global de imposición para los grupos multinacionales y los grupos nacionales de gran magnitud, un Impuesto sobre el margen de intereses y comisiones de determinadas entidades financieras y un Impuesto sobre los líquidos para cigarrillos electrónicos y otros productos relacionados con el tabaco, y se modifican otras normas tributarias", incluye un endurecimiento del impuesto a la banca que se repartirá entre las comunidades autónomas y una serie de medidas fiscales cuya capacidad para alcanzar los objetivos de recaudación prometidos a Bruselas aún está por comprobarse.

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