(El Economista, 08-11-2024) | Fiscal

El TEAC ve abuso fiscal en que una persona cree una "holding" para que cobre los dividendos

El Tribunal Económico-Administrativo Central (TEAC) ha dictaminado que existe abuso fiscal cuando una persona que previamente tributaba los dividendos en el IRPF crea una estructura empresarial bajo una sociedad holding o matriz a la cual transfiere sus acciones, de manera que esta entidad pasa a recibir los beneficios. Es importante recordar que los dividendos en el IRPF tienen un tipo impositivo entre el 19% y el 28%, mientras que, si los recibe una empresa, están casi exentos, pagando solo un 1,5% en el Impuesto sobre Sociedades. José Antonio Marco, presidente del TEAC, participó el jueves en una jornada de la Asociación Española de Asesores Fiscales (Aedaf) sobre el régimen de fusiones, escisiones, aportaciones de activos y canje de valores (FEAC), un régimen que permite diferir los costes fiscales para facilitar dichas operaciones. Sin embargo, Hacienda puede regularizar las plusvalías o beneficios que afloren en el proceso si considera que la operación se hizo únicamente para evitar impuestos, sin un propósito económico válido. Marco destacó que si una persona que antes tributaba dividendos deja de hacerlo a través de un canje de acciones, eso constituye una "ventaja fiscal abusiva". Justificó así las resoluciones del TEAC, que respaldan la decisión de Hacienda de ajustar la ventaja fiscal obtenida, pero solo en cuanto a los dividendos distribuidos, eliminando la ventaja únicamente en casos donde se materialice un abuso. Marco también defendió que estas resoluciones no causan inseguridad jurídica, ya que no se elimina el diferimiento fiscal en su totalidad, sino únicamente la ventaja específica. Maximino Linares, abogado del Estado en excedencia y miembro de Aedaf, cuestionó estas resoluciones, señalando que el TEAC las considera abusivas independientemente del destino de los dividendos, ya sea para crear una nueva empresa o para fines personales, como la compra de un yate para el uso del administrador. Linares criticó que la posición del TEAC somete los dividendos a una constante revisión futura por parte de Hacienda. Según él, es incoherente aplicar el régimen fiscal a la operación y prever, al mismo tiempo, una futura eliminación de este beneficio. Bernardo Bande, presidente de Aedaf, añadió que estas resoluciones han frenado las operaciones de fusión y reorganización por los elevados costes fiscales que conllevaría una revocación del régimen FEAC. Juan Manuel Herrero de Egaña, responsable de Estudios e Investigación y de Relaciones Institucionales de Aedaf, comentó que aunque el TEAC afirma que sus resoluciones se aplican a casos concretos, estas han generado incertidumbre en el sector. Aseguró que serán los tribunales quienes decidan finalmente. Ignacio Arráez, vicepresidente de Aedaf, apuntó que la Administración debería analizar el destino de los dividendos: si se utilizan para crear una empresa, no hay ventaja fiscal indebida; pero si se emplean para fines personales, como la compra de un yate, entonces solo ese monto debería ser regulado. Bande también explicó que Aedaf ha denunciado ante la Comisión Europea el artículo 89 de la Ley del Impuesto sobre Sociedades, que impide aplicar el régimen FEAC cuando la operación tiene como objetivo principal el fraude o la evasión fiscal. Tanto Bande como Herrero de Egaña afirmaron que España no está cumpliendo correctamente la Directiva europea de fusiones, que tiene como fin que la fiscalidad no sea un obstáculo para estas operaciones. Según Arráez, si la Comisión Europea respalda la denuncia, pedirá a España que modifique su normativa, y en caso de que no lo haga, llevará el caso ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE).

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(El País, 08-11-2024) | Fiscal

La banca presiona a Junts y PNV para suavizar las condiciones del impuesto al sector

Los bancos continúan su campaña en contra del impuesto propuesto por el Gobierno para el sector financiero. Confían en que, durante el proceso parlamentario, puedan suavizar algunos aspectos que consideran perjudiciales de la tasa o incluso lograr que se retire, tal como sucedió con el impuesto a las eléctricas. Para ello, las asociaciones del sector han intensificado sus contactos con diversos grupos parlamentarios, especialmente Junts y PNV, dado que los 12 diputados que suman son clave para bloquear el plan del Ejecutivo. Hasta ahora, los intentos del sector financiero por evitar la extensión del impuesto, que se introdujo en 2022 y expira en diciembre, no han tenido éxito. La semana pasada, el PSOE acordó con PNV y Junts una enmienda para incorporar un tipo mínimo en el Impuesto sobre Sociedades para multinacionales, y al mismo tiempo, extendió el impuesto a la banca durante tres años. Este gravamen, que se aplica al margen bruto de los bancos (intereses más comisiones), ahora excluye a entidades con ingresos inferiores a 100 millones de euros e introduce un sistema progresivo: los bancos con mayores operaciones en España pagarán un porcentaje más alto, comenzando con un 1% para los primeros 750 millones de base liquidable y llegando hasta un 6% para cifras superiores a 3.000 millones. Este enfoque ha suscitado fuertes críticas en el sector, especialmente por parte del consejero delegado de CaixaBank, Gonzalo Gortázar, quien lo denominó "tasa CaixaBank" debido al impacto significativo sobre su entidad, la de mayor tamaño en el mercado español. Las entidades critican la progresividad de la tasa, la exclusión de ciertos bancos y el hecho de que se aplique sobre ingresos y no sobre beneficios, como sucede en otras jurisdicciones europeas. Según fuentes financieras, tanto la Asociación Española de Banca (AEB) como la CECA, que agrupa a las antiguas cajas, han intensificado sus conversaciones con partidos políticos coincidiendo con el inicio del trámite parlamentario. El debate comenzará en la Comisión de Hacienda la próxima semana. Los bancos buscan suavizar los aspectos más controvertidos del impuesto y reducir su duración, aunque reconocen que la posibilidad de eliminarlo es escasa. Por su parte, el PNV afirma que tiene un pacto cerrado con el PSOE y que no presionará para cambiarlo, aunque estudiaría nuevas enmiendas. Además, el pacto permite a su hacienda foral ajustar el impuesto, lo cual beneficia a entidades como BBVA y Kutxabank. Aunque la banca no ha logrado frenar el impuesto, como sí hicieron las energéticas, ha conseguido ciertas reducciones. Se ha pactado una deducción del 25% en el Impuesto sobre Sociedades para aliviar lo que consideran doble imposición, y un ajuste en la cuota en caso de disminución de la rentabilidad, como en una crisis financiera. Fuentes del sector confían en que el texto final aún pueda modificarse. Los bancos han reiterado sus críticas en diversas ocasiones, destacando que el impuesto es discriminatorio y que reducirá la oferta de crédito y limitará su participación en operaciones de mayor riesgo, como el financiamiento a pequeñas empresas. Esta semana, la Fundación de Estudios de Economía Aplicada (Fedea) también se sumó a las críticas, argumentando que la extensión del impuesto por tres años es "una penalización ideológica" y que afectará el crédito, la competitividad del sector y la obra social de las antiguas cajas de ahorro. No obstante, el impuesto cuenta con el respaldo de otros socios de la coalición gubernamental. Sumar, junto a Podemos, ERC, Bildu y BNG, han propuesto enmiendas para endurecer el impuesto y convertirlo en permanente, argumentando que las grandes empresas deben seguir contribuyendo debido a los beneficios obtenidos durante la crisis inflacionista y el alza de tipos de interés. Estos impuestos extraordinarios se crearon en 2022 para gravar los beneficios extraordinarios derivados de la situación económica, y han recaudado más de 2.800 millones de euros anuales, de los cuales 1.695 millones corresponden a la banca y 1.164 millones a las energéticas. Ahora, el Ministerio de Hacienda espera una recaudación similar bajo el nuevo esquema.

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(Expansión, 07-11-2024) | Fiscal

Hacienda comenzará a realizar las transferencias por la DANA a partir del 1 de diciembre

El Gobierno comenzó ayer a detallar los pormenores del paquete de ayudas de 10.600 millones de euros para los afectados por la DANA, que entrará en vigor hoy tras su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Este plan beneficiará a unos 350.000 trabajadores, 30.000 autónomos y 65.000 empresas mediante la implementación de bajas especiales, prestaciones, ERTE, exenciones y aplazamientos fiscales, así como ayudas que Hacienda comenzará a distribuir a partir del 1 de diciembre. Así lo explicaron el secretario de Estado de la Seguridad Social, Borja Suárez, y la directora del Departamento de Gestión de la Agencia Tributaria, Rosa Prieto, tras la reunión del comité de crisis de la DANA, presidida por Pedro Sánchez. En cuanto a las ayudas directas para empresarios, el plan incluye un pago único de 5.000 euros para los 30.000 autónomos de la región, con un costo de 325 millones de euros, y transferencias de 10.000 euros para las pymes con menos de un millón de euros de facturación en 2023, 20.000 euros para aquellas entre 1 y 2 millones, 40.000 euros para las de 2 a 6 millones, 80.000 euros para las de 6 a 10 millones, y 150.000 euros para empresas de mayor tamaño. La asistencia a las 65.000 empresas afectadas supondrá un desembolso de 513 millones de euros. Para solicitar las ayudas, bastará con confirmar el número de cuenta bancaria en la web de la Agencia Tributaria entre el 19 de noviembre y el 31 de diciembre, y las transferencias comenzarán el 1 de diciembre. Estas ayudas estarán exentas de IRPF y del Impuesto de Sociedades, y no podrán ser embargadas. Por otro lado, Hacienda reducirá los módulos tributarios para explotaciones agrícolas afectadas en IRPF e IVA, aplicará exenciones en el IBI y el IAE de 2024, así como en tasas por emisión del DNI, bajas de vehículos dañados, y certificación catastral de inmuebles. Además, se amplía hasta el 5 de febrero el plazo para el segundo pago del IRPF en Valencia y otros municipios afectados, lo que aplazará 300 millones de euros. También se extienden hasta el 30 de enero los plazos para trámites fiscales pendientes y se permitirá diferir hasta 24 meses (los primeros seis sin interés) el pago de 300 millones de euros en deudas tributarias. A su vez, la Seguridad Social mejorará las prestaciones por Incapacidad Temporal para afectados con daños físicos o psicológicos, cubriendo hasta el 75% desde el primer día, reforzará las pensiones de incapacidad permanente, orfandad y viudedad, y aumentará un 15% el Ingreso Mínimo Vital por tres meses. También se implementará el cese de actividad total o parcial para autónomos, equivalente al 70% de su cotización y con exención total de cuotas, así como ERTE por fuerza mayor para trabajadores, exentos de cuotas y con el total de la cotización computada hasta febrero. Desde la Asociación Nacional de Inspectores de Hacienda Pública Local (ANIHPL) han valorado positivamente las medidas fiscales del Gobierno central para los afectados por la DANA. No obstante, advierten de la urgencia de que el Estado compense de manera rápida a las entidades locales, ya que la exoneración del IBI, el principal ingreso local, implica "un déficit de 13.500 millones de euros" para los municipios, lo que podría provocar problemas de liquidez en las próximas semanas, justo en un momento de gastos elevados debido a la emergencia.

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(Expansión, 07-11-2024) | Fiscal

No hay doble imposición por un impuesto municipal extranjero

La Dirección General de Tributos (DGT) ha determinado que no es posible aplicar la deducción por doble imposición internacional en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) por un tributo municipal extranjero. Esta posición se ha manifestado en una reciente consulta vinculante. El caso plantea la situación de un residente fiscal en España, contribuyente del IRPF, que posee un inmueble en Italia y, por este, paga un impuesto municipal italiano llamado Imposta Municipale Propria (IMU). Como residente en España, debe declarar todos sus ingresos mundiales, incluyendo aquellos derivados de propiedades en el extranjero. Según los expertos del Centro de Estudios Financieros (CEF), al ubicarse el inmueble en Italia, aplica el Convenio de Doble Imposición entre España e Italia, el cual establece que los ingresos provenientes de bienes inmuebles pueden ser gravados tanto en el país donde se encuentra el inmueble (Italia) como en el país de residencia del propietario (España). Si la propiedad está alquilada sin constituir una actividad económica (es decir, sin empleados contratados a jornada completa), los ingresos se consideran rendimientos de capital inmobiliario en el IRPF español. En caso de que no esté alquilada, se imputan rentas inmobiliarias basadas en los valores catastrales correspondientes. Además, el impuesto IMU en Italia se considera un tributo sobre la propiedad y no es equiparable al IRPF español. Por ello, no es elegible para la deducción por doble imposición, ya que la normativa del IRPF solo permite deducir impuestos extranjeros que sean de naturaleza idéntica o similar a este.

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(El Confidencial, 07-11-2024) | Fiscal

Bruselas ofrece a España flexibilidad fiscal para hacer frente a los efectos de la DANA

Valdis Dombrovskis, vicepresidente ejecutivo de la Comisión Europea, ha afirmado este martes que España podrá contar con cierta flexibilidad fiscal para enfrentar los efectos de la DANA que ha afectado gravemente al levante español. "Los servicios de la Comisión Europea ya están en contacto con las autoridades españolas para analizar las opciones y las necesidades. Sin duda, también utilizaremos herramientas fiscales para ayudar a España a gestionar esta complicada situación y las consecuencias de las inundaciones", explicó el letón en una rueda de prensa tras un Consejo de Asuntos Económicos y Financieros, al que no asistió el ministro español, Carlos Cuerpo. El Gobierno ha anunciado medidas equivalentes a un 0,7% del PIB, aunque esto no implica necesariamente una desviación de 0,7 puntos respecto al compromiso con Bruselas, ya que algunos gastos podrían no contabilizarse o reasignarse. "Es posible que las autoridades españolas reciban permiso para clasificar los gastos nacionales directamente vinculados con esta catástrofe natural como gastos excepcionales, que se tendrán en cuenta al evaluar cualquier desviación del objetivo de déficit del 3% o de la senda de gasto neto en el contexto de la revisión de la gobernanza económica", señaló un portavoz de la Comisión. Estos gastos nacionales incluyen préstamos del Fondo de Recuperación que el Gobierno podría redirigir a este objetivo. Este lunes, el ministro de Asuntos Exteriores, José Manuel Albares, viajó a Bruselas para reunirse con la Comisión Europea y explorar otras opciones de apoyo financiero. Desde el inicio, el Ejecutivo comunitario ha señalado que España puede recurrir al Fondo de Solidaridad, que cubre gastos de reconstrucción, y a la flexibilidad de la Política de Cohesión. Dombrovskis también recordó la posibilidad de emplear cierta flexibilidad en los Fondos de Cohesión. "Se considera que los gastos excepcionales no tienen un impacto duradero en los déficits o en el gasto público, por lo que no requieren medidas compensatorias. Dichos gastos deben estar bien delimitados en cuanto a alcance y duración en el presupuesto nacional", explicó el portavoz. En otras palabras, si un Gobierno tiene que asumir un gasto excepcional por una causa fuera de su control y este gasto es puntual, sin efectos prolongados sobre las cuentas públicas, la Comisión Europea podría no incluirlo en sus cálculos. Además, el portavoz aclaró que el gasto financiado por fondos de la UE es neutral en términos de déficit y se excluye del crecimiento del gasto neto, de modo que usarlo para responder a esta catástrofe natural no afectará negativamente la situación fiscal de España. Esto implica que "las autoridades no necesitarían adoptar medidas de consolidación para compensar el impacto de estos gastos justificados". En resumen, si un Gobierno asume un gasto excepcional por una causa fuera de su control, y dicho gasto no tiene efectos a medio o largo plazo una vez pasada la emergencia, la Comisión Europea podría no considerarlo en su cálculo del 3% de déficit. Dombrovskis señaló que las nuevas normas fiscales, acordadas por los Veintisiete durante la presidencia española del Consejo de la Unión Europea, contemplan salvaguardias para los Estados miembros afectados por choques externos o eventos "fuera del control del Gobierno". Estas declaraciones se producen poco después de que la Autoridad Fiscal (AIReF) proyectara que el déficit fiscal de España en 2024 será del 3,5%, cinco décimas más que lo previsto por el Gobierno, estimación que sirvió para convencer a la Comisión Europea de eximir a España del procedimiento de déficit excesivo. No solo está la posibilidad de que la Comisión no considere esos gastos extraordinarios en su cálculo del déficit, que según las reglas debe mantenerse por debajo del 3%, sino que también existe la opción de aplicar una cláusula nacional de escape. En ese caso, con una propuesta de la Comisión Europea, el Consejo (es decir, los Estados miembros) podría permitir que un país "se desvíe de su senda de gasto neto fijada por el Consejo cuando se presenten circunstancias excepcionales fuera del control del Estado miembro y que tengan un impacto significativo en las finanzas públicas, siempre que esa desviación no comprometa la sostenibilidad presupuestaria a medio plazo".

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(Cinco Días, 06-11-2024) | Fiscal

El Gobierno anuncia 10.600 millones de euros en ayudas y el pago del 100% de los gastos a ayuntamientos

El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, ha informado este martes sobre una primera fase de ayudas de 10.600 millones de euros, aprobadas en un decreto del Consejo de Ministros que declara como zona catastrófica a las provincias afectadas. Estas medidas incluyen una amplia gama de ayudas directas para familias y empresas con el objetivo de aliviar los daños, una nueva incapacidad temporal extraordinaria para trabajadores, 5.000 millones en avales del Instituto de Crédito Oficial (ICO) disponibles también para hogares, diversas ventajas fiscales y la cobertura total de los gastos que deberán asumir los ayuntamientos en la gestión de la emergencia. El Gobierno implementará estas y otras acciones a través del Plan de respuesta inmediata de reconstrucción y relanzamiento de la Comunidad Valenciana, estructurado en tres etapas: una primera fase de respuesta inmediata en las próximas semanas, una segunda para la reconstrucción de las áreas afectadas y, finalmente, una tercera destinada a "adaptar el territorio a la emergencia climática", según expresó Sánchez. Todas las medidas se anunciarán en un banner que el Gobierno incluirá hoy mismo en su página oficial, lamoncloa.gob.es. Hasta ahora, estas son las iniciativas comunicadas por el presidente. El Gobierno ha creado una figura de incapacidad temporal extraordinaria para aquellos afectados física o psicológicamente por las inundaciones, permitiendo cobrar el 75% del salario desde el primer día de concesión de la incapacidad. Además, según el Real Decreto 307/2005, que regula las subvenciones para zonas catastróficas, se otorgará una compensación de hasta 72.000 euros para quienes sufran una incapacidad permanente debido a la DANA. Sánchez ha presentado también un paquete amplio de exenciones fiscales, similar a las implementadas durante la pandemia y la erupción en La Palma. Los afectados no deberán pagar el IBI de sus viviendas en 2024, ni las tasas por baja de vehículos inservibles o por reexpedición de documentos extraviados, y las ayudas por daños personales estarán exentas de tributar en el IRPF. Las empresas que paralicen su actividad mediante expedientes de regulación temporal de empleo (ERTE) estarán exentas de abonar las cotizaciones a la Seguridad Social de sus empleados hasta febrero de 2025. Además, estas empresas recibirán una reducción en el impuesto de actividades económicas en 2024, y se ha aprobado una reducción del IRPF y del IVA para las explotaciones agrarias de la zona afectada. El Ministerio de Hacienda, por su parte, ha aplazado el segundo pago de la declaración de la renta hasta 2025, lo cual beneficiará a 200.000 contribuyentes afectados. Las personas con hipoteca o créditos al consumo podrán suspender el pago íntegro durante tres meses y solo abonar los intereses en los nueve meses siguientes. Esto permitirá que los hipotecados no tengan pagos durante el primer trimestre y solo afronten unos 300 euros mensuales en los siguientes meses. Esta medida fue negociada con las entidades financieras. El Gobierno reactivará los avales del ICO, lanzados inicialmente durante la pandemia, para facilitar a los afectados préstamos respaldados por el Estado en condiciones favorables. Se destinarán 5.000 millones de euros, activándose progresivamente. El primer tramo de 1.000 millones podrá solicitarse a partir de la próxima semana en diversas entidades financieras. A diferencia de la pandemia, estos préstamos no solo estarán dirigidos a pymes y autónomos, sino también a hogares para las tareas de limpieza y reparación. No obstante, las ayudas directas para arreglar viviendas y negocios serán la principal fuente de apoyo. Sánchez ha anunciado que se cuadruplicarán las ayudas del Real Decreto 307/2025, destinado a emergencias y catástrofes, para reparar o reemplazar bienes dañados. Estas ayudas serán universales, sin importar el nivel de ingresos de los afectados. Para la reparación de viviendas, las ayudas oscilarán entre 20.000 y 60.000 euros, y para el reemplazo de muebles, electrodomésticos y otros bienes serán de hasta 10.300 euros. Además, se habilitarán fondos para comunidades de vecinos, con un máximo de 37.000 euros para áreas comunes. Estas ayudas se entregarán en un máximo de 30 días y el Gobierno reducirá al mínimo el papeleo. Las personas con ingreso mínimo vital o prestaciones no contributivas verán un incremento del 15% en sus ayudas durante los próximos tres meses. Respecto a los vehículos siniestrados, el Consorcio de Compensación de Seguros ya ha iniciado los pagos, y el Gobierno aumentará la indemnización en un 20% sobre el valor de tasación. Las ayudas para empresas también serán universales, aunque se priorizará a autónomos y pymes, que predominan en las áreas afectadas. En total, se destinan 838 millones de euros para estas ayudas, disponibles solo para empresas y autónomos con domicilio fiscal en las zonas afectadas. Las ayudas individuales para autónomos serán de 5.000 euros, y para empresas, entre 10.000 y 150.000 euros, según su volumen de negocio. Las ayudas se entregarán en 30 días y sin trámites burocráticos, solo requerirán un número de cuenta para el cobro. Las empresas podrán solicitar ERTE de fuerza mayor para sus empleados mientras permanezca la imposibilidad de reanudar sus actividades, con exención total de cotizaciones. Los autónomos podrán solicitar un cese de actividad extraordinario, incluso si no cuentan con el tiempo mínimo de cotización necesario, con una ayuda equivalente al 70% de su base reguladora. El Gobierno asumirá la mayoría de los gastos de limpieza y reconstrucción, evitando que los costos recaigan sobre los ayuntamientos y diputaciones. El Estado cubrirá el 100% de los gastos de emergencia que realicen las corporaciones locales en limpieza, reparaciones de suministro de agua, alojamiento y manutención de la población afectada. Asimismo, el Estado asumirá el 50% del gasto en inversiones para la reparación de infraestructuras públicas locales. Los municipios necesitarán refuerzos en juzgados y registros de propiedad para gestionar los trámites derivados de los daños por las riadas. Ante el daño en muchos de estos locales, el Gobierno se ha comprometido a reforzar estos servicios con nuevas oficinas y un portal de emergencias registrales. Finalmente, el Ejecutivo ha solicitado ayuda del Fondo Europeo de Solidaridad y ha instado al Consejo Europeo y al Parlamento a aprobar un nuevo reglamento que permita reprogramar los fondos de cohesión destinados a España para dedicar parte de los recursos a la respuesta ante catástrofes naturales. "Apoyaremos a nuestra gente hasta el final para revitalizar las zonas afectadas y recuperar la normalidad", concluyó Sánchez.

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(Expansión, 06-11-2024) | Fiscal

Banco de España: el impuesto a la banca es ahora "más complejo"

El Banco de España se pronunció ayer por primera vez sobre la nueva versión del impuesto que el Gobierno ha acordado con Junts y el PNV, aunque realizó una valoración general, ya que este puede modificarse durante el proceso de debate parlamentario. Hoy comienza en el Congreso la revisión de las enmiendas de la reforma fiscal propuesta por el Gobierno, que incluye la regulación de este impuesto. Ángel Estrada, director general de Estabilidad Financiera y Regulación del Banco de España, expresó que las preocupaciones sobre el impuesto "pueden ser mayores" ahora, ya que el Gobierno ha decidido hacer permanente el tributo. España se convertirá así en el único país que cuenta con un impuesto de estas características, como han señalado las asociaciones bancarias. Estrada destacó como un aspecto positivo de esta nueva versión del impuesto que "mitiga" uno de los principales problemas que tenía anteriormente para el regulador, al permitir cierta flexibilidad según los ciclos de beneficios. Este impuesto continuará aplicándose sobre los ingresos en lugar de los beneficios, pero introduce una nueva deducción extraordinaria para aquellos casos en los que las entidades bancarias enfrenten una caída sostenida en su rentabilidad. No obstante, Estrada advirtió que la "complejidad del impuesto aumenta considerablemente". Uno de los aspectos más discutidos de este tributo es que ahora aplicará una escala progresiva para que los bancos más grandes paguen más. En lugar del 4,8% uniforme, el tipo impositivo oscilará entre el 1% y el 6%, y eximirá los primeros 100 millones de ingresos. CaixaBank, el mayor banco de España, será el más afectado, ya que este año pagó 500 millones de euros con la tasa del 4,8%. De acuerdo con los datos del Banco de España, la creación de este impuesto ha tenido un impacto mínimo en la rentabilidad del sector. La rentabilidad sobre recursos propios (ROE) de los bancos alcanzaba el 13,9% a finales de junio, según los últimos datos disponibles. Sin el impuesto extraordinario, esta ratio habría sido del 14,5%, lo que refleja que el crecimiento del beneficio neto apenas se vio afectado, según el último Informe de Estabilidad Financiera. A pesar de este impuesto, la banca española es la segunda más rentable de Europa en términos de rentabilidad sobre activos, superada solo por la banca italiana. Esta situación, en contraste con otros países vecinos, se debe a la alta sensibilidad de los modelos de negocio españoles a la variación de los tipos de interés, según el informe. La semana pasada, las asociaciones bancarias criticaron la extensión de este impuesto y amenazaron con emprender acciones legales, argumentando que persisten posibles fallos de inconstitucionalidad en el tributo. Según sus cálculos, la reducción de capital podría disminuir la oferta de crédito en hasta 50.000 millones de euros anuales. Aunque en los tres años de recargo temporal este efecto no se ha manifestado, los banqueros advierten que podría aparecer en ciclos de menores márgenes de interés.

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(Expansión, 06-11-2024) | Fiscal

La Autoridad Fiscal calcula que España excederá en 3.000 millones el límite de gasto comprometido con la UE hasta 2031

El Plan Fiscal Estructural enviado por el Gobierno a Bruselas "carece de detalle suficiente para considerarse una herramienta útil para la planificación presupuestaria a medio plazo y no será suficiente para cumplir con el requisito europeo de reducir de manera sostenida la deuda pública". Así lo afirmó ayer la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal (Airef), señalando que la hoja de ruta diseñada por el Ejecutivo generará un exceso de gasto público anual de unos 3.000 millones de euros sobre el compromiso con la Unión Europea, lo que podría llevar a la necesidad de aplicar medidas de ajuste adicionales a partir de 2026. El documento que el Gobierno presentó a la Comisión Europea establece un límite del 3% al crecimiento anual del gasto público hasta 2031, salvo que se implementen nuevas medidas de ingreso para compensarlo, con el objetivo de reducir el déficit del actual 3% del PIB al 0,8% en siete años y bajar la deuda del 100% al 90,6% del PIB en el mismo período. El plan asegura que esta dinámica permitirá cumplir las nuevas reglas fiscales de la UE, que exigen una reducción sostenible de la deuda pública, proyectando que en 2041 se reduzca al 76,8% del PIB. Sin embargo, en su evaluación inicial del documento, la Autoridad Fiscal mostró sus reservas. Según su presidenta, Cristina Herrero, el plan "no asegura que la senda de la deuda sea descendente a los diez años de su conclusión", como exigen las nuevas normas. De hecho, Herrero argumentó que el Plan Fiscal Estructural "queda en un compromiso político y no representa una verdadera planificación a medio plazo" que garantice la estabilidad de las finanzas públicas españolas. Herrero advirtió que "será necesario adoptar medidas", ya que el escenario de gasto previsto con políticas actuales implica un crecimiento promedio anual del 3,6%, superando el 3% calculado por el Gobierno. Además, Airef destacó que el Ejecutivo ha postergado los mayores esfuerzos de contención del gasto para los últimos años, cuando se espera que el crecimiento del PIB se desacelere, en lugar de aprovechar el actual impulso económico. Airef estima que, de mantenerse el plan del Gobierno, el déficit se situaría en el 1,6% del PIB en 2031, en lugar del 0,8% comprometido con Bruselas. Según la Autoridad Fiscal, para alcanzar los objetivos de reducción del déficit, el crecimiento del gasto primario neto debería limitarse al 2,8% en lugar del 3% proyectado, indicando un exceso de gasto que deberá corregirse. De momento, el Gobierno ha prometido un ajuste anual de aproximadamente 6.000 millones de euros entre 2025 y 2031. Airef calcula que esta meta se alcanzará el próximo año solo con la retirada de ayudas y reducciones fiscales implementadas para combatir la inflación, como la bajada del IVA en alimentos o los impuestos energéticos, que aportarán 7.400 millones de euros a las arcas públicas a partir de 2025. Sin embargo, la Autoridad Fiscal estima que a partir de 2026 serán necesarios ajustes adicionales de 3.000 millones anuales (equivalente a dos décimas del PIB). Airef señala que el Gobierno podría compensar este exceso de gasto mediante un aumento en los ingresos, aunque aún es incierto si contará con los apoyos necesarios para avanzar en la reforma fiscal que ha introducido en el proyecto de ley de transposición del tipo mínimo del 15% para multinacionales. El paquete incluye un impuesto temporal a la banca y la equiparación fiscal del diésel con la gasolina, aunque Airef advierte que el Estado perderá los ingresos de los impuestos a la banca y empresas energéticas a partir de 2026. Herrero también criticó la falta de detalle en la estrategia fiscal del Gobierno y el limitado rol otorgado a la Autoridad Fiscal. Señaló que, debido a la escasez de información, Airef solo pudo revisar los dos primeros ejercicios del Plan Fiscal, sin contar con un marco presupuestario para el resto del periodo. En contraste, países como Italia, Países Bajos y Portugal han presentado en sus planes un detalle de ingresos y gastos para los cuatro años de proyección, algo que España no ha incluido. "Ahí podríamos haber avanzado más", lamentó Herrero. A la espera de que la Comisión Europea se pronuncie sobre el Plan Fiscal español a finales de este mes, Airef se mostró más optimista que el Gobierno en cuanto a las perspectivas de crecimiento económico para 2024, proyectando un 2,9%, y prevé que, con los datos del tercer trimestre, esta cifra podría acercarse al 3%.

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(Expansión, 06-11-2024) | Fiscal

El TEAC asesta un nuevo castigo a las empresas familiares

El Tribunal Económico Administrativo Central (TEAC) ha establecido que las funciones realizadas por una persona física como representante de una sociedad matriz, que a su vez actúa como administradora de otra sociedad, no se consideran parte de sus funciones como administradora de la matriz. Por lo tanto, la compensación por estas funciones de representación es una "operación vinculada a valor de mercado" y deberá tributar de manera separada por ambos roles. Este criterio podría implicar un coste fiscal significativo para las empresas familiares, afectando especialmente a aquellos grupos empresariales que cuenten con una sociedad holding que administre sus filiales, una estructura común en multinacionales y grupos familiares. María García Chanzá, socia de fiscal en Romá Bohorques Tax & Legal, explica que "el criterio del TEAC obligará a reestructurar los órganos de administración de los grupos de sociedades y a revisar sus políticas retributivas". Hasta ahora, se había considerado que las funciones de representación de la persona jurídica administradora estaban exentas de valoración a precio de mercado, junto con la remuneración de consejeros y administradores. Según García Chanzá, "la aplicación de este nuevo criterio supondrá dificultades de valoración debido a la complejidad de encontrar compensaciones comparables entre partes independientes". Además, García Chanzá advierte que "la regularización de esta retribución podría poner en riesgo la exención en el Impuesto sobre el Patrimonio para las participaciones sociales de los grupos empresariales familiares". Esto podría llevar a que la Administración limite la aplicación de los beneficios fiscales asociados a las empresas familiares.

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(El Economista, 06-11-2024) | Fiscal

Las pymes deberán compartir las facturas con Hacienda en enero de 2026 y los autónomos, en julio de ese año

Hacienda ya ha fijado una fecha para que las pymes y autónomos con ingresos inferiores a 6 millones de euros comiencen a compartir su facturación de manera inmediata con la Agencia Tributaria. Según el Ministerio liderado por María Jesús Montero, esta obligación entrará en vigor de forma gradual: a partir del 1 de enero de 2026 para las empresas y desde el 1 de julio de 2026 para los autónomos. Esta medida, derivada de la Ley contra el fraude fiscal de 2021, busca reducir la evasión fiscal y combatir la economía sumergida. El Ministerio de Hacienda ha sometido a consulta pública una modificación del Real Decreto de diciembre de 2023, que establecía los requisitos para los sistemas informáticos que deben usar pymes y autónomos para enviar sus facturas al fisco. Según esta norma, las empresas desarrolladoras de software contaban con un plazo de nueve meses, a partir de la publicación de la orden ministerial, para adaptar sus programas a los nuevos requisitos. En consecuencia, las empresas y profesionales tendrían que haber comenzado a remitir sus facturas como tarde el 1 de julio de 2025. No obstante, la orden ministerial se publicó recién el 28 de octubre, lo cual ha obligado a Hacienda a ajustar los plazos, concediendo a las empresas de software hasta el 29 de julio de 2025 para adaptarse y postergando la obligación hasta 2026. La implementación escalonada responde a la conciencia de Hacienda de que los autónomos podrían enfrentar más dificultades que las empresas para adquirir estos programas. Además, este periodo adicional permitirá a la Agencia Tributaria desarrollar una aplicación gratuita para facilitar el proceso a las pequeñas empresas y autónomos con menor facturación. Por otro lado, Hacienda aclara que estos nuevos requisitos solo aplicarán a empresas que facturan menos de 6 millones de euros anuales. Las compañías que superen este umbral y ya utilizan el sistema de Suministro Inmediato de Información (SII) desde 2017 no tendrán que adoptar los nuevos programas, evitando así costos adicionales para quienes ya cumplen con esta normativa.

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