La consellera de Drets Socials, Mònica Martínez Bravo, ha anunciado una amnistía para condonar las deudas de los cobros indebidos de la Renta Garantizada de Ciudadanía. El Govern calcula que hay más de 12.000 expedientes bajo sospecha, y más de 2.000 personas con deudas ya activas. Las personas y familias vulnerables que, a pesar de tener una deuda, puedan acreditar que siguen siendo vulnerables y no hayan obrado con mala fe, se podrán acoger a esta medida. "Los recobros a estas personas son una doble condena y son incompatibles con el objetivo de la prestación", ha señalado la consellera, quien ha insistido que el problema ocurrido se debe a una falta evidente de medios técnicos. "La gestión informativa se hace con bloc de notas", ha manifestado.
En total, según ha expuesto la consellera en sede parlamentaria, hay 12.503 expedientes, familias, que están bajo sospecha y han recibido cartas. A estos, 2.829, la Generalitat ya ha reclamado deudas por pagos indebidos. A estas familias, de media, Drets Socials les solicita 7.500 euros por persona, ya que la mayoría de estos casos han sido revisados desde 2020. La mitad, el 51%, son personas que han recibido el Ingreso Mínimo Vital de forma retroactiva y el 29% son usuarios que han trabajado, a pesar, en muchos casos, de haber avisado de ello.
Bravo ha explicado que fue consciente de esta realidad el 12 de agosto, justo el día del traspaso de cartera con el conseller Carles Campuzano. Y ha insistido en que el problema es cómo está diseñada la gestión de la prestación. "El sistema no está acompasado al volumen que la prestación genera: faltan infraestructura digital y recursos humanos informáticos. La gestión es manual y, para hacerlo así, habría que contratar 2.000 personas. Ahora tenemos un centenar", ha explicado la consellera, que se ha comprometido a buscar herramientas digitales y bancos de datos que permitan revisar las cuantías de forma automática cada tres meses. "No es un error administrativo ni de los funcionarios, es un problema de diseño de una prestación que no tiene ningún sentido en el siglo XXI".
La Seguridad Social ha decidido reestructurar la Comisión de Control Especial de los fondos de pensiones de empleo de promoción pública con el objetivo de "dinamizar" su funcionamiento y acelerar la llegada de inversiones a estos vehículos, según fuentes del Ministerio. Este sistema, impulsado por la Administración, pretende facilitar que las empresas ofrezcan planes de pensiones a sus empleados, extendiendo su acceso más allá de las grandes empresas y funcionarios, hacia trabajadores de pymes y autónomos.
Con este fin, el Consejo de Ministros tiene previsto aprobar este martes un Real Decreto que ajusta tres aspectos clave de la regulación de la Comisión de Control -integrada por 13 miembros: cinco designados por el Ministerio de Inclusión, cuatro propuestos por los sindicatos y cuatro más por las patronales-, cambios que responden a las inquietudes de los agentes sociales y que podrían haber contribuido al estancamiento actual de los fondos de promoción pública.
El primer cambio se refiere a la remuneración de los miembros de la Comisión. El Real Decreto modificará la orden publicada en el BOE el 2 de noviembre de 2023 para aclarar que los integrantes solo tendrán derecho a percibir remuneraciones por asistir a las reuniones periódicas, y que recibirán compensaciones adicionales solo cuando el patrimonio conjunto de los fondos alcance los 1.000 millones de euros. Esto garantizará que los primeros planes de pensiones no tengan que financiar estos pagos.
El segundo ajuste elimina incompatibilidades que afectaban a los miembros de la Comisión, las cuales habían sido especialmente criticadas por las organizaciones empresariales. La nueva normativa suprime la aplicación del régimen de incompatibilidades y conflictos de interés de los altos cargos del Estado, permitiendo que consejeros independientes, profesionales docentes o investigadores, miembros de corporaciones profesionales o representantes empresariales que no estén vinculados al sector financiero, y miembros de sindicatos o patronales, puedan formar parte de la Comisión.
El tercer cambio permitirá que las retribuciones de los miembros no se asignen a título personal, sino que se transfieran directamente a la organización que representan, una modificación que no estaba contemplada en la normativa vigente.
La Seguridad Social confía en que estos cambios impulsen el funcionamiento pleno de esta parte de la reforma del segundo pilar de protección social, parte del plan de Recuperación y Resiliencia exigido por la Unión Europea. Aunque los fondos están abiertos a autónomos, pymes y el sector público, las primeras inversiones se espera que provengan principalmente de las Administraciones y empresas públicas.
En cuanto a la otra parte de la reforma, la creación de planes de pensiones simplificados, el Gobierno está satisfecho con su evolución. Aunque hasta ahora solo el sector de la construcción ha implementado un gran plan sectorial que cubre a un millón de trabajadores, se han movilizado unos 200 millones de euros a través de una veintena de planes para autónomos y pymes. Sin embargo, esta cifra aún está lejos del objetivo de 2.500 millones en tres años que se propuso el ministro Escrivá.
El Tribunal Supremo (TS) ha declarado improcedente el despido durante el período de prueba si el contrato no especifica claramente su duración. En una sentencia emitida el 24 de septiembre, con la magistrada Concepción Rosario Ureste García como ponente, el TS concluye que la falta de precisión en la duración del período de prueba vulnera el derecho del trabajador a que este quede claramente establecido por escrito. Como resultado, la cláusula contractual es inválida, lo que lleva a que el despido sea calificado como improcedente.
El caso se refiere a un recurso presentado por un trabajador tras una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM), que había fallado a favor de la empresa. El empleado fue contratado el 31 de agosto de 2021 y despedido el 23 de septiembre del mismo año, supuestamente por no superar el período de prueba. Sin embargo, el contrato no especificaba un plazo concreto, sino que hacía referencia al período de prueba previsto en el convenio del sector de la empresa, en este caso, el de los vigilantes de seguridad.
El Tribunal Supremo aclara que ni el artículo 14 del Estatuto de los Trabajadores, que establece un plazo máximo de seis meses, ni el convenio sectorial, que fija únicamente el período máximo en función del puesto, pueden ser tomados como referencia para la validez de la cláusula. El TS reafirma su sentencia del 9 de diciembre de 2021, en la que establecía que el período de prueba debe quedar recogido con precisión en los contratos, dado que se trata de un derecho fundamental del trabajador. La ausencia de esta concreción genera inseguridad jurídica, pues el trabajador no puede saber en qué momento dentro del límite temporal máximo ha finalizado dicho período.
Por tanto, el TS declara el despido improcedente, obligando a la empresa a readmitir al trabajador o a indemnizarle con 33 días por año trabajado.
El riesgo de inseguridad jurídica vuelve a ser una preocupación en las relaciones laborales en España. Durante 2024, las demandas por despido han alcanzado un nivel sin precedentes desde la crisis financiera, lo cual es sorprendente considerando el actual contexto de crecimiento económico. Según los expertos en derecho laboral, esto se debe a que las recientes reformas legales han provocado un aumento en las sentencias que no solo declaran más despidos como nulos, sino que también establecen indemnizaciones superiores a los límites actuales, a pesar de que esta cuestión aún no está claramente definida en el Estatuto de los Trabajadores. Este ambiente de incertidumbre legal no está deteniendo los despidos, pero podría afectar negativamente las contrataciones.
Los datos más recientes del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) indican que en el segundo trimestre de 2024 se presentaron 41.616 demandas por despido, lo que supone un incremento del 22% respecto al mismo periodo de 2022 y del 48% comparado con el segundo trimestre de 2019, el último año comparable antes de la pandemia. Esta cifra es la más alta desde el primer trimestre de 2013, cuando se registraron 41.878 casos en los juzgados de lo social. En el primer trimestre de 2024, se contabilizaron otras 39.883 demandas, sumando un total de 81.499 en el primer semestre, solo superadas por los números registrados en 2013.
Estas estadísticas judiciales coinciden con otros indicadores, como los datos de la Seguridad Social, que también muestran un notable aumento de despidos, una situación no vista desde la Gran Recesión. Sin embargo, el número de bajas por despido es mucho mayor que los procesos judiciales abiertos. Durante los primeros seis meses de 2024, se registraron 521.891 bajas por despido, y en agosto la cifra ascendió a 698.091, un 83,9% más que en el mismo periodo de 2019.
La diferencia entre los despidos registrados y las demandas presentadas se debe, en parte, a la volatilidad de la afiliación, pero principalmente a que muchos despidos no llegan a los tribunales. Esto es relevante porque, aunque el Gobierno atribuye el aumento de despidos al crecimiento de la contratación indefinida tras la reforma laboral, es menos claro cómo esta relación causa-efecto influye en las demandas. La mayoría de los despidos se dan en contratos recientes con poca indemnización acumulada, lo que lleva a que muchos trabajadores no recurran, especialmente si encuentran rápidamente otro empleo.
En los casos en los que se interpone demanda, sobre todo cuando el despido es disciplinario (sin indemnización), el proceso suele terminar en un acuerdo en el acto de conciliación, siendo el juicio el último recurso debido a su complejidad y lentitud, a pesar de que la justicia es gratuita para los trabajadores. El aumento de demandas es especialmente notable dado que la reforma laboral de 2021 no modificó ni las indemnizaciones ni las causas del despido respecto a las establecidas en 2012, vigentes también durante 2020, al inicio de la pandemia.
El contexto de 2024 es muy diferente al de 2013. En ese año, España aún sufría las secuelas de la crisis financiera, y la reforma laboral de 2012 cambió las normas del despido, reduciendo la indemnización y clarificando las causas, lo que inicialmente aumentó la inseguridad jurídica. Además, permitía presentar demandas individuales en casos de despido colectivo, incluso con acuerdo entre empresa y sindicatos, lo que incrementó la judicialización. Sin embargo, el impacto de estos cambios fue limitado, y la situación se estabilizó en los años posteriores.
La situación actual se distingue porque los cambios que afectan al despido no provienen de una reforma laboral, sino de modificaciones en leyes de carácter social, como la Ley 15/2022 para la igualdad de trato y no discriminación, que estableció la nulidad del despido en caso de enfermedad o incapacidad temporal. En 2023 se añadió la protección frente al despido de quienes solicitaran adaptaciones de jornada o permisos para cuidar a familiares.
UGT y CCOO demandarán la equiparación salarial del personal laboral de la Administración General del Estado (AGE) con la de los funcionarios de carrera, con el fin de atraer talento y cubrir las 10.000 vacantes existentes entre los técnicos contratados. Los sindicatos anunciaron este lunes su intención de denunciar el convenio actual, lo que significa iniciar el proceso para negociar el próximo. La principal reivindicación será el aumento de las retribuciones para cerrar la brecha salarial existente en puestos que requieren la misma cualificación.
El personal funcionario, regulado por el derecho administrativo, y el laboral, regulado por el derecho laboral, están sujetos a convenios diferentes, lo que genera escalas salariales distintas. Esta diferencia para el mismo nivel de cualificación complica la captación de trabajadores para cubrir los puestos técnicos laborales, que están sujetos a un contrato en lugar de una plaza de carrera. Entre los perfiles afectados se encuentran conductores, fisioterapeutas, psicólogos de la Administración de Justicia, profesionales de explotaciones hidráulicas y trabajadores sociales en instituciones penitenciarias.
La mayor remuneración que estos puestos reciben en la administración local o autonómica, sumada a la creciente competencia del sector privado, donde los perfiles de formación profesional son cada vez más demandados, agrava la dificultad para atraer talento. En este contexto, UGT y CCOO denuncian que hay unas 10.000 plazas vacantes, de las 40.000 incluidas en el Convenio Único de este ámbito. Muchas de estas vacantes son consecuencia de los recortes de la década pasada, cuando se congelaron las ofertas públicas de empleo (OPE) y se externalizaron muchos servicios.
No obstante, la situación económica ha cambiado y en los últimos años se han ofertado numerosas plazas, muchas de las cuales siguen sin cubrir. Según los sindicatos, las últimas convocatorias se han cubierto solo en un 50% o menos. Todavía quedan 5.000 plazas pendientes de adjudicar de las OPE de 2021 y 2022, y otras tantas deberán cubrirse con las convocatorias de 2023 y 2024.
Para facilitar la cobertura de estas plazas, CCOO y UGT anunciaron en rueda de prensa que el 4 de noviembre denunciarán el Convenio Único, vigente desde el 1 de enero de 2018, dando inicio a las negociaciones en menos de un mes. Según Vidal Cruzado, de Comisiones Obreras, "la situación actual nos obliga a exigir incrementos salariales que se alineen con la necesidad de captar talento para la Administración".
Aunque los sindicatos no especificaron aún su demanda exacta, sugirieron que la equiparación salarial podría llevarse a cabo de manera progresiva en los próximos años. Las diferencias actuales son notables; por ejemplo, un electricista con grado medio de formación profesional gana 3.500 euros brutos anuales menos que un administrativo de nivel C1, pese a requerir la misma cualificación.
Otro factor que complica la cobertura de vacantes es la diferencia salarial entre la AGE y otras administraciones. Los sindicatos estiman que la brecha con la Comunidad de Madrid es de entre el 8% y el 10% para el mismo puesto. Un indicador claro es el complemento por trienios, que en el Estado asciende a 30 euros, mientras que en Madrid es de 43 euros, lo que hace que muchos trabajadores prefieran la administración autonómica.
Elena Tarjuelo, de UGT, resumió la situación: "Existe una discriminación evidente entre el personal funcionario y laboral en la AGE, algo que no ocurre en otras administraciones públicas". Los sindicatos presentarán esta problemática al nuevo ministro del ramo, Óscar López, quien también deberá atender el nuevo Convenio Marco que afectará a toda la AGE y sustituirá al actual, que expira el 31 de diciembre.
Según los datos de la Encuesta de Población Activa (EPA) del segundo trimestre, la tasa de desempleo entre los trabajadores mayores de 55 años en España ha descendido al 9,97%, su nivel más bajo desde 2008. Este resultado pone de manifiesto la mayor participación de los trabajadores sénior en el mercado laboral, consolidándose como un grupo cada vez más relevante y activo. El aumento de su presencia refleja tanto cambios en las políticas laborales como el envejecimiento de la población, lo que está promoviendo una mayor permanencia en el empleo.
El envejecimiento demográfico y las reformas recientes en el sistema de pensiones han endurecido las condiciones para la prejubilación y la jubilación anticipada, lo que ha llevado a muchos trabajadores a retrasar su retiro hasta la edad oficial de jubilación. Este fenómeno también se ve impulsado por la creciente demanda de empleados sénior en sectores como la banca, los seguros, la atención sanitaria, la industria farmacéutica y el comercio, que han comenzado a crear productos y servicios específicamente para este segmento.
El 'III Monitor de Empresas de la Economía Sénior', elaborado por el Centro de Investigación Ageingnomics de Fundación MAPFRE, destaca que los trabajadores mayores de 55 años ya representan el 26% de la fuerza laboral en España, un incremento de casi 10 puntos porcentuales respecto al 16,8% registrado en 2023. Además, según el censo anual del INE, a finales de 2023 España contaba con 48.085.361 habitantes, de los cuales 7.324.613 tenían entre 55 y 64 años, un grupo que se incorporará al colectivo de mayores de 65 años en la próxima década.
Este panorama refleja cómo el envejecimiento de la población está impactando en el mercado laboral. Con un 20,1% de la población española mayor de 64 años, muchas empresas están adaptando sus estrategias para atender las necesidades de este sector creciente, particularmente en áreas como la banca, los seguros, la atención sanitaria, la industria farmacéutica y el comercio. Ante la dificultad para cubrir vacantes y un mercado laboral afectado por el envejecimiento, la importancia de los trabajadores sénior es cada vez más evidente.
Este cambio también responde a las reformas de las pensiones, que han limitado las prejubilaciones y jubilaciones anticipadas, impulsando a los trabajadores a mantenerse en activo hasta los 65 años. Además, el envejecimiento poblacional ha otorgado un papel crucial al colectivo de trabajadores mayores de 45 años en la sostenibilidad del mercado laboral, una tendencia que España espera atenuar, en parte, con la ayuda de la inmigración.
La atracción y retención de talento se ha convertido en un reto clave para las pequeñas y medianas empresas (pymes) en España, según un informe del Consejo General de Economistas (CGE) y la Fundación para el Análisis Estratégico y Desarrollo de la Pequeña y Mediana Empresa (Faedpyme). Actualmente, el 62% de las pymes expresan dificultades para encontrar los perfiles profesionales que necesitan, una cifra muy superior al 3% registrado hace una década. Este desafío se suma al envejecimiento demográfico, que afecta significativamente la estructura del mercado laboral.
El informe también señala que un 19% de las empresas en España ya han implementado políticas específicas para contratar a trabajadores sénior, mientras que un 40% ha desarrollado estrategias para retener y gestionar el talento de este grupo. Los datos de la EPA del segundo trimestre de 2023 refuerzan esta tendencia, con una reducción de la tasa de desempleo de los mayores de 55 años al 9,97%, frente al 11,05% del trimestre anterior, marcando así un mínimo histórico desde 2008 y destacando el creciente protagonismo de los sénior en el ámbito laboral.
El Gobierno de España sigue una línea distinta en política migratoria respecto a Bruselas. Mientras la Comisión Europea endurece las condiciones para los migrantes y contempla la creación de centros de deportación en terceros países, similar al modelo impulsado por la ultraderechista italiana Giorgia Meloni, en Madrid, el Ministerio de Migraciones está finalizando un nuevo reglamento de extranjería que facilitará los trámites a los 6,5 millones de inmigrantes que ya residen en el país, así como a quienes planean venir a trabajar. Se espera que la norma, cuyo último borrador ha sido consultado por EL PAÍS, sea presentada al Consejo de Ministros a mediados de noviembre, y permitirá la regularización de decenas de miles de personas. Según una fuente gubernamental involucrada en la reforma, este enfoque gradual y discreto es más efectivo que un proceso de regularización extraordinario.
Esta modificación del reglamento, la segunda en dos años, ajustará ciertos aspectos clave de la ley de extranjería: reducirá los plazos para obtener permisos de residencia y trabajo, prolongará la duración de las renovaciones, eliminará algunos requisitos y facilitará la integración laboral. A pesar de posibles ajustes, varios grupos se beneficiarán especialmente, como estudiantes, trabajadores en busca de empleo, familias y miles de solicitantes de asilo a los que se les ha denegado la protección en los últimos años.
Los estudiantes extranjeros que se hayan formado en España podrán pasar más fácilmente de un permiso de estancia por estudios a una autorización de residencia y trabajo, siempre que tengan un contrato en un sector relacionado con su formación. Los visados para la búsqueda de empleo, disponibles para descendientes de españoles de origen o para ocupaciones específicas, tendrán una duración de un año en lugar de los tres meses actuales.
Además, se crea una nueva vía de regularización temporal para solicitantes de asilo a quienes se les haya denegado la protección y que se encuentren en situación irregular en España. Si han permanecido en el país por más de seis meses, podrán solicitar un permiso de residencia por arraigo. El reglamento se aprobará mediante Real Decreto, sin necesidad de validación parlamentaria, y es independiente tanto de la reforma de la ley de extranjería que se está negociando para la redistribución de menores extranjeros no acompañados como de la iniciativa legislativa popular para una regularización extraordinaria y general.
La reforma tiene como objetivo reducir la burocracia, adaptarse a la nueva realidad demográfica y garantizar derechos, pero también se justifica por razones económicas. En línea con el enfoque del exministro José Luis Escrivá, ahora gobernador del Banco de España, se espera que estas medidas contribuyan a la atracción y retención de trabajadores extranjeros y fortalezcan la economía y el sistema de bienestar, según el documento de impacto de la norma.
Un cambio importante del nuevo reglamento es que los migrantes en situación irregular podrán solicitar un permiso de residencia y trabajo por arraigo tras dos años en el país, en lugar de los tres años actuales. También se introduce la figura del "arraigo de segunda oportunidad", dirigida a quienes tuvieron un permiso de residencia en el pasado y no pudieron renovarlo.
El texto abre una vía transitoria para regularizar a miles de solicitantes de asilo que, tras ser rechazados, se encuentran en situación irregular. Aquellos que lleven seis meses en esta situación podrán optar a un permiso de residencia por arraigo. Esta regularización limitada afectará a un colectivo numeroso, ya que solo en 2023 se registraron más de 163.000 solicitudes de asilo, la mayoría de las cuales fueron denegadas, dejando a estas personas sin permiso para residir y trabajar en el país.
El Ministerio del Interior ha expresado su preocupación ante este tipo de medidas, argumentando que muchos migrantes económicos utilizan la solicitud de asilo como una forma de obtener residencia, aprovechando los largos tiempos de espera para la resolución de sus casos, una situación generada, en parte, por los retrasos del propio ministerio.
Otra novedad es que los inmigrantes que obtengan un permiso por "arraigo para formación" podrán trabajar hasta 30 horas semanales mientras estudian. Esta modalidad, que ahora se llamará "arraigo socioformativo", se creó en 2022 para permitir que personas en situación irregular que llevaban más de dos años en España pudieran regularizarse a través de la formación.
En cuanto a los estudiantes extranjeros, el reglamento facilitará la transición de la estancia por estudios a una autorización de residencia y trabajo, siempre que consigan un empleo relacionado con su formación. Además, los familiares de los estudiantes podrán tramitar sus permisos desde España, sin tener que hacerlo en sus países de origen. También habrá mejoras en los visados para la búsqueda de empleo, que ahora tendrán una duración de un año.
El Gobierno lleva meses intentando contrarrestar el creciente discurso de odio hacia los extranjeros en España y Europa. Recientemente, el presidente Pedro Sánchez defendió en Bruselas una visión más inclusiva de la inmigración, afirmando que la migración legal es una fuente de financiación para las economías. A pesar del endurecimiento del discurso migratorio, sectores como el transporte, la construcción o la hostelería siguen demandando trabajadores extranjeros debido a la falta de mano de obra local. El documento concluye que las innovaciones normativas contribuirán a aumentar el capital humano disponible y la competitividad de las empresas españolas en el contexto global.
El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones pondrá en marcha en noviembre una medida que facilitará el acceso al Ingreso Mínimo Vital (IMV) para aquellas personas que hayan agotado su subsidio por desempleo. Además, las rentas recibidas por los mayores de 52 años como subsidio por desempleo quedarán excluidas del cálculo necesario para solicitar el IMV, lo que simplifica el acceso a esta ayuda.
Así lo informó este jueves Elena Rodríguez, secretaria general de Inclusión, en una rueda de prensa junto a la ministra Elma Saiz. Ambas explicaron que esta medida funcionará como una "pasarela" entre el IMV y el subsidio por desempleo, garantizando la colaboración entre el Ministerio de Trabajo y el de Seguridad Social a través del SEPE y el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS). El objetivo es evitar que las personas se queden sin recibir ayudas durante meses. Sin embargo, para recibir el IMV no será automático; se deberán cumplir ciertos requisitos.
Esta herramienta, disponible desde el 22 de noviembre, nace del Real Decreto-ley aprobado en mayo, que incluyó los mecanismos para facilitar el tránsito entre ambas prestaciones y asegurar su coherencia. Además, se mejorará la coordinación entre las entidades que gestionan estas ayudas, eliminando cargas administrativas para quienes no hayan logrado reinsertarse en el mercado laboral tras agotar el subsidio de desempleo, siempre y cuando cumplan con los requisitos del IMV.
El nuevo decreto modifica cómo se calculan los ingresos y patrimonio para el IMV, excluyendo del cómputo el subsidio por desempleo cuando la prestación ya se haya extinguido. También se ajusta el concepto de pareja de hecho para homogeneizarlo entre las dos ayudas. Uno de los mayores problemas del IMV es la baja tasa de cobertura, ya que más de la mitad de las personas elegibles no lo reciben, situación que también afecta a dos tercios de las familias que deberían percibirlo. Rodríguez destacó que el 40% de las personas que podrían beneficiarse del IMV aún no lo han solicitado, lo que les está haciendo perder ingresos. La mayoría de estos casos provienen del subsidio de desempleo. Además, la ministra Elma Saiz anunció que a partir de noviembre estará operativo el teléfono 020, que servirá para proporcionar información y resolver dudas sobre la prestación.
La AIReF (Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal) propuso este verano algunas mejoras para aumentar el alcance del IMV y su proceso de adjudicación. Estas sugerencias incluían fijar objetivos cuantitativos de reducción de la pobreza, fortalecer las campañas de información y seguimiento personalizado, y asegurar la continuidad de la publicación de estadísticas comparables sobre rentas mínimas.
Para ello, se necesitan mejores datos fiscales que permitan determinar con mayor precisión los ingresos de los solicitantes y mejorar la gestión de estas prestaciones. La normativa actual exime de hacer la declaración de la renta a aquellos con ingresos inferiores a 15.800 euros, pero el Ministerio de Hacienda ha introducido cambios para obligar a quienes perciben subsidios por desempleo a presentar la declaración, independientemente de si alcanzan o no ese umbral de ingresos.
La vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, confirmó este cambio al presentar el Congreso Laborista que se celebrará en Madrid el 13 y 14 de noviembre. El objetivo es obtener más y mejor información fiscal de los colectivos más vulnerables, asegurando que esta medida no pretende aumentar la recaudación, sino mejorar el control y la transparencia tributaria. Díaz también comentó que existe un debate sobre la posibilidad de que todos los ciudadanos deban realizar la declaración de la renta, lo que podría abrir la puerta a una futura reforma del IRPF.
La vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz, lanzó este jueves un nuevo desafío a la patronal, señalando que los incentivos propuestos por el Gobierno para ayudar a las pequeñas empresas a reducir la jornada laboral están supeditados a que la CEOE participe y acuerde en el marco del diálogo social. De lo contrario, se aplicará estrictamente la ley. Desde el Ministerio de Trabajo se reconoció que, debido a los plazos ajustados, será necesario legislar la medida por la vía de urgencia, mientras que los sindicatos insisten en reformar el tiempo de trabajo con o sin el acuerdo de los empresarios.
Trabajo intentó atraer a la patronal con una nueva propuesta, que fue rápidamente rechazada por la CEOE. La oferta incluye bonificaciones para las contrataciones en micropymes en dos casos: contratos indefinidos para desempleados, ya propuestos en septiembre, y la conversión de empleados a tiempo parcial en trabajadores a jornada completa, como resultado de la reducción de jornada.
La propuesta mantiene los incentivos para la contratación de mujeres, jóvenes menores de 30 años y trabajadores mayores de 55, con la condición de mantener el empleo durante tres años. Sin embargo, no se especifica el porcentaje de las cuotas que serían bonificadas.
"Tiene que haber incentivos para el diálogo social y debe tratarse con respeto", expresó Díaz en una rueda de prensa durante la presentación del Congreso Internacional del Trabajo. En este sentido, subrayó que el diálogo social debe estar basado en la negociación, sin vetos. Además, enfatizó que las empresas pequeñas, con menos de cinco empleados, necesitan apoyo para implementar la reducción de jornada.
Díaz también instó a la patronal a aclarar "al país y a los empresarios" si están dispuestos a seguir el camino del acompañamiento a las pymes para aplicar la reducción de jornada o si prefieren la "aplicación estricta de la ley". Por su parte, el presidente de la CEOE, Antonio Garamendi, insistió en la vía de los convenios colectivos como mecanismo para reducir el tiempo de trabajo.
Díaz recordó que el Gobierno estaba dispuesto a apoyar un aumento del salario mínimo del 4% si se lograba un acuerdo con la patronal, pero esta última optó por no firmar, lo que llevó al Ejecutivo a implementar una subida mayor del salario mínimo. "Parece que la patronal no estaba interesada en beneficiar a los empresarios con ese acuerdo", señaló la vicepresidenta.
Aunque Díaz cree que el acuerdo es posible, considera que la patronal debe demostrar si está "a la altura del país". "La cuestión es si la dirigencia de la patronal está dispuesta a negociar o a seguir perjudicando a las empresas", apuntó. "Sabemos lo que hay que hacer y que algunas medidas son muy beneficiosas para las empresas con menos de cinco trabajadores", añadió.
Finalmente, Díaz recordó que el objetivo es que, para el 31 de diciembre de 2025, todos los trabajadores en España reduzcan su jornada a 37 horas y media, y lamentó que el país llega tarde en esta materia, con una jornada laboral que ha estado congelada durante 40 años.
La justicia ha respaldado uno de los cambios más debatidos que el Gobierno introdujo mediante el Real Decreto 608/2023, que regula el Mecanismo RED. Esta normativa modificó el reglamento sobre despidos colectivos, estableciendo que las empresas que planeen realizar un Expediente de Regulación de Empleo (ERE) que afecte a 50 o más trabajadores, deben notificar su intención con seis meses de antelación tanto a la autoridad laboral estatal como a la autonómica, además de informar a los sindicatos, aunque no a los empleados directamente. Esta medida, que no fue acordada en el diálogo social, generó el malestar de la CEOE, que llevó el asunto al Tribunal Supremo. Los sindicatos UGT y CC OO se opusieron al recurso de la patronal, y el alto tribunal falló a favor de los sindicatos y del Ministerio de Trabajo, considerando que la obligación impuesta a las empresas es razonable y proporcionada, y no altera el proceso de despido colectivo regulado por el artículo 51 del Estatuto de los Trabajadores.
En la sentencia, a la que tuvo acceso EL PAÍS, el Tribunal Supremo aclara que, aunque la norma establece una obligación para las empresas respecto a un posible futuro despido, no constituye una vulneración del ordenamiento jurídico. Asimismo, defiende que la notificación anticipada de seis meses sobre un ERE no impone un procedimiento coercitivo, sino que pretende anticiparse a situaciones especialmente graves, como el cierre definitivo de centros de trabajo que afecten a 50 o más empleados.
La Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo subrayó que este mecanismo es beneficioso para las empresas y no restringe su actividad. También rechazó los argumentos de la CEOE sobre la incorporación de nuevos actores en el proceso de despido colectivo, como las autoridades laborales, y negó que la normativa modifique el artículo 51 del Estatuto de los Trabajadores.
El objetivo del Gobierno, y en particular del Ministerio de Trabajo, con esta cláusula es dar tiempo a las administraciones y sindicatos para explorar alternativas antes de que se formalice un ERE. Esto incluye la posibilidad de reindustrializar o reconvertir el centro afectado, encontrar nuevos inversores o compradores, o ajustar las condiciones laborales para mejorar la rentabilidad y competitividad de la empresa.
No obstante, fuentes judiciales señalan que, aunque esta cláusula brinda tiempo para intentar evitar un ERE, la norma no detalla el procedimiento exacto a seguir, dejando en manos de la Administración y los sindicatos las acciones a tomar. Tampoco se especifican las consecuencias del incumplimiento de esta obligación. La disposición adicional sexta del Real Decreto establece que las empresas que planeen cerrar uno o varios centros de trabajo, lo que implicaría el cese definitivo de la actividad y el despido de 50 o más empleados, deben notificarlo a la autoridad laboral competente y al Ministerio de Trabajo, con al menos seis meses de antelación, a través de medios electrónicos.
El Mecanismo RED, introducido en la última reforma laboral, está diseñado para que las empresas puedan ajustarse internamente ante crisis, cambios en la demanda o transformaciones del modelo productivo. Tiene dos modalidades: la cíclica, ante situaciones macroeconómicas adversas, con una duración de un año; y la sectorial, ante necesidades de recualificación profesional, también de un año de duración, prorrogable dos veces por seis meses. Este proceso se inicia con la notificación de la empresa a la autoridad laboral y la representación de los trabajadores, y en el caso de la modalidad sectorial, debe incluir un plan de recualificación para los afectados.
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