(Expansión, 16-04-2025) | Fiscal

El próximo 21 de abril (o el 22, dependiendo del domicilio fiscal de la compañía) vence el plazo para efectuar el primer pago fraccionado trimestral correspondiente al Impuesto sobre Sociedades de 2025. Se trata de una fecha destacada para todas aquellas empresas que en 2024 registraron beneficios o superaron los seis millones de euros en ingresos, ya que están obligadas a abonar este anticipo fiscal cada tres meses.

Este año, la fecha cobra aún más relevancia para miles de pequeñas y microempresas, tras la aprobación a finales del año pasado por parte del Congreso de los Diputados de una reducción en los tipos impositivos aplicables a este segmento empresarial. La nueva normativa fija el tipo del impuesto en el 22% y el 24%, dependiendo del tamaño de la empresa, con un calendario de descensos progresivos en los próximos ejercicios.

La aplicación de esta rebaja fiscal varía en función de los resultados obtenidos por las empresas en 2024 y del método que elijan para calcular el pago correspondiente al primer trimestre del año. Así, las compañías con ingresos inferiores a seis millones de euros pueden optar por el método de cálculo por "cuota", que toma como referencia los beneficios del año anterior, o por "base", que se basa en los resultados reales obtenidos en los meses de enero, febrero y marzo.

Desde la Agencia Tributaria explican que muchas microempresas y pymes suelen elegir el método por cuota, dado que implica abonar el 18% de los beneficios previos. Sin embargo, la bajada de los tipos impositivos podría hacer que algunas opten por cambiar al sistema basado en la base imponible real.

Rubén Gimeno, secretario técnico del Registro de Economistas Asesores Fiscales (REAF) del Consejo General de Economistas (CGE), señala en declaraciones a EXPANSIÓN que aquellas empresas que opten por el cálculo por cuota tendrán que ajustar sus pagos cuando presenten la declaración anual del impuesto, previsiblemente en julio de 2026.

Por otro lado, las pymes que el año pasado facturaron entre seis y diez millones de euros están obligadas a aplicar el método de cálculo por base, por lo que ya notarán este año la bajada del tipo impositivo general del 25% al 24%.

La reforma fiscal impulsada por el Gobierno entró en vigor el 1 de enero de este año, tras el acuerdo parlamentario alcanzado en noviembre y su posterior aprobación en el Congreso. La principal novedad es la implantación de una rebaja progresiva del Impuesto sobre Sociedades para las pequeñas y medianas empresas que se extenderá durante varios años.

Por primera vez, también se incorpora a la legislación el concepto de "microempresa", definido como aquella que factura menos de un millón de euros al año. Para este tipo de compañías, la nueva normativa establece un tipo reducido del 21% para los primeros 50.000 euros de facturación, mientras que el resto (hasta los 950.000 euros siguientes) tributa al 22%. Hasta ahora, estas empresas tributaban al 23%, es decir, dos puntos por debajo del tipo general.

En el caso de las pymes (empresas con facturación entre uno y diez millones de euros), la rebaja será de un punto porcentual, pasando del 25% al 24% en 2025. Además, el plan del Gobierno prevé nuevas reducciones escalonadas en los próximos años: las microempresas tributarán en 2027 al 17% por los primeros 50.000 euros y al 20% por el resto, mientras que las pymes llegarán al 21% en 2029, bajando un punto por ejercicio. Este proceso de ajuste implicará que las empresas deban recalcular anualmente el porcentaje impositivo aplicable, lo que influirá en su planificación fiscal y contable, según explica Gimeno.

A pesar del impacto positivo que supone esta rebaja fiscal para los negocios más pequeños, Gimeno recuerda que también siguen vigentes medidas que afectan a las grandes corporaciones, como el tipo mínimo del 15% en el Impuesto sobre Sociedades, que se aplica incluso después de aplicar deducciones y bonificaciones. Esta obligación se mantiene al mismo tiempo que las novedades que ya están en vigor y que incidirán en las declaraciones que las empresas deben presentar antes del 21 o 22 de abril.

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