(El Economista, 13-02-2025) | Fiscal

El Gobierno aprobó el martes un incremento del 4,4% en el Salario Mínimo Interprofesional (SMI), elevándolo a 1.184 euros brutos mensuales en 14 pagas. Esta subida, respaldada por los sindicatos y basada en la recomendación más alta de los expertos, beneficiará a 2,4 millones de trabajadores. Sin embargo, también agrava la situación de las empresas que prestan servicios a la administración pública, ya que, debido a la Ley de Desindexación y la normativa de Contratos del Sector Público, no pueden trasladar este aumento de costes a sus contratos.

Ante esta problemática, las compañías han encontrado en Sumar un aliado en su disputa con Hacienda. La formación política registró este miércoles en el Congreso una proposición de ley para modificar la normativa vigente y permitir la actualización de los precios en los contratos públicos cuando se produzcan incrementos salariales derivados del SMI, convenios colectivos u otras modificaciones legales. Según Sumar, la situación actual genera "graves disfunciones" en la ejecución de los contratos públicos, poniendo en riesgo su viabilidad.

El grupo parlamentario argumenta que la falta de mecanismos para revisar el precio de las licitaciones ha llevado a la resolución anticipada de contratos y a que miles de lotes queden desiertos cada año, afectando la prestación de servicios públicos. En 2023, la Oficina Independiente de Regulación y Supervisión de la Contratación (Oirescon) registró 20.609 licitaciones sin adjudicar, cerca del 8% del total.

La propuesta de Sumar plantea modificar la ley de contratación pública de 2017 para introducir un artículo que permita la revisión de precios en contratos que destinen más del 30% de su presupuesto a costes salariales. Esta medida excluiría concesiones de obras y servicios, así como contratos de menos de un año. El ajuste no sería automático: la empresa debería solicitarlo al organismo contratante, que dispondría de 10 días hábiles para responder. Además, si no se recibe respuesta en ese plazo, la solicitud se entendería aceptada. También se propone reformar el artículo 100 de la ley para incluir la referencia explícita a los convenios colectivos y garantizar que los costes salariales sean un factor determinante en la revisión de precios.

La Ley de Desindexación, impulsada durante el Gobierno de Mariano Rajoy en un contexto de crisis, impide actualmente la actualización de precios en contratos de servicios como limpieza o mantenimiento, sectores con alta demanda de mano de obra y salarios ligados al SMI. En el caso de la construcción, el Ministerio de Hacienda permitió una excepción tras el aumento de costes derivado de la guerra en Ucrania. Sin embargo, la ministra María Jesús Montero ha rechazado aplicar la misma medida a los costes laborales, lo que ha llevado a las empresas a presionar al Ejecutivo para que permita ajustes en contratos afectados por subidas del SMI, cotizaciones y la futura reducción de jornada a 37,5 horas.

La modificación de esta norma ha sido una de las condiciones planteadas por CEOE y Cepyme en las negociaciones sobre el SMI, y es una demanda compartida por los sindicatos. CCOO y UGT denuncian que el sector público está contribuyendo a precarizar las condiciones laborales de estos trabajadores, en su mayoría mujeres, al impedir que los incrementos salariales se reflejen en los contratos. Esta situación ha generado dificultades para actualizar los convenios colectivos y ha llevado a la existencia de dos tablas salariales diferenciadas entre empleados de contratas y el resto.

Diversas patronales, entre ellas Aeesdap (deportes y salvamento), Aspel y Afelín (limpieza), Aeste y Fed (dependencia), Conacee (centros especiales de empleo), AMI (mantenimiento) y Food Service (restauración colectiva), se han unido en la plataforma AlianzAS para exigir un cambio legislativo. En septiembre, firmaron un documento conjunto con los sindicatos y, en diciembre, se reunieron con la vicepresidenta y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, quien mostró su disposición a impulsar la reforma a través de Sumar.

El principal obstáculo sigue siendo Hacienda, que hasta ahora ha sido reacia a modificar la normativa. No obstante, según Javier Sigüenza, secretario general de AlianzAS, en una reunión reciente con representantes del ministerio se percibió "cierta apertura", aunque sin un compromiso en firme. Próximamente, se espera una nueva reunión entre las patronales, los sindicatos y el Ejecutivo.

Las empresas valoran este avance, ya que, en años anteriores, sus reivindicaciones no habían sido atendidas. Sin embargo, asumen que cualquier cambio normativo tardará en aplicarse, por lo que, de momento, deberán asumir la subida del SMI sin posibilidad de trasladarla a sus contratos, muchos de los cuales tienen una duración de hasta cinco años. Durante este periodo, el SMI ha aumentado más de un 20% y las cotizaciones han subido con la última reforma de pensiones, lo que ha reducido drásticamente la rentabilidad de estos contratos.

La reforma de la Ley de Contratos del Sector Público también fue incluida en el V Acuerdo para el Empleo y la Negociación Colectiva, firmado en 2023 por sindicatos y organizaciones empresariales. En él, se solicitaba la revisión de precios ante cambios normativos o de negociación colectiva que implicasen aumentos de costes laborales, una demanda que ahora cobra más fuerza ante la nueva subida del SMI.

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