(Expansión, 31-12-2024) | Mercantil, civil y administrativo
El Gobierno, que en múltiples ocasiones ha enfrentado expedientes de Bruselas por retrasos en la transposición de normativas comunitarias, se convertirá ahora en el primer país de la Unión Europea en implementar un registro único para alquileres turísticos, de temporada, de habitaciones y cualquier otra modalidad de alojamiento de corta duración. Este registro comenzará a regir el próximo jueves 2 de enero, aunque su aplicación efectiva será a partir de julio, dando así un margen a empresas y propietarios para adaptarse a la nueva normativa. La finalidad es controlar la proliferación de pisos turísticos ilegales y aumentar la supervisión sobre la oferta existente.
Aunque el Ejecutivo disponía de plazo hasta mediados de 2026 para adoptar esta medida, ha decidido adelantar su implementación para abordar cuanto antes un fenómeno estrechamente relacionado con la crisis de vivienda en España. Este tipo de alquileres, al ser más rentables, reduce la oferta disponible para arrendamientos residenciales y contribuye a la subida de precios.
A partir del 1 de julio, los arrendadores deberán obtener un número de registro para poder ofrecer alquileres de corta duración en plataformas digitales. Sin este identificador, no podrán destinar sus propiedades a usos turísticos. Además, los propietarios estarán obligados a proporcionar la información requerida, actualizarla cuando haya cambios y notificar a las plataformas el número de registro asignado por el Registro de la Propiedad o de Bienes Muebles.
Por su parte, las plataformas que gestionan alquileres turísticos, vacacionales o de corta estancia deberán garantizar que los arrendadores incluyan este número en sus anuncios, que sea visible en las publicaciones y efectuar verificaciones aleatorias y periódicas. Asimismo, deberán informar de los resultados de estas comprobaciones si son negativos.
Además, tendrán la obligación de recopilar y transmitir mensualmente datos de actividad de cada unidad, incluyendo el número de registro, la dirección y las URLs de los anuncios mediante un sistema de comunicación automatizada. También contarán con un plazo de 48 horas para cumplir resoluciones administrativas que exijan eliminar o deshabilitar anuncios relacionados con números de registro suspendidos o retirados. El permiso para ofrecer alquileres de corta estancia deberá renovarse anualmente mediante un modelo informativo para cada categoría de arrendamiento.
Este registro, aprobado en el último Consejo de Ministros de 2024 mediante un real decreto ley el pasado 23 de diciembre, no será la única medida en materia de vivienda que entrará en vigor en 2025. Desde este miércoles 1 de enero, comenzará a aplicarse un nuevo índice para actualizar los contratos de alquiler anualmente. Recogido en la Ley de Vivienda, este índice buscará, mediante una fórmula que se actualizará de manera constante, que las subidas de los arrendamientos se mantengan por debajo del IPC a medio plazo.