(El País, 02-01-2025) | Mercantil, civil y administrativo
El Gobierno avanza en la regulación del mercado de alquileres de corta duración con la entrada en vigor, este 2 de enero, del registro único de arrendamientos. Esta iniciativa, prevista en la Ley de Arrendamientos Urbanos como una alternativa al alquiler de vivienda habitual, busca controlar un sector impulsado por plataformas digitales de alquiler vacacional y de temporada. Aunque la medida estará plenamente operativa a partir del 1 de julio de 2025, España se convierte en el primer país de la Unión Europea en cumplir con la directiva comunitaria que exige un reglamento específico para este tipo de alojamientos. Con ello, se adelanta al plazo establecido por Bruselas, que fijó como fecha límite el verano de 2026.
El registro único estará acompañado por una Ventanilla Única Digital de Arrendamientos, un sistema que conectará a plataformas como Airbnb o Booking con la Administración. Todas las propiedades destinadas a este tipo de alquiler deberán obtener un número de identificación que garantice su cumplimiento normativo. Esta medida busca eliminar del mercado las propiedades que operan sin las licencias necesarias y combatir el aumento de precios en ciudades como Barcelona y Madrid, donde este tipo de arrendamientos afecta negativamente la accesibilidad al alquiler residencial.
El impacto es especialmente significativo en los alquileres de temporada, una categoría que, según el Gobierno y diversos analistas, ha servido para evadir las normas del arrendamiento habitual. Por ejemplo, en Barcelona, donde existen controles de precios en el parque residencial, el alquiler temporal se ha utilizado para esquivar estas restricciones. Con las nuevas reglas, será obligatorio justificar el motivo del contrato temporal, limitándolo a situaciones como traslados laborales, alojamiento de estudiantes o tratamientos médicos.
La normativa también afecta los alquileres de habitaciones y otras propiedades, incluidas embarcaciones u otros bienes que se alquilen por corta duración con fines remunerados, siempre que sean gestionados a través de plataformas digitales. Los arrendadores deberán obtener un número de registro, aportar y mantener actualizada la información requerida, y comunicar dicho número a las plataformas digitales para incluirlo en los anuncios.
El trámite para obtener el número de registro se realizará de forma online, a través de la sede electrónica del Colegio de Registradores, o presencialmente en el Registro de la Propiedad o de Bienes Muebles correspondiente. La solicitud deberá incluir información como la ubicación del inmueble, el código registral único de la finca, la referencia catastral o, en el caso de embarcaciones, los datos del propietario. También deberá especificarse si el arrendamiento cubre la totalidad del inmueble o solo una parte, y el número máximo de inquilinos permitidos.
Los arrendadores estarán obligados a renovar su inscripción anualmente y a presentar un informe con los datos de actividad del año. Este mecanismo busca garantizar la actualización de la información y un mayor control del mercado. Aunque aún no se ha definido un régimen sancionador específico, las infracciones se regirán por las normativas estatales, autonómicas y locales vigentes hasta que se aprueben sanciones propias.
La medida también impone obligaciones a las plataformas digitales, que deberán garantizar que todos los anuncios incluyan el número de registro correspondiente y retirar en un plazo máximo de 48 horas aquellos que no lo tengan o que incumplan los requisitos legales. Además, deberán realizar revisiones periódicas y enviar a la Ventanilla Única Digital un informe mensual detallado sobre la actividad de las propiedades anunciadas.
El Ministerio de Vivienda, liderado por Isabel Rodríguez, ha destacado que el periodo transitorio entre enero y julio permitirá a empresas y administraciones adaptarse progresivamente a la nueva normativa. Durante estos seis meses, se evaluará la funcionalidad del sistema para garantizar su pleno funcionamiento antes del inicio de la temporada alta del turismo en verano, un periodo crítico para el mercado de alquileres vacacionales. Asimismo, este enfoque transitorio busca minimizar el impacto de la medida en campañas clave como la Semana Santa, de gran relevancia para el sector turístico.