(El Economista, 11-11-2024) | Laboral

El Tribunal Supremo ha cambiado su criterio y ahora permite que la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) revise directamente las afiliaciones de los trabajadores y anule contrataciones falsas sin necesidad de acudir a la vía judicial. Según varias sentencias recientes, el Tribunal interpreta que la modificación de la Ley General de la Seguridad Social, introducida en enero de 2023, otorga a la Seguridad Social la facultad de revisar y anular de oficio sus propios actos de afiliación, altas, bajas y variaciones de datos, declarándolos improcedentes cuando corresponda.

En una sentencia del 28 de octubre, en la que el magistrado José María de Riego Valledor fue ponente, el Tribunal Supremo explica que el nuevo apartado de la ley "confirma y refuerza las facultades de revisión de oficio" de la Seguridad Social para estos casos. La sentencia revoca una decisión previa del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), que establecía que la Tesorería debía recurrir a la vía judicial para anular una contratación en vez de hacerlo directamente por vía administrativa.

El caso específico se refiere a una persona cuyo período de cotización, entre septiembre de 2019 y febrero de 2020, fue anulado por la Seguridad Social al considerar que no existía una verdadera relación laboral, sino solo una simulación. En este caso, se concluyó que el supuesto trabajador no realizó actividad laboral alguna, sino que solo recibió formación durante ese tiempo. Los contratos falsos suelen utilizarse para permitir que las personas accedan a prestaciones o para inflar el número de empleados en la plantilla de una empresa. En este contexto, la TGSS procedió a anular de oficio las afiliaciones fraudulentas tras una inspección, sin necesidad de llevar el caso a los tribunales de lo social, como había requerido el TSJA.

El Supremo sostiene que los actos de encuadramiento de la TGSS, como estos, deben ser conocidos por la jurisdicción contencioso-administrativa y no por la jurisdicción social, y reafirma que no hay discusión en cuanto a esta competencia. Tras resolver esta cuestión de competencia, devuelve el caso al tribunal andaluz para que examine otros argumentos de impugnación que la Seguridad Social planteó pero que no fueron valorados en su momento.

El cambio legislativo de enero de 2023 permite a la Tesorería actuar rápidamente contra casos de fraude en la afiliación, como los falsos autónomos o becarios, que son cada vez más comunes, especialmente en el sector de las plataformas digitales. Ahora, si un empleador no está de acuerdo con la decisión de la TGSS, deberá presentar una impugnación por la vía contencioso-administrativa. El Supremo ya había anticipado esta postura en varias resoluciones de 2023, pero estas sentencias ratifican el nuevo enfoque del Tribunal.

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