(El Economista, 27-01-2025) | Laboral

El Tribunal Supremo (TS) mantiene el límite para las indemnizaciones destinadas a los interinos que, tras años de contratos abusivos con la Administración, son despedidos por no obtener una plaza, a pesar de las críticas del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE). Según este último, la normativa europea rechaza tanto la jurisprudencia como una ley nacional que limite estas compensaciones únicamente a quienes no logran plaza.

En una sentencia dictada el pasado 11 de diciembre, el TS resolvió a favor de una trabajadora indefinida no fija que estuvo contratada como interina durante 16 años. La Administración convocó un proceso selectivo para cubrir varias plazas, incluida la que ella ocupaba, y tras no superar las pruebas, fue despedida.

El tribunal reconoció a la trabajadora una indemnización de 20 días por año trabajado, con un máximo de 12 mensualidades, de acuerdo con lo establecido en la Ley del 28 de diciembre de 2020, orientada a reducir la temporalidad en el empleo público, en casos en los que interinos son cesados al no superar los procesos selectivos.

El TS dejó claro que, aunque la mujer fuera contratada nuevamente por la Administración para un puesto distinto tras el despido, esto constituye una nueva relación laboral y no una continuidad del vínculo previo. Esto contradijo al Tribunal Superior de Justicia de Madrid, que había denegado la indemnización argumentando que el vínculo laboral se mantenía.

El Supremo sigue respaldando la jurisprudencia establecida en sentencias previas, como las del 25 de septiembre y 12 de noviembre de 2024, que determinan que el cese de una relación laboral indefinida no fija por la cobertura reglamentaria de la plaza da derecho a una indemnización de 20 días por año trabajado, con un límite de 12 mensualidades. También se considera que la firma de un contrato temporal posterior constituye una nueva relación laboral.

Sin embargo, el TJUE, en una sentencia del 13 de junio, señaló que el derecho europeo no respalda la normativa ni la jurisprudencia españolas que permiten a la Administración limitarse a mantener al interino en su puesto hasta que finalice el proceso selectivo, abonando una indemnización con un doble límite máximo, únicamente aplicable a quienes no logran plaza. Según el TJUE, estas medidas no son suficientes para corregir el abuso de temporalidad.

El fallo del TJUE abrió la posibilidad de aumentar los límites de la compensación (los 20 días por año trabajado y el máximo de 12 mensualidades) y de extender las indemnizaciones a los interinos que sufrieron abusos en la contratación, incluso si finalmente superaron las pruebas selectivas y obtuvieron plaza. Además, el TJUE sugirió como alternativa sancionar a la Administración convirtiendo a estos trabajadores en indefinidos.

A pesar de estas resoluciones del TJUE, incluidas las de febrero y junio, el Supremo continúa manteniendo su criterio. Este se fundamenta en que convertir automáticamente en funcionarios fijos a los interinos iría en contra del principio constitucional de igualdad, mérito, capacidad y no discriminación, principios que deben garantizarse mediante la superación de procesos selectivos.

El TS tampoco ha considerado modificar los límites de las indemnizaciones ni ampliar los casos en los que estas se aplican. Actualmente, el alto tribunal espera que el TJUE responda a una nueva cuestión prejudicial planteada en mayo para resolver estas discrepancias.

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