(El Economista, 20-11-2024) | Fiscal

El Tribunal Económico-Administrativo Central (TEAC), dependiente del Ministerio de Hacienda, ha modificado su criterio para facilitar a las empresas la aplicación de deducciones en el Impuesto sobre Sociedades por las inversiones realizadas en actividades de I+D+i.

En una resolución emitida el pasado 21 de octubre, el TEAC adopta la nueva doctrina establecida por el Tribunal Supremo el 8 de octubre. Según esta, el informe emitido por el Ministerio de Ciencia y Tecnología, que evalúa si las inversiones y gastos de una empresa cumplen los requisitos para considerarse de I+D+i, es vinculante para la Agencia Tributaria.

El Supremo determinó que Hacienda no puede cuestionar la deducibilidad de los gastos e inversiones que hayan sido validados previamente por el Ministerio de Ciencia.

Siguiendo este principio, el TEAC ha ajustado su interpretación y ha establecido que el informe del Ministerio de Ciencia "vincula a la Administración Tributaria en todos sus aspectos" respecto a las deducciones por innovación tecnológica. Esto incluye tanto la calificación del proyecto como los gastos e inversiones que hayan sido evaluados favorablemente por el Ministerio tras su presentación.

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