(Expansión, 16-10-2024) | Mercantil, civil y administrativo

El Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana ha iniciado la consulta pública del proyecto de Real Decreto que establece la creación de la Ventanilla Única Digital de Arrendamientos y regula la recopilación e intercambio de datos sobre alquileres y alojamientos de corta duración. Con este sistema, el Gobierno busca combatir el fraude, proteger a quienes realmente necesitan un alojamiento temporal, controlar los alojamientos turísticos ilegales y dar prioridad a los alquileres de vivienda habitual. Además, pretende apoyar a las comunidades autónomas en este proceso, ya que muchas de ellas cuentan con sus propios registros de alquileres que deberán integrarse en el registro nacional.

¿Qué establece este Real Decreto? El Decreto, en cumplimiento de la normativa europea, impone una serie de obligaciones y regulaciones sobre la información que se debe aplicar a los servicios de alquiler de corta duración. Abarca tanto los alquileres ofrecidos por plataformas en línea como los de anfitriones en España, sin importar dónde estén ubicadas estas plataformas. Se distingue entre los arrendamientos de temporada y los de corta duración, que incluyen habitaciones, alojamientos turísticos, embarcaciones u otras propiedades, frente a los arrendamientos de vivienda ordinarios.

¿Qué es el número de registro? Para ofrecer sus alquileres en plataformas, los arrendadores deben obtener un número de registro, proporcionar la información necesaria para su alta o renovación, cumplir con los requerimientos de información y notificar este número a las plataformas en línea. Las plataformas deben asegurarse de que los arrendadores identifiquen sus propiedades con este número, que también debe aparecer visible en los anuncios.

¿Cómo se obtiene? La solicitud del número de registro se tramitará a través de la sede electrónica del Colegio de Registradores. Este número tendrá una validez de 12 meses. La solicitud se presenta ante el Colegio de Registradores o el Registro de la Propiedad o Bienes Inmuebles correspondiente, indicando la dirección exacta y el tipo de arrendamiento: fincas, habitaciones o unidades parciales para alquiler de corta duración no turístico, alquileres turísticos o embarcaciones.

Un solo código por categoría. Cada finca, habitación o embarcación solo podrá tener un código por categoría. El Decreto establece que no se podrá comercializar ningún alquiler sin un número de registro válido, ni con un número asociado a una categoría o tipo de arrendamiento diferente.

¿Cómo se renueva? El número de registro tiene una validez de 12 meses, pero puede ser prorrogado si se realizan uno o más arrendamientos durante ese período, siempre que sean de la misma categoría. Para renovar, se debe presentar un listado de los arrendamientos realizados durante la vigencia del número de registro. En el caso de arrendamientos de temporada, también se debe justificar la necesidad de vivienda temporal en cada contrato. Si se cumplen todos los requisitos, el registrador emitirá el nuevo número de registro y lo actualizará en la Ventanilla Única Digital.

¿Qué ocurre si se retira o suspende el registro? Si se retira o suspende el número de registro, la Ventanilla Única Digital notificará a las plataformas para que eliminen los anuncios asociados a dicho número.

Durante el proceso de consulta pública iniciado el 23 de septiembre, se recibieron 106 aportaciones ciudadanas, muchas de las cuales fueron consideradas en el texto sometido a audiencia. La ministra de Vivienda, Isabel Rodríguez, ha asegurado que los acuerdos alcanzados no responden a las manifestaciones recientes, sino que comenzaron a trabajarse desde su llegada al cargo y han sido realizados con rigor y seguridad jurídica, aunque respondiendo a la situación de urgencia.

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