(El Economista, 10-09-2024) | Fiscal

Hacienda ha intensificado las inspecciones a los propietarios que alquilan inmuebles, centrándose especialmente en los que poseen oficinas en los últimos meses. La Agencia Tributaria tiene dos objetivos principales: evitar que los propietarios deduzcan en el IRPF los gastos relacionados con el inmueble (como el IBI, la comunidad, los seguros o los intereses hipotecarios) durante los días en que la propiedad no ha estado alquilada, y además, obligarlos a tributar en ese período vacío mediante la imputación de rentas, que se calcula como el 2% del valor catastral o el 1,1% si dicho valor fue revisado a partir de 2012.

Los expertos legales coinciden en que este incremento en las inspecciones viene motivado por una sentencia del Tribunal Supremo del 25 de febrero de 2021, que determinó que los propietarios no podían deducir los gastos del inmueble por los días que estuvo vacío y, además, debían tributar por la imputación de rentas en ese tiempo.

Juan Osuna, socio del área fiscal de Fieldfisher, señala que las inspecciones están aumentando porque la Agencia Tributaria tiene acceso a los datos de consumo de servicios como luz y agua, y cuando estos son anormalmente altos o bajos, se activan alertas automáticas. "El fondo de la sentencia del Supremo, en mi opinión, es injusto, pero es una norma que hay que cumplir. Resulta absurdo que si un inquilino deja la propiedad y tarda quince días en ser alquilada de nuevo, no se puedan deducir gastos como el IBI, especialmente si el propietario no tiene intención de ocupar el inmueble, y menos aún si se trata de una oficina", afirma Osuna.

Además, Osuna menciona que esta problemática afecta también a los alquileres turísticos. Si los propietarios no tienen el inmueble ocupado todo el año, deben pagar por la imputación de rentas en los periodos en que está vacío y no pueden deducir los gastos correspondientes. Según él, la solución es limitada, ya que la sentencia del Supremo lo respalda, y más aún ahora que en la declaración de la Renta se debe especificar la fecha de inicio del contrato, lo que refleja los cambios de inquilinos.

Por su parte, Sergio Carpio, socio de Legal de ETL Global, señala que las inspecciones se han intensificado en los propietarios de oficinas, ya que este sector ha sido uno de los más afectados desde la sentencia del Supremo, no solo por la pandemia, sino también por el auge del teletrabajo, lo que ha dejado muchas oficinas vacías.

Carpio considera "una completa contradicción" que la sentencia del Supremo impida a los propietarios deducir ciertos gastos que surgen simplemente por el hecho de poseer el bien, aunque esté vacío y no genere ingresos, pero aun así les obligue a tributar un porcentaje sobre el valor catastral. Sin embargo, anticipa que esta cuestión terminará en el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), ya que cualquier contribuyente sometido a una inspección de este tipo agotará todos los recursos posibles, y "cuando un caso llega a Europa, el fallo suele favorecer al contribuyente".

Finalmente, Bosco Montejo, responsable de la práctica fiscal de Freshfields, señala que el régimen de imputación de rentas ha sido siempre un tema controvertido, ya que obliga a tributar por un supuesto ingreso cuando en realidad no se tiene, lo que puede chocar con el principio de capacidad económica recogido en la Constitución. "El propietario debe imputar un porcentaje del valor catastral cuando el inmueble no está alquilado, porque si lo estuviera, generaría un rendimiento por actividad económica", concluye.

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