(Expansión, 04-07-2024) | Fiscal

La Audiencia Nacional ha criticado a Hacienda por dirigirse a los contribuyentes tanto por vía presencial como telemática de manera indistinta, lo que genera confusión, e insta a la Administración a utilizar siempre una única vía de comunicación. En una sentencia a la que ha tenido acceso Efe, la sala de lo contencioso ha estimado el recurso de una empresa contra una resolución del Tribunal Económico-Administrativo Central del 3 de diciembre de 2019.

Los hechos se remontan a 2010, cuando Hacienda inició una inspección sobre los pagos del IVA de la empresa correspondientes a los ejercicios 2006 y 2007, tras lo cual fue incluida en el sistema de notificación electrónica NEO. Sin embargo, no fue hasta marzo de 2013 que, de forma presencial, la Agencia Tributaria informó sobre la apertura de un expediente sancionador por la liquidación del IVA. No obstante, los términos de dicha liquidación fueron comunicados únicamente a través del registro NEO.

La empresa argumenta que, a pesar de estar incluida en el sistema NEO, todas las comunicaciones, excepto el acuerdo de liquidación, se habían realizado en su domicilio. Por lo tanto, asumió que la notificación del acuerdo de liquidación también se haría en su domicilio. "Lo que no puede hacer la Administración es cambiar este cauce de notificación en el domicilio de forma puntual y excepcional sin previa advertencia al administrado", sostenía la empresa afectada.

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