(El País, 29-10-2024) | Laboral
Tras un primer intento fallido, el Gobierno finalmente logró aprobar en junio una reforma del sistema de asistencia por desempleo que se activará el próximo viernes, 1 de noviembre. Esta medida beneficiará a las personas que ya agotaron su prestación contributiva. Con el respaldo de 178 diputados, la coalición gubernamental consiguió sacar adelante esta reforma, que se había retrasado por falta de consenso en el diálogo social y debió ser ajustada desde su versión inicial.
Nuevas cuantías del subsidio: Desde el 1 de noviembre, la cuantía del subsidio se incrementará de 480 a 570 euros mensuales, gracias a un aumento en el porcentaje aplicado sobre el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (Iprem). El nuevo esquema establece que durante los primeros seis meses, el subsidio cubrirá el 95% del Iprem (600 euros), luego bajará al 90% durante los siguientes seis meses (540 euros), y se reducirá al 80% (480 euros) el resto del tiempo. A pesar del reajuste, el Iprem continuará en 600 euros, una situación que los sindicatos critican y que el Gobierno no ha considerado cambiar.
Posibles beneficiarios: Un millón de desempleados actualmente reciben el subsidio de paro, una ayuda destinada a quienes no cuentan con una prestación contributiva. Además de los receptores habituales, la nueva normativa incluirá a nuevos grupos, como menores de 45 años sin cargas familiares, trabajadores eventuales agrícolas, personas transfronterizas en Ceuta y Melilla, y víctimas de violencia de género, entre otros.
Subsidio para mayores de 52 años: En el caso de los mayores de 52, el subsidio se mantendrá en el 80% del Iprem (480 euros). También se mantiene la cotización para la jubilación en el 125% de la base mínima, un cambio logrado gracias a la intervención de Podemos para evitar que esta cotización bajara al 100%. Esto garantiza que la futura pensión de los beneficiarios no se vea afectada.
Obligaciones y compatibilidades: A partir de 2025, quienes reciban esta ayuda deberán presentar la declaración de la renta, incluso si no alcanzan el mínimo requerido. La reforma también elimina el mes de espera entre la última prestación contributiva y el inicio del subsidio. A partir de abril de 2025, se permitirá recibir el subsidio mientras se trabaja, tanto a tiempo completo como parcial, durante un máximo de 180 días sin reducción en la cuantía. Esta prestación también podrá compatibilizarse con el ingreso mínimo vital (IMV) y otras ayudas como la renta activa de inserción y el subsidio extraordinario de desempleo.