(El Periódico, 12-03-2025) | Laboral

El incremento del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) beneficia a cerca de dos millones de trabajadores y se ha aplicado con efecto retroactivo desde el 1 de enero, tras su aprobación en febrero. Esta subida de 50 euros mensuales también influye en la base mínima de cotización. La base de cotización corresponde al salario bruto mensual de un trabajador, sobre el cual se calculan las aportaciones a la Seguridad Social. Esta cifra es clave para determinar futuras prestaciones, como la jubilación.

Según el Real Decreto-ley 1/2025, en 2025 la base mínima de cotización se ajustará automáticamente en el mismo porcentaje que el SMI, más un sexto adicional. Con el nuevo SMI fijado en 1.184 euros (en 14 pagas), la base mínima de cotización debería establecerse en 1.381,33 euros.

No obstante, la Seguridad Social cometió un error en los cálculos y aplicó una base mínima de cotización de 1.381,20 euros en lugar de 1.381,33. Aunque la diferencia es de solo 13 céntimos, afecta a millones de nóminas y a prestaciones vinculadas a este valor, lo que hace necesaria una regularización.

Para corregir esta situación, la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) ha anunciado que ajustará el cálculo automáticamente, sin que empresas ni trabajadores deban realizar ningún trámite. Así lo ha comunicado en el Boletín RED (5/2025), asegurando que la corrección se hará de oficio y no será necesario presentar liquidaciones complementarias.

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