(El Economista, 02-01-2025) | Laboral
La Audiencia Nacional ha rechazado la demanda de nulidad del plan de igualdad acordado entre la empresa y la mayoría de la representación de los trabajadores. La solicitud había sido presentada por un sindicato que quedó fuera de la comisión negociadora y argumentaba que el proceso de negociación se había extendido por más de un año.
En una sentencia fechada el 11 de noviembre de 2024, la Sala concluye que "el hecho de que la negociación haya durado más de un año no implica automáticamente la nulidad del plan de igualdad". Además, señala que es posible registrar el plan de forma provisional mientras se resuelven aspectos pendientes.
El magistrado ponente, Piñosa Ros, destaca que la ausencia de una referencia explícita a las personas trans, particularmente a las mujeres trans, en el plan de igualdad no constituye una causa inmediata de nulidad. Esto se debe a que persisten dudas sobre la aplicación efectiva del artículo 55.3 de la Ley 4/2023, que establece que las medidas específicas deberán desarrollarse reglamentariamente, con una fecha de aplicación fijada a partir del 2 de abril de 2024.
El magistrado también subraya que el plan fue ampliamente negociado con los sindicatos y que no se presentó ninguna objeción respecto a la posible omisión relativa a las personas trans durante las negociaciones.
Por otro lado, explica que los convenios colectivos pueden establecer distintos tipos de comisiones, como las encargadas de la aplicación, interpretación o administración, así como las de carácter negociador. En este contexto, considera que la exclusión de un sindicato no firmante del convenio para participar en una comisión de administración es legítima, siempre que no se demuestre que esta decisión afecta derechos fundamentales o resulta desproporcionada o irracional.
Por último, la Sala determina que la exclusión del sindicato del proceso de negociación no vulnera su derecho a la libertad sindical, en su vertiente de negociación colectiva, ya que no se ha acreditado que dicha exclusión represente una lesión de sus derechos.