(El Economista. 08-10-2024) | Laboral

El Gobierno ha introducido en la última reforma de pensiones una nueva contribución adicional para los salarios más altos, llamada "cuota de solidaridad", con el objetivo de generar ingresos adicionales para sostener el sistema de pensiones. Esta cuota afectará a aquellos trabajadores cuyos sueldos superen la base máxima de cotización a partir de 2025, actualmente fijada en 56.600 euros anuales o 4.720,50 euros mensuales. La base máxima limita el salario sobre el cual se pagan cotizaciones sociales, y al igual que la pensión máxima, está sujeta a un tope. Con la nueva normativa aprobada en marzo de este año, la totalidad del salario estará sujeta a cotizaciones sociales, y la cuota de solidaridad oscilará entre el 0,92% y el 1,17%, afectando a los trabajadores con mayores ingresos.

La reforma se centra en aumentar los ingresos sin reducir el gasto. En particular, la cuota de solidaridad, junto con el "destope", busca corregir la diferencia que existe entre España y otros países europeos en cuanto a la base máxima de cotización, ya que en España es más baja. Esto significa que hay trabajadores que no cotizan por todo su salario, aunque sí tributan por él en el IRPF.

A diferencia del Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI), que se aplica a todos los salarios, la cuota de solidaridad está dirigida exclusivamente a los sueldos más elevados. Esta contribución tiene un carácter "redistributivo" en lugar de "contributivo", es decir, los ingresos generados no aumentarán la pensión futura del cotizante, sino que se usarán para financiar las pensiones de futuras generaciones, especialmente para afrontar el retiro de la generación del baby boom.

La cuota de solidaridad se aplicará a la parte del salario que exceda la base máxima de cotización, que se actualizará anualmente según la inflación más un 1,2%. Por ejemplo, en 2025, con una previsión de inflación del 2,9%, la base máxima aumentará a aproximadamente 58.968 euros anuales. A partir de esa cifra, los trabajadores pagarán un recargo adicional según diferentes tramos salariales: Un 0,92% para el salario que supere la base máxima hasta un 10% más; Un 1% para el salario que supere ese 10% hasta un 50%; Un 1,17% para el salario que exceda el 50% adicional.

Estas cifras aumentarán progresivamente cada año hasta 2045, cuando la cuota será del 5,5%, 6% y 7%, respectivamente, dependiendo del tramo salarial. La distribución de esta cuota entre empleador y empleado seguirá la proporción actual de cotizaciones sociales: la empresa pagará cinco veces más que el trabajador.

Más de un millón de trabajadores en España sentirán el impacto de esta medida, con deducciones que variarán desde unos pocos euros hasta varios cientos, dependiendo del salario. Por ejemplo, alguien que gane 60.000 euros anuales pagará 9,5 euros más al mes, mientras que quienes ganen 100.000 euros pagarán 480 euros adicionales al año.

Esta contribución afectará a los trabajadores asalariados que cotizan en el Régimen General de la Seguridad Social, incluidos los del Régimen de los Trabajadores del Mar. Sin embargo, los autónomos estarán exentos de pagar esta cuota y del MEI, aunque deberán cumplir con un nuevo sistema de cotización basado en sus ingresos netos, lo que aumentará sus contribuciones cada tres años.

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