(El Economista, 30-09-2024) | Laboral

La jubilación en España ha experimentado una notable transformación en la última década, con un retiro que se va postergando cada vez más, en línea con los acuerdos de reforma del sistema de pensiones, cuyo objetivo es aumentar la edad real de jubilación. En particular, la jubilación anticipada representa un gran costo para la Seguridad Social debido a las cotizaciones que deja de recibir y al desembolso adelantado que debe realizar. Sin embargo, dentro de las modalidades afectadas por los coeficientes reductores, hay una noticia positiva: la caída significativa de la jubilación anticipada involuntaria, es decir, aquella a la que acceden los desempleados para enlazar el cobro del paro o subsidio con la pensión pública. Esta forma de jubilación ha pasado de 55.000 casos en 2015 a 14.000 en 2023, lo que supone una reducción del 75% en menos de diez años.

Este tipo de jubilación es generalmente la última opción para los desempleados mayores de 55 o 60 años, que se encuentran más cerca de la edad de jubilación y que, por lo general, han estado buscando empleo durante mucho tiempo sin éxito, enfrentando mayores dificultades para reinsertarse en el mercado laboral.

Para acceder a la jubilación forzosa es necesario haber perdido el empleo de manera involuntaria, como en el caso de despidos colectivos, y estar inscrito en el SEPE como demandante de empleo durante al menos seis meses antes de solicitar la jubilación anticipada, la cual puede hacerse hasta dos años antes de la edad de jubilación ordinaria. Esto significa que se puede acceder a partir de los 62 años y 6 meses si se han cotizado menos de 38 años, o desde los 61 años si se tienen más de 38 años cotizados.

Hace diez años, el panorama laboral era mucho más precario, con cerca de 4,5 millones de desempleados. Además, con una regulación más estricta, una de cada cinco jubilaciones era forzosa. Los datos actuales muestran una tendencia a la baja en este tipo de jubilación, que ahora representa aproximadamente el 4% de las nuevas pensiones, es decir, alrededor de 14.000 personas.

¿Qué ha provocado esta evolución? Este tema es de gran interés para Carlos Bravo, secretario de Políticas Públicas y Protección Social de CCOO, y para la propia Seguridad Social, ya que el descenso de las jubilaciones involuntarias fue destacado en el último Consejo General del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS). La explicación, según Bravo, radica en la mejora de las medidas de protección social. A diferencia de crisis anteriores, el Estado mantuvo un fuerte apoyo al tejido productivo mediante el gasto público, lo que evitó una destrucción masiva de empleo.

Es importante señalar que, aunque esta modalidad de jubilación sea involuntaria, también está sujeta a coeficientes reductores que disminuyen la cuantía de la pensión futura. En la década pasada, muchas personas tuvieron que jubilarse de manera anticipada en cuanto alcanzaban la edad mínima, enfrentándose a recortes más duros que los actuales, que en algunos casos reducían la pensión hasta un 40%, según la normativa vigente en ese momento. El subsidio por desempleo solo se ofrecía a partir de los 55 años, y no fue hasta 2019 que se redujo la edad a 52 años.

Con la normativa actual, las restricciones anteriores se consideran injustas. Ahora, la regulación permite a los desempleados optar entre dejar de recibir la prestación por desempleo en la primera edad en la que pueden acceder a la jubilación anticipada, aunque ello conlleve los mencionados recortes, o continuar cobrando el subsidio asistencial hasta la edad de jubilación ordinaria, que comienza a los 65 años si se tienen más de 38 años cotizados.

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