(Expansión, 19-02-2025) | Mercantil, civil y administrativo

Una empresa no puede fijar el plazo de pago unilateralmente

Un plazo de pago que supere los 60 días en un contrato solo será válido si ambas partes lo han acordado expresamente y si no resulta claramente abusivo para el acreedor. Así lo ha determinado el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) tras analizar las pruebas presentadas en un caso que involucra contratos entre una empresa productora de equipos mineros y otra dedicada a la extracción y venta de carbón, en los cuales se establecía un plazo de pago de 120 días. Según los hechos probados en la resolución, una compañía polaca del sector del carbón firmó varios contratos de suministro de piezas de maquinaria con una empresa especializada en la fabricación de equipos mineros. Algunos de estos acuerdos se originaron en una subasta en línea organizada por la primera empresa, donde se publicaban las condiciones del contrato, mientras que otros se formalizaron mediante un proceso de licitación. En todos los casos, el contrato establecía un plazo de pago de 120 días, determinado unilateralmente por la empresa compradora. La empresa demandante argumentó que dicho plazo fue impuesto sin negociación alguna, dado que ya estaba predefinido en el contrato estándar. También alegó que la cláusula fue resultado de la posición dominante de la empresa compradora en la relación comercial, lo que le impidió negociar condiciones más favorables. Además, señaló que se vio obligada a aceptar estos contratos debido a dificultades económicas, lo que refuerza su postura de que no existió un acuerdo real sobre el plazo de pago. Por otro lado, la empresa demandada defendió que la otra parte aceptó el plazo al participar en el proceso de licitación y firmar los contratos. Asimismo, sostuvo que el plazo de 120 días no era perjudicial, ya que garantizaba estabilidad financiera y liquidez para la empresa acreedora. Además, argumentó que todas las facturas fueron abonadas dentro del plazo estipulado, lo que, según su criterio, confirmaba la validez del acuerdo. Ante las dudas sobre la normativa europea aplicable, el Tribunal de Distrito de Katowice decidió suspender el procedimiento y consultó al TJUE si el artículo 3 de la Directiva 2011/7 debía interpretarse en el sentido de que un plazo de pago superior a 60 días solo es válido si ha sido expresamente acordado por ambas partes y si ninguna de ellas lo impuso de manera unilateral. Tras analizar el caso, el TJUE concluyó que un plazo superior a 60 días no puede considerarse un "acuerdo expreso" si ha sido impuesto unilateralmente por una de las partes, aun cuando la otra haya firmado el contrato. Para que sea válido, debe existir una manifestación clara y explícita de voluntad por parte de ambas empresas. Asimismo, el tribunal determinó que dicha cláusula es "manifiestamente abusiva" para el acreedor y que debe evaluarse la situación económica en el momento de la firma del contrato para determinar si hubo un verdadero consentimiento. En consecuencia, el TJUE estableció que, según la Directiva 2011/7, un plazo de pago fijado de manera unilateral por el deudor no puede considerarse válido a menos que se demuestre que ambas partes acordaron libremente dicha cláusula. Por ello, en este caso concreto, el plazo de 120 días no es válido al no cumplir con el requisito de un acuerdo genuino. Con esta decisión, el TJUE refuerza la normativa de la UE contra la morosidad en las transacciones comerciales y busca proteger a los acreedores de condiciones contractuales abusivas.

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(El Periódico, 19-02-2025) | Mercantil, civil y administrativo

El 25% de los nuevos pisos sociales en Cataluña serán para jóvenes y el 10% para vulnerables

Una cuarta parte de las nuevas viviendas sociales que el Govern de Salvador Illa ha prometido construir hasta 2030 estará destinada a jóvenes menores de 35 años, con un alquiler al menos un 20% por debajo del precio de mercado. Además, se reservará un 10% de estas viviendas para personas en situación de vulnerabilidad. Esta medida ha sido aprobada este martes por el Consell Executiu dentro de la primera convocatoria de reserva pública de terrenos con el objetivo de aumentar la oferta de vivienda protegida. La Generalitat estima que en esta primera fase podrán construirse alrededor de 10.000 pisos, los cuales deberán mantener su calificación de vivienda social durante un periodo de 75 años. El president ha adelantado esta iniciativa durante la reunión de la Comisión Interdepartamental de Vivienda, asegurando que estos pisos destinados al alquiler asequible conservarán siempre esta condición. Este compromiso busca evitar que las nuevas promociones sigan el mismo destino que 36.000 viviendas del actual parque público, que en los próximos seis años podrían pasar al mercado privado, una situación que el Govern quiere evitar. "Basta de que los jóvenes tengan que destinar la mayor parte de su sueldo a la vivienda como si fuera un lujo", ha señalado el president en su intervención. También ha destacado que, mientras anteriormente se construían unas 259 viviendas protegidas al año, ahora el ritmo ha aumentado a 4.400, reafirmando su compromiso de alcanzar las 50.000 nuevas viviendas prometidas. El siguiente paso, según ha anunciado Illa, será reformar la ley de urbanismo de Catalunya para agilizar trámites, acelerar la construcción y aumentar la edificabilidad. "Hablamos de días o semanas", ha asegurado la consellera de Territori y portavoz del Govern, Sílvia Paneque. Como parte de esta reforma, se plantea la creación de una nueva figura jurídica, la "licencia previa básica", que permitirá a las constructoras iniciar algunos trabajos, como el movimiento de tierras o el levantamiento de estructuras, mientras se tramita el resto del expediente. En cuanto a la disponibilidad de terrenos, el Govern ha identificado posibles ubicaciones en municipios como Barcelona, Tarragona, Lleida, L'Hospitalet, Sant Boi, Les Franqueses del Vallès, Granollers y Terrassa, en función de la información facilitada por sus ayuntamientos. Sin embargo, Paneque ha aclarado que el proceso para inscribir estos suelos en el registro de reserva comienza ahora, y en un plazo de dos meses se tendrá una visión más precisa de las ubicaciones definitivas. La Agència Catalana d'Habitatge será la encargada de certificar que los terrenos cumplen los requisitos establecidos. La previsión es que en estos solares provenientes de la primera convocatoria (con una segunda programada para finales de año) puedan construirse unos 10.000 pisos asequibles, lo que equivale al 20% de las viviendas contempladas en el plan de 50.000 unidades para 2030. Además, la consellera ha informado de que actualmente hay otras 7.000 viviendas en distintas fases de construcción, a las que se suman las adquiridas por la Agència d'Habitatge a bancos y fondos de inversión. Para garantizar precios asequibles, el Govern ha dividido los solares en cuatro zonas territoriales, estableciendo distintos niveles de alquiler máximo. En la primera zona, el precio será de 10,65 euros por metro cuadrado; en la segunda, de 8,65 euros; en la tercera, de 7,65 euros; y en la cuarta, de 6,64 euros. Con esta aprobación, el Consell Executiu cumple con el compromiso anunciado el pasado viernes por Salvador Illa junto a Pedro Sánchez en una visita a una promoción de vivienda social en Sant Boi de Llobregat. Bajo la premisa de que la vivienda es el principal factor de desigualdad social en la actualidad, el president ya había avanzado en el debate de política general de octubre que su Govern impulsaría el plan de suelo público más ambicioso llevado a cabo por una comunidad autónoma. En ese momento, Illa instó a los ayuntamientos a ceder terrenos para la construcción de vivienda social y anunció una inversión de 4.400 millones de euros en esta legislatura para ampliar el parque público de viviendas. Su intención era tener unos nuevos presupuestos en vigor a partir del 1 de enero de 2025, pero al no contar con el apoyo de ERC, el Govern ha optado por una alternativa: aprobar a partir de marzo una modificación de crédito que permita añadir 4.000 millones de euros a los presupuestos prorrogados de 2023.

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(La Vanguardia, 19-02-2025) | Mercantil, civil y administrativo

La producción de coches en España se desploma un 27% en enero y las exportaciones, un 28%

El inicio del año ha sido especialmente negativo para la industria automovilística en España. En enero, la producción de vehículos en el país sufrió una caída del 27,6%, situándose en 168.076 unidades, según datos proporcionados por la Asociación Española de Fabricantes de Automóviles y Camiones (Anfac). La patronal atribuye este descenso principalmente a los ajustes en los turnos de trabajo en las fábricas y a la adaptación de las líneas de producción a la llegada de nuevos modelos electrificados. Sin embargo, la tendencia en la fabricación de vehículos eléctricos y de bajas emisiones ha sido completamente opuesta. Durante el primer mes del año, la producción de este tipo de automóviles (incluyendo eléctricos, híbridos enchufables, híbridos convencionales, y vehículos propulsados por gas natural y GLP) experimentó un crecimiento del 52,2% en comparación con el año anterior. Esto representa una cuota del 38,8% sobre el total de la producción, con 65.179 unidades fabricadas. El mayor incremento dentro de esta categoría se registró en los vehículos híbridos convencionales, cuya producción aumentó un 62,7%. Por su parte, los modelos electrificados alcanzaron el 10,5% del total de fabricación, con un crecimiento de 3,6 puntos porcentuales respecto al año anterior, lo que se traduce en una producción de 17.611 unidades en enero, un 10,3% más que en el mismo mes de 2024. En cuanto a las exportaciones, España envió al extranjero 145.170 vehículos en enero, lo que supone un descenso del 28% en comparación con el mismo periodo del año pasado. Del total de unidades fabricadas, el 86% tuvo como destino mercados internacionales. Europa sigue siendo la principal región de destino de las exportaciones, con un 92,1% de los envíos, lo que representa un incremento de un punto porcentual respecto a enero de 2024. Dentro del continente, Francia continúa liderando las importaciones de vehículos españoles, seguida de Alemania, Turquía (que registró un incremento del 2,9% respecto al año anterior), Reino Unido e Italia. No obstante, salvo en los casos de Israel y Marruecos, se ha observado una caída generalizada en los principales mercados de exportación, siendo especialmente notable la reducción del 46% en Italia y del 44% en otros destinos clave. "El año comienza con la misma tendencia a la baja con la que cerró 2024. Aunque parte de esta caída se debe a los ajustes en las fábricas y la adaptación a nuevos modelos, no podemos perder de vista que nuestra producción sigue disminuyendo en un momento crítico para la industria", ha señalado José López-Tafall, director general de Anfac. A pesar de este panorama, López-Tafall ha resaltado el crecimiento sostenido de la producción de vehículos electrificados como un aspecto positivo y ha subrayado la necesidad de impulsar la demanda, tanto en España como en Europa, para mantener la competitividad del sector. "Es fundamental que todos los actores implicados trabajemos juntos para desarrollar un plan de acción inmediato y una estrategia a largo plazo que nos permita consolidar la industria y fomentar la innovación en el vehículo eléctrico, que es actualmente el principal motor de crecimiento del sector", ha concluido.

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(El Confidencial, 19-02-2025) | Mercantil, civil y administrativo

Las multinacionales de EE. UU. piden a Trump que salve a España de los aranceles

La posibilidad de que Estados Unidos imponga aranceles a la Unión Europea y, en consecuencia, a España, es cada vez más tangible. Como muestra de esta preocupación, varias multinacionales con presencia en nuestro país han enviado una carta al secretario de Comercio de la Administración Trump, Howard Lutnick, solicitando que España quede exenta de dichas sanciones. Su principal argumento radica en el considerable déficit comercial que España ya mantiene con EE. UU. Según la misiva, en 2024 las exportaciones españolas de bienes a Estados Unidos ascendieron a 18.180 millones de euros, mientras que las importaciones desde el país norteamericano alcanzaron los 28.193 millones, lo que deja un saldo negativo para España de más de 10.000 millones de euros. Este panorama contrasta con la situación general de la UE, que disfruta de un superávit comercial con EE. UU. de 235.571 millones de dólares, convirtiéndose en la segunda región con mayor excedente tras China. El año pasado, el comercio bilateral entre España y EE. UU. se redujo: las exportaciones españolas cayeron un 3,8%, mientras que las importaciones bajaron un 0,3%. Ante este escenario, la Cámara de Comercio de EE. UU. en España (AmChamSpain) ha instado a la Administración estadounidense a considerar estas diferencias antes de establecer nuevos aranceles. Asimismo, ha pedido a la UE que, en caso de que se apliquen sanciones específicas a determinados países, tenga en cuenta esta situación a la hora de definir su respuesta comercial. Las empresas temen que la imposición de nuevos aranceles por parte de Trump pueda desincentivar la inversión extranjera en España. Aunque la carta no menciona este punto de forma explícita, la postura del Gobierno español respecto a la Administración estadounidense podría influir en la situación. En particular, Pedro Sánchez ha sido crítico con los empresarios tecnológicos cercanos a Trump, a quienes ha denominado "tecnocasta". Las compañías estadounidenses con operaciones en España abogan por encontrar "soluciones consensuadas que eviten represalias comerciales y aporten estabilidad tanto a empresas como a trabajadores en ambos lados del Atlántico". Entre estas empresas figuran gigantes como 3M, Citigroup, Coca-Cola, Google y Netflix. El sector tecnológico juega un papel clave en la disputa comercial entre EE. UU. y la UE, especialmente por la regulación del mercado digital que Bruselas ha implementado y que la Administración Trump rechaza.

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(Expansión, 18-02-2025) | Fiscal

La Comunidad de Madrid bonifica al 50% el tributo de Sucesiones entre hermanos, tíos y sobrinos

Madrid cerró el año 2024 con la aprobación en el Parlamento regional de dos decretos leyes que reunían ocho reducciones de impuestos, enfocadas principalmente en la compra y el alquiler de vivienda, así como en incentivos para atraer inversión extranjera. Ahora, con 2025 ya en marcha, el gobierno autonómico se prepara para poner en marcha nueve nuevas rebajas fiscales que entrarán en vigor este año, manteniendo así su estrategia de alivio impositivo progresivo. La premisa detrás de estas medidas es que la reducción de impuestos fomenta la inversión, dinamiza la economía, impulsa la creación de empleo y amplía la base tributaria, lo que a largo plazo se traduce en un aumento de la recaudación. Entre estas reducciones destaca la ampliación de la bonificación en el Impuesto de Sucesiones y Donaciones, que pasará del 25% al 50% para hermanos, tíos y sobrinos (mientras que el descuento para familiares directos sigue siendo del 99% desde hace años). El Consejo de Gobierno de Isabel Díaz Ayuso dará mañana el primer paso para tramitar esta medida, que, según estimaciones del Ejecutivo madrileño, beneficiará anualmente a unos 14.000 contribuyentes y les permitirá ahorrar alrededor de 140 millones de euros. Así lo anunció la propia Díaz Ayuso en una conferencia organizada por el Club Forbes House, donde recordó que esta rebaja fiscal fue una de las promesas incluidas en su programa electoral de 2023, con el que logró una contundente victoria en las elecciones autonómicas de mayo de ese año, obteniendo su primera mayoría absoluta. "Esta medida refuerza la política fiscal de mi Gobierno, que considera que este impuesto es injusto y obsoleto, y que ya ha sido eliminado en numerosos países de la Unión Europea", señaló la presidenta madrileña, reiterando su oposición a este tributo. Ante las críticas recurrentes desde sectores de la izquierda y el Gobierno central sobre su política fiscal, Ayuso reclamó "respeto a nuestra autonomía fiscal y a la voluntad de los madrileños expresada en las urnas, que han elegido este modelo impositivo, que nos hace más atractivos y competitivos. Lejos de perjudicar al resto de España, como se afirma falsamente, es todo lo contrario". La presidenta de la Comunidad de Madrid rechazó las acusaciones de "dumping fiscal", habituales desde sectores socialistas y gubernamentales, y defendió que su administración simplemente ejerce su autonomía y capacidad normativa, amparadas por la Constitución, para definir su estrategia impositiva y fortalecer la competitividad de la región, algo que, según afirmó, pueden hacer también otras comunidades autónomas. El Consejo de Gobierno aprobará mañana la apertura del proceso de audiencia e información pública del anteproyecto de ley que recoge esta medida, dando inicio así a su tramitación hasta su posterior aprobación en la Asamblea de Madrid, donde la mayoría absoluta del Partido Popular garantiza su respaldo. Además de la ampliación de la bonificación del 25% al 50% en herencias y donaciones para el grupo tres de parentesco, la nueva norma contempla una exención del 100% en donaciones entre particulares inferiores a 1.000 euros, eliminando la obligación de presentar autoliquidación en estos casos. Según cálculos del Ejecutivo regional, con esta nueva bonificación, dos hermanos que hereden de otro hermano fallecido, sin descendientes, ascendientes ni cónyuge, y que poseía una vivienda valorada en 200.000 euros y ahorros por 100.000 euros, "evitarán pagar más de 15.600 euros cada uno sobre la cuota sin bonificación, el doble de lo que se ahorra actualmente, o cerca de 7.850 euros adicionales por persona". Madrid lleva aplicando reducciones en el Impuesto de Sucesiones y Donaciones desde hace dos décadas, con un ahorro acumulado para los madrileños que asciende a casi 55.000 millones de euros desde entonces.

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(Expansión, 18-02-2025) | Fiscal

¿Qué trabajadores que cobran el salario mínimo tendrán que hacer la declaración de la Renta y tributar por la subida?

La retención aplicada a los salarios no implica necesariamente que los trabajadores deban tributar, ya que, al presentar la declaración de la Renta, pueden recuperar parte o la totalidad de lo retenido si cuentan con deducciones, como la de alquiler de vivienda, que es una de las más utilizadas por quienes perciben el Salario Mínimo Interprofesional (SMI). De acuerdo con los cálculos de los técnicos de Hacienda (Gestha), el IRPF solo afectará a una parte de los 539.719 trabajadores con ingresos anuales entre 15.876 y 16.576 euros, es decir, aquellos que superen el umbral del SMI de 2024 y alcancen el de 2025. En este sentido, deberán tributar por el incremento salarial aquellos empleados que: Perciban el SMI y trabajen a jornada completa al menos 348 días al año. Obtengan rentas del trabajo equivalentes a ese importe anual, ya sea en jornada parcial o trabajando solo algunos meses del año. La retención solo se aplicará a dos grupos específicos: Matrimonios o parejas que declaren individualmente y tengan un hijo en común mayor de 3 años. Personas solteras, separadas o divorciadas sin hijos ni otras cargas familiares. En ambos casos, la retención se aplicará únicamente al salario que supere los 15.876 euros, que es el umbral a partir del cual comienza la tributación. Sin embargo, las empleadas del hogar contratadas a jornada completa por familias no estarán sujetas a retención y no estarán obligadas a presentar la declaración si sus ingresos no superan los 22.000 euros provenientes de un solo pagador. El secretario general de Gestha, José María Mollinedo, ha señalado que la tributación del incremento del SMI responde a una decisión política, ya que existen mecanismos técnicos para evitar que estos trabajadores tengan que tributar sin que ello suponga un gran coste fiscal. Como alternativa, Gestha propone elevar el umbral de tributación del IRPF hasta los 16.576 euros anuales, equivalente al SMI de 2025, lo que permitiría eximir a más de 500.000 trabajadores de pagar este impuesto. Según sus estimaciones, más de medio millón de contribuyentes quedarían exentos de retención y tributación en el IRPF, con un impacto fiscal moderado, que oscilaría entre 54 y 162 millones de euros, solo en el caso de los empleados acogidos al SMI. Además, esta medida también beneficiaría a trabajadores y autónomos con sueldos mensuales más elevados, pero cuyos ingresos anuales se sitúan entre 15.876 y 16.576 euros, ya sea porque han accedido a un empleo mejor remunerado por algunos meses, han estado en situación de desempleo o se han jubilado. Gestha advierte del "error de salto", que ocurre cuando la retención sobre un salario íntegro más alto reduce el ingreso neto del trabajador por debajo de aquel que percibe un sueldo menor sin retención. Para evitarlo y minimizar la pérdida de recaudación, la asociación propone un ajuste progresivo en la reducción por rendimientos del trabajo, de manera que esta disminuya gradualmente para salarios entre 16.576 y 19.747,5 euros netos anuales (aproximadamente 23.200 euros brutos), asegurando que los beneficios fiscales no se extiendan a sueldos superiores. Por último, Gestha recuerda que 8,5 millones de trabajadores (8.437.448 personas) percibirán menos de 16.576 euros anuales, principalmente debido a que trabajan a jornada parcial o han estado dados de alta solo durante algunos meses del año.

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(El Economista, 18-02-2025) | Fiscal

El Supremo analiza si ampliar las ventajas fiscales a las empresas dedicadas al alquiler

El Tribunal Supremo (TS) estudia la posibilidad de flexibilizar los beneficios fiscales para las empresas dedicadas al alquiler de inmuebles o fincas. El alto tribunal ha decidido admitir a trámite un recurso presentado por un contribuyente contra la Agencia Tributaria, lo que le permitirá establecer jurisprudencia sobre los requisitos que deben cumplir estas compañías, muchas de ellas empresas familiares en España, para acceder a exenciones en el Impuesto de Sucesiones y Donaciones, el Impuesto de Patrimonio y el Impuesto de Sociedades. Actualmente, la normativa de estos tres tributos establece condiciones diferentes para la aplicación de estos beneficios. En el caso del Impuesto de Sucesiones y del Impuesto de Patrimonio, las exenciones dependen de los criterios fijados en la Ley del IRPF. Esto implica que una empresa dedicada al alquiler de inmuebles que desee reducir hasta en un 95% el pago de estos impuestos debe contar, como mínimo, con un empleado contratado a tiempo completo. Esto plantea una complicación en los grupos empresariales consolidados: si varias empresas dentro del grupo operan en el sector del alquiler, cada una de ellas deberá contar con su propio trabajador a jornada completa para poder beneficiarse de las exenciones fiscales en cada tributo. Por otro lado, la Ley del Impuesto de Sociedades permite a estas empresas reducir su tributación en un 40% respecto al tipo general (por ejemplo, del 25% al 15%). Sin embargo, en este caso, si la empresa forma parte de un grupo consolidado, basta con que una sola de las compañías del grupo tenga contratado a un empleado a tiempo completo para que se aplique el beneficio. Carlos Muñoz, consejero delegado de CIM Tax & Legal, destaca que la normativa del Impuesto sobre Sociedades es más flexible, ya que permite que el trabajador esté contratado por otra empresa dentro del grupo, siempre que se cumplan los requisitos del Código de Comercio. Esto facilita que varias sociedades propietarias de inmuebles que se dedican al alquiler compartan el coste de dicho empleado. "Esperamos que el Tribunal Supremo haga una interpretación favorable y unifique los criterios en todos los impuestos mencionados. Esto simplificaría la aplicación de los beneficios fiscales para las empresas familiares y permitiría una optimización de los costes dentro de estas estructuras", señala Muñoz. No obstante, recuerda que la Dirección General de Tributos ha sostenido hasta ahora que cada sociedad dentro del grupo debe contar con un trabajador contratado de forma individual para acceder a estas ventajas fiscales. En su auto del 29 de enero, el Tribunal Supremo subraya que esta cuestión tiene un alto interés casacional, ya que no existe jurisprudencia previa y podría afectar a un gran número de empresas. Además, señala que la diferencia de criterios entre la Ley del IRPF y la del Impuesto de Sociedades genera confusión y dificulta la interpretación de la normativa, especialmente para aquellas empresas de alquiler que forman parte de un grupo consolidado y buscan acogerse a estas exenciones.

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(El Periódico, 18-02-2025) | Fiscal

La recaudación del IRPF por la hacienda catalana es a día de hoy "ilegal"

Nueva controversia en torno a la financiación singular de Cataluña y, en particular, sobre la futura gestión y recaudación del impuesto sobre la renta (IRPF) a partir del próximo año. La asociación de Inspectores de Hacienda del Estado (IHE) ha expresado su rotundo rechazo después de que la 'consellera' de Economía, Alícia Romero, anunciara el pasado viernes que la Agència Tributària de Catalunya (ATC) utilizará la próxima campaña de la renta como un "banco de pruebas" en preparación para asumir la gestión del IRPF, según lo pactado entre el PSC y ERC. Además, Romero adelantó la incorporación de 90 nuevos trabajadores a la ATC de forma permanente y otros 102 de manera temporal para reforzar la campaña de la renta, ampliando a más de 80 los puntos de atención a los contribuyentes. La IHE, que ya había mostrado su oposición a este modelo de "financiación singular", insiste en que su implementación requiere la transferencia a la ATC de los recursos humanos, materiales y tecnológicos de la Agencia Tributaria estatal (AEAT) en Cataluña. En su comunicado, advierten que esto supondría el desmantelamiento de la AEAT en la comunidad autónoma. Además, la asociación sostiene que un sistema similar al cupo vasco y navarro no está recogido en la Constitución ni en su normativa de desarrollo, por lo que consideran que el régimen propuesto es actualmente ilegal. También señalan que algunos de sus impulsores han afirmado que este sería el primer paso hacia la independencia de Cataluña. Ante la imposibilidad de instaurar este nuevo modelo de inmediato, la estrategia planteada, según los inspectores de Hacienda, consiste en una implantación gradual que comenzaría con la gestión del IRPF, seguida por la del IVA y otros tributos, hasta alcanzar el control total sobre la gestión, inspección, recaudación y liquidación de todos los impuestos en Cataluña. En este contexto, la Generalitat ha dado ya el primer paso mediante el refuerzo de la estructura de la ATC para la campaña del IRPF de este año, incrementando su presencia territorial y el número de oficinas. "El aumento de personal irá acompañado de un despliegue territorial significativo: se habilitarán 36 oficinas en toda Cataluña, incluidas cuatro en las capitales de provincia, con más mostradores de atención. En total, se pasará de 35 a 87 mostradores, lo que supone un incremento del 148% respecto a la campaña anterior", subraya la Generalitat. En este sentido, Romero afirmó que el objetivo es que la ATC asuma en solitario la gestión de la renta a partir del próximo año, por lo que la campaña actual servirá como un ensayo en esa dirección. Los inspectores de Hacienda consideran que en cualquier otra comunidad autónoma este refuerzo se enmarcaría dentro de la colaboración entre Administraciones, pero en el caso de Cataluña lo interpretan como un movimiento para que la ATC gestione la campaña de forma exclusiva en el futuro, sin participación de la AEAT. Para ellos, esto representaría una situación inédita en el resto del país. En su comunicado, el colectivo manifiesta su preocupación por lo que consideran "una falsa colaboración", que en última instancia llevaría a la desaparición de la AEAT en Cataluña. Hasta ahora, recuerdan, la Agencia Tributaria estatal ha gestionado las campañas del IRPF en todo el territorio nacional, procesando cada año en Cataluña cerca de cuatro millones de declaraciones, incluyendo su grabación, liquidación y devolución. Por ello, los inspectores reclaman a la Agencia Tributaria estatal que no adopte ninguna medida que altere la actual prestación de los servicios tributarios en Cataluña mientras no se modifiquen las normas vigentes del sistema tributario. En cuanto a la campaña del IRPF, exigen que se mantenga la tradicional colaboración entre ambas administraciones y advierten contra cualquier intento de gestionar el impuesto fuera del marco legal. Finalmente, recuerdan la sentencia del Tribunal Supremo sobre el proceso independentista y advierten de posibles responsabilidades, incluso penales, por cualquier medida o gasto público destinado a instaurar un régimen fiscal que, según ellos, carece de respaldo legal en la actualidad.

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(Expansión, 18-02-2025) | Laboral

El SEPE tiene disponibles más de mil ofertas de teletrabajo para jóvenes y mayores de 45 años

El portal de empleo Empléate, gestionado por el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), cuenta actualmente con 1.068 ofertas de trabajo dirigidas tanto a personas mayores de 45 años como a jóvenes en situación de desempleo. Estas vacantes incluyen opciones de trabajo remoto o en modalidad híbrida, que combina la presencialidad con el teletrabajo. La mayoría de los puestos ofrecen contratos indefinidos a jornada completa y no requieren experiencia previa. Empléate es una plataforma de la agencia pública de empleo, dependiente del Ministerio de Trabajo y Economía Social, que conecta directamente a empresas y candidatos. Actualmente, alberga más de 81.000 empresas registradas y cerca de 800.000 usuarios, ofreciendo oportunidades laborales en sectores diversos, desde ingeniería en telecomunicaciones hasta operarios en el ámbito agropecuario. En este momento, el portal dispone de 26.746 ofertas de empleo en el sector privado y 8.468 en el ámbito público. Para acceder a estas oportunidades, los interesados deben registrarse en la plataforma y aplicar los filtros de búsqueda adecuados, como la opción de teletrabajo, el nivel de experiencia requerido y, si lo desean, seleccionar una comunidad autónoma o provincia específica. Según la web Infoemplea2, algunas de las vacantes disponibles incluyen empleos en el sector cosmético y de la nutrición, auxiliares administrativos, teleoperadores, jefes de obra, agentes comerciales, auditores internos o programadores especializados en Big Data. Para postularse a cualquiera de las 1.068 ofertas activas en el portal del SEPE, basta con acceder a Empléate, seleccionar la oferta de interés y seguir el enlace que redirige a la empresa contratante para completar la inscripción.

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(El País, 18-02-2025) | Laboral

Los ERTE por la DANA protegieron a 31.400 trabajadores el año pasado

El año pasado, cerca de 190.000 trabajadores vieron modificadas sus condiciones laborales debido a reducciones involuntarias de jornada, suspensión de contrato o despidos. Según los datos publicados este lunes por el Ministerio de Trabajo, esta cifra supone un aumento de 8.000 empleados respecto a 2023 (+4,45%). Uno de los principales factores detrás de este incremento fueron los estragos causados por las inundaciones provocadas por la DANA en la provincia de Valencia el pasado octubre. Las lluvias afectaron directamente las condiciones laborales de 31.442 empleados, quienes recurrieron a los ERTE habilitados como medida de protección. En términos absolutos, en 2024 se registraron 867 despidos y 7.197 suspensiones de contrato o reducciones de jornada más que en los 12 meses anteriores. Los datos del Ministerio reflejan que de los 189.203 trabajadores afectados a lo largo del año, 37.372 (19,8%) lo fueron por despidos colectivos, mientras que la mayoría, 151.831 (80,2%), sufrieron suspensión de contrato o reducción de jornada. En comparación con el año anterior, ambas cifras representan incrementos del 2,4% y el 5%, respectivamente. El impacto de la DANA y la activación de ERTE -como ocurrió durante la pandemia- se evidencian especialmente en el segundo grupo, ya que 31.442 trabajadores se acogieron a este mecanismo. Esto significa que prácticamente una de cada cinco suspensiones o reducciones de jornada estuvo vinculada a este sistema de protección. Como era de esperar, la Comunidad Valenciana fue la región con mayor número de intervenciones laborales en 2024, influida por las inundaciones. En este territorio se registraron 4.761 despidos, 57.432 suspensiones de contrato (la opción más utilizada para enfrentar la paralización económica) y 1.696 reducciones de jornada, afectando a un total de 63.889 empleados, de los cuales 53.838 pertenecen a la provincia de Valencia. Cataluña (19.062 trabajadores afectados) y Navarra (18.525) completan la lista de las regiones con mayor impacto laboral. Los principales motivos que llevaron a modificar las condiciones laborales fueron la reducción de la producción (85.519 casos), la fuerza mayor (37.255) y las razones económicas (32.260). Estos factores encajan con la aplicación de los ERTE por causas económicas, técnicas, organizativas o productivas (ETOP). Mientras que las suspensiones de contrato y reducciones de jornada se justificaron principalmente por la caída en la producción, los despidos se fundamentaron en razones económicas, sobre todo en el aumento de pérdidas empresariales (18.498 casos). En cuanto a la distribución por género, la mayoría de los afectados fueron hombres (133.529), mientras que las mujeres representaron 55.674 casos. No obstante, el número de hombres afectados disminuyó un 0,8% respecto a 2023, mientras que el de mujeres aumentó un 19,6% (9.112 más que el año anterior). Por sectores, la industria fue la más perjudicada, con 113.836 trabajadores afectados, incluyendo 99.647 suspensiones de contrato y 5.538 reducciones de jornada, siendo el sector con mayores cifras en ambas categorías. Le siguieron los servicios (69.464 afectados), la construcción (4.213) y el sector agrario (1.690). Sin embargo, el sector con más despidos fue el de servicios, con 26.266 ceses. Si se analiza por actividad económica, el sector de telecomunicaciones lideró los despidos colectivos con 4.337 casos, seguido del comercio mayorista e intermediarios del comercio (2.733) y la fabricación de vehículos de motor, remolques y semirremolques (2.383). En cuanto a las suspensiones de contrato, la industria automotriz fue la más afectada, con 52.724 casos, seguida de la metalurgia (6.900) y los servicios de comidas y bebidas (6.318). Por su parte, las reducciones de jornada fueron más comunes en la fabricación de bebidas (690), la fabricación de material y equipo eléctrico (640) y el comercio mayorista e intermediarios del comercio (596). Al igual que en el caso de los despidos, la principal causa de las suspensiones de contrato y reducciones de jornada fue la disminución de la producción, con 71.978 casos registrados. Las empresas más pequeñas, con menor capacidad de adaptación, fueron las más afectadas por los despidos. Las compañías de hasta 49 empleados acumularon 12.693 ceses, superando a aquellas con plantillas de entre 50 y 249 trabajadores, que registraron 9.999 despidos.

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