(Cinco Días, 14-02-2025) | Mercantil, civil y administrativo

La tasa de variación anual del IPC del mes de enero se situó en el 2,9%

La tasa anual del Índice de Precios de Consumo (IPC) general en el mes de enero fue del 2,9%, una décima superior a la registrada el mes anterior. Los grupos que más destacaron por su influencia en el aumento de la tasa anual fueron: Transporte, cuya tasa anual se incrementó siete décimas, hasta el 1,3%. Este comportamiento se debió a la subida de los precios de los carburantes y lubricantes para vehículos personales, frente a la bajada en enero de 2024. Vivienda, que situó su variación anual en el 7,9%, lo que supuso cinco décimas por encima de la del mes pasado. Este aumento fue debido, en su mayor parte, a la subida de los precios de la electricidad, mayor que en el mismo mes de 2024. Por su parte, entre los grupos con influencia negativa destacaron: Ocio y cultura, que situó su tasa en el 1,9%, 1,3 puntos por debajo de la del mes pasado. Este descenso se debió a los precios de los paquetes turísticos, que bajaron más que en enero del año anterior. La tasa de variación anual de la inflación subyacente (índice general sin alimentos no elaborados ni productos energéticos) disminuyó dos décimas respecto a diciembre, y se situó en el 2,4%. En enero la tasa de variación mensual del IPC general fue del 0,2%. Los grupos con mayor repercusión mensual positiva en la tasa mensual del IPC fueron: Vivienda, con una tasa del 3,8% y una repercusión de 0,461, a causa del incremento de los precios de la electricidad. Transporte, que presentó una variación del 0,8%, debida a la subida de los precios de los carburantes y lubricantes para vehículos personales. Este grupo repercutió 0,112 en el IPC general. Por su parte, entre los grupos con repercusión mensual negativa destacaron: Vestido y calzado, con una variación mensual del -11,2%, debida a las bajadas de precios de la campaña de rebajas de invierno. Este grupo repercutió -0,445 en el IPC general. Ocio y cultura, con una tasa del -3,3%, consecuencia de la bajada de precios de los paquetes turísticos. Este grupo repercutió -0,280 en el IPC general. El IPC registró tasas anuales positivas en todas las comunidades autónomas en enero. País Vasco presentó la tasa más elevada (3,5%) y Canarias la más baja (2,1%). En el mes de enero la tasa de variación anual del IPCA se situó en el 2,9%, una décima más que la registrada el mes anterior. La variación mensual del IPCA fue del -0,1%.

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(Expansión, 13-02-2025) | Fiscal

Hacienda defiende el plan fiscal internacional frente a Trump

El secretario de Estado de Hacienda, Jesús Gascón, resaltó la importancia de respaldar los acuerdos fiscales internacionales ante la posible eliminación del impuesto mínimo en Estados Unidos con la llegada de Donald Trump a la presidencia. Gascón enfatizó la necesidad de "aprender a gestionar la complejidad tanto a nivel nacional como internacional". Asimismo, subrayó la relevancia de apoyar las iniciativas impulsadas por la OCDE y mantenerse abiertos a nuevos debates en foros como Naciones Unidas. "Nos encontramos en un escenario inédito y altamente complejo", afirmó. En este contexto, mostró prudencia al referirse a la posición de Estados Unidos en la reforma fiscal global. "Esto hace que las expectativas de aprobación sean ahora mucho más reducidas", reconoció. Ante este panorama, Gascón propuso una respuesta coordinada a nivel europeo. "Habrá que analizar cuál será la reacción de la Unión Europea. En su momento, se consideró la posibilidad de un impuesto sobre los servicios digitales a nivel comunitario", recordó. En su intervención, también abordó la situación del impuesto a la banca, señalando que este tributo "continúa gravando el margen de intereses y las comisiones", con un esquema progresivo que contempla ciertas deducciones. "Tras su paso por el Parlamento, ha experimentado dos modificaciones importantes: su vigencia se ha fijado en tres años y la recaudación será destinada íntegramente a las comunidades autónomas", explicó. En cuanto al sector de la vivienda, Gascón reconoció la urgencia del problema y lo calificó como "una cuestión de máxima prioridad". Aunque no ofreció detalles concretos, mencionó la posible implementación de "diversas medidas en este ámbito". El secretario de Estado también destacó la necesidad de simplificar la regulación fiscal, en línea con el informe Draghi sobre competitividad en Europa. "Nos encontramos en un entorno regulatorio extremadamente complejo", afirmó. En este sentido, sugirió que las futuras directivas de cooperación administrativa (DAC) deberían orientarse hacia una mayor simplificación. Además, insistió en la importancia de adaptarse a los desafíos de la transición digital y ecológica, "las dos grandes transformaciones" que definirán el futuro económico. Gascón realizó estas declaraciones durante la jornada Novedades en fiscalidad empresarial para 2025, organizada por la Asociación para el Progreso de la Dirección (APD) y PwC. En su intervención, reiteró la complejidad del contexto fiscal global y la necesidad de avanzar en la armonización fiscal dentro de la Unión Europea. "Creemos firmemente en la importancia del multilateralismo", subrayó. Por su parte, Natalia Jaquotot, subdirectora general de Impuestos sobre las Personas Jurídicas en la Dirección General de Tributos (DGT), destacó que la aprobación de la Ley 7/2024, que incorpora la transposición de la directiva del Pilar II, ha supuesto un "alivio" para la DGT, tras la constante presión de la Unión Europea. "La UE nos preguntaba prácticamente a diario cuándo se aprobaría la norma", confesó Jaquotot. Explicó además que, tras su aprobación, se ha iniciado un proceso de "verificación simultánea", que consiste en "completar una serie de cuadros comparativos y presentar documentación a Bruselas" para que la UE valide que la transposición ha sido "plena y correcta". Asimismo, Jaquotot reveló que ya ha comenzado oficialmente el "proceso de revisión transitoria" ante la OCDE, un mecanismo de autoevaluación de la norma. Finalmente, aseguró que la DGT confía en que la Unión Europea considere que la transposición ha sido "completa", lo que permitiría cerrar el procedimiento de infracción abierto contra España.

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(Expansión, 13-02-2025) | Fiscal

El REAF recuerda que, por regla general, los contribuyentes que perciben el SMI no están obligados a presentar la declaración de la Renta

El Registro de Economistas Asesores Fiscales (REAF) recuerda que, en términos generales, quienes perciben el salario mínimo no están obligados a presentar la declaración de la Renta, ya que sus ingresos anuales no superan los 22.000 euros. En este sentido, el Consejo de Ministros aprobó este martes un incremento del 4,4% en el SMI, lo que equivale a una subida de 50 euros mensuales, situándolo en 1.184 euros brutos en 14 pagas, lo que supone un aumento anual de 700 euros hasta alcanzar los 16.576 euros. No obstante, Gimeno recomienda a los contribuyentes que residen en comunidades autónomas donde la cuota a pagar es inferior a 300 euros -como ocurre en Madrid y la Comunidad Valenciana- que presenten la declaración del IRPF para solicitar la devolución correspondiente. Cabe destacar que, aunque en España hay alrededor de 2,5 millones de personas que perciben el SMI, el Gobierno estima que solo un 20% de ellas acabará tributando. Según la Asociación de Técnicos del Ministerio de Hacienda (Gestha), este grupo estará compuesto principalmente por solteros o separados sin hijos ni cargas familiares, así como matrimonios que declaran de forma individual con un hijo en común. El resto de los contribuyentes quedará exento gracias a las deducciones aplicables. Desde la plataforma digital TaxDown, especializada en la gestión y optimización de declaraciones de la Renta, aconsejan a todos los contribuyentes valorar la posibilidad de presentar su declaración, aun cuando no estén obligados, ya que la aplicación de ciertas deducciones podría reducir su carga fiscal. Por su parte, Aitor Fernández, experto fiscal de TaxDown, señala que las comunidades autónomas, al gestionar el 50% del IRPF, tienen la capacidad de ajustar los tramos y tipos impositivos para reducir la carga fiscal sobre las rentas más bajas. "Cada región puede decidir si disminuye el umbral a partir del cual se empieza a tributar o si reduce los tipos impositivos. Ambas opciones dependen exclusivamente de las autonomías y podrían modificarse de cara al próximo año", explica Fernández. Esta posibilidad podría intensificar el debate sobre la fiscalidad del SMI. Hasta ahora, el Gobierno ha ajustado el mínimo exento en función de las subidas del salario mínimo. Sin embargo, tras un incremento acumulado del 61% desde 2018, Hacienda ha rechazado la petición del Ministerio de Trabajo de ampliar la exención fiscal, argumentando que seguir aumentando el SMI sin cambios en la fiscalidad reduciría significativamente la base de contribuyentes sujetos al IRPF. Esta decisión ha generado tensiones dentro del Gobierno de coalición, con el sector socialista manteniendo su postura en contra de la exención, mientras que Sumar cuenta con el respaldo de Podemos, BNG, ERC e incluso el Partido Popular. La presión podría incrementarse si los gobiernos autonómicos también entran en el debate. Por ahora, las diferencias en la tributación serán especialmente notorias en todo el país, dado que muchas personas que perciben el SMI residen en comunidades con regímenes fiscales muy distintos. Por ejemplo, en Cataluña, donde los impuestos son más altos, vive el 12% de los beneficiarios del SMI, el mismo porcentaje que en la Comunidad Valenciana, que aplica algunos de los tipos más bajos junto a Madrid, donde se concentra el 15,7% de los perceptores del salario mínimo. No obstante, Andalucía es la comunidad con mayor número de beneficiarios, alcanzando el 20,7% del total.

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(El País, 13-02-2025) | Fiscal

Los trabajadores afectados por el alza del SMI tendrán que pagar a Hacienda 300 euros, un tipo impositivo de cerca del 43%

El aumento del salario mínimo interprofesional (SMI) hasta los 16.576 euros anuales, lo que supone una mejora de 700 euros al año, se ha visto eclipsado por las diferencias dentro del Gobierno en torno a su tributación en el IRPF. Tras semanas de análisis, el Ministerio de Hacienda ha decidido no ajustar el impuesto sobre la renta a esta subida, a diferencia de lo que había hecho en ocasiones anteriores. Como consecuencia, algunos beneficiarios del SMI deberán tributar por primera vez. El PSOE justifica esta decisión argumentando que, desde 2018, el salario mínimo ha crecido un 61% y ha estado acompañado de diversas reducciones fiscales. Dado que cada vez hay más trabajadores afectados, el Gobierno considera que ha llegado el momento de que el SMI contribuya al IRPF. En el lado opuesto, Sumar, otros socios de la coalición de izquierda y el PP exigen una nueva actualización del impuesto para eximir de tributación el incremento del salario mínimo y han prometido insistir en este asunto. La razón es que los trabajadores afectados por este ajuste, aunque sean pocos, deberán destinar 300 euros de su aumento salarial al pago de impuestos, lo que supone una carga fiscal del 43%, resultado de una anomalía técnica en el cálculo del IRPF. Este porcentaje, inusualmente alto para rentas bajas, es el llamado tipo marginal, que representa el impuesto máximo que un contribuyente puede llegar a pagar en un tramo específico de ingresos. Debido al diseño progresivo del IRPF, el impuesto busca que quienes más ganan contribuyan en mayor proporción. Sin embargo, en ciertos casos concretos, como el de los perceptores del SMI, este tipo marginal se dispara debido a irregularidades en los tramos inferiores del impuesto. Esta distorsión se produce cuando un contribuyente supera determinados umbrales de ingresos, lo que implica que cada euro adicional ganado queda sujeto a una mayor carga fiscal. En general, este fenómeno afecta principalmente a solteros sin hijos (aproximadamente el 20% de quienes reciben el SMI), ya que el resto de trabajadores suele beneficiarse de deducciones fiscales por su situación familiar. El problema surge de la combinación de dos factores. Por un lado, el mínimo exento de tributación, que establece a partir de qué nivel de ingresos se debe pagar impuestos. Hacienda ha decidido mantenerlo en los 15.876 euros actuales, equivalente al SMI vigente en 2024. Por otro lado, están las reducciones aplicables a los rendimientos del trabajo. La interacción entre ambos elementos genera que los trabajadores con ingresos bajos soporten una carga impositiva excesiva en algunos casos, como ocurre con quienes perciben el salario mínimo. Esta distorsión se refleja en que, una vez superados ciertos umbrales, el tipo marginal disminuye significativamente hasta situarse en torno al 30%, para luego aumentar gradualmente a medida que crecen los ingresos. El origen de este problema radica en las reducciones por rendimientos del trabajo, que afectan principalmente a los asalariados. De manera general, todos los trabajadores tienen derecho a una reducción de 2.000 euros. Adicionalmente, quienes perciben hasta 14.852 euros anuales pueden aplicar una reducción de 7.302 euros, que va disminuyendo progresivamente hasta desaparecer en los 19.747,5 euros. En consecuencia, a medida que aumenta el salario, la ventaja fiscal se reduce, lo que provoca que el tipo marginal pueda superar el 40% en ciertos tramos de renta. Si Hacienda mantiene su decisión, los contribuyentes que ganen el nuevo SMI tributarán por los 700 euros adicionales, es decir, la diferencia entre el mínimo exento (15.876 euros) y el nuevo salario mínimo (16.576 euros). Con un tipo marginal del 43%, la retención será de aproximadamente 300 euros. No obstante, si se considera la retención sobre el total de ingresos, el tipo medio de tributación será de apenas el 1,8%. A partir de este punto, otras rentas bajas también experimentarán una carga fiscal similar. Por ejemplo, un trabajador con un salario de 17.000 euros tributará por 1.124 euros y pagará 483 euros a Hacienda, mientras que alguien que gane 18.000 euros abonará 913 euros. Para ingresos de 19.000 y 20.000 euros, los impuestos a pagar serán de 1.343 y 1.773 euros, respectivamente. Cabe señalar que estas cantidades suelen deducirse directamente de la nómina a través de las retenciones aplicadas por los empleadores, ya que los trabajadores con rentas bajas no están obligados a presentar declaración de la renta. El comportamiento irregular del IRPF en estos tramos de ingresos no es nuevo y se ha mantenido a lo largo de los años. En el pasado, Hacienda había ajustado el mínimo exento con cada aumento del SMI para reducir la carga fiscal sobre los salarios más bajos. Así ocurrió en 2024, cuando el salario mínimo y el mínimo exento pasaron de 15.000 a 15.876 euros. Sin embargo, ahora, con la nueva subida, Hacienda considera que el SMI ya debe tributar, de la misma manera que lo hace con las cotizaciones sociales.

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(El Periódico, 13-02-2025) | Fiscal

PP y Sumar coquetean con una pinza en el Congreso para impedir que tribute el SMI

El Gobierno tiene la facultad de bloquear las tres propuestas de ley presentadas por el PP, Sumar y Podemos que buscan mantener exento del IRPF el nuevo salario mínimo interprofesional (SMI) tras el aumento de este año (50 euros al mes). La Constitución, en su artículo 134, establece que cualquier medida que implique un incremento del gasto o una reducción de los ingresos del Estado debe contar con la aprobación del Ejecutivo para su tramitación. En este caso, aceptar la propuesta de estos grupos y ajustar el IRPF a la inflación disminuiría la recaudación, lo que podría servir de argumento al Gobierno para vetarla. Para lograrlo, el Ejecutivo tendría que presentar un veto ante la Mesa del Congreso y evitar así que las proposiciones de ley sigan adelante. Sin embargo, en este órgano parlamentario, Sumar (socio de Pedro Sánchez) y el PP tienen mayoría, y ambos partidos han insinuado que podrían bloquear el intento del Gobierno de frenar estas iniciativas. Si Sumar y el PP se opusieran al veto, permitirían que las propuestas siguieran su curso legislativo. Además, podrían agilizar el proceso reduciendo los plazos para la presentación de enmiendas. Mientras en el PP algunos ven con cierto entretenimiento el enfrentamiento entre Yolanda Díaz (Sumar) y Pilar Alegría (PSOE) tras el Consejo de Ministros -cuando ambas defendieron posturas opuestas sobre la tributación del SMI-, otros en el partido dudan de la autenticidad de este conflicto y lo ven como una estrategia coordinada entre Sumar y el PSOE. El líder del PP, Alberto Núñez Feijóo, ha alimentado esta teoría en la sesión de control al Gobierno, calificando la situación de "paripé" para dar protagonismo a Díaz, cuyo apoyo en las encuestas es débil. Además, ha insinuado que en tiempos de Pablo Iglesias esto no habría ocurrido. Si el Gobierno mantiene su postura de que el aumento del SMI debe tributar, el PP podría buscar una alternativa aprovechando su mayoría absoluta en el Senado. Desde la Cámara Alta, los populares podrían impulsar una norma que esquivara el veto gubernamental y enviarla posteriormente al Congreso. Allí, necesitarían el apoyo de Sumar en la Mesa para acelerar la tramitación y evitar que la propuesta quede paralizada.

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(El Economista, 13-02-2025) | Fiscal

Díaz y la patronal presionan a Hacienda para compensar el alza del SMI en los contratos públicos

El Gobierno aprobó el martes un incremento del 4,4% en el Salario Mínimo Interprofesional (SMI), elevándolo a 1.184 euros brutos mensuales en 14 pagas. Esta subida, respaldada por los sindicatos y basada en la recomendación más alta de los expertos, beneficiará a 2,4 millones de trabajadores. Sin embargo, también agrava la situación de las empresas que prestan servicios a la administración pública, ya que, debido a la Ley de Desindexación y la normativa de Contratos del Sector Público, no pueden trasladar este aumento de costes a sus contratos. Ante esta problemática, las compañías han encontrado en Sumar un aliado en su disputa con Hacienda. La formación política registró este miércoles en el Congreso una proposición de ley para modificar la normativa vigente y permitir la actualización de los precios en los contratos públicos cuando se produzcan incrementos salariales derivados del SMI, convenios colectivos u otras modificaciones legales. Según Sumar, la situación actual genera "graves disfunciones" en la ejecución de los contratos públicos, poniendo en riesgo su viabilidad. El grupo parlamentario argumenta que la falta de mecanismos para revisar el precio de las licitaciones ha llevado a la resolución anticipada de contratos y a que miles de lotes queden desiertos cada año, afectando la prestación de servicios públicos. En 2023, la Oficina Independiente de Regulación y Supervisión de la Contratación (Oirescon) registró 20.609 licitaciones sin adjudicar, cerca del 8% del total. La propuesta de Sumar plantea modificar la ley de contratación pública de 2017 para introducir un artículo que permita la revisión de precios en contratos que destinen más del 30% de su presupuesto a costes salariales. Esta medida excluiría concesiones de obras y servicios, así como contratos de menos de un año. El ajuste no sería automático: la empresa debería solicitarlo al organismo contratante, que dispondría de 10 días hábiles para responder. Además, si no se recibe respuesta en ese plazo, la solicitud se entendería aceptada. También se propone reformar el artículo 100 de la ley para incluir la referencia explícita a los convenios colectivos y garantizar que los costes salariales sean un factor determinante en la revisión de precios. La Ley de Desindexación, impulsada durante el Gobierno de Mariano Rajoy en un contexto de crisis, impide actualmente la actualización de precios en contratos de servicios como limpieza o mantenimiento, sectores con alta demanda de mano de obra y salarios ligados al SMI. En el caso de la construcción, el Ministerio de Hacienda permitió una excepción tras el aumento de costes derivado de la guerra en Ucrania. Sin embargo, la ministra María Jesús Montero ha rechazado aplicar la misma medida a los costes laborales, lo que ha llevado a las empresas a presionar al Ejecutivo para que permita ajustes en contratos afectados por subidas del SMI, cotizaciones y la futura reducción de jornada a 37,5 horas. La modificación de esta norma ha sido una de las condiciones planteadas por CEOE y Cepyme en las negociaciones sobre el SMI, y es una demanda compartida por los sindicatos. CCOO y UGT denuncian que el sector público está contribuyendo a precarizar las condiciones laborales de estos trabajadores, en su mayoría mujeres, al impedir que los incrementos salariales se reflejen en los contratos. Esta situación ha generado dificultades para actualizar los convenios colectivos y ha llevado a la existencia de dos tablas salariales diferenciadas entre empleados de contratas y el resto. Diversas patronales, entre ellas Aeesdap (deportes y salvamento), Aspel y Afelín (limpieza), Aeste y Fed (dependencia), Conacee (centros especiales de empleo), AMI (mantenimiento) y Food Service (restauración colectiva), se han unido en la plataforma AlianzAS para exigir un cambio legislativo. En septiembre, firmaron un documento conjunto con los sindicatos y, en diciembre, se reunieron con la vicepresidenta y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, quien mostró su disposición a impulsar la reforma a través de Sumar. El principal obstáculo sigue siendo Hacienda, que hasta ahora ha sido reacia a modificar la normativa. No obstante, según Javier Sigüenza, secretario general de AlianzAS, en una reunión reciente con representantes del ministerio se percibió "cierta apertura", aunque sin un compromiso en firme. Próximamente, se espera una nueva reunión entre las patronales, los sindicatos y el Ejecutivo. Las empresas valoran este avance, ya que, en años anteriores, sus reivindicaciones no habían sido atendidas. Sin embargo, asumen que cualquier cambio normativo tardará en aplicarse, por lo que, de momento, deberán asumir la subida del SMI sin posibilidad de trasladarla a sus contratos, muchos de los cuales tienen una duración de hasta cinco años. Durante este periodo, el SMI ha aumentado más de un 20% y las cotizaciones han subido con la última reforma de pensiones, lo que ha reducido drásticamente la rentabilidad de estos contratos. La reforma de la Ley de Contratos del Sector Público también fue incluida en el V Acuerdo para el Empleo y la Negociación Colectiva, firmado en 2023 por sindicatos y organizaciones empresariales. En él, se solicitaba la revisión de precios ante cambios normativos o de negociación colectiva que implicasen aumentos de costes laborales, una demanda que ahora cobra más fuerza ante la nueva subida del SMI.

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(El Economista, 13-02-2025) | Fiscal

Hacienda facilita a los nuevos funcionarios la deducción de 4.000 euros en el IRPF por movilidad

El Tribunal Económico-Administrativo Central (TEAC) ha flexibilizado el acceso a la deducción en el IRPF por movilidad geográfica para los nuevos funcionarios. Este beneficio permite a quienes acceden a un puesto en la administración pública en un municipio distinto al de su residencia deducirse hasta 4.000 euros en la declaración de la renta por los gastos derivados del traslado. Sin embargo, hasta ahora, la Agencia Tributaria y la Dirección General de Tributos (DGT) imponían restricciones que dificultaban su aplicación. Ambos organismos exigían que los aspirantes estuvieran inscritos como demandantes de empleo antes de la publicación de la lista de aprobados en las oposiciones. No obstante, el TEAC ha unificado el criterio y ha determinado que es suficiente con que la inscripción en la Oficina de Empleo se realice antes de aceptar el puesto de funcionario. Esta modificación supone un cambio significativo, ya que permite que una persona pueda estar trabajando mientras espera los resultados de su oposición. Una vez publicada la lista de aprobados, podrá dejar su empleo, inscribirse como demandante y, tras aceptar la plaza, beneficiarse de la deducción fiscal. El criterio previo de la Agencia Tributaria y la DGT obligaba a los opositores a no tener empleo hasta conocer los resultados y aceptar el puesto, lo que podía llevar a la pérdida de prestaciones por desempleo en caso de haber rechazado un trabajo temporal. Según la resolución del TEAC del 30 de enero, este requisito resultaba contraproducente, ya que podía desincentivar la aceptación de empleos temporales mientras se esperaba el nombramiento como funcionario de carrera. Por ello, el TEAC establece que el requisito de inscripción en la Oficina de Empleo debe cumplirse antes de la toma de posesión como funcionario, facilitando así el acceso a la deducción fiscal. El tribunal también ha aclarado la aplicación de esta medida en los casos en los que el acceso a la plaza requiera la realización de prácticas o cursos previos. En estos supuestos, el aspirante deberá inscribirse en la Oficina de Empleo antes del inicio de las prácticas. Además, la resolución contempla distintos escenarios de movilidad geográfica: Si tanto las prácticas como el empleo definitivo se desarrollan en el mismo municipio distinto al de residencia habitual, la inscripción deberá realizarse antes del inicio del curso, ya que la deducción solo podrá aplicarse la primera vez. Si las prácticas tienen lugar en una localidad y el puesto definitivo en otra, el opositor también deberá estar inscrito antes de la formación, dado que la deducción solo puede aplicarse una vez (el año del traslado y el siguiente), sin importar posteriores cambios de destino.

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(Expansión, 13-02-2025) | Laboral

El Congreso aprueba la subida de las pensiones y las ayudas al transporte público

El Congreso de los Diputados ha aprobado este miércoles la convalidación del real decreto ley que contempla la revalorización de las pensiones y la prórroga de las ayudas al transporte público, entre otras disposiciones. La única formación que votó en contra fue Vox. Como se esperaba, la norma obtuvo un respaldo mayoritario con 315 votos a favor (procedentes de los socios del Gobierno, junto con PP y Junts), 33 en contra (correspondientes a Vox) y una abstención (de UPN). Además, se ha acordado su tramitación como proyecto de ley, lo que permitirá a los grupos parlamentarios proponer modificaciones. Este decreto incorpora varias medidas que ya figuraban en el anterior decreto 'ómnibus', el cual no logró los apoyos necesarios en el Congreso. No obstante, deja fuera disposiciones como las entregas a cuenta para las comunidades autónomas y las ayudas para la compra de vehículos eléctricos. Durante la defensa del decreto, el ministro de Presidencia, Félix Bolaños, agradeció el respaldo de los grupos parlamentarios que han permitido acabar con una "incertidumbre innecesaria e injustificada". Asimismo, ironizó sobre el cambio de postura del PP, que decidió apoyar la norma cuando su voto ya no era determinante, pese a haber defendido con firmeza argumentos que, según él, resultaron ser "falsos". Desde el PP, el diputado Jaime de Olano justificó el apoyo de su partido al considerar que el decreto incluye tres de sus demandas: la subida de las pensiones, la bonificación del transporte y la ayuda a los afectados por la dana. Sin embargo, señaló que siguen estando en desacuerdo con otras medidas, como la cesión de un palacete en París al PNV. Por su parte, Junts explicó que en esta ocasión respaldó el decreto porque sí hubo negociación previa. Además del PSOE y Sumar, la norma recibió el apoyo de PNV, ERC, Bildu, BNG y Coalición Canaria, aunque algunos de estos grupos criticaron tanto al PP y Junts por haber rechazado el primer decreto como al Gobierno por las medidas que quedaron fuera. Vox votó en contra al considerar que el decreto es una "trampa" y una "vergüenza" que no soluciona el problema de las pensiones. Por su parte, UPN se abstuvo, ya que, aunque respalda algunas medidas, rechaza otras como la eliminación de la rebaja del IVA en los alimentos. El decreto convalidado establece un incremento del 2,8% en las pensiones contributivas y del 9% en las no contributivas, además de la actualización de las bases máxima y mínima de cotización a la Seguridad Social y de las cuantías del Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI), con efectos retroactivos desde el 1 de enero. Asimismo, prolonga las bonificaciones al transporte público, la suspensión de desahucios y lanzamientos por impago de renta para hogares vulnerables, la prohibición de cortar suministros básicos a familias en situación de vulnerabilidad y mantiene el llamado escudo antiopas. El decreto también contempla ayudas para municipios, hogares y empresas afectados por la dana, así como para los damnificados por la erupción del volcán de La Palma. Además, pone en marcha un sistema público de avales y garantías para propietarios e inquilinos.

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(El Economista, 13-02-2025) | Laboral

Las mujeres se quedan con lo peor del empleo en España tras la reforma laboral

La brecha en oportunidades laborales y calidad del empleo entre hombres y mujeres sigue siendo un problema estructural en el mercado de trabajo. A pesar de la reforma laboral y otras medidas de conciliación, esta desigualdad no ha desaparecido, sino que ha cambiado de forma. Un claro ejemplo de ello es que el aumento en la firma de contratos indefinidos entre trabajadoras ha sido 44 puntos porcentuales menor que el registrado entre los hombres. Además, solo 4 de cada 10 empleos estables obtenidos por mujeres son a jornada completa. No obstante, esto no implica una mayor precarización del empleo femenino. De hecho, las mujeres están firmando más contratos fijos que nunca, lo que representa un avance positivo. Sin embargo, siguen estando en desventaja en comparación con sus compañeros varones, lo que exige un análisis detallado que los datos agregados del mercado laboral no siempre reflejan con claridad. En enero de 2025, se firmaron 508.215 contratos indefinidos, lo que supone un incremento del 185% respecto a enero de 2019, el periodo más comparable antes de la reforma laboral y sin la distorsión de la pandemia. En el caso de los hombres, el crecimiento fue del 199,4%, mientras que para las mujeres fue del 155,4%. Actualmente, ellas firman un 34,1% menos de contratos indefinidos que los hombres, una brecha que en 2019 era del 22,9% y que ahora alcanza su nivel más alto desde abril de 2001. Si bien el porcentaje de contratos indefinidos ha aumentado significativamente -pasando del 7,9% en 2001 al 41,9% en la actualidad-, la distribución sigue siendo desigual. Para los hombres, estos representan el 46,2% de los contratos firmados, mientras que para las mujeres apenas llegan al 36,5%. En enero de 2025, las trabajadoras representaron el 45,3% del total de contratos firmados, pero solo el 39,7% de los indefinidos, el nivel más bajo desde 1999. La vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, ha defendido que medidas como la subida del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) y la reducción de la jornada laboral a 37,5 horas tienen un impacto feminista. Y no le falta razón, ya que las mujeres, que perciben salarios más bajos en general, concentran el 63,8% de los contratos a tiempo parcial, la cifra más alta desde 2011. Según la Encuesta de Población Activa (EPA), hay 2,52 millones de mujeres con empleo a tiempo parcial frente a 806.400 hombres. Además, el 44,7% de estas trabajadoras declara que no encuentra un empleo a jornada completa, una cifra incluso superior al porcentaje de mujeres que trabajan a tiempo parcial por responsabilidades familiares. En el caso de los hombres, este porcentaje es del 44%. Aunque esta proporción ha disminuido en los últimos años para ambos géneros, por primera vez desde 2009 es mayor en las mujeres. Esta realidad es aún más llamativa en un contexto en el que muchas empresas reportan dificultades para encontrar mano de obra. El impacto de esta desigualdad va más allá del ámbito social o político y tiene implicaciones macroeconómicas. La incorporación de la mujer al mercado laboral ha sido un motor clave para el empleo en España. Desde 2008, el número de hombres ocupados ha disminuido un 2,6%, mientras que el de mujeres ha aumentado un 17,8%, lo que ha sido fundamental para la recuperación tras la crisis financiera. Sin embargo, si sus empleos son de menor calidad, esto repercute en su capacidad de consumo y en sus decisiones económicas y personales. La reforma laboral ha evidenciado estas desigualdades. Antes de su entrada en vigor, la diferencia en la firma de contratos indefinidos entre hombres y mujeres era menor. De hecho, en 2012, las mujeres llegaron a firmar más contratos indefinidos que los hombres, aunque esto se debió a la regularización de las empleadas del hogar, que obligó a formalizar cientos de miles de contratos para trabajadoras que antes estaban en la economía sumergida. Aquella medida, impulsada por el PSOE en la última etapa de José Luis Rodríguez Zapatero y ejecutada por el PP con Mariano Rajoy, fue un avance significativo para este colectivo, pero tuvo un impacto puntual en las estadísticas. Con la reforma laboral actual, la brecha entre hombres y mujeres en la contratación indefinida ha vuelto a ampliarse. Paradójicamente, en el caso de los contratos temporales, la diferencia de género ha seguido el camino contrario. Históricamente, los hombres han firmado más contratos temporales que las mujeres, con una brecha del 25,6% en enero de 2019. Sin embargo, para enero de 2025, esta diferencia se ha reducido al 2,3%. Este fenómeno se explica en gran parte por la reforma laboral, que restringió la contratación temporal a casos muy específicos en los que no es posible contratar de forma indefinida. Esto ha afectado especialmente a sectores como la construcción y ciertas industrias con predominio masculino, mientras que en sectores como la hostelería, el comercio, la educación, la sanidad y los servicios sociales, donde hay mayor presencia de mujeres, la reducción de la temporalidad ha sido menos pronunciada.

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(El Periódico, 13-02-2025) | Laboral

La regularización de cuotas le sale a pagar a 900.000 autónomos y deberán abonar una media de 450 euros

La Seguridad Social avanza en la fase final del primer proceso de regularización de cuotas para los trabajadores autónomos. Desde la implantación del nuevo sistema en 2023, los empleados por cuenta propia deben cotizar en función de sus ingresos reales, lo que ha llevado a que casi la mitad del colectivo haya tenido que ajustar su cuota mensual, ya sea para aumentar o reducir el importe. En concreto, alrededor de 900.000 autónomos deberán abonar una media de 450 euros antes del 30 de abril para compensar la diferencia entre lo que cotizaron en 2023 y lo que realmente deberían haber aportado, según datos de la Seguridad Social. Por otro lado, el organismo prevé reembolsar, también antes del 30 de abril, un promedio de 600 euros a aquellos autónomos que cotizaron por encima de lo que les correspondía. Estos cálculos han sido presentados por el secretario de Estado de Seguridad Social, Borja Suárez, en una rueda de prensa en la que hizo balance del proceso de regularización. La revisión de datos, realizada en colaboración con la Agencia Tributaria, ha revelado que el 27% de los autónomos pagó de más y el 24% de menos, sobre un total de 3,7 millones de trabajadores por cuenta propia. Para el resto, las cuotas abonadas en 2023 fueron correctas, por lo que no tendrán que pagar ni recibir devoluciones. En total, la Seguridad Social ha detectado que aproximadamente 1,9 millones de afiliados al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) presentaron discrepancias entre sus ingresos y sus cotizaciones. De ellos, unos 890.000 (el 23,85%) cotizaron por debajo de lo que les correspondía, mientras que algo más de un millón (el 26,85%) aportó en exceso. El 49,3% de los autónomos sí cotizó de acuerdo con sus ingresos reales al cierre del año. El nuevo sistema establece que cada trabajador pague una cuota proporcional a sus rendimientos reales, distribuyéndolos en 15 tramos. Los autónomos pueden ajustar su base de cotización cada tres meses para evitar tanto sobrepagos como insuficiencias en sus aportaciones. En esta primera regularización, que se repetirá anualmente al estilo de la declaración de la renta, se ha comprobado que casi la mitad de los autónomos no han ajustado correctamente sus cotizaciones. Entre ellos, hay una ligera mayoría que ha cotizado de más y tendrá derecho a un reembolso medio de 600 euros. Si no solicitan expresamente conservar esa sobrecotización para mejorar sus futuras prestaciones, recibirán el dinero en las próximas semanas. Según la Seguridad Social, aproximadamente la mitad de los que han pagado de más han optado por renunciar a la devolución para consolidar una mayor base de cotización y mejorar su protección social. Por otro lado, unos 880.000 autónomos han cotizado por debajo de lo que les correspondía y deberán abonar una diferencia media de 450 euros. Una vez reciban la notificación, que se prevé enviar a lo largo de marzo, dispondrán hasta el 30 de abril para efectuar el pago. En caso de retraso, se les aplicará un recargo del 20%. Aunque la Seguridad Social no ha diseñado un plan específico para facilitar el pago de estos ajustes, recuerda que la Tesorería ofrece procedimientos habituales de aplazamiento y fraccionamiento de las cotizaciones. Con los datos preliminares ya analizados, la Seguridad Social ha comenzado a notificar progresivamente a los autónomos que cotizaron de más. En las próximas semanas hará lo propio con quienes deben regularizar su situación. Los afectados tendrán la posibilidad de presentar alegaciones si consideran que hay errores en el cálculo.

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