(Cinco Días, 13-02-2025) | Mercantil, civil y administrativo

El coche eléctrico se dispara un 50% en el inicio de febrero pese a la caída del Moves III

El mercado de vehículos eléctricos ha iniciado febrero con un fuerte impulso en las matriculaciones, manteniendo la tendencia de crecimiento que cerró enero. Su cuota de mercado ha alcanzado un 8,1%, un récord sin precedentes en España. Según los datos de Ideauto hasta el 10 de febrero, las ventas de coches eléctricos han aumentado un 49,6%, con un total de 1.276 unidades registradas. Sin embargo, este crecimiento está influenciado por un factor excepcional: la marca italiana Fiat ha entregado cerca de 300 unidades en una flota empresarial, lo que ha impulsado sus cifras y la ha convertido en la firma más vendida dentro del segmento eléctrico. En concreto, Fiat, perteneciente al grupo Stellantis, lideró las matriculaciones en España entre el 1 y el 10 de febrero con 335 unidades de su modelo Fiat 500, lo que representa más de una cuarta parte de los coches eléctricos vendidos en ese periodo. Más allá de esta circunstancia puntual, Tesla se mantiene en los primeros puestos con 175 matriculaciones, logrando una cuota del 13,7% en el segmento eléctrico. De estas, 118 corresponden al Model Y, mientras que el Model 3, el eléctrico más vendido en España en 2023 con 11.043 unidades, no ha alcanzado aún cifras destacadas este año, con solo 52 unidades en febrero. Este descenso podría deberse a retrasos en la llegada de embarques desde China, lo que provoca fluctuaciones en su disponibilidad. Por su parte, Kia continúa entre las marcas más vendidas gracias al EV3, modelo que lideró las ventas en enero y del cual ya se han matriculado 84 unidades en lo que va de mes. No obstante, a medida que avance febrero, es probable que el crecimiento del mercado eléctrico se modere debido a la ausencia de incentivos para la compra. El Plan Moves III, que ofrecía hasta 7.000 euros por achatarrar un vehículo de combustión y permitía deducciones de hasta 3.000 euros en el IRPF, quedó en suspenso tras la derogación del decreto ómnibus en el Congreso el pasado 22 de enero. Días después, el IDAE (Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía), organismo encargado de distribuir los fondos a las comunidades autónomas, emitió un comunicado en el que informaba de la paralización de las ayudas solicitadas hasta esa fecha. Sin embargo, la vicepresidenta tercera y ministra de Transición Ecológica, Sara Aagesen, desmintió esta información y aseguró que el Gobierno trabaja en reactivar los incentivos y que estos cubrirán las solicitudes presentadas en enero. El Ejecutivo tiene previsto lanzar un nuevo programa de ayudas diferente al Moves III, con gestión estatal y entrega directa en el momento de la compra, evitando así los largos plazos de espera actuales. No obstante, aún no se ha definido un calendario concreto para su aprobación, limitándose el Gobierno a señalar que ocurrirá en "las próximas semanas". Esta situación llega en un momento clave para la industria automovilística, que enfrenta una normativa más estricta de emisiones impuesta por Bruselas a través de la nueva regulación CAFE. Esta normativa reduce el límite de emisiones medias de los vehículos nuevos de 115,1 gramos de CO2 por kilómetro a 93,6 gramos. Ante este escenario, fabricantes como Stellantis, Toyota, Mazda, Subaru y Ford han solicitado unirse a un pool liderado por Tesla, permitiendo que sus emisiones sean contabilizadas de forma conjunta en lugar de individualmente. A cambio, Tesla podría recibir hasta 1.000 millones de euros por la venta de sus derechos de emisiones a estas marcas. En contraste, Volkswagen y Renault han rechazado esta opción y han instado a la Comisión Europea a flexibilizar la normativa, algo que podría materializarse en marzo, cuando se presente un plan para mejorar la competitividad de las empresas europeas frente a las de EE.UU. y China.

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(Expansión, 13-02-2025) | Mercantil, civil y administrativo

Las "telecos" tendrán que bloquear los números fraudulentos

A partir de las próximas semanas, las operadoras de telecomunicaciones como Telefónica, Masorange, Vodafone y Digi deberán bloquear los números de teléfono fraudulentos utilizados para cometer estafas mediante la suplantación de identidad de empresas o instituciones. Este tipo de fraude ha crecido un 500% en la última década, según señaló ayer Matías González, secretario general de Telecomunicaciones del Ministerio de Transformación Digital. Estas medidas están recogidas en una Orden Ministerial firmada ayer por el ministro Óscar López, cuyas disposiciones comenzarán a aplicarse 20 días después de su publicación en el BOE. Sin embargo, algunos requisitos que requieren adaptaciones técnicas por parte de las operadoras o de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) contarán con un plazo más amplio para su implementación. El incumplimiento de estas normas será considerado una "infracción grave", lo que, según la Ley General de Telecomunicaciones vigente, puede acarrear sanciones de hasta dos millones de euros. La primera de las medidas obliga a las operadoras a bloquear en sus redes las llamadas o SMS que utilicen numeraciones no asignadas a clientes finales ni a operadores de telecomunicaciones, como aquellas que comienzan con los prefijos 3 o 4. Este bloqueo se aplicará automáticamente desde la entrada en vigor de la orden ministerial. La segunda obligación establece el bloqueo de llamadas y mensajes que provengan del extranjero pero que aparenten utilizar un número español, como aquellos que comienzan con el prefijo +34 91 (Madrid) o +34 93 (Barcelona). No obstante, estarán exentas las llamadas realizadas por usuarios en itinerancia internacional (roaming). Dado que esta medida requiere ajustes técnicos en las redes de las operadoras, su aplicación tendrá un plazo de implementación de tres meses. En tercer lugar, la normativa regula el uso de etiquetas alfanuméricas en los SMS, como "CORREOS" o "C.MADRID", que los estafadores imitan para engañar a los ciudadanos. Para evitar esto, la CNMC creará una base de datos en la que se registrarán y verificarán estos códigos. Aquellos no registrados serán bloqueados, aunque esta medida no entrará en vigor hasta mayo de 2026, ya que se requiere un período de 15 meses para la creación e integración de la base de datos con las operadoras. Adicionalmente, el Ministerio ha prohibido el uso de números móviles para realizar llamadas comerciales. Muchas estafas se producen cuando los ciudadanos reciben llamadas de números móviles desconocidos, lo que dificulta su identificación. Dado que la numeración móvil está destinada a identificar a usuarios finales y no a empresas, su uso en llamadas comerciales quedará prohibido a partir de mediados de mayo, tres meses después de la entrada en vigor de la orden. Por último, la nueva normativa permitirá que los números de tarificación especial, como los 900 y 800, así como los números cortos (por ejemplo, el 1004 de Telefónica), puedan realizar llamadas comerciales. Hasta ahora, estos números solo estaban habilitados para recibir llamadas.

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(El País, 13-02-2025) | Mercantil, civil y administrativo

La subida de los ingresos de las familias superó el 2% en el tercer trimestre de 2024

España ha sido el país de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) donde más han aumentado las rentas disponibles de las familias en el tercer trimestre de 2024 en comparación con los tres meses anteriores. Este incremento, del 2,2%, se ha registrado después de descontar impuestos e inflación y al sumar las prestaciones sociales, como las pensiones. En términos de índice, este nivel ha alcanzado un máximo histórico, situándose más de seis puntos por encima del registrado antes de la pandemia. Según la OCDE, este crecimiento se debe principalmente a los "fuertes aumentos en el ingreso por propiedad". El organismo ha publicado datos de 19 de los 38 países que integran la organización, y en el conjunto del bloque el avance ha sido mucho más moderado, con un crecimiento medio del 0,2% en el mismo periodo. El informe de la OCDE, con sede en París, destaca que el peso de las rentas de la propiedad -que incluyen ingresos por alquileres, intereses o dividendos- en España ha aumentado del 6,6% en el cuarto trimestre de 2019 al 10,4% en el tercer trimestre de 2024, una tendencia que también se ha observado en otros países europeos. "Este crecimiento en la participación de la renta de la propiedad en la composición de los ingresos también se ha registrado en otros lugares de Europa, especialmente en Grecia y Francia, donde ha sido el componente de mayor crecimiento entre finales de 2019 y el tercer trimestre de 2024", señala el documento. Uno de los factores que ha podido impulsar este incremento es la revalorización de los inmuebles en España, que ha experimentado una subida sin precedentes en los últimos años, alcanzando precios similares a los de la burbuja inmobiliaria de principios de siglo. Este fenómeno no es exclusivo del país, ya que el mercado de la vivienda ha mostrado una tendencia alcista en toda Europa, con variaciones según el país y la ciudad. Entre las causas de este fenómeno se encuentran la recuperación de la demanda tras la pandemia, un período en el que los hogares aumentaron sus niveles de ahorro, la escasez de oferta impulsada por el auge del alquiler turístico y la subida de los tipos de interés, que también ha influido en el mercado. Por otro lado, las rentas derivadas de prestaciones sociales, como pensiones y subsidios por desempleo, han reducido su aportación en España tras alcanzar un pico en la última parte de 2020, durante la crisis sanitaria provocada por la pandemia de la covid-19. En cambio, la remuneración de los empleados se ha mantenido estable en el periodo analizado. La renta disponible de los hogares incluye tanto el gasto de consumo final como el ahorro de los hogares, y está compuesta por los ingresos del trabajo y de la actividad económica, así como por las pensiones, otras ayudas sociales y rendimientos de inversiones financieras. Aunque el ingreso medio de las familias ha aumentado ligeramente en el conjunto de la OCDE, la evolución ha sido desigual: 12 países han registrado incrementos, 6 han sufrido descensos y 1 ha permanecido sin cambios. El PIB per cápita de los hogares ha crecido un 0,3% de media en el tercer trimestre de 2024 con respecto al trimestre anterior. Aunque este indicador es similar a la renta real, no son equivalentes, ya que el PIB per cápita mide los ingresos descontando la inflación según el deflactor del PIB. También en este caso, España ha superado la media con un avance del 0,6%, aunque el mayor crecimiento lo ha registrado Irlanda (3,23%), seguida por Lituania, México, Dinamarca, Israel, Países Bajos y Estados Unidos. Después de España, los países que han experimentado los mayores aumentos en la renta real de los hogares han sido Grecia (1,3%) y Canadá (1,15%). Alemania ha registrado un leve avance del 0,1% tras haber sufrido una contracción en el trimestre anterior, mientras que su PIB per cápita ha crecido un 0,9%. En Francia, los ingresos disponibles de las familias han aumentado un 0,7%, acumulando cinco trimestres consecutivos al alza, impulsados principalmente por el crecimiento de los salarios. En este país, el PIB real per cápita ha subido un 0,3%. Italia y Estados Unidos han registrado incrementos más moderados en la renta real per cápita de los hogares, con un 0,4% y un 0,1%, respectivamente. Por el contrario, los descensos más acusados en la renta real de los hogares se han producido en Dinamarca (-1,8%) y Portugal, que también ha experimentado una caída cercana al 1%.

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(El Economista, 13-02-2025) | Mercantil, civil y administrativo

Bruselas lleva a España ante la Justicia europea por no aplicar la directiva europea de préstamos dudosos

La Comisión Europea ha anunciado este miércoles que llevará a España y a otros seis países ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea por no haber incorporado a su legislación nacional la directiva sobre préstamos dudosos. Además, como parte de sus procedimientos de infracción del mes de febrero, Bruselas ha emitido un ultimátum a España por no aplicar la normativa comunitaria destinada a agilizar la concesión de permisos para proyectos de energías renovables. En concreto, el Ejecutivo comunitario ha informado que España, Portugal, Países Bajos, Finlandia, Austria, Bulgaria y Hungría serán llevados ante el Tribunal de Justicia de la UE por no haber adoptado las disposiciones de la directiva sobre préstamos dudosos. Esta normativa, aprobada en 2021, busca desarrollar un mercado secundario eficiente para la compraventa de estos préstamos, estableciendo reglas para su autorización y supervisión. Además, fija criterios armonizados para la comercialización de estos productos financieros dentro de la Unión Europea, garantizando un marco regulador común. La directiva introduce medidas de protección para los consumidores, como la posibilidad de refinanciar créditos, aplazar pagos, modificar los tipos de interés y mejorar la transparencia en la relación con los acreedores. Los Estados miembros tenían hasta el 29 de diciembre de 2023 para implementar estas disposiciones, un plazo que la mayoría ha cumplido. No obstante, España, junto con Bulgaria, Hungría, Países Bajos, Austria, Portugal y Finlandia, aún no ha informado a Bruselas sobre su aplicación. La remisión del caso al Tribunal de Justicia de la UE representa la última fase del procedimiento de infracción de la Comisión Europea. Previamente, Bruselas había enviado cartas de advertencia a estos países el 24 de enero de 2024 y posteriormente dictámenes motivados el 25 de julio de 2024. Al considerar que los esfuerzos de estos Estados han sido insuficientes, la Comisión ha decidido llevar el caso ante la Justicia europea. Además de la acción judicial, Bruselas pedirá que se impongan sanciones económicas a los países incumplidores. El monto de estas multas se calculará en función de la gravedad y la duración del incumplimiento. Por otro lado, la Comisión Europea ha dado un ultimátum a España y a otros siete países por no haber incorporado a su legislación nacional la normativa comunitaria destinada a acelerar la tramitación de permisos para energías renovables. Esta directiva debía haberse adoptado en julio de 2024, y la advertencia de Bruselas marca el segundo paso del procedimiento de infracción. Los países afectados disponen de dos meses para responder y, en caso de no cumplir con la exigencia, podrían ser llevados también ante el Tribunal de Justicia de la UE. El Ejecutivo comunitario ha enviado un dictamen motivado a España, Francia, Italia, Países Bajos, Chipre, Bulgaria, Eslovaquia y Suecia, instándolos a adaptar su normativa a la directiva que agiliza la concesión de permisos para proyectos de energías renovables. Esta directiva introduce modificaciones en la normativa sobre energías renovables, estableciendo procedimientos más ágiles y plazos más cortos para la concesión de permisos, tanto para los proyectos de generación de energía limpia como para las infraestructuras necesarias para su integración en la red eléctrica. Asimismo, la legislación comunitaria establece plazos concretos para la aprobación de proyectos de energías renovables y reconoce que estos, junto con las instalaciones de almacenamiento y redes eléctricas asociadas, son de interés público. También obliga a los Estados miembros a definir "zonas de aceleración de renovables", donde los proyectos puedan beneficiarse de tiempos de tramitación reducidos debido a su bajo impacto ambiental. El proceso de infracción comenzó en septiembre pasado, cuando la Comisión envió advertencias a 26 países por no haber transpuesto completamente la directiva a su ordenamiento jurídico. Tras analizar las respuestas de los Estados miembros, la Comisión ha decidido intensificar su acción contra España, Italia, Chipre, Eslovaquia y Suecia, por no haber notificado las medidas de transposición, y contra Bulgaria, Francia y los Países Bajos, por no haber proporcionado información suficientemente clara sobre su cumplimiento.

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(La Vanguardia, 13-02-2025) | Mercantil, civil y administrativo

Trump anuncia un acuerdo con Putin para negociar el fin de la guerra en Ucrania

El presidente de Estados Unidos, Donald Trump, declaró este miércoles que ha llegado a un acuerdo con su homólogo ruso, Vladímir Putin, para iniciar "negociaciones de inmediato" con el fin de poner término a la guerra en Ucrania. Según Trump, el acuerdo se alcanzó tras una "larga y muy productiva conversación" de 90 minutos con Putin, en la que ambos líderes coincidieron en la urgencia de detener las muertes derivadas del conflicto. Posteriormente, Trump adelantó desde la Casa Blanca que prevé reunirse con Putin, posiblemente en Arabia Saudí, en lo que sería el primer encuentro entre un presidente estadounidense y el líder ruso desde la reunión de Putin con Joe Biden en 2021. El anuncio de las negociaciones ha generado una reacción en los mercados, impulsando el euro hasta los 1,04 dólares, mientras que el precio del petróleo Brent, referencia en Europa, cayó un 2%, situándose en 75,4 dólares. A su vez, los bonos ucranianos en dólares han subido de valor tras los comunicados de ambos mandatarios. Desde el Kremlin han descrito la conversación como "muy extensa", señalando que también se abordaron temas como el intercambio de ciudadanos entre Rusia y EE.UU., el conflicto palestino-israelí y el programa nuclear iraní. El portavoz del Kremlin, Dmitri Peskov, declaró que es posible alcanzar una solución duradera a través de negociaciones de paz en Ucrania y destacó la importancia de la cooperación entre EE.UU. y Rusia. Esta conversación se produce después de que el secretario de Defensa estadounidense, Pete Hegseth, afirmara que no es "realista" esperar que Ucrania recupere sus fronteras previas a 2014, ni que pueda ingresar en la OTAN en el marco de un acuerdo de paz. El conflicto entre Rusia y Ucrania comenzó en febrero de 2022. A principios de este mes, Zelenski informó que 45.100 soldados ucranianos han fallecido y 390.000 han resultado heridos. En diciembre, indicó que las bajas rusas ascendían a 198.000 muertos y 550.000 heridos. Por su parte, Naciones Unidas ha contabilizado más de 12.300 civiles fallecidos desde el inicio de la invasión. Desde la Casa Blanca confirmaron que Trump también conversó con Zelenski, quien calificó la comunicación como "importante" y reafirmó la voluntad de Ucrania de negociar un acuerdo de paz. "Nadie desea la paz más que Ucrania", subrayó el mandatario ucraniano, añadiendo que discutieron las oportunidades para lograr la paz y las capacidades tecnológicas de Ucrania, incluyendo los drones y otras industrias avanzadas. Agradeció, además, el interés de Trump en la cooperación entre ambos países. En el ámbito económico, el secretario del Tesoro de EE.UU., Scott Bessent, está de visita oficial en Ucrania para negociar un acuerdo sobre el suministro de minerales estratégicos, una de las condiciones impuestas por Trump para brindar "un escudo de seguridad" frente a Rusia. "Ucrania posee tierras raras de gran valor y queremos garantías sobre lo que ofrecemos", declaró Trump a inicios de mes. En este contexto, Zelenski adelantó que ambas naciones están trabajando en "un nuevo documento sobre seguridad, cooperación económica y asociación en materia de recursos". También afirmó que Trump le informó sobre su conversación con Putin y que continuarán en contacto para planificar futuras reuniones. El hecho de que Trump haya negociado directamente con Putin sin involucrar previamente a la Unión Europea ha despertado inquietud entre analistas y representantes europeos. El ministro de Defensa neerlandés, Ruben Brekelmans, enfatizó la importancia de alcanzar "un acuerdo sólido para una paz duradera, en lugar de un pacto débil que fomente una mayor agresividad rusa". Por otro lado, Nico Lange, del Center for European Policy Analysis, advirtió que mientras Trump busca "poner fin a una guerra", para Putin se trata de definir "quién dominará Europa en el futuro". En una línea similar, el ministro español de Asuntos Exteriores, José Manuel Albares, insistió en que Ucrania y Europa deben ser parte esencial de cualquier decisión sobre el futuro del conflicto. "Lo crucial no es lo que hagan otros, sino qué papel desempeñaremos los europeos en este proceso".

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(Expansión, 12-02-2025) | Fiscal

La prevención se ha convertido en el principal trabajo de los fiscalistas

Los contribuyentes, tanto empresas como particulares, buscan evitar la incertidumbre y los elevados costes económicos y temporales que conllevan los largos procesos judiciales. En España, un caso que llega al Tribunal Supremo puede tardar más de una década en resolverse. A pesar de los esfuerzos por actuar con cautela, la litigiosidad tributaria sigue en aumento. Las causas principales de este fenómeno son una normativa inestable, la estricta interpretación de la Administración y el exhaustivo control de la Inspección sobre las operaciones. Los expertos en derecho fiscal coinciden en que esta elevada conflictividad no favorece ni a los contribuyentes ni a la Administración. De hecho, el creciente volumen de casos ha llevado a los despachos, tanto grandes como pequeños, a reforzar sus áreas especializadas en procedimientos tributarios. En juego están 11.461 millones de euros, correspondientes a deudas cuya ejecución quedó suspendida en 2021 debido a recursos o reclamaciones. Esta alta litigiosidad tampoco beneficia a la Administración, que en muchas ocasiones debe pagar intereses cuando pierde los procedimientos. "Es un aspecto que la Agencia Tributaria debería mejorar, ya que en numerosos casos los intereses de demora derivan de retrasos en la tramitación de devoluciones o de resoluciones y sentencias desfavorables que obligan a devolver dinero a los contribuyentes", reconocen desde el propio organismo. Entre 2015 y 2021, la Agencia Tributaria ha desembolsado más de 1.628 millones de euros en intereses de demora, con cifras anuales que han oscilado entre los 220 y los 344 millones de euros. Estos datos reflejan que cualquier contribuyente puede enfrentarse a un conflicto con Hacienda, lo que supone un coste tanto financiero como reputacional. ¿Vale la pena litigar contra la Agencia Tributaria? Eduardo de Urbano, of counsel en Kepler-Karst y magistrado en excedencia, sostiene que sí. "Todavía hay esperanza en la Justicia, es importante defenderse ante Hacienda", afirma. Según De Urbano, la Agencia Tributaria ejerce una fuerte presión sobre los contribuyentes para que reconozcan la deuda y acepten su criterio. En los casos de delito fiscal, esta presión es aún mayor. "Las penas pueden llegar hasta seis años de prisión y sanciones de hasta seis veces el importe defraudado. Si el contribuyente acepta la conformidad, la pena y la multa pueden reducirse significativamente", explica. Sin embargo, insiste en que, cuando hay margen, es recomendable defenderse y abordar el caso como cualquier otro proceso penal. "Los tribunales están actuando y merece la pena luchar", señala. No obstante, advierte que los litigios fiscales son complejos y requieren un profundo análisis por parte de jueces y magistrados. "La falta de recursos en la Justicia hace que algunos casos tarden en programarse dos o tres años, y en total, el procedimiento puede extenderse hasta una década", comenta. "No es razonable", añade, "ya que deja al contribuyente en una situación de incertidumbre prolongada y con una gran presión". Ante esta situación, muchos contribuyentes han optado por una estrategia de protección ante posibles litigios: los seguros de responsabilidad fiscal para empresas e inversores. Estos productos, conocidos como tax liability insurance, han ganado popularidad debido a la inestabilidad normativa y la falta de certezas fiscales, permitiendo trasladar el riesgo de un eventual conflicto con Hacienda. "Es una solución innovadora, flexible y eficaz para brindar seguridad a los inversores, ya que convierte una posible contingencia fiscal incierta en un coste fijo y previsible, como es la prima del seguro", explica Ricardo García-Borregón, socio del Departamento de Derecho Tributario de Ashurst. Este tipo de seguro cubre riesgos fiscales en situaciones ambiguas, es decir, casos en los que existe incertidumbre sobre la interpretación de la norma por parte de la Administración o los tribunales. No obstante, no cubre errores evidentes ni actos dolosos o fraudulentos. Las posiciones aseguradas deben estar respaldadas por una interpretación razonable de la normativa y ser validadas por un asesor fiscal externo. Pablo Serrano de Haro, socio global de Fiscal en Clifford Chance, confirma el auge de este producto. "Es una herramienta que utilizamos con frecuencia y que ha funcionado durante años en muchas jurisdicciones extranjeras", señala. A su juicio, "su crecimiento es una muestra de la mayor sofisticación del mercado de fusiones y adquisiciones en España". Mientras tanto, el Tribunal Supremo tiene entre manos un asunto clave para los contribuyentes en litigios fiscales: la legalidad de las sanciones impuestas por la Agencia Tributaria cuando el inspector no encuentra indicios de infracción. Actualmente, se estudia la práctica de algunos inspectores jefes que imponen sanciones sin haber participado en la investigación, desestimando la valoración del inspector encargado del caso.

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(Expansión, 12-02-2025) | Fiscal

El Constitucional sopesa tumbar el alza de los anticipos empresariales a Hacienda

El Tribunal Constitucional, que ya anuló en su momento el incremento de los pagos fraccionados del Impuesto de Sociedades aprobado mediante decreto, deberá ahora pronunciarse sobre la subida incluida posteriormente en los Presupuestos Generales del Estado de 2018. Hacienda se enfrenta nuevamente a un litigio de gran impacto económico en los tribunales. La decisión de endurecer los anticipos tributarios que cada año exige a las empresas a cuenta del Impuesto de Sociedades ha vuelto a ser objeto de análisis en el Tribunal Constitucional. Tras declarar inconstitucional su aprobación por decreto en 2016, el alto tribunal ha aceptado ahora dos recursos que cuestionan la legalidad del incremento incorporado en los Presupuestos de 2018. Los magistrados deberán evaluar tanto la forma en que se aprobó la medida como su impacto de fondo, dado que en su momento se justificó como una vía para recaudar 8.000 millones de euros adicionales. El sistema de pagos fraccionados se introdujo en España en 2012, cuando el Gobierno de Mariano Rajoy estableció un mecanismo de anticipos similar al que opera en el IRPF con las retenciones mensuales de los trabajadores. Inicialmente, el tipo mínimo de adelanto del Impuesto de Sociedades se fijó en el 12%. Sin embargo, en 2016, en plena estrategia del entonces ministro de Hacienda, Cristóbal Montoro, para equilibrar las cuentas públicas, se llevó a cabo una doble modificación del sistema. Con el objetivo de acercar la retención al tipo nominal del impuesto (actualmente del 25% para empresas en general, 23% para pymes y 29% para bancos y petroleras), Montoro elevó el pago fraccionado al 23% de los beneficios o al 24% de la base imponible. Además, amplió el número de empresas obligadas a realizar estos anticipos al reducir de 20 a 10 millones de euros el umbral de ingresos anuales a partir del cual se aplicaba la medida. En 2020, el Tribunal Constitucional declaró inconstitucional esta reforma al considerar que su aprobación a través del Real Decreto-ley 2/2016 vulneraba la normativa vigente. Como consecuencia, Hacienda tuvo que devolver alrededor de 460 millones de euros a las empresas afectadas. No obstante, el Gobierno, consciente de los problemas legales de la medida, ya había intentado consolidar la subida al incluirla en los Presupuestos Generales de 2018. Esta estrategia también fue impugnada por numerosas compañías, que cuestionaron tanto la legalidad del procedimiento como el impacto financiero que suponía la obligación de adelantar estos pagos. Cabe recordar que las empresas realizan tres pagos fraccionados del Impuesto de Sociedades en abril, octubre y diciembre de cada ejercicio fiscal, y la liquidación definitiva se lleva a cabo en julio del año siguiente. Al exigir un adelanto del 24% de la base imponible y aplicar posteriormente deducciones sobre el tipo nominal del 25%, muchas compañías acaban pagando por adelantado más de lo que realmente deben, generando un perjuicio financiero. Este es precisamente uno de los aspectos centrales del conflicto: no solo se discute la forma en que se aprobó la medida, sino también su compatibilidad con el principio de capacidad económica. El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana remitió dos recursos sobre esta cuestión al Tribunal Constitucional, que los ha admitido a trámite. Se espera que el Tribunal Supremo haga lo mismo con un tercer recurso similar, dejando en manos del alto tribunal el futuro de estos pagos fraccionados. "La admisión a trámite de estas cuestiones de inconstitucionalidad es una gran noticia para el sistema de justicia tributaria en España", afirma Jordi de Juan, socio del área Fiscal del bufete Crowe Legal y Tributario. Según su análisis, esta es una oportunidad para que el Tribunal Constitucional se pronuncie no solo sobre la validez formal de la medida, es decir, si los Presupuestos pueden modificar el régimen de pagos fraccionados, sino también sobre su impacto de fondo y si el pago mínimo es compatible con el principio de capacidad económica. De Juan, quien asesora a empresas afectadas por este incremento en los anticipos tributarios, sostiene que "el pago mínimo altera la base imponible del Impuesto de Sociedades al ignorar ciertos ajustes fiscales, como la exención de los dividendos percibidos de filiales, lo que puede generar distorsiones en la tributación real de las compañías". Además, recalca que esta medida obliga a las empresas a adelantar fondos a Hacienda sin obtener contraprestación alguna, lo que en la práctica equivale a otorgar al Estado un préstamo sin coste.

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(El País, 12-02-2025) | Fiscal

Hacienda obligará a tributar por primera vez por el salario mínimo tras negarse a adaptar el IRPF a la subida de 2025

El Ministerio de Hacienda ha decidido finalmente no ajustar el impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF) al incremento del salario mínimo interprofesional (SMI), aprobado este martes por el Consejo de Ministros, según fuentes del departamento. Esta decisión ha generado controversia tanto dentro del Gobierno como en el ámbito económico y académico, ya que supondrá que algunos trabajadores con rentas bajas deban tributar por el SMI por primera vez. Sin embargo, Hacienda argumenta que estos contribuyentes han disfrutado en los últimos años de reducciones fiscales y que el impacto de la medida será limitado, afectando principalmente a trabajadores solteros sin hijos, quienes representan aproximadamente el 20% de los perceptores del SMI, unos 500.000 trabajadores. El nuevo SMI se eleva a 16.576 euros brutos anuales (700 euros más), lo que equivale a 1.184 euros al mes en 14 pagas, con un aumento del 4,4%, superior a la inflación. Su valor diario asciende a 39,47 euros y la tarifa por hora pasa de 8,87 a 9,26 euros. Desde Hacienda, recuerdan que cuando Pedro Sánchez asumió la presidencia del Gobierno, el SMI se situaba en 10.303 euros anuales, por lo que el incremento acumulado alcanza el 61%. Además, defienden que aquellos que ahora serán objeto de retención pagarán significativamente menos impuestos que bajo el sistema vigente en la anterior administración del PP. Por ejemplo, un trabajador con pareja y un hijo menor de tres años seguirá exento de retenciones gracias a las reducciones aplicadas en los últimos años, cuando sin estos beneficios tendría que pagar 839 euros anuales. En el caso de un contribuyente con pareja y un hijo mayor de tres años, la retención será de 99 euros, en lugar de 1.109 euros. Tradicionalmente, Hacienda ha ajustado los umbrales de exención del IRPF para evitar que los perceptores del SMI tengan que tributar. Sin embargo, en esta ocasión, ha optado por mantener el umbral actual, lo que significa que algunos trabajadores con el nuevo SMI deberán pagar IRPF por el excedente. La mayoría lo hará a través de retenciones en la nómina, dado que estos empleados suelen estar exentos de presentar la declaración de la renta. Los más afectados serán los solteros sin hijos, que no pueden beneficiarse de deducciones familiares y verán aumentar su retención de 0 a 300,03 euros. Aun así, Hacienda recalca que esta cifra sigue siendo mucho menor que los 1.324,42 euros que se habrían pagado en 2018 con el mismo nivel salarial. Desde que el grupo de expertos del Ministerio de Trabajo propuso la subida del SMI a principios de enero, Hacienda consideró la posibilidad de no vincular el IRPF a este aumento, lo que generó tensiones dentro del Gobierno. La semana pasada, la vicepresidenta primera, María Jesús Montero, pidió evitar "discursos populistas", un comentario que se interpretó como una respuesta a la vicepresidenta segunda, Yolanda Díaz, quien había afirmado que "la justicia fiscal empieza por los de arriba". Díaz reiteró su postura este martes en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, señalando que "una peluquera en España tributa al 17,5% y una gran corporación lo hace al 3,8%". Además, criticó que se haya aprobado una desgravación del 100% del IRPF para los propietarios que alquilen viviendas. La vicepresidenta segunda subrayó que no hubo debate sobre la exención en el Consejo de Ministros y que se enteró de la decisión a través de la prensa. "Los españoles deben conocer las posturas de cada partido en esta materia. Nosotras somos claras: queremos que quien más tiene aporte más y que las rentas de 16.500 euros al año estén exentas", afirmó. Algunos expertos sostienen que, dado el incremento del 61% en el SMI desde 2018, es razonable que este empiece a tributar, ya que una nueva exención reduciría aún más los ingresos fiscales. Hacienda parece compartir esta visión, mientras que Trabajo defiende actualizar el mínimo exento para que los trabajadores con bajos ingresos perciban íntegramente la mejora salarial. Como el umbral de exención se mantiene en el nivel anterior, la parte del salario que lo supere quedará sujeta a tributación. Esto provocará un aumento en las retenciones de IRPF, especialmente en las declaraciones individuales de solteros sin hijos, debido a la estructura de los tipos impositivos, que pueden alcanzar hasta el 43%. Sin embargo, el impacto será mucho menor para los trabajadores con cargas familiares, gracias a las deducciones disponibles. El propio informe de los expertos del Ministerio de Trabajo asumía que, tras el incremento de 2025, el nuevo SMI estaría sujeto a retenciones. No obstante, estimaban que el 80% de los perceptores del SMI no se verían afectados debido a su situación personal y familiar. Dado que aproximadamente 2,5 millones de trabajadores cobran el salario mínimo, se calcula que el impacto fiscal del IRPF recaerá sobre unos 500.000 contribuyentes.

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(El Economista, 12-02-2025) | Fiscal

Tributos aclara la exención en el IRPF por reinvertir en vivienda habitual si el inmueble está en construcción

La Dirección General de Tributos (DGT) ha precisado los requisitos para que la ganancia obtenida por la venta de una vivienda habitual quede exenta en el IRPF cuando se reinvierte en otra vivienda en construcción, lo que puede implicar demoras en la entrega. En una consulta del 9 de diciembre, Tributos establece dos condiciones para que el contribuyente no tenga que tributar si adquiere una vivienda en construcción. La primera es que debe reinvertir la totalidad del importe obtenido por la venta dentro de los dos años siguientes. Si solo destina una parte del dinero a la nueva vivienda a través de pagos parciales, únicamente quedarán exentos de tributación los importes abonados dentro de ese periodo. La segunda condición es que la construcción de la vivienda finalice en un plazo máximo de cuatro años desde la inversión. Si se supera este plazo, la ganancia generada por la venta de la primera vivienda deberá tributar en el IRPF. En ese caso, el contribuyente tendrá que presentar una declaración complementaria correspondiente al año de la venta y abonar el impuesto adeudado junto con los intereses de demora. Sin embargo, existen dos excepciones que permiten extender el plazo sin que la ganancia quede sujeta a tributación. Si el promotor entra en concurso de acreedores, el plazo se amplía automáticamente otros cuatro años. Asimismo, si las obras se interrumpen por causas ajenas al contribuyente, este podrá solicitar a la Administración una prórroga del plazo. Este es el nuevo criterio establecido por Tributos respecto a la exención de la ganancia patrimonial cuando se reinvierte en una nueva vivienda habitual en construcción. En caso de que la reinversión se realice en una vivienda ya terminada, el contribuyente dispone únicamente de dos años para destinar el total del dinero obtenido en la venta. Cualquier importe que se invierta una vez transcurrido este plazo deberá tributar en el IRPF.

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(Expansión, 12-02-2025) | Laboral

Comercio y la hostelería, los sectores más beneficiados con la subida del SMI

La clasificación salarial proporcionada por la Encuesta de Población Activa (EPA), elaborada por el Instituto Nacional de Estadística (INE), refleja cómo la subida del salario mínimo ha impactado en los distintos sectores. Los últimos datos disponibles, correspondientes a los sueldos de 2023, permiten analizar esta cuestión desde dos perspectivas: en primer lugar, el nivel medio de remuneración en cada rama de actividad, donde los salarios más bajos son los más propensos a beneficiarse de la revalorización; en segundo lugar, la proporción de trabajadores situados en los deciles de renta más bajos dentro de cada sector. Desde el primer punto de vista, los sectores más afectados son aquellos con los salarios más bajos. Entre ellos destaca el empleo doméstico, con una remuneración media de 1.014 euros mensuales en doce pagas, siendo el más bajo de los veinte sectores analizados. Le siguen la hostelería (1.455 euros), la agricultura (1.561 euros), las actividades administrativas (1.615 euros), la categoría de "otros servicios" (1.705 euros), las actividades artísticas (1.716 euros) y el comercio (1.815 euros). Estos sectores, al contar con sueldos más bajos, concentran un mayor número de trabajadores que se beneficiarán del incremento del salario mínimo. Desde la segunda perspectiva, el desglose por deciles de renta permite identificar con mayor precisión los sectores más favorecidos por la subida. Los más afectados directamente por el nuevo salario mínimo de 1.381 euros mensuales en doce pagas son aquellos situados en los dos primeros deciles de renta, con sueldos medios de 645 y 1.210 euros al mes. También se verán impactados algunos trabajadores del tercer decil, que tiene una media de 1.434 euros, aunque el desglose estadístico no permite cuantificarlos con exactitud. En términos de volumen de trabajadores en los niveles salariales más bajos, los sectores más afectados son el comercio y la hostelería, que representan el 18,3% y el 15% respectivamente, sumando en conjunto un tercio (33,3%) de los beneficiarios directos de la subida. A continuación, se encuentran las actividades administrativas y el empleo doméstico, ambos con un 10%. En total, estos cuatro sectores agrupan más de la mitad de los trabajadores que recibirán un incremento salarial. En un nivel inferior, se encuentran los empleados de la educación (5,4%), la industria manufacturera (5,3%), la agricultura y las actividades artísticas (4,2% cada una) y "otros servicios" (3,8%). El sector agrícola presenta un caso particular. Aunque no aparece entre los sectores más afectados en términos absolutos, el Gobierno ha señalado que muchos trabajadores agrícolas se beneficiarán de la subida, mientras que los empresarios del campo, como la organización Asaja, han manifestado preocupación por el impacto en sus costos laborales. Para comprender mejor la repercusión en este sector, es importante analizar los datos con más detalle. Si bien los trabajadores agrícolas en los dos primeros deciles de renta representan el 4,2% del total de los asalariados de bajos ingresos, dentro del propio sector agrícola, ganadero, pesquero y forestal, este grupo constituye el 34% de su fuerza laboral. En otras palabras, aunque su peso relativo en la estadística general no es especialmente alto, la subida del salario mínimo afecta a más de un tercio de todos los empleados del sector agrícola.

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