(El Economista, 28-10-2024) | Laboral
El Ministerio de Seguridad Social está trabajando en un proyecto de real decreto para regular el acceso a la nueva modalidad de jubilación anticipada en ocupaciones de alto riesgo, insalubridad o penosidad. A través de coeficientes específicos que se definirán en un reglamento posterior, se reducirá la edad de retiro para asalariados, autónomos y trabajadores del sector público en determinadas profesiones. Durante los próximos meses, la Administración deberá elaborar informes que permitan a cuatro ministerios seleccionar los sectores que podrán acceder a la jubilación a partir de los 52 años, como ya ocurre en casos como los de los mineros, personal de vuelo y trabajadores del mar.
La ministra Elma Saiz tendrá que designar, en un plazo de tres meses desde la publicación del decreto, a los representantes de los ministerios de Seguridad Social, Trabajo, Función Pública y Hacienda, quienes, junto con representantes de los agentes sociales, formarán parte de la Comisión de Evaluación, encargada de revisar las solicitudes previstas en la normativa.
Este grupo analizará informes que detallen cómo las exigencias físicas o psicológicas de cada ocupación impactan en la morbilidad, siniestralidad o secuelas de quienes ejercen estos trabajos, tanto en el sector privado como público. La norma diferencia entre puestos con altas tasas de mortalidad a cierta edad y aquellos cuyos efectos no están ligados a la edad específica.
Actualmente, la jubilación anticipada desde los 52 años ya se aplica en varios sectores, como la minería, el personal de vuelo, el sector ferroviario, los cuerpos policiales como la Ertzaintza, Policía Local, Mossos d'Esquadra, Policía Foral de Navarra, bomberos públicos y artistas taurinos. Colectivos como camareras de piso ('kellys'), cuidadoras y conductores profesionales también han participado en las conversaciones para sumarse a estos sectores y beneficiarse de los coeficientes que reducirán la edad de jubilación, cuyo desarrollo normativo está previsto para el próximo año.
Sin embargo, la jubilación anticipada no estará disponible para todos los trabajadores de un sector. Las organizaciones empresariales y sindicales deberán presentar una solicitud y justificación en nombre de asalariados y autónomos, mientras que el sindicato mayoritario lo hará para los empleados públicos. La Seguridad Social también podrá actuar de oficio a pedido de alguna de las partes, según señala la normativa.
El reglamento establecerá distintos adelantos de jubilación en función del impacto del riesgo, penosidad o toxicidad de cada sector, basándose en indicadores objetivos de bajas o mortalidad, y será revisado cada diez años. Para acceder a esta modalidad de jubilación, el trabajador deberá acreditar un tiempo mínimo de actividad en el sector y solo podrá optar a la jubilación anticipada si no existe la posibilidad de recolocarse en otro puesto.
Para financiar el adelanto en la jubilación, tanto trabajadores como empresas asumirán una cotización adicional que cubra los años de anticipación, manteniendo el equilibrio financiero del sistema. La Seguridad Social estima que los ajustes en cotizaciones por contingencias comunes bastarán para asegurar que la medida tenga un impacto neutro en las cuentas públicas, evitando la necesidad de recurrir a impuestos o fondos adicionales. Se prevé un coste administrativo de 163.739 euros debido al volumen de solicitudes que se espera procesar en poco tiempo, según la memoria económica que acompaña al proyecto de real decreto.