(El Economista, 08-04-2025) | Laboral
La nueva reforma que mejora la compatibilidad entre la pensión de jubilación anticipada o parcial y el empleo, recién entrada en vigor, podría tener un impacto significativo en las cifras de desempleo. Esto se debe a que también permite una mayor convivencia entre las pensiones y el cobro de prestaciones o subsidios por desempleo. De hecho, en 2024, una media mensual de 249.492 personas jubiladas o pensionistas estaban inscritas como demandantes de empleo en los servicios públicos, aunque no computaban como desempleadas. Esta cifra supone un aumento del 10,7% respecto a 2023. Sin embargo, al examinar los datos más a fondo, surgen dudas, ya que podrían estar incluyendo a personas eliminadas automáticamente del paro al superar los 65 años, pero que aún no tienen derecho a jubilarse.
El Anuario de Estadísticas Laborales del Ministerio de Trabajo señala que los jubilados y pensionistas constituyen el grupo más numeroso entre los "excluidos del paro registrado", por detrás de los 687.884 trabajadores con contratos fijos discontinuos y los 440.559 demandantes ocupados. A diferencia de estos últimos, está claro que los pensionistas no están trabajando, aunque esto no evita que surjan interrogantes sobre su situación.
Según la definición oficial del Ministerio, este grupo abarca a los "demandantes que son pensionistas de jubilación, gran invalidez o invalidez absoluta, y aquellos con 65 años o más". No incluye a quienes reciben pensiones compatibles con un empleo, como la de viudedad, que también pueden percibir prestaciones por desempleo. Sin embargo, tal como está formulada la definición, también agrupa a personas mayores que aún no se han retirado oficialmente.
Estos jubilados y pensionistas no figuran en las estadísticas del paro registrado por la misma normativa de 1985 que excluye a los trabajadores fijos discontinuos inactivos y a los beneficiarios del PER. En su caso, se considera que no están disponibles de forma inmediata para trabajar o que se encuentran en una situación incompatible con la actividad laboral. Esta consideración también se extiende a todos los mayores de 65 años, estén jubilados o no.
Cuando se estableció esta excepción, los 65 años eran la edad legal de jubilación, por lo que los registros del Anuario agrupan a todos estos perfiles bajo el mismo epígrafe. Sin embargo, esa realidad ha cambiado: desde 2013 la edad de jubilación se ha ido retrasando gradualmente y alcanzará los 67 años en 2027. A pesar de ello, la estadística aún utiliza el umbral de los 65, lo que hace que el sistema resulte cada vez más desfasado.
La exclusión de estos perfiles ha pasado casi desapercibida, aunque ha reducido el paro registrado entre un 2,5% y un 3% incluso antes del cambio legal. Antes de 2013, solo una vez se superó ese nivel, en 2004, cuando se alcanzó el 3,04% con 50.400 demandantes. En la actualidad, la proporción asciende al 9,5%, con casi 250.000 personas, y ha crecido con fuerza desde la pandemia. La cifra de 2024 es la más alta desde que existen registros (desde 2001) y triplica la que había cuando se inició el retraso progresivo en la edad de jubilación.
En términos absolutos, el número de demandantes ha duplicado el de 2013, aunque no ha batido el récord de 2021, cuando se registraron 287.970, impulsados por el aumento de procesos de incapacidad durante la pandemia. Eliminando este efecto, se observa un claro crecimiento respecto a hace cinco años, coincidiendo con un mayor peso de los desempleados mayores en el total del paro registrado.
Aunque el Anuario no desglosa cuántos demandantes y desempleados tienen más de 65 años, sí deja claro que los mayores de 60 representan el grupo más amplio en ambas categorías: suman 776.113 demandantes (17,8%) y 439.345 parados (16,7%). Aun así, su crecimiento ha sido más moderado que el de los jubilados y pensionistas fuera del conteo oficial del paro.
Si este aumento se debe a personas mayores de 65 que aún no pueden jubilarse por no haber alcanzado la edad legal (que en 2025 será de 66 años y 8 meses), o por no haber cotizado lo suficiente (38 años y 3 meses), o simplemente no quieren aceptar las penalizaciones por una jubilación anticipada, se estaría produciendo un importante desfase estadístico. Estas personas, situadas entre los 65 años y la edad legal de retiro, podrían considerarse "prejubiladas" si están cobrando prestaciones sin intención de reincorporarse al mercado laboral -aunque figuren como demandantes-, o bien podrían ser desempleados reales en busca activa de empleo.
Otra cuestión sin resolver es cuántos de estos "jubilados y pensionistas" reciben realmente una prestación o subsidio, y cuántos están registrados en los servicios de empleo únicamente para recibir ofertas laborales o participar en cursos formativos. En cualquier caso, si nos centramos en los pensionistas ya jubilados, el tema adquiere relevancia porque algunos pueden compatibilizar una prestación de desempleo con su pensión, especialmente en el caso de las jubilaciones parciales. Esta situación se vincula directamente con el reciente cambio legal.
La compatibilidad también se extiende a pensiones por invalidez, si esta no impide el desempeño de otras actividades distintas a aquellas que causaron la incapacidad. Igualmente aplica a las pensiones de viudedad, que no están incluidas en la categoría de excluidos, ni tampoco aquellas que paga un país extranjero. Estudiar la evolución de este colectivo resulta clave no solo para clarificar su influencia en los datos de desempleo, sino también para estimar el impacto económico sobre el sistema de protección por desempleo -que, como informó elEconomista.es, ya presentó déficit en febrero- y sobre la Seguridad Social. Además, permite entender mejor las verdaderas posibilidades de retrasar voluntariamente la jubilación cuando no se encuentran oportunidades laborales.