(Expansión, 20-11-2024) | Fiscal

El G20 insiste en la creación de un impuesto global a las grandes fortunas

Los países del G20 expresaron este lunes su respaldo a la implementación de una "tributación progresiva" que permita que las personas más ricas contribuyan de manera más efectiva al pago de impuestos. Asimismo, acordaron continuar analizando la propuesta de Brasil para la posible creación de un impuesto global dirigido a los superricos. "Respetando plenamente la soberanía fiscal, buscaremos colaborar para asegurar que quienes poseen un patrimonio neto extremadamente elevado tributen de forma efectiva", señala la declaración final del foro, publicada al término del primer día de la cumbre del G20 en Río de Janeiro. Esta mención, de carácter general, hace referencia a la iniciativa presentada por Brasil, que propone la negociación de un acuerdo o tratado internacional para evitar que los multimillonarios evadan impuestos transfiriendo sus fortunas a países con legislaciones fiscales más laxas. De acuerdo con la propuesta brasileña, un impuesto global del 2 % aplicado a las fortunas de aproximadamente 3.300 multimillonarios podría generar entre 200.000 y 250.000 millones de dólares anuales. Estos fondos se destinarían a programas para combatir la pobreza, el hambre y el cambio climático. "Esperamos seguir discutiendo estos temas en el G20 y en otros foros relevantes, contando con el apoyo técnico de organizaciones internacionales, la academia y especialistas", afirmaron los líderes en el documento. Brasil ya ha iniciado conversaciones con un grupo de trabajo de la ONU sobre fiscalidad justa, con los países miembros de la OCDE y con Sudáfrica, que asumirá la presidencia del G20 en diciembre, para garantizar que el debate continúe en el foro. La inclusión de este tema en la agenda del G20 y el eventual inicio de negociaciones, que podrían extenderse durante años, fueron considerados un logro por la presidencia brasileña del foro. Los líderes del G20 destacaron que la cooperación en esta materia podría incluir el intercambio de mejores prácticas, el diseño de mecanismos para combatir la evasión fiscal y el análisis de prácticas fiscales perjudiciales. Coincidieron en que la tributación progresiva es una herramienta clave para reducir desigualdades, fortalecer la sostenibilidad fiscal, fomentar un crecimiento económico inclusivo y equilibrado, y avanzar en el cumplimiento de los objetivos de desarrollo sostenible. En esta línea, felicitaron a países como España por implementar reformas fiscales enfocadas en disminuir desigualdades y promover sistemas tributarios más equitativos. La redacción general y flexible de la propuesta permitió su aprobación, pese a la oposición de países como Estados Unidos y Alemania a la creación del impuesto global. Por su parte, el presidente de Argentina, Javier Milei, quien también se ha mostrado contrario a esta medida y a cualquier tipo de intervención estatal en la economía, aclaró en un comunicado que apoyó la declaración únicamente para no bloquear el consenso, aunque no está de acuerdo con varios puntos del texto.

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(Expansión, 20-11-2024) | Fiscal

Las empresas españolas lideran a nivel mundial en transparencia y sostenibilidad fiscal

El informe Global Tax Transparency and Tax Sustainability, elaborado por PwC Tax & Legal, analiza 872 empresas en 21 jurisdicciones y destaca que España se posiciona como líder en transparencia fiscal. Con una puntuación del 66,6%, España supera ampliamente a otros países como Alemania (50,2%), Reino Unido (44,3%) y Dinamarca (41,3%). Además, cuatro de las diez primeras posiciones del ranking global están ocupadas por multinacionales españolas, aunque el informe no especifica sus nombres por motivos de privacidad. Este liderazgo se atribuye tanto al desempeño empresarial como al sólido marco normativo español en materia de gobierno corporativo y fiscalidad. "El estudio demuestra que las empresas españolas son referentes globales, pero queda camino por recorrer, especialmente en el contexto de la aplicación de la Directiva de Información sobre Sostenibilidad Corporativa", explica Francisco González Fernández-Mellado, socio responsable de NewLaw, Tax Reporting & Strategy en PwC Tax & Legal. Sin embargo, este avance tiene lugar en un contexto de inestabilidad. Según Javier González Carcedo, socio de Fiscal y responsable de Mercados de PwC, "la polarización política está debilitando la seguridad jurídica del sistema fiscal, generando incertidumbre entre empresas, inversores y ahorradores". Además, menciona el posible impacto de aranceles internacionales dependiendo de los resultados electorales en Estados Unidos, lo que refleja la interrelación entre fiscalidad y sostenibilidad. El informe subraya que las iniciativas de gobierno corporativo e información fiscal en España, junto con las normativas de la UE y los estándares como el GRI 207, están impulsando prácticas de transparencia entre las empresas españolas. Este estándar, ampliamente utilizado, fomenta la publicación de información no financiera. Desde la perspectiva de sostenibilidad, Francisco González Fernández-Mellado enfatiza que "la fiscalidad debe considerarse un elemento estratégico para las empresas". Además de los impuestos que estas soportan, también juegan un rol clave en la recaudación de tributos como el IRPF o el IVA, colaborando directamente con el Estado. En España, la Ley de Sociedades de Capital establece desde 2015 ciertas responsabilidades clave para los consejos de administración de las empresas cotizadas. Estas incluyen gestionar y controlar los riesgos fiscales, aprobar inversiones con riesgos significativos y evitar operaciones complejas que puedan comprometer la transparencia. También deben definir la estrategia fiscal de la empresa y garantizar la supervisión de riesgos fiscales a través de los comités de auditoría. Asimismo, están obligadas a divulgar información fiscal país por país, como beneficios antes de impuestos y el impuesto sobre sociedades pagado. El Código de Buenas Prácticas de la Agencia Tributaria Española también fomenta la cooperación voluntaria entre empresas y autoridades fiscales. Según el informe, el 86% de las empresas del Ibex 35 está adherido a este código, y un 66% presenta informes de transparencia fiscal anuales, aunque no sea obligatorio. El documento destaca además la norma UNE 19602 de cumplimiento fiscal, que proporciona directrices para que las empresas implementen sistemas para gestionar riesgos fiscales y promover buenas prácticas. Cada vez más organizaciones están adoptando esta normativa como parte de su compromiso con la transparencia y el cumplimiento fiscal voluntario.

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(Expansión, 20-11-2024) | Fiscal

El Gobierno promete un año más de gravamen a las energéticas para que sus socios apoyen el tipo mínimo a multinacionales

Cuando parecía que el proyecto de ley para transponer el tipo mínimo global del 15% para multinacionales exigido por la Unión Europea estaba al borde del fracaso, Hacienda decidió maniobrar prometiendo extender un año más el impuesto a las energéticas para contentar a los socios de la izquierda, al tiempo que ofrecía a las derechas incentivos fiscales para las empresas afectadas y planteaba endurecer el gravamen a la banca. Esta estrategia busca recomponer los apoyos a una iniciativa clave en medio del desgaste del bloque de investidura. "La actitud del Gobierno es como si estuviéramos en una lonja, donde lanza propuestas y los grupos tienen que competir para mejorarlas", expresó Gabriel Rufián, portavoz de ERC, reflejando el descontento generalizado. Incluso Sumar, el socio menor del Ejecutivo, criticó al PSOE por priorizar las demandas de Junts y PNV, como eliminar el impuesto a las energéticas, antes de integrar las propuestas de su propio bloque. La tensión alcanzó su punto álgido cuando ERC, Bildu y BNG bloquearon el lunes el nuevo tributo a la banca y amenazaron con rechazar todo el proyecto si no se reinstauraba el impuesto a las energéticas. Ante la negativa de la izquierda a ceder, y bajo las acusaciones del PP de "secuestro" tras un receso que se prolongó hasta la madrugada, Hacienda reaccionó prometiendo prorrogar el impuesto extraordinario a las energéticas hasta finales de 2025 mediante un Real Decreto-ley. Sin embargo, para evitar un choque con Junts, aseguró que se mantendrían los incentivos fiscales para las empresas que inviertan en descarbonización. El objetivo es equilibrar la balanza: extender el tributo pero con exenciones fiscales para minimizar el impacto en empresas como Repsol, que han advertido sobre posibles deslocalizaciones. Esta concesión fue suficiente para ERC, Bildu y BNG, pero Unidas Podemos rechazó la propuesta al considerarla insuficiente sin garantías de que Junts apoyará posteriormente el decreto, lo que pone en riesgo la reforma fiscal en la votación del jueves. Míriam Nogueras, portavoz de Junts, criticó que algunos partidos "dejaron todo para última hora" y sugirió que la reforma se aprobará en los términos negociados por su grupo, sin aclarar su postura sobre el decreto del impuesto a las energéticas. Paralelamente, el Gobierno ofreció endurecer el gravamen a la banca, elevando del 6% al 7% la tasa máxima para las mayores entidades, como gesto hacia los partidos de izquierda. A pesar de las incertidumbres, la Comisión de Hacienda dio luz verde al proyecto, que incluye la transposición de la directiva europea, junto con medidas como el incremento del IRPF para ahorros superiores a 300.000 euros, un impuesto a los vapeadores, mayores tributos al tabaco, rebajas en el Impuesto de Sociedades para pymes y cooperativas, deducciones en eficiencia energética y beneficios fiscales para artistas y entidades deportivas sin ánimo de lucro. Este paquete se someterá a votación final en el Congreso. La gran duda es si las últimas concesiones bastarán para reactivar mañana el impuesto a la banca y garantizar la prórroga del tributo a las energéticas, tras ser rechazados el lunes. En cambio, medidas como la equiparación fiscal del diésel a la gasolina, la eliminación de beneficios para las Socimis, el IVA del 21% para pisos turísticos o el impuesto a bienes de lujo parecen destinadas al fracaso.

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(Expansión, 20-11-2024) | Fiscal

¿Hay que pagar el IVA por el alquiler turístico? Tributos aclara cuándo

El aumento en la cantidad de viviendas destinadas al alquiler turístico ha generado un incremento en las consultas dirigidas a Hacienda sobre su tratamiento fiscal. Recientemente, la Dirección General de Tributos (DGT) se ha pronunciado sobre la aplicación del IVA en este tipo de servicios. Según los expertos de Audiconsultores ETL Global, la DGT ha establecido los criterios para determinar cuándo el alquiler de viviendas turísticas está sujeto o exento de IVA. En la consulta V1099-24, relacionada con una sociedad arrendadora que ofrece servicios adicionales como limpieza, cambio de ropa de cama y toallas, conserjería, consigna de equipajes, recepción operativa todo el año, gestión de taxis, información turística, impresión de documentos y atención multilingüe disponible las 24 horas, la DGT concluye que este tipo de arrendamiento no está exento de IVA. Considera que se trata de servicios propios de la industria hotelera, por lo que corresponde aplicar un tipo reducido del 10%. Por otro lado, en la consulta V1096-24, que aborda el caso de un arrendador que únicamente ofrece atención telefónica 24 horas y asistencia durante la estancia, la DGT determina que estos servicios no son característicos de la industria hotelera. En consecuencia, este arrendamiento está exento de IVA. Sin embargo, Tributos aclara que esta exención no afecta a los posibles servicios adicionales que puedan ofrecerse de forma independiente, los cuales deberán tributar según corresponda.

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(El Economista, 20-11-2024) | Fiscal

El Supremo aclara la tributación en el IRPF por la venta de todas las acciones de una empresa

El Tribunal Supremo (TS) ha clarificado la forma en que debe tributar en el IRPF la venta del total de participaciones de una empresa por parte de un socio, resolviendo las discrepancias que existían en los juzgados sobre este asunto. En dos sentencias recientes, de los días 24 y 30 de octubre, el TS establece que la ganancia o pérdida derivada de esta operación debe calcularse tomando como referencia la diferencia entre el valor de adquisición de las participaciones y el valor de transmisión. Por ejemplo, si una participación fue adquirida por 100 euros y vendida por 150, se tributará por los 50 euros de ganancia obtenidos. El fallo, con ponencia del magistrado Francisco José Navarro Sanchís, respalda la postura de la Agencia Tributaria, que defiende esta metodología, frente a la posición del contribuyente. Este último argumentaba que la venta del 100% de las participaciones constituía un caso de "separación del socio", lo que implicaría una tributación distinta. Según el artículo 37.1, apartado b, de la Ley del IRPF, la transmisión de acciones no cotizadas debe tributar por la diferencia entre su valor de adquisición y el de transmisión. No obstante, el apartado e del mismo artículo dispone que, en casos de separación de socio, las ganancias o pérdidas se calculan considerando la diferencia entre el valor de adquisición de las participaciones y su valor de mercado. La controversia radicaba en determinar si la venta del 100% de las participaciones de un socio a un tercero debía considerarse como una transmisión habitual o como un supuesto de separación del socio. El Tribunal Supremo zanja la cuestión al concluir que dicha operación debe tratarse como una transmisión ordinaria de participaciones no cotizadas, "independientemente de si la transmisión comprende todas las acciones o solo una parte". El TS aclara que la separación de un socio, según la Ley de Sociedades de Capital, implica un procedimiento formal en el que interviene la propia sociedad. Este proceso incluye varios pasos obligatorios, como informar al socio del valor de sus participaciones, realizar un informe de valoración, efectuar el pago o reembolso, y formalizar la escritura de reducción de capital o adquisición de las participaciones. En sus sentencias, el alto tribunal destaca que la separación de un socio genera implicaciones tanto para el socio como para la sociedad, ya que ambos pueden obtener ganancias o pérdidas patrimoniales. Por tanto, concluye que la pérdida de la condición de socio por la venta de todas las participaciones a un tercero no puede calificarse como una separación de socio a efectos tributarios. En consecuencia, las ganancias o pérdidas deben declararse en el IRPF calculando la diferencia entre el precio de compra y el precio de venta de las participaciones.

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(El Economista, 20-11-2024) | Fiscal

Los contribuyentes podrán desgravarse en la Renta más de una obra en su vivienda si reducen el consumo energético

La Dirección General de Tributos (DGT) ha confirmado que los contribuyentes que ya hayan realizado obras para mejorar la eficiencia energética de sus viviendas y hayan aplicado la deducción correspondiente en su declaración del IRPF pueden beneficiarse nuevamente de esta ventaja fiscal en ejercicios posteriores, siempre que realicen nuevas reformas en el inmueble. Esta aclaración surge en respuesta a una consulta de un contribuyente que llevó a cabo obras en 2023, aplicó la deducción en su declaración y posteriormente realizó nuevas reformas en 2024. La Ley del IRPF, en una modificación temporal vigente hasta el 31 de diciembre de este año, permite a los contribuyentes que realicen obras que reduzcan al menos un 7% el consumo de energía de su vivienda deducir hasta el 20% del coste de la obra en su declaración, con un límite de 5.000 euros. Por ejemplo, si se invierten 4.000 euros en las reformas, el contribuyente podría deducir 800 euros (20%). Sin embargo, si para esas obras se recibió una subvención o ayuda pública de 1.000 euros, esta cantidad debe excluirse del cálculo, por lo que la deducción se aplicaría sobre un coste neto de 3.000 euros, resultando en 600 euros. Si las reformas consiguen reducir el consumo energético en un 30% o más, el porcentaje de deducción aumenta al 40%, con un límite de 7.500 euros. En este caso, la DGT subraya la necesidad de contar con un certificado energético emitido por un técnico competente para demostrar la mejora en el consumo. Para una segunda obra, el certificado que debe aportarse es el que se obtiene tras finalizar la primera reforma. Es importante tener en cuenta que esta deducción solo aplica a mejoras realizadas en la vivienda habitual o en inmuebles destinados al alquiler como vivienda habitual. No se extiende a otras áreas como jardines, garajes o zonas utilizadas para actividades económicas, como oficinas o consultas dentro del inmueble.

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(El Economista, 20-11-2024) | Fiscal

El TEAC facilita a las empresas las deducciones en el Impuesto de Sociedades por las inversiones que realizan en I+D+i

El Tribunal Económico-Administrativo Central (TEAC), dependiente del Ministerio de Hacienda, ha modificado su criterio para facilitar a las empresas la aplicación de deducciones en el Impuesto sobre Sociedades por las inversiones realizadas en actividades de I+D+i. En una resolución emitida el pasado 21 de octubre, el TEAC adopta la nueva doctrina establecida por el Tribunal Supremo el 8 de octubre. Según esta, el informe emitido por el Ministerio de Ciencia y Tecnología, que evalúa si las inversiones y gastos de una empresa cumplen los requisitos para considerarse de I+D+i, es vinculante para la Agencia Tributaria. El Supremo determinó que Hacienda no puede cuestionar la deducibilidad de los gastos e inversiones que hayan sido validados previamente por el Ministerio de Ciencia. Siguiendo este principio, el TEAC ha ajustado su interpretación y ha establecido que el informe del Ministerio de Ciencia "vincula a la Administración Tributaria en todos sus aspectos" respecto a las deducciones por innovación tecnológica. Esto incluye tanto la calificación del proyecto como los gastos e inversiones que hayan sido evaluados favorablemente por el Ministerio tras su presentación.

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(El Periódico, 20-11-2024) | Fiscal

Garamendi, contra la reforma fiscal: "Su aprobación es una mala noticia pero lo peor es la falta de confianza"

El presidente de la CEOE, Antonio Garamendi, ha criticado este martes al Gobierno central tras la aprobación, en el último momento, de la reforma fiscal, resultado de una intensa negociación con sus socios parlamentarios. "Estoy asombrado por lo ocurrido. Es una mala noticia, pero lo peor es la incertidumbre y la falta de confianza. Nadie sabe qué va a suceder, es como lanzar un dado al aire", expresó Garamendi durante su intervención en los Encuentros Ser Andalucía en Sevilla. "A medianoche había una cosa y, cuatro horas después, otra distinta. Nadie sabe qué pasará el jueves en la votación del Congreso", añadió, cuestionando los "impuestos a la carta" dirigidos a la banca y las empresas energéticas. En la madrugada del lunes, la comisión de Hacienda aprobó el dictamen de la ley con los votos de PSOE, Sumar, ERC, Junts, EH Bildu, PNV y BNG, mientras que PP y Vox rechazaron enérgicamente la medida, calificando el proceso como un "secuestro" de más de cuatro horas, según informó El Periódico de España. Garamendi insistió en que "la confianza es clave para las empresas, y para ello son esenciales la seguridad jurídica, la estabilidad regulatoria y la calidad de las normativas". El denominado impuestazo, que amplía un año los tributos extraordinarios sobre la banca y las energéticas, tendrá, según Garamendi, un impacto negativo en el acceso a créditos, especialmente para los más vulnerables, estimando una afectación de 50.000 millones de euros. "Siempre son los malos de la película", señaló. En cuanto a las energéticas, subrayó que el plan de energías renovables en España requiere una inversión de 300.000 millones de euros. "Aunque lleguen fondos europeos, hacen falta 260.000 millones más de inversión privada, y esta no llegará si las reglas cambian constantemente, si los impuestos se modifican cada tres minutos", argumentó, poniendo como ejemplo la incertidumbre sobre grandes inversiones previstas en Huelva. En contraste con su postura hacia el Gobierno central, Garamendi elogió al presidente de la Junta de Andalucía, Juanma Moreno, destacando su moderación y su capacidad para generar confianza. "Es un placer trabajar con alguien que transmite paz", afirmó. Sobre la reciente DANA y sus consecuencias en Valencia, Garamendi destacó que la situación actual de las empresas es mucho más complicada que tras la pandemia. "Esto no es como el covid. Entonces, las empresas estaban fuertes; ahora están devastadas, no solo por la DANA, sino también por el saqueo posterior. Es un drama: 30.000 empresas han desaparecido", señaló, criticando la "demagogia" de quienes culpan al sector empresarial y sugirió que también se debería evaluar la actuación de las administraciones públicas durante el temporal. Respecto a la reducción de la jornada laboral, el líder de la patronal reiteró su rechazo, argumentando que cada intervención de la administración erosiona la confianza. Según el INE, explicó, la jornada laboral media ya se sitúa en 34,5 horas semanales si se considera el absentismo. "La negociación en este tema no es un diálogo, es un monólogo por parte del Gobierno", criticó, defendiendo que los cambios deben lograrse a través del consenso en el diálogo social. También recordó que la CEOE no habría firmado la reforma laboral si hubiera sabido de las modificaciones posteriores, como la prevalencia del convenio autonómico.

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(El País, 20-11-2024) | Laboral

Trabajo abre expediente a 106 empresas por obligar a ir a trabajar durante una alerta meteorológica

El Ministerio de Trabajo y Economía Social ha iniciado procedimientos sancionadores contra 106 empresas por presuntas infracciones de la normativa de prevención de riesgos laborales durante la reciente DANA. Las acusaciones apuntan a que estas compañías obligaron a sus empleados a trabajar a pesar de las alertas naranjas o rojas por fenómenos meteorológicos extremos. La vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, subrayó este lunes en Valencia que la normativa de prevención de riesgos laborales, de carácter estatal, se aplica en todo el país sin excepciones. "No hay ningún salvoconducto que permita eludir la ley", enfatizó Díaz durante su visita para abordar las consecuencias de la DANA del pasado 29 de octubre. El secretario de Estado de Empleo, Joaquín Pérez Rey, ya había advertido días atrás sobre empresas que emitieron salvoconductos para justificar que sus empleados se desplazaran al trabajo pese a las alertas climáticas. Según trascendió, la Consejería de Interior y Justicia de Valencia habría emitido estos permisos a trabajadores de empresas como Mercadona, Consum, Aldi y Lidl, entre otras. Díaz recordó que la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, vigente desde 1995, establece claramente que un trabajador puede interrumpir su actividad o evitar desplazarse si considera que su salud o vida están en peligro. Asimismo, destacó que las recomendaciones de las autoridades no solo buscan garantizar la seguridad individual, sino también la colectiva. "Al desplazarse en alerta roja, no solo se pone en riesgo la vida propia, sino también la de los demás", añadió. Pese a estas sanciones, la ministra destacó que la mayoría de las empresas cumplen con la normativa, calificando esta conducta general como "muy positiva". Sin embargo, animó a los trabajadores que enfrenten situaciones de riesgo a denunciar ante la Inspección de Trabajo. Recordó la existencia de herramientas como el buzón de fraude del Ministerio, que permite realizar denuncias de forma completamente anónima, y aseguró que los empleados no pueden ser represaliados por defender su seguridad. "En una democracia, ni trabajadores ni empresas están por encima de la ley", afirmó. Además, Díaz indicó que los despidos realizados como consecuencia de esta catástrofe ambiental serán considerados nulos, lo que implica la reincorporación inmediata de los trabajadores afectados. En relación con el impacto laboral de la DANA, el Ministerio informó que hasta el momento se han registrado en la Comunidad Valenciana 1.490 expedientes de regulación temporal de empleo (ERTE), que están ofreciendo protección a más de 18.600 personas. Este mecanismo, según la ministra, se está gestionando con un seguimiento diario y riguroso. Durante su visita a Valencia, Díaz mantuvo reuniones con sindicatos, empresarios, autoridades locales y alcaldes de los municipios más afectados. Además, mencionó el plan dotado con 50 millones de euros destinado a la contratación de personas desempleadas en las zonas más perjudicadas, una medida que será gestionada directamente por los ayuntamientos de estas áreas.

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(El Economista, 20-11-2024) | Laboral

El Supremo sacude los despidos disciplinarios al blindar el derecho del trabajador a defenderse

La reciente decisión del Tribunal Supremo de modificar su propia doctrina para defender la necesidad de un trámite de "audiencia previa" en los despidos disciplinarios genera incertidumbre para las empresas que consideren cesar a empleados bajo esta modalidad. Este tipo de despidos representa el 54% de las bajas de afiliación por despido, alcanzando las 430.716 en lo que va de año, un aumento del 7,2%. En su sentencia, la Sala de lo Social aclara que el cambio jurisprudencial no tiene carácter retroactivo, como ocurre con las leyes, pero podría dar lugar a numerosas declaraciones de improcedencia si este trámite no se cumple a partir de ahora. Esto es especialmente relevante, considerando que el despido disciplinario se utiliza con frecuencia como alternativa al despido exprés, eliminado en la reforma laboral de 2012. El fallo altera la interpretación que España ha aplicado desde 1986 al artículo 7 del Convenio 158 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT). Mientras que el artículo 55 del Estatuto de los Trabajadores exige la audiencia previa solo para delegados sindicales y afiliados a sindicatos, el Tribunal Supremo concluye ahora que esta exclusión no se justifica en otros casos, basándose en el marco jurídico desarrollado en las últimas tres décadas. Aunque los juristas continúan evaluando las implicaciones del fallo, este no detalla aspectos clave como las consecuencias específicas de omitir el trámite o cómo debe implementarse. Ante esta falta de claridad, se especula que el Gobierno podría ajustar el artículo 55 del Estatuto para ofrecer mayor seguridad a empresas y empleados. Hasta entonces, las compañías deberán reconsiderar sus procedimientos para efectuar despidos disciplinarios. Este escenario es significativo, ya que más de la mitad de los despidos registrados en la Seguridad Social corresponden a causas disciplinarias. En septiembre, superaron las 54.000, un hito que ni siquiera se alcanzó durante la pandemia. Si bien los despidos ya efectuados no se verán afectados, el impacto de esta nueva doctrina se hará sentir en los futuros casos. Además, cabe señalar que los datos de la Seguridad Social, aunque actualizados, reflejan únicamente la baja inicial, siendo habitual que el despido disciplinario se utilice como una vía sencilla para negociar una indemnización posterior. Este tipo de despido no conlleva compensación automática y su tramitación es más simple: basta con una carta de despido, dejando el conflicto a resolver en conciliación con una compensación más alta. Según el Ministerio de Trabajo, la indemnización media en despidos disciplinarios es de 8.000 euros, frente a los 6.600 euros de los objetivos. Sin embargo, las estadísticas de Trabajo, más desactualizadas (correspondientes a 2022), muestran diferencias significativas con las de la Seguridad Social. Trabajo reporta 149.863 despidos disciplinarios, equivalentes al 29% del total, frente al 55% que reflejan los registros de afiliación. A pesar de estas discrepancias, ambas fuentes coinciden en el aumento de despidos desde la reforma laboral. Queda por ver el impacto real de la sentencia del Supremo en estas cifras. Desde 2021, las causas de nulidad en los despidos se han incrementado, y algunos expertos vinculan esto al auge de la contratación indefinida. Sin embargo, este argumento resulta controvertido, ya que sugiere un posible abuso de los despidos para tratar a los nuevos indefinidos como temporales. Aunque el empleo indefinido ha crecido, no lo ha hecho al mismo ritmo que los despidos, que se han duplicado desde 2021, con un aumento del 145% entre indefinidos. Los despidos disciplinarios, en particular, han crecido un 112%, y entre los contratos fijos el aumento es aún mayor, alcanzando el 185%.

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