(El Economista, 06-02-2025) | Fiscal

Montero deja la puerta abierta a que la subida de 50 euros del salario mínimo tribute en el IRPF

Hacienda aún no ha aclarado si los trabajadores que perciben el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) tendrán que pagar el IRPF tras el incremento de 50 euros que lo situará en 1.184 euros, con efectos retroactivos desde el 1 de enero. La vicepresidenta primera y ministra de Hacienda, María Jesús Montero, evitó pronunciarse al respecto en una entrevista en Espejo Público, aunque enfatizó la importancia de que todos los ciudadanos contribuyan con sus impuestos. Su postura sugiere que el Gobierno no contempla elevar el umbral mínimo exento del IRPF. Además, Montero lanzó una crítica a la ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, quien defiende que estos trabajadores sigan sin tributar, afirmando que "hacer discursos populistas no conduce a nada". Montero subrayó la necesidad de fomentar una "pedagogía fiscal" para evitar que se demonice la obligación de pagar impuestos y defendió que la contribución fiscal es clave para fortalecer la democracia y reducir la desigualdad. También rechazó la idea de resolver todos los problemas con bajadas de impuestos, posicionándose en contra de este enfoque dentro de un gobierno de coalición de izquierdas. La decisión final se tomará el día en que el Ministerio de Trabajo presente la propuesta de subida del SMI ante el Consejo de Ministros. Según Montero, se tendrá en cuenta la importancia de garantizar que las arcas públicas sigan financiando los servicios y la redistribución de la riqueza. Sus declaraciones dejan entrever que Hacienda no tiene previsto modificar el mínimo exento, en un contexto de máxima recaudación tributaria. Por su parte, la ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, respondió a estas declaraciones asegurando que "los que deben ajustarse el cinturón son los de arriba, no los de abajo". Reconoció que existen discrepancias con Hacienda sobre este asunto y recordó que, desde que asumió su cargo, siempre se ha excluido de tributación a los trabajadores que cobran el SMI, estableciendo el umbral en 16.500 euros anuales. También cuestionó que el PSOE defienda la desgravación del 100% del IRPF para los propietarios que reduzcan los alquileres en zonas tensionadas, mientras deja abierta la posibilidad de que los trabajadores con salario mínimo tributen. El informe elaborado por el grupo de expertos designado por el Ministerio de Trabajo ya contemplaba este escenario a la hora de calcular el nuevo SMI en términos brutos. Según dicho informe, si el umbral del IRPF no se actualiza, el aumento necesario para alcanzar el 60% del salario medio neto se vería afectado, ya que una mayor retención reduciría el crecimiento del salario bruto. Por este motivo, los sindicatos solicitaron al Gobierno que aclarara esta cuestión antes de cerrar la negociación. Sin embargo, el Ministerio de Trabajo no tiene competencias para modificar el mínimo exento del IRPF ni para presionar a Hacienda en este sentido. Ante esta situación, CCOO y UGT dirigieron sus esfuerzos hacia el ala socialista del Ejecutivo, aunque finalmente apoyaron el acuerdo sobre el SMI. Se estima que el 43% del incremento anual de 700 euros se destinaría al pago del IRPF si no se ajusta el umbral de tributación. Fuentes del Gobierno han señalado que esta no es la primera vez que Hacienda intenta incluir en el IRPF a los trabajadores que cobran el SMI. Mientras que el sindicato liderado por Pepe Álvarez (UGT) advirtió que no firmaría un acuerdo sin garantías de ajuste en el mínimo exento, Unai Sordo (CCOO) consideró razonable la postura del Ejecutivo, argumentando que el número de trabajadores que perciben el salario mínimo aumenta cada año y que una subida mayor del SMI habría sido la mejor solución, aunque finalmente no se materializó.

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(Expansión, 05-02-2025) | Fiscal

El Supremo impide a Hacienda que use la vía penal para perseguir ejercicios prescritos

Los inspectores de Hacienda no pueden iniciar procedimientos contra un contribuyente una vez que ha prescrito la vía administrativa, lo cual ocurre a los cuatro años. Así lo ha establecido de manera categórica la Sala Segunda del Tribunal Supremo, que ha rechazado que la Agencia Tributaria pueda abrir actuaciones en el quinto año, incluso si la prescripción penal aún no se ha producido. Con esta resolución, el Supremo invalida la estrategia de Hacienda de considerar un posible delito fiscal para extender el plazo de prescripción y comenzar investigaciones en el quinto año. "Es un fallo muy relevante", señala Esaú Alarcón, abogado y socio de Gibernau, además de profesor en la Universidad Complutense de Madrid. "La Inspección queda sin facultades para iniciar actuaciones en el quinto año si la prescripción administrativa de cuatro años ya ha transcurrido", añade. Este criterio es clave en la evaluación de los riesgos fiscales, ya que implica que solo dentro del plazo de cuatro años la Inspección puede considerar llevar un caso a la vía penal. Además, en casos de delito fiscal agravado, previsto en el artículo 305 bis del Código Penal, el plazo de prescripción se amplía hasta los diez años. El fallo del Supremo refuerza la importancia de los límites temporales en las facultades de investigación de la Administración Tributaria y subraya la necesidad de proteger los derechos de los contribuyentes. Hacienda no puede alargar su capacidad de fiscalización a través de la investigación de delitos fiscales más allá de los plazos que marca la ley. Los magistrados han interpretado el artículo 115.1 de la Ley General Tributaria (LGT) de forma restrictiva, concluyendo que la investigación de ejercicios prescritos solo puede darse si es estrictamente necesaria para revisar impuestos aún no prescritos o para verificar bases imponibles o deducciones pendientes. Esta interpretación choca con la postura de la Agencia Tributaria, que defendía su derecho a investigar sin límites mientras no hubiera prescrito el delito. Asimismo, el Supremo rechaza el argumento de Hacienda de que la prescripción administrativa no afecta a la potestad de los tribunales para juzgar delitos fiscales. La sentencia aclara que la facultad investigadora de la Administración está sujeta a sus propios plazos y que solo puede verificar deudas no prescritas. Este pronunciamiento representa un revés para la Agencia Tributaria, que deberá ajustar sus procedimientos a los límites fijados por esta doctrina. A partir de ahora, la Inspección tendrá mayores dificultades para investigar hechos fiscales de años anteriores, lo que conlleva un cambio en su enfoque y otorga mayor seguridad jurídica a los contribuyentes. No obstante, esto no implica la eliminación de la prescripción penal, sino que la Inspección ya no podrá iniciar investigaciones una vez vencido el plazo administrativo. "El delito fiscal aún puede perseguirse entre el quinto y el décimo año, pero mediante otros mecanismos, como una denuncia o una actuación de la Fiscalía o del juez", explica Alarcón. Además, recuerda que los funcionarios de la Agencia Tributaria están obligados a denunciar delitos, pero ya no podrán abrir investigaciones tributarias mediante procedimientos de inspección. En términos prácticos, las investigaciones suelen iniciarse dentro de los últimos cuatro años. Sin embargo, se podrá revisar el quinto año solo si la inspección de uno de esos cuatro años estaba en curso antes de que venciera el plazo y se presume que el mismo esquema de fraude se aplicó en el quinto año. El Tribunal Supremo insiste en que la actividad de la Administración Tributaria debe centrarse en deudas no prescritas. Al prescribir a los cuatro años el derecho de Hacienda a determinar la deuda, queda imposibilitada su liquidación, y la capacidad de investigación queda restringida a ese período. Además, el Supremo advierte que cualquier prueba obtenida en una investigación tributaria que exceda los límites legales será inválida. La sentencia refuerza los principios de legalidad y seguridad jurídica, así como el derecho a un proceso con garantías. Finalmente, el fallo recalca que no se puede emitir una condena en casación si en los hechos probados no constan todos los elementos del delito, como el monto de la deuda defraudada. También establece que el derecho de la Administración a investigar no se reactiva una vez prescrito su plazo, aunque el delito aún no haya prescrito. El Tribunal rechaza los argumentos de la Administración, que sostenía que la prescripción administrativa no afecta la potestad de los tribunales penales. El Supremo responde que la investigación administrativa está sujeta a plazos específicos y que no puede prolongarse bajo el pretexto de la vía penal. Además, la sentencia cita un precedente del mismo Tribunal Supremo (fallo 586/2020), en el que ya se anuló una condena por haberse realizado la investigación fuera de plazo. Este refuerzo de la jurisprudencia establece un límite claro al poder de la Agencia Tributaria y fortalece la protección de los derechos de los contribuyentes.

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(El País, 05-02-2025) | Fiscal

El 1% más rico paga menos impuestos sobre su renta que los contribuyentes más pobres

El sistema fiscal español podría compararse con una escalera, donde quienes tienen mayores ingresos deberían contribuir en mayor medida. Sin embargo, al alcanzar el tramo más alto, la escalera se transforma en un tobogán, permitiendo que el 1% más rico de la población acabe pagando proporcionalmente menos impuestos que quienes se encuentran en niveles inferiores. En 2022, este reducido grupo de contribuyentes soportó un tipo impositivo medio del 24,1% sobre su renta, considerablemente inferior a la media del 35,1% y al 27,5% que abonó el 20% con menores ingresos. Este fenómeno representa una distorsión significativa del principio de equidad fiscal, ya que, en lugar de aumentar el esfuerzo tributario en los niveles más altos, se desploma hasta mínimos. El tipo efectivo de tributación se calcula cruzando el total de impuestos pagados por un hogar con su renta bruta. En general, sigue una tendencia progresiva, aumentando conforme crecen los ingresos. No obstante, esta progresividad se rompe en el tramo más alto. Esto es lo que refleja, año tras año, el Observatorio sobre el reparto de los impuestos y las prestaciones entre los hogares españoles, publicado por el centro de estudios Fedea, que en su informe de 2022 analiza más de 18,9 millones de hogares. Para obtener una visión más precisa de los ingresos más altos, el último quintil se desglosa en centiles. El estudio confirma que el 20% más pobre de la población afrontó un tipo efectivo medio del 27,5%, que aumentó progresivamente hasta alcanzar un 38,7% en los hogares situados entre el percentil 91 y 99. Sin embargo, en el tramo final, esta progresividad se desvanece: el 1% más rico -equivalente a 189.000 hogares- vio reducido su tipo impositivo al 24,1%, el más bajo de toda la escala. Para llegar a estas conclusiones, los investigadores analizaron el impacto de diversos tributos, incluyendo el IRPF, el impuesto de sociedades, el de patrimonio, el IVA, el de transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados (ITP-AJD), los impuestos especiales y el impuesto sobre las primas de seguros, además de las cotizaciones sociales tanto de trabajadores como de empresas. Este desglose permite identificar las principales fallas del sistema. Uno de los ejemplos más llamativos es el IRPF, el impuesto más progresivo. Su tipo medio aumenta gradualmente, desde un 2,3% en los hogares con menos ingresos hasta el 16% en el tramo más alto. Sin embargo, al llegar al 1% más rico, cae abruptamente hasta un 10,5%. Esto se debe, en parte, a que las rentas societarias no distribuidas no tributan por este impuesto y a que los dividendos, aunque sí lo hacen, se integran en la base del ahorro, donde los tipos son más bajos que en la base general. Dado que el 1% más rico obtiene la mayor parte de sus ingresos del capital, su carga fiscal efectiva en IRPF se reduce notablemente. El carácter regresivo del sistema también se observa en impuestos indirectos como el IVA y el ITP-AJD, cuyos tipos no varían según la renta del contribuyente y terminan afectando más a quienes menos ganan. Esto hace que el 20% más pobre soporte una carga fiscal del 11,5%, que disminuye progresivamente hasta solo el 1,3% en el grupo más rico. Los impuestos especiales, aplicados a bienes como el alcohol, el tabaco o los hidrocarburos, muestran un patrón similar. En los hogares con menos ingresos, representan un 1,6% de su renta bruta, mientras que en los más ricos la cifra cae hasta 0,22%. Otro factor clave en esta distorsión son las cotizaciones sociales. Los hogares del 20% más pobre pagan el tipo más alto, superior al 5%, debido a la obligación de cotizar sobre bases mínimas, incluso cuando sus ingresos son inferiores a ellas o registran pérdidas, especialmente en el caso de los autónomos. En contraste, los hogares más acomodados pagan un tipo efectivo de solo 1,1%, el más bajo de todos los tramos. Algo similar ocurre con las cotizaciones empresariales, que siguen una tendencia progresiva hasta llegar a los niveles más altos, donde se interrumpe debido a la existencia de una base máxima de cotización. No obstante, esta última tendencia podría cambiar en los próximos años gracias a las recientes reformas, que han elevado las bases máximas y han incorporado nuevos mecanismos como el Mecanismo de Equidad Intergeneracional y la cuota de solidaridad, diseñados para corregir parte de estas desigualdades en el sistema fiscal.

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(El País, 05-02-2025) | Fiscal

Bruselas estudia relajar las reglas fiscales para que los Estados gasten más en defensa

El debate ya no gira en torno a si se debe aumentar el gasto en defensa en Europa, sino en cómo hacerlo. En un escenario de creciente inestabilidad geopolítica, la Comisión Europea estudia la posibilidad de flexibilizar aún más las reglas fiscales e incluso aplicar una suspensión extraordinaria, como ocurrió durante la pandemia de la covid-19, con el fin de otorgar a los Estados mayor margen para invertir en su gasto militar sin temor a sanciones por déficit excesivo. La presidenta de la Comisión, Ursula von der Leyen, planteó esta medida a los líderes de los 27 países de la UE como una alternativa para fortalecer la industria de defensa europea y mejorar las capacidades militares, un sector que ha estado desatendido durante años. Todo esto ocurre en vísperas del tercer aniversario de la invasión rusa a gran escala en Ucrania y en un contexto en el que el presidente estadounidense, Donald Trump, presiona a sus aliados europeos para que aumenten su inversión en defensa. "Si observamos los presupuestos nacionales, han estado limitados por las nuevas normas del pacto de estabilidad y crecimiento. Sin embargo, en tiempos extraordinarios, pueden aplicarse medidas extraordinarias dentro del mismo pacto, y creo que vivimos en tiempos extraordinarios", afirmó Von der Leyen el lunes por la noche, tras una reunión con los Veintisiete sobre defensa, organizada por el presidente del Consejo Europeo, António Costa. La búsqueda de mecanismos que permitan ampliar el margen de gasto en los presupuestos nacionales es, además, una forma de ganar tiempo ante otro debate que ha cobrado fuerza en la UE en los últimos meses: cómo financiar conjuntamente al menos una parte de la enorme inversión en defensa que se requiere. En Bruselas, pocos creen que este debate pueda abordarse abiertamente antes de las elecciones legislativas en Alemania, previstas para el 23 de febrero. "La Unión Europea no contempla asumir una deuda común", advirtió el canciller alemán, Olaf Scholz, tras la reunión en Bruselas. Sin embargo, en esta ocasión, Berlín no cuenta con el respaldo de algunos de sus tradicionales aliados en materia de austeridad. Países como Finlandia, Dinamarca y las repúblicas bálticas se han alineado con Polonia, principal defensora de esta opción. Una anécdota ocurrida durante la rueda de prensa posterior al Consejo Europeo refleja el delicado manejo de este tema para evitar tensiones con Alemania. El primer ministro polaco, Donald Tusk, comentó que percibió una actitud "más positiva" del canciller Scholz hacia sus propuestas al inicio de una intervención. No obstante, al concluir su discurso, pidió a los periodistas que fueran "precisos" con sus palabras "porque hay elecciones en Alemania". A pesar de las cautelas políticas, el tiempo apremia, como subrayó Costa. "Todos coincidimos en que hay que gastar más, pero también hacerlo de manera más eficiente y rápida", enfatizó el portugués. La urgencia se debe, entre otros factores, a que 23 de los 27 países de la UE también forman parte de la OTAN. En este sentido, 17 de esos Estados han alcanzado el objetivo de destinar un 2% del PIB a defensa, mientras que seis aún no lo han logrado, entre ellos España (que con un 1,28% está a la cola) e Italia. Sin embargo, más allá del debate sobre el aumento del gasto, la prioridad actual es reforzar áreas estratégicas como la defensa aérea, los misiles, las municiones y el transporte militar. Además, la OTAN está discutiendo la posibilidad de elevar el umbral de inversión por encima del 3% del PIB, lo que implicaría un esfuerzo financiero aún mayor para los países miembros. Alcanzar estas cifras supone un reto económico considerable en una Unión Europea que debe equilibrar múltiples prioridades. Por un lado, los Estados buscan reducir la abultada deuda pública generada por las crisis de los últimos 15 años (la financiera, la pandemia y la crisis energética); por otro, deben encontrar recursos para financiar inversiones millonarias en la transición ecológica, la digitalización y la defensa, esta última cada vez más urgente tras la invasión de Ucrania por parte de Rusia. En este contexto, las nuevas reglas fiscales de la UE han sido diseñadas con mayor flexibilidad en comparación con las anteriores, y ahora se pondrá a prueba hasta qué punto pueden adaptarse a estas circunstancias excepcionales. La referencia de Von der Leyen a los "tiempos extraordinarios" sugiere que podrían implementarse medidas similares a las adoptadas durante la crisis de la covid-19. Desde la Comisión Europea, sin embargo, han evitado dar detalles este martes sobre qué implican exactamente estas declaraciones de la presidenta. No obstante, tampoco han descartado la posibilidad de activar la llamada cláusula de escape, aunque sea de manera parcial. "Esta cláusula forma parte del marco normativo del Pacto de Estabilidad y Crecimiento, y si se cumplen ciertas condiciones específicas, como ocurrió con la pandemia, existe la posibilidad teórica de aplicarla", señalaron los portavoces comunitarios.

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(Expansión, 04-02-2025) | Fiscal

De cada 100 euros de renta que obtienen, los hogares españoles destinan más de 35 euros al pago de impuestos

Así se desprende de la novena edición del Observatorio sobre el reparto de impuestos y prestaciones entre los hogares españoles, publicado ayer por la Fundación de Estudios de Economía Aplicada (Fedea) y correspondiente al año 2022. El informe revela un aumento generalizado en la recaudación tributaria, aunque con un menor impacto en la reducción de la desigualdad. Según el estudio, el tipo medio efectivo del sistema fiscal en España subió 0,19 puntos en 2022, alcanzando el 35,1% de la renta bruta de los hogares. Esta cifra se acerca al 36,3% registrado en 2018, aunque sin superarlo. Además, se constató un incremento en la recaudación de todos los tributos durante 2022, con la excepción del Impuesto sobre el Patrimonio y los Impuestos Especiales. En términos agregados, los ingresos tributarios crecieron un 11,2% respecto al año anterior, 2,6 puntos más que el aumento registrado en 2021. Por tipo de impuesto, el IRPF pasó de un 10,3% a un 10,6%, el Impuesto de Sociedades subió del 0,8% al 0,9%, mientras que el IVA y el ITPAJD bajaron del 5,1% al 4,9%. Por su parte, el Impuesto sobre el Patrimonio descendió del 0,09% al 0,08%, los Impuestos Especiales y las primas de seguros cayeron del 1,1% al 0,9%, y las cotizaciones sociales se mantuvieron en el 17,6% de la renta bruta de los hogares. En cuanto a la evolución de los ingresos de los hogares, la renta de mercado ampliada media creció un 12,8% en 2022, tras el repunte del 14,6% registrado en 2021 como efecto de recuperación tras la pandemia. Los mayores incrementos se dieron en las rentas del capital, con un 21,6%, seguidas de las del trabajo, con un 11,8%, y las derivadas de actividades económicas, con un 11,2%. El informe, elaborado por Julio López Laborda (Universidad de Zaragoza y Fedea), Carmen Marín (Fedea) y Jorge Onrubia (Universidad Complutense de Madrid, ICEI y Fedea), destaca que la inflación, impulsada en gran medida por la guerra en Ucrania, influyó de manera significativa en el crecimiento de la renta de mercado, en el coste de las prestaciones y en la recaudación fiscal. A pesar de estos cambios, la capacidad del sistema fiscal para redistribuir la renta en 2022 fue la más baja de los últimos seis años, con una reducción de la desigualdad de apenas un 1,2%. De acuerdo con los autores, el IRPF sigue siendo el único tributo con un impacto significativo en la corrección de desigualdades, aunque su efecto redistributivo ha disminuido. En términos generales, la intervención del Estado consigue reducir la desigualdad en un 32,5%. No obstante, los impuestos solo contribuyen con un 2,8% a esta corrección, mientras que el papel más relevante lo desempeñan las prestaciones monetarias, como pensiones y subsidios de desempleo, responsables del 72% de la reducción de desigualdades. Por otro lado, las prestaciones en especie, como sanidad y educación, representan el 25,2% del ajuste. En consecuencia, si se divide la población en cinco grupos según su nivel de renta, los tres primeros quintiles resultan beneficiados por la inversión pública, mientras que los dos de mayor ingreso son contribuyentes netos.

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(El País, 04-02-2025) | Fiscal

España recauda más impuestos que nunca

España está recaudando más impuestos que nunca, pero su capacidad para redistribuir esos recursos y reducir la desigualdad entre los hogares se ha debilitado. En 2022, mientras los ingresos tributarios aumentaban un 11,2% anual, el impacto redistributivo del sistema fiscal alcanzó su nivel más bajo en seis años. La progresividad del IRPF se redujo, los impuestos indirectos siguieron afectando desproporcionadamente a los hogares con menores ingresos y el efecto de las prestaciones monetarias en la reducción de la desigualdad fue menor que en 2021. El noveno informe del Observatorio sobre el reparto de los impuestos y las prestaciones entre los hogares españoles, publicado este lunes por Fedea, pone de manifiesto que, a pesar del incremento en la recaudación, el sistema fiscal ha perdido efectividad en su función de equilibrar las diferencias económicas y sociales. Durante el año analizado, la intervención pública mediante impuestos y prestaciones redujo la desigualdad en un 32,5%, la cifra más baja desde 2017 y 5,6 puntos por debajo del máximo alcanzado en 2020, cuando el gasto público se disparó debido a la pandemia. "El efecto redistributivo del sistema fiscal en 2022 ha sido el más bajo de los últimos seis años con datos comparables", explican los autores del informe, Julio López Laborda, Carmen Marín y Jorge Onrubia. Si se adopta una visión a lo largo de la vida de un individuo o un hogar, en lugar de un solo año, el impacto redistributivo es aún menor, quedando en un 25,5%. Esto sugiere que los efectos de la redistribución anual se diluyen con el tiempo. Entre los factores que explican esta tendencia, los impuestos juegan un papel clave. En 2022, la capacidad de los tributos para reducir la desigualdad fue menor, pasando de un 1,8% en 2021 a un 1,2%. Aunque el IRPF sigue siendo el principal mecanismo redistributivo por su progresividad, su impacto se ha debilitado: en 2021 reducía la desigualdad en un 4,3%, mientras que en 2022 lo hizo en un 4,1%. Todo ello en un contexto en el que la renta bruta de los hogares creció un 10,6%, impulsada por el aumento de las rentas del capital (21,6%), del trabajo (11,8%) y de actividades económicas (11,2%). Estos datos reflejan que la capacidad del impuesto sobre la renta para equilibrar las diferencias económicas se está debilitando. También persisten impuestos regresivos, como los indirectos y los que gravan el consumo. El IVA y el impuesto sobre transmisiones patrimoniales (ITP) y actos jurídicos documentados (AJD) contribuyeron a aumentar la desigualdad en un 2,47% en 2022, evidenciando que los hogares con menores ingresos destinan una proporción mayor de su renta a estos tributos en comparación con los de mayor poder adquisitivo. Las medidas para aliviar la carga fiscal sobre los productos energéticos, adoptadas en plena escalada inflacionaria, no lograron revertir esta situación. El impuesto sobre sociedades tuvo una evolución atípica en 2022. Su recaudación aumentó un 29,7% respecto al año anterior y su tipo medio efectivo pasó del 0,8% al 0,9% de la renta bruta de los hogares. Sin embargo, su capacidad para reducir la desigualdad sigue siendo baja: apenas un 1,01%. Además, el impuesto sobre el patrimonio, en lugar de disminuir la desigualdad, la aumentó ligeramente. Como resultado, "la desigualdad de la renta después de impuestos se ha mantenido prácticamente sin cambios entre 2021 y 2022, con un leve incremento del 0,03%", señalan los investigadores. Por otro lado, el impacto de las prestaciones monetarias en la redistribución también se redujo. En 2022, estas ayudas disminuyeron la desigualdad en un 23,4%, por debajo del 24,9% de 2021 y del 26,7% de 2020. La caída en los subsidios por desempleo fue el principal factor, ya que su cuantía media descendió un 27,8%. Las pensiones de jubilación siguen siendo el mecanismo más relevante, representando el 60,2% de la reducción de la desigualdad atribuida a las prestaciones. Sin embargo, su creciente peso dentro del gasto social ha desplazado otras ayudas con un impacto más inmediato en la lucha contra la pobreza. El análisis conjunto de impuestos y prestaciones muestra que los hogares pertenecientes al 60% con menor renta bruta (los tres primeros quintiles) son beneficiarios netos de la intervención pública, es decir, reciben más en prestaciones de lo que pagan en impuestos. En cambio, el 40% restante de las familias es contribuyente neto. No obstante, los investigadores subrayan que la intervención pública, a través del conjunto de impuestos y prestaciones analizados, redujo la desigualdad en un 32,5% en 2022, la cifra más baja desde 2017.

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(El Economista, 04-02-2025) | Fiscal

Nuevas exenciones en el IRPF por el pago de alimentos a los hijos y por indemnizaciones por daños

La Ley de Eficiencia de la Justicia, publicada en el BOE en enero y que entrará en vigor el próximo 3 de abril, introduce nuevas deducciones en el IRPF. Entre las novedades, los contribuyentes podrán desgravar en su declaración de la Renta las indemnizaciones recibidas de una aseguradora por daños personales, tanto físicos como psicológicos. Hasta ahora, esta deducción solo era posible si la cuantía había sido reconocida mediante resolución judicial. Con el objetivo de fomentar el uso de métodos alternativos de resolución de conflictos (MASC) y reducir la carga en los tribunales, la nueva normativa también permitirá deducir estas indemnizaciones si han sido acordadas a través de un procedimiento en el que haya intervenido un tercero neutral. De este modo, la ley otorga validez a estas vías extrajudiciales, evitando que los afectados deban recurrir a los tribunales para beneficiarse de la deducción. En la misma línea, se amplía la deducción en el IRPF para los progenitores que abonen anualidades por alimentos a sus hijos, siempre que no convivan con ellos ni tengan su custodia. Hasta ahora, esta deducción solo se aplicaba si el pago estaba estipulado por una sentencia judicial. Con la nueva ley, también podrán beneficiarse de esta ventaja fiscal aquellos que hayan fijado la cuantía mediante un acuerdo alcanzado a través de un mecanismo alternativo de resolución de conflictos. Por último, en lo que respecta a las indemnizaciones por despido, que actualmente están exentas de tributación hasta un límite de 180.000 euros, la ley introduce una aclaración para evitar interpretaciones ambiguas. Se especifica que la indemnización obtenida en un acto de conciliación previo a la vía judicial mantiene su exención y no se considera un acuerdo privado que la anule. Esta precisión refuerza el criterio que Hacienda ya aplica, asegurando que las indemnizaciones no se vean reducidas por acuerdos entre empleador y trabajador.

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(El País, 03-02-2025) | Fiscal

Ya están disponibles las fechas para ir planeando la declaración de la renta 2024-2025

Desde marzo, la Agencia Tributaria permitirá a los contribuyentes acceder a sus datos fiscales. A partir del 2 de abril, se podrá comenzar a presentar la declaración de la renta por internet y solicitar citas para recibir asistencia telefónica de la Administración. Posteriormente, se habilitará la atención presencial en las oficinas tributarias. La campaña finalizará el 30 de junio. La declaración del IRPF de este año corresponde a los ingresos obtenidos en el ejercicio anterior, ya que el impuesto sobre la renta de las personas físicas se liquida con cierto retraso. Tras las retenciones aplicadas periódicamente en 2024, la Agencia Tributaria calculará si el contribuyente tiene derecho a una devolución por haber pagado de más o si, por el contrario, debe abonar una cantidad adicional. En la declaración se incluyen ingresos del trabajo, rendimientos del ahorro (como alquileres o ganancias patrimoniales) y actividades económicas, considerando además la situación personal y laboral del declarante, como si tiene hijos a su cargo o si ha trabajado para varios empleadores. Fechas clave de la campaña del IRPF: 2 de abril: Inicio de la presentación de declaraciones por internet. 29 de abril - 27 de junio: Periodo para solicitar cita previa para la confección de la declaración con asistencia telefónica. 6 de mayo: Inicio de la presentación con ayuda telefónica de la Agencia Tributaria. 29 de mayo - 27 de junio: Periodo para solicitar cita previa para la presentación presencial. 2 de junio: Comienzo de la atención presencial en oficinas tributarias. 25 de junio: Fecha límite para domiciliar el pago si la declaración sale a ingresar. 30 de junio: Último día para presentar la declaración de la renta. Los contribuyentes que necesiten ayuda de la Agencia Tributaria para confeccionar su declaración, ya sea por teléfono o de forma presencial, deberán solicitar cita previa a través de internet o por teléfono. Todo el proceso, sin importar el canal elegido-telemático, telefónico o presencial-, se llevará a cabo de manera electrónica. Desde el 12 de marzo, los contribuyentes podrán solicitar su número de referencia, necesario para descargar el borrador de la declaración. A partir del 19 de marzo, podrán acceder a sus datos fiscales a través de la aplicación móvil de la Agencia Tributaria o de su página web. Para consultar el borrador, se puede utilizar la clave de referencia, un certificado digital, DNI electrónico o el sistema cl@ve móvil. En caso de que la información prellenada por la Agencia Tributaria no refleje cambios en la situación fiscal del contribuyente, este podrá modificarla. El 2 de abril marca el inicio oficial de la campaña, ya que desde ese día se podrá presentar la declaración de forma telemática. Para quienes necesiten asistencia telefónica, podrán solicitar cita a partir del 29 de abril, con la primera fecha disponible para recibir ayuda el 6 de mayo. Los contribuyentes que prefieran acudir a una oficina de la Agencia Tributaria deberán esperar un poco más. Podrán pedir cita previa desde el 29 de mayo hasta el 27 de junio, mientras que la atención presencial comenzará el 2 de junio. El 25 de junio será el último día para domiciliar el pago de las declaraciones a ingresar, y el 30 de junio será el cierre definitivo de la campaña.

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(El Economista, 03-02-2025) | Fiscal

El nuevo decreto ómnibus deja sin rebaja de IRPF a cerca de 100.000 contribuyentes

El Gobierno mantiene en incertidumbre a unos 100.000 pluriempleados con ingresos de entre 1.500 y 2.500 euros, quienes aún no saben si finalmente quedarán exentos de presentar la declaración de la Renta. Moncloa ha dejado fuera esta medida del escudo social en la nueva versión del decreto ómnibus y ha decidido aplazar su aplicación. Esta medida permitiría que los contribuyentes con más de un pagador, cuyos ingresos totales no superen los 2.500 euros, no tengan que presentar la declaración de la Renta si sus ingresos anuales totales no superan los 22.000 euros. El objetivo de esta norma era "reducir las obligaciones fiscales de los contribuyentes con rentas más bajas". Hasta ahora, el límite exento estaba en los 1.500 euros, una cifra que seguirá vigente hasta que el Gobierno rescate la normativa derogada el pasado 22 de enero, junto con el resto del decreto ómnibus. "El Gobierno ya está en conversaciones con los grupos parlamentarios para que esta medida sea aprobada en las próximas semanas", reveló el presidente Pedro Sánchez después del Consejo de Ministros. En 2023, España cerró con 593.500 personas que tenían más de un empleo, de las cuales 334.000 trabajaban por cuenta ajena, según la última Encuesta de Población Activa. Aunque no existen cifras oficiales exactas, un estudio de Infojobs estima que aproximadamente 93.000 pluriempleados, un 28% del total, tienen ingresos mensuales superiores a los 1.500 euros. El estudio también indica que un 40% de los pluriempleados ha buscado un segundo trabajo "por necesidad", una tendencia que sigue aumentando. En 2021, el número de personas con más de un empleo era de 546.700, lo que supone un aumento de 46.800 respecto a la cifra actual. Bankinter explica que esto ocurre porque el segundo pagador realiza las retenciones como si fuera el único empleador del año, sin tener en cuenta los ingresos de otros pagadores, lo que resulta en un porcentaje de retención menor. El Gobierno planea rescatar esta medida en el nuevo decreto que podría aprobarse durante el mes de febrero. Este texto podría incluir otras medidas que Moncloa decidió dejar para más adelante, después de perder la votación en el Congreso. Entre ellas, se encuentra la iniciativa para transferir viviendas del SEPES al Estado con el fin de destinarlas al alquiler asequible. También está pendiente la prórroga del descuento del 80% en los peajes para las industrias electrointensivas hasta finales de 2025, así como la ampliación temporal del programa de apoyo a la compra de vehículos eléctricos, de pila de combustible y puntos de recarga, que forma parte del Plan Moves III. El futuro paquete de medidas económicas también incluiría la actualización de las entregas a cuenta para las comunidades autónomas. La versión anterior del decreto contemplaba un reparto anticipado de 9.600 millones de euros entre los distintos gobiernos autonómicos para su gasto público. Finalmente, se prevé una corrección técnica sobre el impuesto a la banca aprobado en noviembre junto con la reforma fiscal. Esta corrección está dirigida a limitar el impacto contable del nuevo impuesto sobre las entidades financieras. Moncloa seguirá negociando para asegurar su viabilidad parlamentaria antes de presentarlo.

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(Expansión, 31-01-2025) | Fiscal

Díaz señala que Hacienda no comparte el criterio de que el SMI quede exento de tributar

La vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, ha señalado este jueves que el Ministerio de Hacienda no respalda su propuesta de eximir al nuevo salario mínimo interprofesional (SMI) de tributación. En una entrevista en Antena 3, Díaz afirmó que su postura es clara, pero que Hacienda "no comparte este criterio". "No se trata tanto de una confrontación, sino de diferencias de criterio", añadió. Asimismo, defendió la necesidad de vincular los contratos públicos a las subidas del salario mínimo, una medida que también apoyan sindicatos y empresarios. Por su parte, fuentes del Ministerio de Hacienda indicaron que recibieron la propuesta de aumento del SMI ayer y que será objeto de análisis. Díaz anunció ayer un preacuerdo con los sindicatos UGT y CCOO para incrementar en 50 euros el SMI en 2025, situándolo en 1.184 euros brutos mensuales en 14 pagas. Tanto CCOO como UGT han reiterado que este salario debería quedar exento de tributación. En años recientes, los aumentos del salario mínimo han venido acompañados de ajustes en el mínimo exento del IRPF, con el objetivo de que los trabajadores que perciben esta remuneración no tengan que tributar.

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