(Cinco Días, 17-04-2025) | Laboral
Europa ha vuelto a tirar de las orejas a España por el bajo coste del despido improcedente
El Comité Europeo de Derechos Sociales (CEDS) se ha manifestado recientemente en relación con una reclamación presentada por Comisiones Obreras (CC OO) en 2022 contra el sistema laboral español. Aunque aún no se ha hecho público el dictamen completo, se adelanta que el actual sistema de indemnización por despido improcedente (33 días por año trabajado con un máximo de 24 mensualidades) no siempre compensa adecuadamente al trabajador ni cumple con el objetivo disuasorio frente al empleador. Tal como ha adelantado El País, el CEDS ha dado la razón a CC OO, considerando que España estaría incumpliendo la Carta Social Europea, especialmente en los casos de despidos injustificados a empleados con poca antigüedad en la empresa. Algunos jueces habían intentado compensar esta deficiencia con indemnizaciones adicionales -en ocasiones mucho más elevadas que las establecidas por ley-, pero el Tribunal Supremo limitó esa práctica. Ahora la responsabilidad recae en el Gobierno. La ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, ha mostrado su intención de impulsar una reforma, aunque el ministerio esperará a la publicación oficial del dictamen, prevista para el 27 de junio, antes de actuar. El dictamen plantea varios puntos de discusión más allá del importe de la indemnización por despido. "También se abordan cuestiones relevantes como la eliminación de los salarios de tramitación tras la reforma laboral de 2012", explica Guillermo Barrios, catedrático de la Universidad Rey Juan Carlos y asesor de Labormatters Abogados. Según declaraciones de CC OO a Cinco Días, la reclamación del sindicato busca reformar tres aspectos clave del sistema actual. Primero, proponen priorizar la readmisión frente al despido, dando al trabajador la posibilidad de decidir si desea volver a su puesto. "No es lógico que el empresario, que ha infringido la normativa, sea quien decida entre readmisión o indemnización", señala Raúl Olmos, de la Secretaría Confederal de Acción Sindical del sindicato. La idea es convertir el despido en una medida realmente excepcional para las empresas. En segundo lugar, exigen que los trabajadores tengan derecho a percibir los salarios de tramitación aunque no recuperen su empleo, ya que en el modelo actual no se garantiza la recuperación de los ingresos perdidos ni de las cotizaciones a la Seguridad Social. Finalmente, solicitan establecer una indemnización mínima para los empleados con escasa antigüedad, cuyas compensaciones actuales son, según Olmos, "insignificantes". Las decisiones del CEDS no son legalmente vinculantes. Es decir, aunque el dictamen considere que España viola la Carta Social Europea, no obliga automáticamente a modificar la legislación. Sin embargo, Guillermo Barrios advierte que este es un asunto delicado, y se espera que la Sala de lo Social del Tribunal Supremo se pronuncie próximamente. Aunque sin fuerza legal directa, el dictamen podría motivar un aumento en las demandas judiciales basadas en su contenido. Según Enrique Ceca, socio director en Ceca Magán Abogados, el dictamen del Consejo Europeo podría incentivar a más trabajadores a acudir a los tribunales para defender sus derechos. No obstante, aclara que los empleados deberán reclamar expresamente una indemnización adicional y justificarla correctamente, ya que los jueces no pueden otorgarla de forma automática. Víctor Canalda, abogado y graduado social, apunta que no será necesario mencionar directamente la resolución del CEDS en las demandas. Bastará con invocar el "control de convencionalidad" de los tratados internacionales ratificados por España. Aunque el dictamen del Comité Europeo no constituye jurisprudencia, algunos tribunales autonómicos, como los de Cataluña o el País Vasco, ya lo han tenido en cuenta al interpretar el artículo 10 del Convenio 158 de la OIT. Sin embargo, en diciembre pasado, el Tribunal Supremo rechazó estas indemnizaciones adicionales al considerar que el Estatuto de los Trabajadores ya cumple con dicho convenio. Cabe destacar que esta decisión se refería a un caso anterior a la ratificación por parte de España de la Carta Social Europea en 2021. Con el nuevo dictamen del CEDS, algunos jueces podrían apartarse de la doctrina del Supremo y volver a aceptar indemnizaciones superiores a las previstas legalmente. "Es posible que los tribunales de instancia consideren que la postura del Supremo no se ajusta a los compromisos internacionales, sobre todo si el trabajador fundamenta bien su reclamación invocando el artículo 24 de la Carta Social Europea", indica Enrique Ceca. Esto, añade, podría generar inseguridad jurídica debido a posibles fallos contradictorios en casos similares. El propio Tribunal Supremo podría ser el que provoque un cambio de criterio. Según Barrios, el Comité Europeo es el intérprete autorizado de la Carta Social Europea, y además, la reciente renovación de la Sala de lo Social podría haber modificado la correlación de fuerzas dentro del alto tribunal.
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