(Expansión, 25-03-2025) | Laboral

El 1 de abril entran en vigor los requisitos y condiciones para trabajadores que compatibilicen trabajo y pensión o retrasen su edad de jubilación

Se trata de cambios importantes, fruto del acuerdo alcanzado el pasado julio entre Seguridad Social, las patronales CEOEy Cepyme y los sindicatos, que suponen el último paso en la reforma de las pensiones acometida en los últimos años, con el objetivo de incentivar el retraso de la edad de jubilación. Las modificaciones permitirán a los trabajadores acceder a la jubilación activa sin haber cumplido una carrera de cotización completa, pudiendo hacerlo desde los 15 años cotizados, lo que busca incorporar a millones de pensionistas a esta modalidad que permite compaginar la pensión con el trabajo, ya sea por cuenta ajena o propia. Además, la prestación será por primera vez compatible con los incentivos por demora en la edad de jubilación, cobrando estos complementos obtenidos durante el primer año obligatorio para acceder a la jubilación activa. En el caso de la jubilación demorada, el incentivo pasará a computarse por cada seis meses a partir del primer año de retraso, en lugar de por cada año, como ocurría hasta ahora. Así, las pensiones pasarán a incrementarse un 2% por cada medio año, que podrá cobrarse a tanto alzado, en forma de suplemento a la prestación y, en algunos casos, mediante una fórmula mixta. Ante la inminente puesta en marcha de estas medidas, el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) ha aclarado diferentes cuestiones alrededor de la nueva reforma de las pensiones de jubilación activa y demorada. ¿Tiene la nueva jubilación activa carácter retroactivo? El INSS considera que, al tratarse de un régimen de compatibilidad entre trabajo y pensión, la norma que debe aplicarse es "la vigente en el momento de inicio de la actividad compatible". Por tanto, sólo los trabajadores que accedan a la jubilación activa desde el 1 de abril (aunque se hayan retirado con anterioridad a esa fecha) podrán acogerse a los nuevos requisitos. En caso contrario, estarán acogidos al anterior sistema hasta que la actividad finalice y pasen a cobrar el 100% de la prestación de jubilación que les correspondiera. ¿Qué ocurre con las pensiones concedidas antes de 2022? Las prestaciones de jubilación causadas antes del 1 de enero de 2022, cuando entró en vigor la ley de garantía de poder adquisitivo de las pensiones, quedarán exentas del requisito de haber demorado un año el acceso a la prestación para poder acceder a la jubilación activa. Al no establecer la ley una cuantía diferente, cuando el acceso a la pensión se produjese antes de dicho año y el acceso a la actividad comience más tarde del 1 de abril, procederá aplicar el mismo 45% que para el resto de personas en jubilación activa, que se incrementará en cinco puntos por cada doce meses en que se siga compatibilizando el trabajo con la prestación. ¿Es obligatorio cotizar durante el año de demora previo? Seguridad Social aclara, sobre este asunto, que el requisito mínimo para acceder a la jubilación activa será el periodo mínimo de cotización exigido, que se sitúa en 15 años. Si este requisito se cumpliese, bastaría con demorar un año el acceso a la pensión para poder acogerse a la jubilación activa, "aunque no se haya cotizado durante dicho año, o se haya cotizado sólo parcialmente". ¿A qué parte de la pensión se aplica el incremento anual? El texto legal sobre la jubilación activa recoge un incremento del 5% en la pensión percibida por cada año que se siga compatibilizando el trabajo con la prestación, hasta alcanzar el 100% de esta. Sin embargo, para calcular este aumento anual, Seguridad Social excluirá de la ecuación los complementos a mínimos a los que pudiera tener derecho. Sí tomará en consideración, no obstante, los complementos de maternidad o el de brecha de género reconocidos en la pensión que habría correspondido al trabajador si hubiese elegido no compatibilizar la prestación con una actividad. ¿Y si se cesa en la actividad y más tarde su vuelve a trabajar? Al reconocerse el incremento del 5% sobre el importe correspondiente a la pensión inicial, los trabajadores que, durante el disfrute de la jubilación activa, interrumpan la actividad laboral y más tarde la retomen no consolidarán los incrementos percibidos anteriormente, comenzando a contar desde el inicio de la segunda actividad. Es decir, el INSS establece que el porcentaje a percibir al retomar la actividad será el que corresponda conforme a los años de demora en el acceso a la pensión que se hayan acreditado cuando se solicite la nueva jubilación activa, sumando los posteriores incrementos de cinco puntos porcentuales, "sin incluir los anteriores a la nueva actividad". El caso de los fijos discontinuos. Los trabajadores en jubilación activa que experimenten interrupciones temporales en la actividad por ser fijos discontinuos no verán paralizado el cómputo de los doce meses necesarios para aumentar sus pensiones un 5% anual, siempre que el resultado de multiplicar por 1,5 los periodos de inactividad equivalga a dicho periodo. Ello, siempre que las interrupciones de la actividad se produzcan por causas del propio contrato fijo discontinuo, y no debido a una excedencia, por ejemplo. Cambio de régimen en la nueva jubilación activa. En el caso de un trabajador en jubilación activa que, durante el transcurso de un año, decida pasar del Régimen General a desarrollar una actividad por cuenta propia sin solución de continuidad, no sufrirá ninguna penalización ni dejará de percibir el incremento del 5% pasados los doce meses, siempre que este cambio no produzca una interrupción temporal de la actividad debido al cambio de régimen. Al respecto, el INSS establece que el incremento se aplica sobre la pensión que corresponda, "con independencia de cuál haya sido la actividad o las actividades realizadas, por cuenta propia o por cuenta ajena". ¿Cómo se aplicará el complemento por demora? En paralelo a la jubilación activa, el 1 de abril también entrarán en vigor novedades sobre la jubilación demorada. En concreto, respecto a los complementos en la prestación que reciben los trabajadores que opten por retrasar su edad de retiro mientras continúan trabajando sin cobrar la pensión. A partir de su entrada en vigor, recibirán un suplemento del 2% por cada seis meses de demora, que podrán cobrarse a tanto alzado o mensualmente. Sobre este asunto, Seguridad Social aclara que, para intervalos de demora superiores a seis meses e inferiores a un año, el periodo computado debe ser completo. Es decir, en el caso de un pensionista que decida retrasar su edad de jubilación en un año y ocho meses, sólo le correspondería un 6% de incremento en su prestación, lo correspondiente a un año y seis meses. Igualmente, los periodos superiores a seis meses e inferiores a un año deben computarse a partir del segundo ejercicio completo de demora. Por tanto, los trabajadores en esta situación sólo podrán acogerse a los nuevos complementos si deciden jubilarse, como mínimo, a los 66 años, o 67 años y ocho meses, dependiendo de los años que haya cotizado.

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(El Economista, 25-03-2025) | Laboral

Las transferencias del Estado para financiar las pensiones superan en 2024 los 40.000 millones de euros

A falta de un mes para cerrar el año, el Ministerio de Seguridad Social aún no ha publicado el Resumen de Ejecución del Presupuesto del ejercicio anterior. Sin embargo, en noviembre, el departamento ya había ejecutado el 107,61% del presupuesto, lo que significa que superó en siete puntos porcentuales los recursos inicialmente previstos en transferencias del Estado, que ascendían a 38.688,51 millones de euros. En total, estas ayudas estatales alcanzaron los 41.632,04 millones de euros, lo que representa un incremento de casi el 7% respecto a 2023. Estas transferencias, financiadas mediante impuestos o deuda, permiten cubrir parte del déficit de la Seguridad Social. El aumento de estos recursos estatales destinados a financiar las pensiones responde al proceso de separación de fuentes de financiación, uno de los pilares impulsados por el Pacto de Toledo y desarrollado por el ministro José Luis Escrivá en la pasada legislatura. Estas transferencias cubren prestaciones no contributivas, gastos sanitarios y asistenciales, que se financian a través de los Presupuestos Generales del Estado mediante impuestos generales. Entre estos pagos se encuentran las pensiones más bajas del sistema, las no contributivas para quienes no alcanzan los 15 años de cotización, los complementos por brecha de género y las pensiones de los funcionarios del antiguo régimen de Clases Pasivas, entre otros. También se incluyen los créditos concedidos por el Tesoro para afrontar pagas extraordinarias como las de verano y Navidad. Lejos de disminuir, se espera que esta fuente de financiación vuelva a aumentar este año. Uno de los principales objetivos del Ministerio para 2025 es completar el proceso de separación de fuentes, lo que supondría un mayor volumen de impuestos o deuda pública destinados a la Seguridad Social. El Gobierno ha justificado este modelo señalando que en otros países europeos como Alemania y Francia entre el 25% y el 30% del gasto en pensiones se cubre con impuestos generales. En España, esta proporción alcanzó el 19,83% en noviembre de 2024, manteniéndose en la misma cifra que el año anterior, es decir, uno de cada cinco euros destinados a pensiones proviene de impuestos y no de cotizaciones sociales. En julio de 2024, Hacienda presentó el techo de gasto no financiero con el objetivo de ampliar el margen fiscal para incrementar un 7% las transferencias destinadas al pago de pensiones. Sin embargo, la propuesta se vio frenada por la negativa de Junts en ese mismo mes, lo que obstaculizó la aprobación de los Presupuestos Generales del Estado, una situación que el Ejecutivo aún no ha logrado resolver. Por otro lado, los ingresos de la Seguridad Social también han crecido gracias al aumento en las cotizaciones sociales. Desde 2018, los ingresos por este concepto han aumentado un 30%, y solo en el último año se han incrementado un 11% interanual, alcanzando los 151.605,64 millones de euros en noviembre. Este incremento se debe, en parte, al buen comportamiento del mercado laboral en España, donde el número de afiliados a la Seguridad Social superó los 21,34 millones de trabajadores a finales de año. A mayor número de empleados, mayores ingresos para financiar el gasto creciente en pensiones. Además del aumento en el empleo, el incremento en las cotizaciones también responde a la aplicación del Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI), una sobrecotización específica que pagan empresas y trabajadores con el fin de fortalecer el Fondo de Reserva, conocido como la "hucha de las pensiones". Este mecanismo entró en vigor el 1 de enero de 2023 y seguirá aumentando progresivamente hasta alcanzar el 1,2% en 2029. El refuerzo de los ingresos de la Seguridad Social es una de las estrategias clave adoptadas por el Ministerio para hacer frente al desafío del aumento en el número de jubilados. A esta medida se suman otras iniciativas como el incremento progresivo de la edad de jubilación y la creación de incentivos para retrasar la retirada del mercado laboral.

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(El Economista, 25-03-2025) | Laboral

Los sindicatos logran que el Gobierno se comprometa a crear una tasa para garantizar la jubilación parcial de los funcionarios

Los sindicatos UGT y CCOO, firmantes del Acuerdo Macro para una Administración del Siglo XXI, se han reunido con el ministro Óscar López en la sede del Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública para evaluar la aplicación del acuerdo correspondiente al periodo 2022-2024 y destacar los puntos que aún quedan por cumplir. Durante la reunión, los sindicatos lograron que el Gobierno se comprometiera a establecer una tasa adicional de empleo público que permita la jubilación parcial del personal laboral del sector público y facilite la creación de nuevos puestos de trabajo. Según fuentes de UGT citadas por elEconomista.es, esta tasa adicional no se incluiría dentro del porcentaje habitual de tasa de reposición, lo que posibilitaría la convocatoria de más plazas y aseguraría que los empleados que accedan a la jubilación parcial sean reemplazados. El objetivo de esta medida es garantizar que el personal laboral de las administraciones públicas pueda beneficiarse del acuerdo de jubilación parcial firmado el pasado 18 de diciembre, cuya aplicación está prevista a partir del 1 de abril. Asimismo, se ha acordado modificar la normativa vigente para asegurar que este derecho se mantenga en el futuro. Por otro lado, los sindicatos han pedido al Gobierno que apruebe "lo antes posible" la subida salarial del 0,5% que aún está pendiente, con efectos retroactivos desde el 1 de enero de 2024, para el conjunto de los empleados públicos. No obstante, han señalado que todavía no se les ha dado una fecha concreta para su aprobación en el Consejo de Ministros. Además, han insistido en la necesidad de avanzar en otros compromisos incluidos en el Acuerdo Macro, como la plena implantación del modelo de clasificación profesional según el Marco Español de Cualificaciones Profesionales, la negociación de cambios normativos para desarrollar los planes de igualdad y los protocolos contra el acoso sexual y por razón de sexo, la reducción de la jornada laboral a 35 horas semanales, la garantía de atención presencial en los servicios públicos y un plan de digitalización enfocado en las zonas con menor población o en riesgo de exclusión.

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(Cinco Días, 24-03-2025) | Laboral

El Gobierno sube un 8% el sueldo de los abogados y procuradores de turno de oficio

El ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Félix Bolaños, ha firmado hoy una orden ministerial que establece un incremento del 8% en los baremos utilizados para remunerar a los abogados y procuradores del turno de oficio. La escasa compensación económica por la asistencia jurídica gratuita ha sido una de las principales reclamaciones de los profesionales que desempeñan esta labor fundamental. Esta medida, que tendrá efectos retroactivos desde el 1 de enero de 2025 en las regiones bajo la competencia del ministerio (Extremadura, Castilla-La Mancha, Castilla y León, Murcia, Baleares y las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla), se formalizó en un acto en el que también participó el presidente del Consejo General de la Abogacía Española, Salvador González. "El propósito es actualizar la remuneración de los profesionales del turno de oficio y, al mismo tiempo, reforzar el compromiso del ministerio con la mejora del servicio público de justicia para quienes tienen menos recursos", señala el departamento dirigido por Bolaños en un comunicado. Paralelamente, el ministerio continúa avanzando en la reforma de la Ley 1/1996, que regula la asistencia jurídica gratuita, y cuyo proceso de consulta pública concluyó el pasado julio. El ministerio reafirma su compromiso de adoptar todas las medidas posibles para optimizar este servicio, en colaboración con el Consejo General de la Abogacía Española. Entre las modificaciones previstas, se actualizará la definición de insuficiencia de recursos que otorga el derecho a asistencia jurídica gratuita. Asimismo, se reconocerá este derecho a colectivos vulnerables, como las víctimas de violencia de género y violencia sexual, sin importar su situación económica. También se establecerán los requisitos para que determinadas personas jurídicas puedan acceder a este beneficio. En el ámbito de la gestión, se introducirán mejoras como el acceso electrónico a las Administraciones Públicas y a la Administración de Justicia, en línea con el proceso de digitalización de este servicio público.

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(Expansión, 24-03-2025) | Laboral

Los trabajadores no nacidos en España suman más del 70% de los nuevos empleos

Los 1,3 millones de trabajadores nacidos fuera del país se concentran principalmente en sectores tradicionales y de menor valor añadido. Su presencia es más notable en Madrid, Cataluña, Andalucía y la Comunidad Valenciana. El buen desempeño del mercado laboral español sigue siendo un pilar clave para la estabilidad económica. En particular, la recuperación de la actividad tras la crisis provocada por la pandemia ha impulsado la contratación, un efecto positivo que las empresas aún están aprovechando para sostener el ritmo de empleo. Sin embargo, un análisis detallado revela que la expansión del empleo en los últimos cinco años presenta características específicas. Una de las más relevantes, por su relación con la calidad del trabajo generado, es que el 71% del aumento de la ocupación ha sido cubierto por personas nacidas fuera de España. De los cerca de 1,9 millones de empleos creados en este período, 848.700 han sido ocupados por extranjeros y 502.300 por individuos con doble nacionalidad, sumando en total más de 1,3 millones de nuevos trabajadores desde 2019. Esta tendencia responde en gran medida a un cambio demográfico, ya que la proporción de personas nacidas fuera de España ha aumentado significativamente dentro de la población total. En los últimos cinco años, este grupo ha pasado de 4,8 a 6,8 millones de personas, representando ahora casi el 14% de la población total (49,07 millones), cuatro puntos porcentuales más que en 2019. Como resultado, la población extranjera se ha convertido en un factor clave del mercado laboral, según indican los datos del INE analizados por Miguel Ángel García Díaz, investigador de Fedea y profesor de Economía Aplicada en la URJC, y Fernando Pinto Hernández, profesor e investigador en la Facultad de Ciencias Económicas y Empresariales de la URJC. Según su informe sobre la evolución del empleo y la población activa en España entre 2019 y 2024, la proporción de trabajadores nacidos fuera del país ha crecido 4,8 puntos en el último quinquenio, pasando del 15,9% al 20,7%. "El mercado laboral demuestra una gran capacidad de absorción, pero surgen dudas sobre la calidad del empleo generado, el aumento de necesidades y la sostenibilidad del sistema de bienestar", advierten los expertos. También destacan que estos trabajadores se concentran en regiones como la Comunidad Valenciana, Cataluña, Madrid y Andalucía. De acuerdo con el economista Miguel Ángel García, este incremento en la ocupación de trabajadores nacidos fuera de España se ha dirigido mayoritariamente a sectores tradicionales. Esto sugiere que los nuevos empleos no han generado un mayor valor añadido, ya que se concentran en áreas como la hostelería, servicios personales, seguridad y comercio (donde se emplean 323.407 personas, el 23,9% del total). Le siguen los trabajos elementales y no cualificados, que representan el 18,3% del total, con 247.207 empleados más. En conjunto, más del 40% de estos trabajadores están en sectores de menor valor añadido, aunque esenciales, y que no suelen atraer el interés de la población nacida en España. El impacto regional de esta tendencia es variado. Algunas comunidades han registrado un crecimiento del empleo foráneo por encima de la media, incluso reemplazando a trabajadores nacionales, lo que ha llevado a incrementos superiores al 100%. Es el caso del País Vasco (+120%), Castilla y León (113%) y Madrid (101%). Otras regiones con aumentos significativos son Cataluña (94%), Melilla (92%), Cantabria (89%), Islas Baleares (84%), Comunidad Valenciana (83%), La Rioja (74%) y Galicia (72%). En el otro extremo, Canarias (-6%) es la única comunidad donde la ocupación de extranjeros ha disminuido desde 2019. Otras regiones con avances más modestos incluyen Extremadura (10%), Ceuta (21%), Andalucía (37%), Castilla-La Mancha (41%) y Asturias (48%).

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(Expansión, 24-03-2025) | Laboral

"El mercado laboral no ha experimentado un cambio estructural"

Una de las principales conclusiones derivadas del crecimiento del empleo en los últimos años es la persistencia de las dinámicas tradicionales del mercado laboral español, que aún está lejos de haber experimentado la transformación estructural que proclama el Gobierno. El aumento del empleo impulsado por trabajadores extranjeros también pone de manifiesto que el sector servicios, el comercio y la hostelería siguen siendo los principales motores laborales del país. A pesar de la reforma laboral aprobada en 2021 bajo la dirección de Yolanda Díaz, estos sectores continúan sin generar un mayor valor añadido. "Ha habido una ligera mejora, pero no se ha producido un cambio estructural en el tejido productivo", señala a EXPANSIÓN Miguel Ángel García, investigador de Fedea y profesor de Economía Aplicada en la URJC. Independientemente del origen de los trabajadores, de los casi 1,9 millones de empleos creados en este periodo, un 31% corresponde a las administraciones públicas, la educación y las actividades sanitarias. De hecho, estos sectores, vinculados al ámbito público, concentran el mayor número de empleados dentro del total de 21,9 millones de ocupados registrados al cierre del último ejercicio, representando el 23,2%. En cuanto a su peso en el mercado laboral, el comercio y la hostelería ocupan la segunda posición, con un 22,9% del total de trabajadores, a pesar de los cinco años transcurridos y más de dos años de reforma laboral. Así, la persistencia de empleos de menor calidad y con mayores niveles de precariedad pone en duda el impacto real de las medidas adoptadas. Esto se ve acentuado por el hecho de que muchos de los empleos de mayor calidad están ligados al despliegue temporal de los fondos europeos.

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(El Economista, 24-03-2025) | Laboral

Comunidad Valenciana y Murcia tirarán de la creación de empleo en el segundo trimestre

Las empresas ubicadas en el levante español, es decir, en la Comunidad Valenciana y Murcia, serán las principales impulsoras de la creación de empleo durante el segundo trimestre de 2025. Según el Estudio de Proyección de Empleo de ManpowerGroup, las compañías del este de España prevén un incremento del 21% en la generación de puestos de trabajo entre abril y junio. Esta cifra representa un aumento del 12% respecto al trimestre anterior y supera en 6 puntos la media nacional. Tras el levante, las siguientes regiones con mejores previsiones de empleo son la zona centro (Madrid y Castilla-La Mancha), el noreste (Cataluña) y el noroeste (Galicia, Asturias y Castilla y León), todas con una estimación de crecimiento del 18%. Sin embargo, en el caso de Cataluña y el noroeste, aunque las expectativas siguen siendo positivas, han experimentado una caída de 9 puntos en comparación con el trimestre anterior. Por otro lado, las zonas con menor optimismo respecto a la generación de empleo son el norte (País Vasco, Cantabria, Navarra y Aragón) y el sur (Andalucía y Extremadura), ambas con una previsión del 13%. A nivel nacional, la tendencia en las contrataciones se mantiene en un tono positivo, con un incremento de 3 puntos en comparación con el año anterior, cuando se situaba en el 12%. Este optimismo se debe a que el 33% de las empresas prevé ampliar su plantilla, el 49% espera mantenerla estable y solo un 16% considera que reducirá su equipo. Como resultado, la previsión de contratación para el trimestre alcanza el 15%. Si se analizan las previsiones de creación de empleo en los segundos trimestres de cada año desde 2015, el dato de 2025 es el segundo más alto, solo superado por el de 2022. En ese año, las compañías mostraron un gran optimismo tras la recuperación de la actividad económica luego de la pandemia de la Covid-19. Pese a este buen dato a nivel nacional, España aún se encuentra 15 puntos por debajo de la media global, que se sitúa en el 25%. El grado de optimismo sobre la contratación varía en función del tamaño de las empresas. Las pequeñas y medianas empresas (de hasta 249 empleados) son las menos propensas a aumentar su plantilla, mientras que aquellas con entre 250 y 999 trabajadores lideran las previsiones con un 27%, superando incluso a las grandes corporaciones con más de 5.000 empleados. En cuanto a los sectores, el de transporte, logística y automoción encabeza las previsiones de generación de empleo en España con un 27%. Le siguen de cerca el sector financiero e inmobiliario, con un 26%, y los sectores de bienes y servicios de consumo, salud y farmacia, ambos con un 25%. En el extremo opuesto, el sector de publicidad y comunicación es el único con una previsión negativa, ya que se espera una reducción del empleo del 18%.

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(El País, 24-03-2025) | Laboral

El examen de las pensiones tendrá el escrutinio de la Comisión Europea

Las pensiones afrontan una semana clave bajo la atenta supervisión de la Comisión Europea. La Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal (AIReF) está ultimando su informe sobre las medidas de ingresos del sistema, cuya publicación está prevista para el 31 de marzo. Esta evaluación fue exigida por Bruselas debido a su desconfianza en la reforma aprobada en su momento por el entonces ministro de Seguridad Social, José Luis Escrivá. Por ello, se estableció que cada tres años se revisaran las previsiones de gastos e ingresos y que, en caso de desviaciones, se adoptaran medidas correctoras. En lo que respecta a los gastos, se toma como referencia el informe de envejecimiento de la Comisión Europea. Para los ingresos, la AIReF se encarga de evaluar el impacto de las medidas implementadas. Mientras que el informe sobre los gastos ya ha sido publicado, la AIReF realizó un análisis preliminar sobre los ingresos. Al combinar ambos resultados, se estima un desfase de aproximadamente 12.000 millones de euros, equivalente al 0,8% del PIB, considerando la primera de las dos revisiones al alza del PIB realizadas por el INE. Sin embargo, el Gobierno recurrió a una estrategia inesperada para la Comisión: como adelantó El País, incluyó como ingresos las transferencias estatales a la Seguridad Social. Esta decisión se plasmó en un real decreto que establece cómo debe llevarse a cabo la evaluación de la AIReF. De este modo, al incorporar cerca de 20.000 millones en transferencias, el análisis no reflejaría la necesidad de ajustes. Este movimiento permitiría al Ejecutivo evitar que el sistema de pensiones proyecte una imagen de insuficiencia, evitando así una subida adicional de cotizaciones que podría afectar al empleo. La normativa establece que, si se detecta un desfase presupuestario, se deberán tomar medidas. En caso de que no se logre un acuerdo parlamentario para su implementación, se activaría un aumento automático de las cotizaciones en un plazo de cinco años, distribuyendo el ajuste en un quinto del déficit cada año. Dada la coyuntura política actual, es probable que esta subida de cuotas termine aplicándose. No obstante, la Comisión Europea ha mostrado su escepticismo respecto a este enfoque. Según fuentes conocedoras del proceso, recientemente un equipo de la Comisión visitó Madrid para discutir diversos temas, entre ellos la evaluación de las pensiones. Durante estas conversaciones, Bruselas recordó al Ejecutivo español que la inclusión de las transferencias no formaba parte de los acuerdos cuando se pactó la reforma, que estaba vinculada a los compromisos adquiridos para recibir los fondos europeos. Mientras el Gobierno defendió que el artículo 109 de la Ley de Seguridad Social permite considerar las transferencias como ingresos, los técnicos europeos argumentaron que, en términos de sostenibilidad, los ingresos deben ser únicamente cotizaciones o impuestos, no traspasos dentro del propio Estado. A su juicio, este enfoque no soluciona el problema financiero, sino que simplemente lo traslada dentro del ámbito de las Administraciones Públicas. Este análisis de las pensiones también está ligado al plan fiscal que España presentó ante Bruselas. La Comisión esperaba que la evaluación reflejara el ajuste del 0,8% del PIB, lo que facilitó la aprobación del plan presupuestario a medio plazo presentado en octubre. En el pasado, Bruselas ya había impuesto medidas adicionales por valor de 4.500 millones de euros, entre ellas la subida del impuesto al diésel, como parte de los compromisos adquiridos para desbloquear el quinto pago de los fondos europeos. Por el momento, la Comisión mantiene una posición oficial de espera hasta la publicación del informe de la AIReF, que será determinante en la evaluación del desembolso de los fondos europeos. La valoración del quinto pago, inicialmente prevista para antes, se ha pospuesto hasta el 11 de abril. No obstante, España ya recibió casi 10.000 millones de euros en el cuarto tramo de fondos europeos gracias a la reforma de pensiones. Sin embargo, dependiendo de las conclusiones del informe de la AIReF, Bruselas deberá evaluar si el hito de sostenibilidad financiera previamente validado sigue cumpliéndose. De no ser así, se podría considerar un incumplimiento, lo que incluso podría derivar en la retención de fondos ya entregados. El Tribunal de Cuentas Europeo ha insistido en que todas las reformas e inversiones deben estar plenamente justificadas, y la inclusión de las transferencias como ingresos podría suponer un obstáculo en este sentido. Un documento fundamental en este debate es el informe de sostenibilidad de las pensiones que elaboró Escrivá durante su mandato. Este informe fue un requisito para la obtención de los fondos europeos y tenía como objetivo demostrar que la reforma de pensiones garantizaba la sostenibilidad financiera del sistema. En su análisis, no se contemplaban las transferencias estatales como ingresos y, de hecho, se explicaba el motivo: se señalaba que, incluso con la reforma impulsada por el Partido Popular, existía un déficit estructural cercano al 1,5% del PIB. El informe argumentaba que, ante esta situación, era necesario un mayor apoyo estatal para corregir el desequilibrio, al menos en el corto plazo. Además, el hito 406 de los fondos europeos reconocía que estas transferencias tenían la función de reducir el déficit de la Seguridad Social, trasladándolo a la Administración central. En línea con este objetivo, los Presupuestos Generales del Estado de 2021 ya incluyeron una partida de casi 14.000 millones de euros en esta dirección. Es decir, las transferencias ya habían sido utilizadas anteriormente para minimizar el déficit, situándolo en el 0,6% del PIB en 2022, año que sirve como referencia para la evaluación de las pensiones, cuyo análisis abarca el período 2022-2050. Según Miguel Ángel García, profesor de la Universidad Rey Juan Carlos e investigador de Fedea, con las recientes actualizaciones del PIB, el gasto en pensiones aumentará en promedio 2,2 puntos del PIB en ese periodo y alcanzará los 3,8 puntos en 2050. Si se supone que los ingresos crecerán según lo previsto en la evaluación, en 1,7 puntos en promedio y 2,4 puntos en 2050, el sistema aún reflejaría un déficit del 2% del PIB en 2050. Sin embargo, si las transferencias estatales se computan como nuevos ingresos-lo que equivaldría a un 1,3% del PIB que ya había sido incluido en las cuentas de 2022-el déficit ascendería por encima del 3% del PIB. Por ello, los expertos advierten sobre una "doble contabilización", dado que estos fondos ya habían sido tenidos en cuenta cuando se establecieron los parámetros de la evaluación. Esta es una de las razones por las que Bruselas sigue mostrando reticencias, destacando en sus informes los desafíos de equidad intergeneracional que enfrenta España. En este contexto, la AIReF se encuentra en una posición delicada. Por un lado, la normativa gubernamental le obliga a considerar las transferencias como ingresos adicionales. Por otro, su credibilidad como organismo independiente está en juego. Deberá analizar qué transferencias tienen carácter estructural y cuáles son coyunturales. Además, junto con su informe sobre los ingresos del sistema de pensiones, emitirá una valoración sobre la sostenibilidad de las cuentas públicas ante el envejecimiento de la población. En este análisis, explicará que el objetivo fijado por la evaluación de Bruselas-limitar el gasto en pensiones al 13,3% del PIB tras descontar las medidas de ingresos-no implica necesariamente que el sistema sea sostenible y ofrecerá su visión, sin considerar las transferencias, sobre el verdadero desafío que afronta España en este ámbito.

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(El Periódico, 24-03-2025) | Laboral

El Sepe hace oficial que quitará el subsidio a los parados que no acudan a las entrevistas de trabajo

El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) establece una serie de condiciones que los desempleados deben cumplir para recibir los subsidios que ofrece. Recientemente, ha advertido que el incumplimiento de cualquiera de estos requisitos podría suponer la suspensión del ingreso mensual. En particular, ha recordado a los beneficiarios del subsidio para mayores de 52 años la necesidad de cumplir con una condición fundamental para seguir percibiendo esta ayuda. El subsidio para mayores de 52 años es una prestación económica dirigida a personas desempleadas que han alcanzado esta edad y han agotado otras ayudas por desempleo. Su finalidad es proporcionar un ingreso mensual y mantener las cotizaciones a la Seguridad Social para la pensión de jubilación, hasta que el beneficiario alcance la edad establecida para retirarse o consiga un empleo. El importe mensual de esta ayuda equivale al 80% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), lo que en 2024 se traduce en 480 euros al mes. Esta prestación se mantiene en vigor hasta que el beneficiario cumpla la edad de jubilación legal, siempre que continúe cumpliendo con las condiciones exigidas. Además, este subsidio es uno de los más flexibles, ya que puede combinarse con un empleo a tiempo parcial, aunque en ese caso el monto recibido se ajustará proporcionalmente a la jornada laboral. Para acceder a esta ayuda es necesario cumplir con los siguientes requisitos: Tener 52 años o más en el momento de la solicitud. Estar en situación de desempleo total o trabajando a tiempo parcial. Inscribirse como demandante de empleo y mantener la inscripción activa mientras se perciba el subsidio. Haber cotizado por desempleo al menos seis años a lo largo de la vida laboral. Reunir todos los requisitos exigidos para acceder a una pensión contributiva de jubilación, excepto la edad. No disponer de rentas personales que superen el 75% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI). El SEPE ha recalcado que los beneficiarios de este subsidio deben acudir a las entrevistas de trabajo a las que sean convocados mientras perciban la ayuda. Asimismo, si reciben una oferta de empleo, están obligados a considerarla y presentarse a la selección correspondiente para no arriesgarse a perder la prestación. Para que una oferta de trabajo o una entrevista sean consideradas adecuadas, deben estar relacionadas con la última ocupación o formación del candidato. Además, el salario ofrecido no podrá ser inferior al Salario Mínimo Interprofesional (SMI) vigente.

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(El País, 20-03-2025) | Laboral

El Supremo acepta que un jubilado se quede con 12.000 euros de una pensión que recibió por error

El Tribunal Supremo ha determinado que un jubilado podrá conservar los 12.000 euros de pensión que recibió por error, al considerar que no era consciente de que no cumplía con los requisitos para percibirla. En una sentencia del 5 de marzo, la Sala de lo Social rechazó el recurso de casación presentado por el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) y confirmó el fallo emitido en marzo de 2022 por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM). El caso se remonta a 2015, cuando se le concedió al hombre un subsidio por desempleo para mayores de 55 años, con la previsión de que lo recibiría hasta que alcanzara la edad de jubilación. Hasta el momento del litigio, había percibido un total de 12.030,84 euros. Sin embargo, en 2019, la Seguridad Social determinó que no cumplía con los requisitos para una pensión contributiva, ya que solo había cotizado 228 días hasta marzo de 2015, por lo que le reclamó la devolución de las cantidades cobradas. El TSJM falló a favor del jubilado y ahora el Supremo ha aclarado si, en casos como este, en los que el SEPE concedió un subsidio erróneamente tras recibir información incorrecta del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), el beneficiario está obligado a devolver el dinero recibido. A diferencia de otras situaciones ya analizadas por los tribunales, en este caso no hay evidencia de que el afectado supiera en ningún momento que no reunía los requisitos para recibir el subsidio ni que, a pesar de ello, siguiera cobrando el dinero sin intentar regularizar su situación. El Supremo subraya que existe una diferencia entre saber que se están recibiendo pagos indebidos -como ocurrió en el caso Cakarevic, abordado por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH)- y desconocer por completo que no se tiene derecho a ellos. El caso Cakarevic se refiere a una ciudadana croata que sí era consciente de que no cumplía los requisitos para acceder a una pensión de jubilación, pero no hizo nada para corregir la situación. En cambio, en este caso, el Tribunal Supremo concluye que el jubilado actuó de buena fe y, por tanto, no debe devolver el dinero.

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