(El Economista, 14-02-2025) | Laboral

CEOE baraja quitar los complementos salariales durante las bajas

La patronal estudia la posibilidad de eliminar o modificar los complementos salariales que las empresas añaden a las prestaciones de la Seguridad Social para cubrir el sueldo de los trabajadores durante sus bajas laborales. Así lo afirmó este jueves Rosa Santos, directora de Empleo, Diversidad y Protección Social de la CEOE, en declaraciones recogidas por APM. Según su criterio, estos complementos pueden llegar a cubrir casi la totalidad del salario del empleado, lo que podría incentivar el absentismo. El informe sobre absentismo laboral de 2024, elaborado por la Asociación de Mutuas de Accidentes de Trabajo (Amat) y la Asociación Española de Distribuidores, Autoservicios y Supermercados (Asedas), revela que el año pasado se registraron más de 8,7 millones de bajas por enfermedad o accidente no laboral. Esto supuso un coste superior a los 28.987 millones de euros en prestaciones de la Seguridad Social y gastos directos para las empresas, lo que representa un aumento del 99% en los últimos seis años. Ante esta situación, la CEOE plantea abordar el cambio a través de la negociación colectiva, revisando los convenios que incluyen estos complementos salariales mientras el trabajador se encuentra de baja. Sin embargo, fuentes de la patronal han aclarado a este diario que no buscan impulsar una reforma legal al respecto, sino que el tema se debatirá en cada sector y siempre con el compromiso de proteger a los trabajadores. "Analizaremos cada caso y tomaremos medidas. Si aumenta el número de bajas por incapacidad temporal, tenemos un problema de salud que debe ser atendido", han señalado. Además, la patronal propone reducir mediante una reforma legal el porcentaje aplicado a la base reguladora para calcular la prestación económica por incapacidad temporal derivada de enfermedades comunes, ajustándolo en función de la gravedad de la dolencia. Otra de sus propuestas es eliminar la obligación de las empresas de pagar la prestación económica por contingencias comunes entre el cuarto y el decimoquinto día de baja, trasladando esa responsabilidad exclusivamente a la Seguridad Social en caso de que la baja se prolongue. Por otro lado, Santos adelantó que la gestión de los procesos de baja por enfermedades traumatológicas de origen común pasará a ser competencia de las mutuas en breve, ya que el acuerdo en esta materia está prácticamente cerrado. En esta línea, la CEOE defiende que las mutuas asuman una "gestión integral" de las bajas por contingencias comunes, especialmente en patologías traumatológicas y psicológicas, e incluso que tengan la facultad de conceder el alta médica. Asimismo, la patronal aboga por devolver a las mutuas la capacidad de intervenir en bajas por contingencias comunes de más de 365 días de duración y propone mejorar la financiación de la incapacidad temporal en estos organismos. Para ello, plantean aumentar al 8% el coeficiente general de la fracción de cuota que perciben y establecer un mecanismo adicional de financiación para las mutuas que lo requieran, con el objetivo de equilibrar sus cuentas en la gestión de las contingencias comunes.

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(El Economista, 14-02-2025) | Laboral

Seguridad Social recauda 180 millones de euros más con el nuevo sistema de cotización de autónomos

La Seguridad Social ha recaudado 180 millones de euros adicionales gracias al nuevo sistema de cotización para los trabajadores autónomos basado en sus rendimientos netos, según informó esta mañana la Unión de Profesionales y Trabajadores Autónomos (UPTA). Este mecanismo de regularización entró en vigor en enero de este año, y ayer el Ministerio finalizó la primera fase del proceso. A partir de marzo, la Tesorería de la Seguridad Social comenzará a devolver los importes a aquellos autónomos que hayan cotizado por encima de la base correspondiente a sus ingresos reales. Como resultado, 900.000 autónomos verán reducida su carga contributiva, mientras que más de 880.000 deberán asumir una cotización adicional. De acuerdo con UPTA, la implantación de este sistema "está permitiendo restablecer la justicia contributiva, ajustando las cotizaciones a los ingresos reales de los trabajadores por cuenta propia". Además, el ajuste ha generado un impacto positivo en la recaudación de la Seguridad Social, con un incremento de más de 180 millones de euros en los ingresos. Sin embargo, desde la Asociación de Trabajadores Autónomos (ATA) critican la lentitud del proceso. "Han pasado ya dos años desde 2023", recuerdan, señalando que esta regularización afecta a cuotas de ejercicios pasados, lo que puede perjudicar a algunos autónomos que han cambiado su situación económica, ya sea por haber cesado su actividad o por haber aumentado sus ingresos. Según los datos publicados por la Seguridad Social y recogidos por elEconomista.es, un 50,7% de los autónomos tendrán que modificar su tramo de cotización. De este grupo, el 23,8% ha cotizado por debajo de lo que les correspondía y deberá abonar una media de 450 euros adicionales (aproximadamente 38 euros más al mes). Por otro lado, el 26,8% (unos 990.000 autónomos) ha cotizado por encima de su tramo y recibirá un reembolso medio de 600 euros. El resto de los autónomos que ya estaban dados de alta en 2023 no experimentará cambios en sus cotizaciones. Tras analizar las cotizaciones de 3.729.782 trabajadores por cuenta propia presentadas por la Agencia Tributaria, se ha determinado que el 49,3% no necesitará ajustar su tramo de cotización. De este porcentaje, el 21,9% no tiene periodos regularizables y el 28,11% ha cotizado dentro de su tramo correcto. Es relevante destacar que, dentro del 26,8% de autónomos que cotizaron por encima de lo que les correspondía, el 60% ha decidido mantener su base de cotización a pesar de tener derecho a una devolución, lo que les permitirá acceder a mejores prestaciones sociales en el futuro.

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(El País, 14-02-2025) | Laboral

796 personas murieron en el trabajo en España en 2024

El año pasado, cerca de 800 personas perdieron la vida en su entorno laboral, según los datos provisionales difundidos este jueves por el Ministerio de Trabajo. En total, se registraron 796 fallecimientos, lo que supone un aumento del 10,4% respecto al año anterior. Este incremento es "alarmante", según Mariano Sanz, especialista en salud laboral de CC OO, quien descarta la idea de que el alza de la siniestralidad esté ligada al crecimiento del empleo, ya que la ocupación solo aumentó un 2,4% en el mismo periodo, una diferencia de ocho puntos. "Demasiadas personas mueren en el lugar donde deberían ganarse la vida. Estos datos se asemejan más a un parte de guerra que a un informe de accidentes laborales", lamenta José de las Morenas, coordinador de la secretaría confederal de Salud Laboral de UGT. Del total de fallecimientos, 646 ocurrieron durante la jornada laboral, 65 más que el año anterior, lo que representa un incremento del 11,2%. También aumentaron las muertes in itinere, es decir, aquellas que suceden en el trayecto de ida o vuelta al trabajo, con 150 casos, un 7,1% más. Este es el segundo peor registro de la serie histórica, solo superado por el de 2022, cuando se alcanzaron 826 muertes. Entre las principales causas de los accidentes mortales, destaca el aumento de fallecimientos por impacto con un objeto en movimiento, que se duplicaron en un año, pasando de 22 en 2023 a 46 en 2024. También se registraron más muertes por infartos, derrames cerebrales y otras causas naturales (266, un incremento de 21), por accidentes de tráfico durante la jornada laboral (96, cinco más) y por atrapamientos, aplastamientos o amputaciones (99, con 12 casos adicionales). Al ser consultada sobre este incremento, la vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, afirmó: "La siniestralidad ha aumentado en España y a nivel mundial. Es un problema gravísimo en el que estamos trabajando junto a los agentes sociales, especialmente en la prevención de riesgos laborales". Además, hizo un llamado a empresarios y trabajadores para reforzar la prevención en el ámbito laboral. Por sectores, los servicios registraron el mayor número de accidentes mortales con 326 casos, 44 más que el año anterior. Le siguen la construcción (135, con un aumento de cuatro), la industria (116, con 20 más) y el sector agrario (69, con tres menos). No obstante, al analizar la incidencia -es decir, la proporción de accidentes en relación con el número de trabajadores- el mayor incremento se observó en la industria, donde pasó de 4,07 a 4,84 por cada 100.000 empleados. En los servicios, subió de 1,83 a 2,06; en la construcción, de 9,49 a 9,61; y en el sector agrario, aunque descendió de 10,33 a 9,73, sigue siendo la actividad con mayor tasa de siniestralidad. Una vez más, la mayoría de las víctimas fueron hombres, con 728 fallecimientos (91% del total), lo que supone un aumento de 70 respecto al año anterior. En el caso de las mujeres, se registraron 68 muertes, cinco más que en 2023. Este desequilibrio se debe en gran parte a que los hombres predominan en sectores con mayor índice de accidentes, como la construcción y la agricultura. A pesar del aumento en la mortalidad laboral, el número de accidentes con baja apenas varió, pasando de 624.911 en 2023 a 628.300 en 2024, un leve incremento del 0,5%. Para Mariano Sanz, esta diferencia es una "anomalía" y señala tres factores que explican el aumento de los fallecimientos: la falta de recursos en la Inspección de Trabajo, la escasa formación en prevención entre empresarios y gerentes, y la desregulación en materia de seguridad laboral. "Las reformas impulsadas por el Partido Popular han convertido la prevención en un negocio donde prima el costo sobre la calidad", sostiene. Por otro lado, algunos expertos apuntan al envejecimiento de la población trabajadora como un factor determinante en el aumento de la siniestralidad. "La edad, al igual que el género, es un aspecto clave en la seguridad laboral. No es la persona quien debe adaptarse al trabajo, sino el trabajo a la persona. Las condiciones laborales afectan de manera muy distinta a un joven de 18 años que a un trabajador de 60", explica De las Morenas. Además, subraya que el estrés y la sobrecarga laboral están detrás del incremento de infartos y derrames cerebrales, problemas agravados por la conectividad permanente y los entornos laborales con altos niveles de presión. "Los riesgos psicosociales siguen siendo de los menos evaluados", concluye.

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(Expansión, 13-02-2025) | Laboral

El Congreso aprueba la subida de las pensiones y las ayudas al transporte público

El Congreso de los Diputados ha aprobado este miércoles la convalidación del real decreto ley que contempla la revalorización de las pensiones y la prórroga de las ayudas al transporte público, entre otras disposiciones. La única formación que votó en contra fue Vox. Como se esperaba, la norma obtuvo un respaldo mayoritario con 315 votos a favor (procedentes de los socios del Gobierno, junto con PP y Junts), 33 en contra (correspondientes a Vox) y una abstención (de UPN). Además, se ha acordado su tramitación como proyecto de ley, lo que permitirá a los grupos parlamentarios proponer modificaciones. Este decreto incorpora varias medidas que ya figuraban en el anterior decreto 'ómnibus', el cual no logró los apoyos necesarios en el Congreso. No obstante, deja fuera disposiciones como las entregas a cuenta para las comunidades autónomas y las ayudas para la compra de vehículos eléctricos. Durante la defensa del decreto, el ministro de Presidencia, Félix Bolaños, agradeció el respaldo de los grupos parlamentarios que han permitido acabar con una "incertidumbre innecesaria e injustificada". Asimismo, ironizó sobre el cambio de postura del PP, que decidió apoyar la norma cuando su voto ya no era determinante, pese a haber defendido con firmeza argumentos que, según él, resultaron ser "falsos". Desde el PP, el diputado Jaime de Olano justificó el apoyo de su partido al considerar que el decreto incluye tres de sus demandas: la subida de las pensiones, la bonificación del transporte y la ayuda a los afectados por la dana. Sin embargo, señaló que siguen estando en desacuerdo con otras medidas, como la cesión de un palacete en París al PNV. Por su parte, Junts explicó que en esta ocasión respaldó el decreto porque sí hubo negociación previa. Además del PSOE y Sumar, la norma recibió el apoyo de PNV, ERC, Bildu, BNG y Coalición Canaria, aunque algunos de estos grupos criticaron tanto al PP y Junts por haber rechazado el primer decreto como al Gobierno por las medidas que quedaron fuera. Vox votó en contra al considerar que el decreto es una "trampa" y una "vergüenza" que no soluciona el problema de las pensiones. Por su parte, UPN se abstuvo, ya que, aunque respalda algunas medidas, rechaza otras como la eliminación de la rebaja del IVA en los alimentos. El decreto convalidado establece un incremento del 2,8% en las pensiones contributivas y del 9% en las no contributivas, además de la actualización de las bases máxima y mínima de cotización a la Seguridad Social y de las cuantías del Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI), con efectos retroactivos desde el 1 de enero. Asimismo, prolonga las bonificaciones al transporte público, la suspensión de desahucios y lanzamientos por impago de renta para hogares vulnerables, la prohibición de cortar suministros básicos a familias en situación de vulnerabilidad y mantiene el llamado escudo antiopas. El decreto también contempla ayudas para municipios, hogares y empresas afectados por la dana, así como para los damnificados por la erupción del volcán de La Palma. Además, pone en marcha un sistema público de avales y garantías para propietarios e inquilinos.

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(El Economista, 13-02-2025) | Laboral

Las mujeres se quedan con lo peor del empleo en España tras la reforma laboral

La brecha en oportunidades laborales y calidad del empleo entre hombres y mujeres sigue siendo un problema estructural en el mercado de trabajo. A pesar de la reforma laboral y otras medidas de conciliación, esta desigualdad no ha desaparecido, sino que ha cambiado de forma. Un claro ejemplo de ello es que el aumento en la firma de contratos indefinidos entre trabajadoras ha sido 44 puntos porcentuales menor que el registrado entre los hombres. Además, solo 4 de cada 10 empleos estables obtenidos por mujeres son a jornada completa. No obstante, esto no implica una mayor precarización del empleo femenino. De hecho, las mujeres están firmando más contratos fijos que nunca, lo que representa un avance positivo. Sin embargo, siguen estando en desventaja en comparación con sus compañeros varones, lo que exige un análisis detallado que los datos agregados del mercado laboral no siempre reflejan con claridad. En enero de 2025, se firmaron 508.215 contratos indefinidos, lo que supone un incremento del 185% respecto a enero de 2019, el periodo más comparable antes de la reforma laboral y sin la distorsión de la pandemia. En el caso de los hombres, el crecimiento fue del 199,4%, mientras que para las mujeres fue del 155,4%. Actualmente, ellas firman un 34,1% menos de contratos indefinidos que los hombres, una brecha que en 2019 era del 22,9% y que ahora alcanza su nivel más alto desde abril de 2001. Si bien el porcentaje de contratos indefinidos ha aumentado significativamente -pasando del 7,9% en 2001 al 41,9% en la actualidad-, la distribución sigue siendo desigual. Para los hombres, estos representan el 46,2% de los contratos firmados, mientras que para las mujeres apenas llegan al 36,5%. En enero de 2025, las trabajadoras representaron el 45,3% del total de contratos firmados, pero solo el 39,7% de los indefinidos, el nivel más bajo desde 1999. La vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, ha defendido que medidas como la subida del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) y la reducción de la jornada laboral a 37,5 horas tienen un impacto feminista. Y no le falta razón, ya que las mujeres, que perciben salarios más bajos en general, concentran el 63,8% de los contratos a tiempo parcial, la cifra más alta desde 2011. Según la Encuesta de Población Activa (EPA), hay 2,52 millones de mujeres con empleo a tiempo parcial frente a 806.400 hombres. Además, el 44,7% de estas trabajadoras declara que no encuentra un empleo a jornada completa, una cifra incluso superior al porcentaje de mujeres que trabajan a tiempo parcial por responsabilidades familiares. En el caso de los hombres, este porcentaje es del 44%. Aunque esta proporción ha disminuido en los últimos años para ambos géneros, por primera vez desde 2009 es mayor en las mujeres. Esta realidad es aún más llamativa en un contexto en el que muchas empresas reportan dificultades para encontrar mano de obra. El impacto de esta desigualdad va más allá del ámbito social o político y tiene implicaciones macroeconómicas. La incorporación de la mujer al mercado laboral ha sido un motor clave para el empleo en España. Desde 2008, el número de hombres ocupados ha disminuido un 2,6%, mientras que el de mujeres ha aumentado un 17,8%, lo que ha sido fundamental para la recuperación tras la crisis financiera. Sin embargo, si sus empleos son de menor calidad, esto repercute en su capacidad de consumo y en sus decisiones económicas y personales. La reforma laboral ha evidenciado estas desigualdades. Antes de su entrada en vigor, la diferencia en la firma de contratos indefinidos entre hombres y mujeres era menor. De hecho, en 2012, las mujeres llegaron a firmar más contratos indefinidos que los hombres, aunque esto se debió a la regularización de las empleadas del hogar, que obligó a formalizar cientos de miles de contratos para trabajadoras que antes estaban en la economía sumergida. Aquella medida, impulsada por el PSOE en la última etapa de José Luis Rodríguez Zapatero y ejecutada por el PP con Mariano Rajoy, fue un avance significativo para este colectivo, pero tuvo un impacto puntual en las estadísticas. Con la reforma laboral actual, la brecha entre hombres y mujeres en la contratación indefinida ha vuelto a ampliarse. Paradójicamente, en el caso de los contratos temporales, la diferencia de género ha seguido el camino contrario. Históricamente, los hombres han firmado más contratos temporales que las mujeres, con una brecha del 25,6% en enero de 2019. Sin embargo, para enero de 2025, esta diferencia se ha reducido al 2,3%. Este fenómeno se explica en gran parte por la reforma laboral, que restringió la contratación temporal a casos muy específicos en los que no es posible contratar de forma indefinida. Esto ha afectado especialmente a sectores como la construcción y ciertas industrias con predominio masculino, mientras que en sectores como la hostelería, el comercio, la educación, la sanidad y los servicios sociales, donde hay mayor presencia de mujeres, la reducción de la temporalidad ha sido menos pronunciada.

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(El Periódico, 13-02-2025) | Laboral

La regularización de cuotas le sale a pagar a 900.000 autónomos y deberán abonar una media de 450 euros

La Seguridad Social avanza en la fase final del primer proceso de regularización de cuotas para los trabajadores autónomos. Desde la implantación del nuevo sistema en 2023, los empleados por cuenta propia deben cotizar en función de sus ingresos reales, lo que ha llevado a que casi la mitad del colectivo haya tenido que ajustar su cuota mensual, ya sea para aumentar o reducir el importe. En concreto, alrededor de 900.000 autónomos deberán abonar una media de 450 euros antes del 30 de abril para compensar la diferencia entre lo que cotizaron en 2023 y lo que realmente deberían haber aportado, según datos de la Seguridad Social. Por otro lado, el organismo prevé reembolsar, también antes del 30 de abril, un promedio de 600 euros a aquellos autónomos que cotizaron por encima de lo que les correspondía. Estos cálculos han sido presentados por el secretario de Estado de Seguridad Social, Borja Suárez, en una rueda de prensa en la que hizo balance del proceso de regularización. La revisión de datos, realizada en colaboración con la Agencia Tributaria, ha revelado que el 27% de los autónomos pagó de más y el 24% de menos, sobre un total de 3,7 millones de trabajadores por cuenta propia. Para el resto, las cuotas abonadas en 2023 fueron correctas, por lo que no tendrán que pagar ni recibir devoluciones. En total, la Seguridad Social ha detectado que aproximadamente 1,9 millones de afiliados al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) presentaron discrepancias entre sus ingresos y sus cotizaciones. De ellos, unos 890.000 (el 23,85%) cotizaron por debajo de lo que les correspondía, mientras que algo más de un millón (el 26,85%) aportó en exceso. El 49,3% de los autónomos sí cotizó de acuerdo con sus ingresos reales al cierre del año. El nuevo sistema establece que cada trabajador pague una cuota proporcional a sus rendimientos reales, distribuyéndolos en 15 tramos. Los autónomos pueden ajustar su base de cotización cada tres meses para evitar tanto sobrepagos como insuficiencias en sus aportaciones. En esta primera regularización, que se repetirá anualmente al estilo de la declaración de la renta, se ha comprobado que casi la mitad de los autónomos no han ajustado correctamente sus cotizaciones. Entre ellos, hay una ligera mayoría que ha cotizado de más y tendrá derecho a un reembolso medio de 600 euros. Si no solicitan expresamente conservar esa sobrecotización para mejorar sus futuras prestaciones, recibirán el dinero en las próximas semanas. Según la Seguridad Social, aproximadamente la mitad de los que han pagado de más han optado por renunciar a la devolución para consolidar una mayor base de cotización y mejorar su protección social. Por otro lado, unos 880.000 autónomos han cotizado por debajo de lo que les correspondía y deberán abonar una diferencia media de 450 euros. Una vez reciban la notificación, que se prevé enviar a lo largo de marzo, dispondrán hasta el 30 de abril para efectuar el pago. En caso de retraso, se les aplicará un recargo del 20%. Aunque la Seguridad Social no ha diseñado un plan específico para facilitar el pago de estos ajustes, recuerda que la Tesorería ofrece procedimientos habituales de aplazamiento y fraccionamiento de las cotizaciones. Con los datos preliminares ya analizados, la Seguridad Social ha comenzado a notificar progresivamente a los autónomos que cotizaron de más. En las próximas semanas hará lo propio con quienes deben regularizar su situación. Los afectados tendrán la posibilidad de presentar alegaciones si consideran que hay errores en el cálculo.

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(Expansión, 12-02-2025) | Laboral

Comercio y la hostelería, los sectores más beneficiados con la subida del SMI

La clasificación salarial proporcionada por la Encuesta de Población Activa (EPA), elaborada por el Instituto Nacional de Estadística (INE), refleja cómo la subida del salario mínimo ha impactado en los distintos sectores. Los últimos datos disponibles, correspondientes a los sueldos de 2023, permiten analizar esta cuestión desde dos perspectivas: en primer lugar, el nivel medio de remuneración en cada rama de actividad, donde los salarios más bajos son los más propensos a beneficiarse de la revalorización; en segundo lugar, la proporción de trabajadores situados en los deciles de renta más bajos dentro de cada sector. Desde el primer punto de vista, los sectores más afectados son aquellos con los salarios más bajos. Entre ellos destaca el empleo doméstico, con una remuneración media de 1.014 euros mensuales en doce pagas, siendo el más bajo de los veinte sectores analizados. Le siguen la hostelería (1.455 euros), la agricultura (1.561 euros), las actividades administrativas (1.615 euros), la categoría de "otros servicios" (1.705 euros), las actividades artísticas (1.716 euros) y el comercio (1.815 euros). Estos sectores, al contar con sueldos más bajos, concentran un mayor número de trabajadores que se beneficiarán del incremento del salario mínimo. Desde la segunda perspectiva, el desglose por deciles de renta permite identificar con mayor precisión los sectores más favorecidos por la subida. Los más afectados directamente por el nuevo salario mínimo de 1.381 euros mensuales en doce pagas son aquellos situados en los dos primeros deciles de renta, con sueldos medios de 645 y 1.210 euros al mes. También se verán impactados algunos trabajadores del tercer decil, que tiene una media de 1.434 euros, aunque el desglose estadístico no permite cuantificarlos con exactitud. En términos de volumen de trabajadores en los niveles salariales más bajos, los sectores más afectados son el comercio y la hostelería, que representan el 18,3% y el 15% respectivamente, sumando en conjunto un tercio (33,3%) de los beneficiarios directos de la subida. A continuación, se encuentran las actividades administrativas y el empleo doméstico, ambos con un 10%. En total, estos cuatro sectores agrupan más de la mitad de los trabajadores que recibirán un incremento salarial. En un nivel inferior, se encuentran los empleados de la educación (5,4%), la industria manufacturera (5,3%), la agricultura y las actividades artísticas (4,2% cada una) y "otros servicios" (3,8%). El sector agrícola presenta un caso particular. Aunque no aparece entre los sectores más afectados en términos absolutos, el Gobierno ha señalado que muchos trabajadores agrícolas se beneficiarán de la subida, mientras que los empresarios del campo, como la organización Asaja, han manifestado preocupación por el impacto en sus costos laborales. Para comprender mejor la repercusión en este sector, es importante analizar los datos con más detalle. Si bien los trabajadores agrícolas en los dos primeros deciles de renta representan el 4,2% del total de los asalariados de bajos ingresos, dentro del propio sector agrícola, ganadero, pesquero y forestal, este grupo constituye el 34% de su fuerza laboral. En otras palabras, aunque su peso relativo en la estadística general no es especialmente alto, la subida del salario mínimo afecta a más de un tercio de todos los empleados del sector agrícola.

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(El País, 12-02-2025) | Laboral

Trabajo calcula que la subida beneficiará a 2,4 millones de personas

El incremento del 4,4% en el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) para 2025 se ajusta al rango superior de la recomendación emitida por los expertos del Ministerio de Trabajo. Este grupo, conformado por académicos, sindicalistas y miembros del propio Gobierno, señaló que, para mantener el poder adquisitivo del SMI y garantizar su alineación con el 60% del salario medio -un compromiso del pacto de gobierno-, la subida debía situarse entre un 3,4% y un 4,4%, dependiendo del método de cálculo empleado. Desde el inicio del diálogo con sindicatos y empresarios, la vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, defendió un aumento de 50 euros. Las negociaciones con los agentes sociales fueron breves, desarrollándose en solo tres reuniones. Los sindicatos demandaban un incremento mayor, entre el 5% y el 6%, pero finalmente aceptaron el 4,4% con la condición de que el Gobierno inicie nuevas conversaciones sobre otras cuestiones vinculadas al SMI, como la transposición de la directiva europea al respecto o la absorción de complementos salariales en algunas empresas para compensar las subidas anuales. Por su parte, las organizaciones empresariales propusieron un aumento del 3%, cifra cercana al límite inferior de la recomendación de los expertos (3,4%) y superior a la inflación estimada para 2024 (2,8%). No obstante, su oferta estaba supeditada a dos condiciones que el Gobierno rechazó: la concesión de bonificaciones en el sector agrario -a lo que los sindicatos se opusieron argumentando que el sector obtiene beneficios y pacta convenios salariales superiores al SMI- y la revisión de las condiciones de las contratas públicas, una competencia que corresponde a Hacienda y que este ministerio descartó. "Son peticiones recurrentes", bromeó el secretario de Estado de Trabajo, Joaquín Pérez Rey, en referencia a que estas demandas ya se plantearon sin éxito el año anterior. Según cálculos del Ministerio de Trabajo, la subida beneficiará a 2,4 millones de trabajadores, de los cuales el 65% son mujeres (1,58 millones). "El salario mínimo es la herramienta más efectiva para reducir la desigualdad salarial en España, junto con la educación pública de 0 a 3 años y la prestación universal por hijo a cargo", afirmó Díaz. En términos de incidencia, el 18% de las asalariadas perciben el SMI, en comparación con el 8% de los hombres. El incremento también favorecerá especialmente a los jóvenes: el 26,8% de los empleados de entre 16 y 24 años reciben el salario mínimo, frente al 11,5% de los mayores de 55 años. Además, las regiones más afectadas por la precariedad laboral serán las que experimenten un mayor impacto de la subida: el 20,8% de los trabajadores extremeños se beneficiarán de la medida, mientras que en el País Vasco solo el 6,7% verá incrementado su salario. A nivel sectorial, el 31% de los empleados agrícolas recibirán un aumento, en contraste con el 6% en la industria y el 3,4% en la construcción. "El incremento del SMI ha sido altamente beneficioso para España, hasta el punto de que hoy alcanzamos niveles de empleo históricos. Es una historia de éxito", declaró Díaz, antes de criticar las elevadas retribuciones de los altos directivos en grandes empresas. "El verdadero problema no es el salario mínimo, sino la enorme brecha salarial que existe en España. Mientras que un trabajador que percibe el SMI gana 25 veces menos que un directivo de un consejo de administración, apenas se habla de las rentas más elevadas. El salario mínimo es una herramienta clave para lograr un mayor equilibrio social".

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(El Periódico, 12-02-2025) | Laboral

Foment del Treball augura un incremento de la conflictividad laboral por la reducción de jornada

Foment del Treball ha expresado este martes su rechazo a la reducción de la jornada laboral durante la presentación de su informe trimestral sobre el mercado de trabajo y la negociación colectiva. El director del área laboral de la patronal catalana, Javier Ibars, ha calificado la medida de "inaceptable", argumentando que provocará una caída en la productividad. Además, ha señalado que, aunque mantienen negociaciones con los grupos parlamentarios, no facilitarán la aprobación de la reforma. En este sentido, ha destacado que Junts y el PNV son los dos únicos partidos de la mayoría parlamentaria que se oponen a la iniciativa impulsada por la ministra de Trabajo, Yolanda Díaz. Tanto el PP como Vox también han manifestado su rechazo. El informe revela que Cataluña cerró enero con 336.639 personas desempleadas, lo que supone una reducción del 3% en comparación con el año anterior y la cifra más baja desde 2008. Sin embargo, la disminución del paro en el conjunto de España ha sido mayor, alcanzando un 6,1%. A pesar de este descenso, las perspectivas para Cataluña no son completamente optimistas, ya que el número de demandantes de empleo ha aumentado en 2024, sin que ello se haya visto acompañado por un incremento en la población activa. Desde la patronal han criticado la intervención del Gobierno en el diálogo social en lo relativo a la negociación de convenios colectivos. Luis Pérez, presidente de la comisión de Relaciones Laborales de Foment, ha señalado que "la reducción de jornada desvirtúa por completo el diálogo social, el cual es una herramienta clave para que empresas y trabajadores puedan acordar las condiciones laborales en función de las particularidades de cada sector". Foment anticipa un aumento de la conflictividad laboral en el corto plazo debido a la paralización de muchos convenios colectivos. "Los acuerdos en vigor deberán ser revisados para adaptarse a las nuevas reglas. La reducción de la jornada conllevará un incremento significativo en los costes laborales", ha advertido Ibars. Además, la organización empresarial sostiene que esta reducción ya se estaba produciendo de forma natural a través de la autorregulación del mercado. Según sus datos, en julio de 2024, el 43% de los convenios registrados en Cataluña establecían una jornada inferior a 38,5 horas semanales, mientras que en la actualidad ese porcentaje ha ascendido al 86%. El Consejo de Ministros aprobó el pasado 4 de febrero el anteproyecto de ley que reduce la jornada laboral máxima de 40 a 37,5 horas semanales en cómputo anual, sin reducción salarial. Tras recibir el visto bueno del Ejecutivo, el texto fue enviado a los organismos pertinentes para la emisión de informes institucionales, antes de su debate en el Congreso de los Diputados. No obstante, el Gobierno ha reconocido que la aprobación de la medida será complicada debido a las reticencias de los partidos nacionalistas catalanes. Por otro lado, las afiliaciones a la Seguridad Social han alcanzado cifras récord en Cataluña, con 3,7 millones de afiliados, lo que representa un incremento del 2,1%, ligeramente inferior al 2,4% registrado a nivel nacional. Sin embargo, la contratación ha experimentado una leve caída del 0,2% respecto al año anterior. De los 194.922 contratos firmados en enero en la comunidad, el 57,2% han sido temporales. Uno de los factores que explican el aumento de los demandantes de empleo es el crecimiento de los trabajadores con contratos fijos discontinuos. En enero de 2022, justo antes de la plena aplicación de la reforma laboral de 2021, 58.484 personas estaban registradas en el Régimen General de la Seguridad Social con esta modalidad contractual en Cataluña. Dos años después, la cifra se ha duplicado, alcanzando los 130.013 trabajadores en enero de 2024.

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(Expansión, 11-02-2025) | Laboral

La Justicia sienta precedente sobre la jerarquía de aplicación de los convenios colectivos

Un golpe significativo para la reforma laboral aprobada hace poco más de tres años por la vicepresidenta segunda del Gobierno y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz. La Justicia ha sentado un precedente clave que resuelve uno de los debates surgidos a raíz de la normativa en cuanto a la prevalencia de los convenios colectivos. Según un fallo del Tribunal Supremo del 29 de enero de 2025, al que ha tenido acceso EXPANSIÓN, las empresas subcontratadas podrán desmarcarse del convenio sectorial y establecer salarios más bajos si cuentan con un convenio colectivo propio vigente con anterioridad al sectorial. En otras palabras, la Justicia ha determinado que las empresas pueden aplicar condiciones salariales inferiores al convenio sectorial en el caso de subcontratación, ya sea con entidades públicas o privadas, siempre que su convenio interno estuviera en vigor antes del convenio sectorial correspondiente. El fallo favorece al despacho Garrigues en un caso relacionado con una empresa de transportes subcontratada que inició un proceso de despido colectivo. En esta resolución, la Justicia establece que las indemnizaciones deben calcularse con base en el convenio propio de la empresa y no en el del sector, dado que el convenio interno tenía vigencia anterior. Este criterio es aplicable a otras situaciones similares en las que un convenio empresarial conviva con otro sectorial. Además, el Tribunal Supremo subraya que la prioridad del convenio de empresa no depende de la ausencia de un convenio sectorial, sino de que este último se encontrara en fase de negociación mientras el primero ya estaba en vigor. La sentencia clarifica el orden jerárquico de los convenios en materia salarial cuando una empresa presta servicios a otra. Se confirma que el convenio sectorial prevalece si la empresa contratista no cuenta con uno propio o si su aplicación es posterior a la entrada en vigor del sectorial. Sin embargo, si el convenio de empresa se estableció antes del sectorial, aunque contemple salarios inferiores, este será el aplicable en la subcontratación. La reforma laboral de 2021, aprobada por el actual Gobierno, modificó aspectos clave de la reforma anterior del PP. Según el Ministerio de Trabajo, estas modificaciones pretendían evitar que las empresas contratistas pagaran sueldos inferiores a los establecidos en los convenios sectoriales. Se entendía que la reforma eliminaba la prioridad salarial de los convenios de empresa, permitiendo su aplicación solo si ofrecían mejores condiciones que los sectoriales. Esta postura ha sido respaldada por los sindicatos, que han insistido en que todas las empresas contratistas deben acatar el salario fijado en el convenio sectorial correspondiente. La reforma de 2021 estableció que las empresas contratistas, al prestar servicios para una empresa principal, debían aplicar el convenio sectorial de la actividad desarrollada en la contrata o subcontrata. No obstante, permitía una excepción: si la empresa contratista tenía un convenio propio, podía aplicarlo. Además, eliminó la posibilidad introducida por la reforma del PP de que una empresa con convenio sectorial pudiera adoptar un convenio de empresa con salarios inferiores. Ante esto, surgió una duda clave: si una empresa contratista contaba con un convenio propio con salarios inferiores al sectorial vigente tras la reforma, ¿debía seguir aplicando su convenio o estaba obligada a respetar los salarios más altos del convenio sectorial? La sentencia del Tribunal Supremo, que resuelve un recurso de casación interpuesto por Garrigues contra un fallo del TSJ del País Vasco, confirma que, si el convenio colectivo de la empresa contratista es anterior al sectorial, prevalece en materia salarial, incluso si los sueldos son inferiores. Por el contrario, si el convenio empresarial es posterior al sectorial, se podrá aplicar, pero deberá respetar el salario mínimo fijado en el convenio sectorial. En la práctica, esto implica que las empresas contratistas que ya tenían un convenio con salarios inferiores pueden seguir aplicándolo cuando prestan servicios para otra empresa. Es decir, la reforma laboral no ha impuesto la obligación general de aplicar siempre el salario sectorial más alto, permitiendo que las condiciones menos favorables se mantengan si estaban pactadas previamente. Expertos jurídicos destacan la relevancia de esta aclaración en un contexto donde la contratación y subcontratación de servicios es una práctica habitual en España. En los últimos años, numerosos trabajadores de empresas contratistas han presentado demandas reclamando diferencias salariales entre su convenio de empresa y el sectorial. Estas demandas se mantenían en suspenso hasta que el Tribunal Supremo resolviera este recurso. Este fallo supone una victoria para las empresas que han defendido la validez de sus convenios con condiciones salariales específicas, evitando la necesidad de ajustarlos cada vez que se aprueba un nuevo convenio sectorial con su correspondiente impacto en costes laborales. Además, se considera que ayuda a mantener la competitividad de las empresas contratistas, al no obligarlas a asumir incrementos salariales impuestos por convenios de mayor rango. Desde el ámbito jurídico, se interpreta este resultado como un revés para la reforma laboral de 2021, que pretendía limitar la vigencia de los convenios de empresa en favor de condiciones salariales superiores, pero que ahora queda sujeta a la fecha de entrada en vigor de dichos acuerdos sin modificar automáticamente los marcos laborales preexistentes.

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