(El País, 29-11-2024) | Laboral

El Supremo avala que el registro salarial no permita conocer el sueldo de cada trabajador

El Tribunal Supremo ha determinado que las empresas deben contar con un registro salarial que incluya los valores promedio de las retribuciones, desglosados por sexo, sin que sea necesario aportar información que permita identificar el salario individual de cada trabajador. Según la sentencia del 21 de noviembre, este dato individualizado no es relevante para reducir la brecha salarial de género. La resolución de la Sala de lo Social anula un fallo previo de mayo de 2023 de la Audiencia Nacional, que había dado la razón al sindicato CGT frente a Ericsson. El conflicto surgió cuando el sindicato CGT solicitó que Ericsson España proporcionara acceso completo a las retribuciones de toda la plantilla, incluso en casos donde solo había una persona en un puesto o centro de trabajo, lo que permitía identificar su salario. Posteriormente, otros sindicatos como STC, UGT y Comisiones Obreras se unieron al caso. Aunque la Audiencia Nacional apoyó esta demanda, el Supremo revocó esa decisión al considerar que la normativa laboral solo exige incluir valores medios desagregados por sexo, sin identificar retribuciones individuales. El fallo del Supremo subraya que ninguna ley obliga a incluir datos individuales en el registro retributivo, y que esta información debe manejarse con extrema precaución, especialmente para no vulnerar la normativa de Protección de Datos. La sentencia también aclara que no se ha demostrado que conocer los salarios individuales contribuya a la igualdad retributiva entre hombres y mujeres. Lo relevante, según el Tribunal, es comparar las retribuciones globales de ambos sexos, sin necesidad de detallar los salarios de cada trabajador. Además, el Tribunal señala que la legislación busca combatir la desigualdad salarial mediante conceptos como el trabajo de igual valor o la discriminación indirecta, y regula que los valores medios en el registro se clasifiquen por grupos profesionales, categorías o puestos de trabajo similares. En este caso, el acuerdo entre Ericsson y los sindicatos mayoritarios establecía incluir medias y medianas de sueldo por puesto, siempre que hubiese al menos tres personas de cada sexo en el puesto correspondiente. Sin embargo, la Audiencia Nacional había exigido a la empresa proporcionar esta información incluso cuando no se cumplía ese mínimo. Ahora, el Supremo concluye que dicha exigencia no está amparada por el Estatuto de los Trabajadores ni es compatible con la normativa de Protección de Datos.

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(El País, 29-11-2024) | Laboral

Casi 230.000 asalariados se cambiaron de autonomía en 2023

La creciente movilidad laboral entre comunidades autónomas se ha visto impulsada por factores como el auge del teletrabajo, el dinamismo del mercado laboral y la presión en el sector de la vivienda. Según datos publicados por la Agencia Tributaria en su informe sobre Movilidad del Mercado de Trabajo, entre 2022 y 2023, aproximadamente 230.000 asalariados cambiaron de región, lo que supone un aumento del 53,7% en comparación con el año anterior. En términos absolutos, esto representa más de 80.000 traslados adicionales respecto a los cerca de 150.000 registrados en 2022. Este cambio rompe con la estabilidad de los últimos años y sugiere múltiples factores como causa principal, explica Javier Blasco, director del Adecco Group Institute. En los años previos a la pandemia, el número de trabajadores que se mudaban entre comunidades rondaba los 150.000 anuales, con predominio de movimientos desde regiones rurales hacia grandes ciudades como Madrid o Barcelona. Sin embargo, la llegada de la pandemia en 2020 provocó un pico inusual, con más de 250.000 desplazamientos, debido principalmente al retorno de muchos trabajadores a sus lugares de origen, favorecido por medidas como los ERTE y el teletrabajo. En 2021 y 2022, estas cifras volvieron a niveles normales, pero el incremento registrado en 2023 ha roto con esta tendencia, destacando el impacto de la mejora sostenida en el mercado laboral. El empleo creció en 2023 en más de 783.000 personas, casi tres veces más que en 2022. Este aumento significativo, explica Marcel Jansen, investigador asociado de Fedea, está directamente relacionado con el incremento de la movilidad laboral, que tiende a beneficiar a comunidades con mercados laborales dinámicos y más ofertas de empleo. Al analizar el saldo neto de movilidad (la diferencia entre los trabajadores que llegan y los que se marchan), destacan regiones como la Comunidad Valenciana (4.779), Madrid (4.167), Baleares (2.298) y Cataluña (2.215), que registran ganancias significativas. También figuran en la lista, aunque en menor medida, Canarias (837) y Cantabria (61). Un ejemplo de esta tendencia es Santiago Maroto, de 33 años, quien en 2023 dejó Madrid para trabajar temporalmente en la Comunidad Valenciana tras recibir una oferta laboral que incluía una mejora salarial. La decisión le permitió ahorrar y planear su regreso a Madrid en mejores condiciones. Este tipo de movimientos, basados en las declaraciones de retenciones e ingresos por rendimientos laborales, conforman la base del análisis de la Agencia Tributaria, que se centra en trabajadores de comunidades de régimen común, excluyendo a País Vasco y Navarra. Por el contrario, las comunidades con menos oportunidades laborales registran saldos negativos. Aunque en regiones como Murcia y La Rioja las pérdidas son pequeñas (menos de 100 asalariados), otras presentan cifras más preocupantes: Andalucía perdió 6.043 trabajadores, Extremadura 3.508 y Castilla y León casi 3.000. En menor medida, Castilla-La Mancha, Aragón y Galicia también muestran descensos de 1.200, 500 y 250 asalariados, respectivamente.

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(El Economista, 29-11-2024) | Laboral

Los jueces abren un nuevo resquicio por el que hacer fijos a algunos interinos

Los jueces han abierto una vía limitada para que los trabajadores interinos que lleven años encadenando contratos temporales puedan obtener la condición de fijos: haber aprobado las pruebas convocadas por la Administración, incluso si no consiguieron plaza debido a la falta de vacantes u otras circunstancias. Este criterio ha sido establecido por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) mientras se espera que el Tribunal Supremo fije jurisprudencia al respecto. El debate surge tras dos sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) emitidas en febrero y junio, en las que se apuntaba que convertir en fijos a los interinos que han sufrido abusos por parte de la Administración podría ser una forma adecuada de sanción. Sin embargo, el Tribunal Supremo todavía no se ha pronunciado al respecto y, de hecho, planteó una nueva cuestión prejudicial al TJUE la pasada primavera. Según el Supremo, las resoluciones europeas podrían contradecir la jurisprudencia nacional, ya que la Constitución española exige que el acceso a la función pública respete los principios de igualdad, mérito, capacidad y no discriminación, asegurados mediante la superación de oposiciones o procesos selectivos. En este contexto, el TSJM, en una sentencia del 25 de octubre redactada por la magistrada Ángela Mostajo, reafirmó que declarar fijo a un interino por el mero abuso de temporalidad contradice la Constitución. No obstante, añadió una excepción: si el trabajador ha participado en el proceso selectivo correspondiente y lo ha aprobado, aunque no haya obtenido plaza, esta restricción desaparecería, permitiendo la declaración de fijeza. El tribunal resolvió en este caso concreto, el de una trabajadora que encadenó contratos temporales desde 2004 con la Administración madrileña y que aprobó las pruebas convocadas en 2005 (obtuvo 24 puntos cuando el mínimo era 20) pero no logró plaza porque hubo candidatos con calificaciones superiores. A pesar de ello, continuó trabajando como interina hasta 2021. El TSJM consideró que la trabajadora fue víctima de un abuso de contratación temporal fraudulenta, que superó el proceso selectivo y que, desde entonces, ha mantenido una situación de temporalidad injustificada. Por ello, el tribunal dictaminó que se ha respetado el principio de igualdad y declaró a la trabajadora como fija. En su fallo, el TSJM argumenta que, aunque el TJUE no impone automáticamente la conversión de interinos en fijos, deja la puerta abierta a esta posibilidad en casos en los que se cumpla el principio de igualdad, como cuando un trabajador ha sido evaluado en igualdad de condiciones y la Administración abusó de la contratación temporal. Así, se reconoció el derecho de la trabajadora a obtener la fijeza.

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(El País, 28-11-2024) | Laboral

Los trabajadores podrán no ir a su empleo durante cuatro días en caso de DANA o desastre climático

El Consejo de Ministros aprobará este jueves un conjunto de medidas destinadas a atender a los afectados por la DANA, que ha dejado más de 200 fallecidos en la provincia de Valencia. Entre estas iniciativas destacan varias de ámbito laboral, diseñadas para extender su aplicación más allá de esta emergencia. Entre ellas, se incluyen los denominados "permisos climáticos", una modificación en los permisos retribuidos recogidos en el Estatuto de los Trabajadores. Con esta reforma, el Gobierno busca fortalecer el derecho de los empleados a ausentarse del trabajo durante catástrofes naturales. Además, se permitirá a los representantes de los trabajadores decidir la suspensión de la actividad en situaciones de alerta, y se exigirá que los convenios colectivos incluyan medidas específicas de prevención. El texto que se aprobará introduce permisos de hasta cuatro días para aquellos trabajadores que no puedan desplazarse a su lugar de trabajo debido a estas circunstancias, con la posibilidad de prorrogar este período mientras persistan los impedimentos, según informó el Ministerio de Trabajo, liderado por Yolanda Díaz. En casos en que sea necesario un periodo más largo, las empresas podrán acogerse a ERTE por fuerza mayor, en los que habrá una corresponsabilidad con fondos públicos. El desplazamiento de trabajadores durante la DANA, en momentos en que algunas zonas ya estaban inundadas, ha generado fuertes críticas. Muchas personas quedaron atrapadas en el temporal mientras iban o regresaban del trabajo, e incluso algunos se encontraban en sus puestos cuando se desató el desastre. Aunque la normativa actual ya protege el derecho de los empleados a no acudir al trabajo en circunstancias extremas, el Ministerio de Trabajo busca reforzar y concretar este derecho a través de un real decreto que modificará el Estatuto de los Trabajadores. La nueva norma entrará en vigor este viernes tras su publicación en el Boletín Oficial del Estado, y deberá ser ratificada por el Congreso en un plazo de 30 días. El marco legal vigente, que incluye la Ley de Prevención de Riesgos Laborales y el Real Decreto 4/2023, establece protocolos para gestionar situaciones meteorológicas extremas y obliga a los empresarios a garantizar la seguridad de sus trabajadores. En contextos de peligro, como los provocados por la DANA, la jornada laboral puede ser modificada o suspendida para proteger a los empleados. El Estatuto de los Trabajadores ya reconoce el derecho de ausentarse del trabajo por causa de fuerza mayor, como urgencias familiares o situaciones excepcionales. Algunos expertos interpretan que este artículo puede aplicarse también a catástrofes climáticas. La reforma propuesta por el Ministerio de Trabajo busca consolidar esta interpretación, garantizando el derecho a ausentarse hasta cuatro días sin pérdida de salario en casos de catástrofes naturales. La ministra Yolanda Díaz ha insistido en la necesidad de preservar la seguridad de los trabajadores y ha hecho un llamado a los empresarios para que prioricen la vida de sus empleados. "Nadie debe poner en riesgo su vida para trabajar", señaló, recordando que la Inspección de Trabajo está vigilando el cumplimiento de estas normas. La reforma también introduce la obligación para las empresas de informar a los trabajadores sobre las medidas previstas ante alertas por catástrofes. Asimismo, los convenios colectivos deberán incluir protocolos específicos de prevención frente a fenómenos meteorológicos extremos. En situaciones de riesgo grave e inminente, las empresas deberán interrumpir la actividad y mantenerla suspendida hasta que pase el peligro. Otro aspecto novedoso de la reforma es que los representantes de los trabajadores, o en su defecto los delegados de prevención, podrán decidir paralizar la actividad laboral sin que ello conlleve perjuicio alguno para los empleados. El Ministerio de Trabajo asegura que las personas trabajadoras no podrán sufrir consecuencias negativas por la adopción de estas medidas. Por último, el Ejecutivo se compromete a desarrollar un reglamento en el plazo de un año para reforzar aún más la protección laboral frente a los efectos del cambio climático.

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(El Economista, 28-11-2024) | Laboral

Más de un millón de nóminas pagarán un recargo extra para apoyar las pensiones

En la última reforma de las pensiones, el Gobierno introdujo la denominada "cuota de solidaridad", una nueva contribución destinada a recaudar más ingresos de los salarios más altos. Su objetivo es que estos también aporten cotizaciones sociales por la totalidad de su nómina. Este nuevo gravamen, que entrará en vigor el 1 de enero de 2025, aplicará un tipo adicional que comenzará en el 0,92% y alcanzará el 1,17%, gravando exclusivamente el tramo salarial que supere la base máxima de cotización. Según cálculos oficiales, esta base se situará en torno a los 59.000 euros anuales en 2025, lo que afectará a más de un millón de nóminas que actualmente sobrepasan este umbral. En la actualidad, la base máxima de cotización está fijada en 56.600 euros al año (4.720,50 euros al mes). Hasta ahora, los salarios que excedían este límite quedaban exentos de cotizar a la Seguridad Social, una situación justificada porque la pensión pública también tiene un tope. Sin embargo, con la reforma aprobada en marzo, este tramo salarial adicional comenzará a ser gravado, aunque este incremento no se reflejará en una mejora de las pensiones futuras. La reforma busca incrementar los ingresos, introduciendo medidas como la cuota de solidaridad y el "destope" de las bases máximas, mientras que los ajustes en el gasto son mínimos. El objetivo es reducir la brecha con otros países europeos, donde las bases de cotización y los salarios suelen ser más altos. En España, ciertos trabajadores no contribuyen por todo su salario debido a los límites existentes, lo que también implica que las pensiones máximas sean más bajas. A diferencia del Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI), que aplica un recargo sobre todos los salarios, la cuota de solidaridad está dirigida únicamente a las rentas más altas. Esta cotización adicional tiene un carácter redistributivo más que contributivo, ya que no mejora la base reguladora para calcular la pensión del cotizante. Su finalidad es generar ingresos adicionales para financiar las pensiones futuras, pudiendo interpretarse como una suerte de impuesto. En 2025, se estima que esta medida recaudará unos 350 millones de euros. El principal propósito de esta cuota es aliviar el impacto económico derivado de las jubilaciones masivas de la generación del "baby boom", aunque no tendrá ningún efecto en la cuantía de las pensiones de quienes deban pagarla. Según datos de la Agencia Tributaria, alrededor de 1,2 millones de contribuyentes tienen nóminas superiores a 60.000 euros. La cuota de solidaridad se aplicará de forma progresiva sobre los tramos salariales que superen la base máxima, la cual se actualizará anualmente en función de la inflación más 1,2 puntos porcentuales adicionales. Así, para 2025, se prevé que la base máxima suba un 4,1%, situándose en 58.968 euros anuales. Sobre este excedente, se aplicarán los siguientes tipos: 0,92% para el tramo entre la base máxima y un 10% adicional de esta (hasta aproximadamente 65.000 euros en 2025). 1% para el tramo comprendido entre el 10% y el 50% adicional (entre 65.000 y 88.000 euros en 2025). 1,17% para los salarios que excedan el 50% adicional (a partir de 88.000 euros en 2025). El reparto de estas cotizaciones seguirá el esquema habitual: por cada punto que aporte el trabajador, la empresa pagará cinco. Por ejemplo, en 2045, para un tramo con un tipo del 6%, el 5% corresponderá a la empresa y el 1% al empleado, según BBVA Mi Jubilación. La Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) será la encargada de calcular y aplicar estas cuotas tanto a empresas como a trabajadores. Las contribuciones aparecerán detalladas en el Recibo de Liquidación de Cotizaciones, aunque no se reflejarán en la Relación Nominal de Trabajadores, aclarando así posibles dudas administrativas.

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(El Economista, 28-11-2024) | Laboral

Los médicos amenazan con salir de Muface si las aseguradoras no mejoran sus condiciones

Unipromel, la asociación que representa a unos 5.000 médicos autónomos con consultas privadas que atienden a funcionarios a través de Muface, ha advertido que sus profesionales podrían desvincularse del sistema si las aseguradoras aceptan una prima menor a la que consideran justa. La organización exige al Gobierno una prima media superior a 1.500 euros por cada funcionario que opte por Muface, argumentando que esto resultaría más económico para el Estado en comparación con el gasto de 1.736 euros por paciente que supone atenderlos en la sanidad pública. En total, esta subida representaría un incremento de 300 millones de euros respecto a la última oferta gubernamental, que quedó sin acuerdo. Ignacio Guerrero, presidente de Unipromel, advierte que si las aseguradoras aceptan una subida "insuficiente", como el 24% en lugar del 40% demandado, muchos médicos abandonarán el sistema. Además, la asociación planea auditar que cualquier incremento en la prima repercuta directamente en los salarios de los profesionales. Según Guerrero, "si Muface mejora un 24%, el profesional debe recibir un aumento equivalente, no un 5%". Señala también que, actualmente, cada día unos 80 médicos dejan de colaborar con las aseguradoras. Unipromel propone un modelo alternativo denominado Muface Directo, en el que hospitales, centros sanitarios y médicos se integrarían directamente al concierto, eliminando a las aseguradoras como intermediarios. Este sistema permitiría que el presupuesto del concierto beneficie directamente a los profesionales, mejorando sus condiciones. Si no se llega a un acuerdo entre el Gobierno y las aseguradoras, la asociación está dispuesta a trabajar en este modelo durante una posible prórroga de nueve meses. A pesar de esta propuesta, Unipromel necesitaría el apoyo de los grandes grupos hospitalarios para implementar el nuevo sistema. No obstante, la patronal de la sanidad privada (Aspe) no se ha pronunciado al respecto tras ser consultada. Guerrero critica que las aseguradoras llevan años recortando las compensaciones a los médicos que trabajan para Muface, afirmando que estos están "asfixiados". Actualmente, un médico de Atención Primaria recibe unos seis euros por consulta, una cantidad que, según Unipromel, debería duplicarse para que el modelo sea sostenible. La asociación defiende su propuesta como una forma de crear una "sanidad pública concertada". Además, Unipromel ha anunciado que recurrirá el nuevo concierto de Muface si el Ministerio de Función Pública presenta una oferta que no cumpla con sus exigencias, lo que implicaría un aumento del 47% en la prima media. Esta estrategia ya fue utilizada contra los conciertos de Mugeju (mutualidad de jueces y fiscales) e Isfas (mutualidad de militares). Mientras algunas aseguradoras, como Adeslas y Asisa, permanecieron en estos acuerdos, otras como Sanitas, Mapfre y DKV optaron por retirarse. Actualmente, el proceso de contratación del nuevo concierto está suspendido de manera cautelar, y será el Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales el que decida si este continúa. De estas mutualidades dependen aproximadamente 600.000 funcionarios, lo que añade presión a la resolución del conflicto.

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(El Periódico, 28-11-2024) | Laboral

El Consejo de Europa insta a España a reformar la indemnización por despido improcedente

El Consejo de Europa ha reiterado que la normativa española sobre despido improcedente no se ajusta a los estándares de la Carta Social Europea. Por ello, el organismo con sede en Estrasburgo recomienda al Gobierno modificar la legislación para garantizar una compensación adecuada a los trabajadores afectados por despidos "ilegales". Esta postura responde a una denuncia presentada por UGT en 2022, sobre la que el Comité Europeo de Derechos Sociales (CEDS) ya emitió un dictamen al inicio de 2023, aunque no se hizo público hasta el verano debido a un embargo de seis meses. Cabe señalar que el CEDS no tiene potestad para emitir leyes vinculantes, limitándose a ofrecer recomendaciones. Este miércoles, el Consejo de Ministros del Consejo de Europa, compuesto por los ministros de Asuntos Exteriores de los 46 estados miembros, emitió una nueva recomendación. En ella, insta al Gobierno español a "reforzar los esfuerzos" para que las indemnizaciones económicas por despidos improcedentes sean suficientes para disuadir a los empleadores y proteger a los trabajadores. Además, sugiere revisar y modificar la normativa para que las compensaciones reflejen el daño real sufrido por los afectados y sus circunstancias personales. Este ajuste ya se había previsto en el Plan Anual Normativo de 2024, aunque no se han tomado medidas concretas hasta la fecha. La controversia sobre si la regulación española incumple el artículo 24.b de la Carta Social Europea ha generado un intenso debate entre los expertos. Mientras algunos argumentan que esta disposición debería ser vinculante para los jueces debido a la adhesión de España al tratado, otros sostienen que no es una fuente de derecho aplicable directamente y que sería necesario esperar a que el Tribunal Supremo establezca jurisprudencia o a que el Gobierno modifique el Estatuto de los Trabajadores. Desde junio, el Alto Tribunal está analizando la posibilidad de aumentar las indemnizaciones más allá de los 33 días por año trabajado establecidos actualmente, después de que algunos tribunales hayan comenzado a aplicar cuantías superiores. Por su parte, CCOO presentó una reclamación similar a la de UGT, pero centrada en aspectos como la readmisión obligatoria, los salarios de tramitación, una indemnización mínima y la reparación del daño por abusos en los contratos temporales. El Ministerio de Trabajo podría posponer cambios hasta recibir la resolución de esta segunda denuncia, especialmente ante la falta de consenso político. El Ejecutivo ha utilizado el Plan Anual Normativo como argumento para justificar la ausencia de reformas significativas tras la adhesión de España a la Carta Social Europea en 2021. Aunque el documento aludía a garantizar "la causalidad en los despidos" y eliminar los automáticos para trabajadores con discapacidad sobrevenida (un punto ya modificado en julio), no mencionaba ajustes en las indemnizaciones por despido. La legislación actual sobre despidos improcedentes no ha cambiado desde la reforma laboral de 2012, cuando se redujo la indemnización de 45 a 33 días por año trabajado y se eliminaron los salarios de tramitación. Según el Consejo de Europa, el problema no radica únicamente en la cuantía de las indemnizaciones, sino en la falta de flexibilidad para que los jueces adapten las compensaciones al daño real sufrido, especialmente en casos de trabajadores con cargas familiares. Este enfoque podría implicar un cambio en la forma de calcular las indemnizaciones, considerando las circunstancias personales de los trabajadores. La ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, ha defendido en varias ocasiones el concepto de "despido restaurativo" y la necesidad de incorporar estas modificaciones a la normativa. Sin embargo, existen divisiones en el Gobierno respecto a estos cambios, especialmente en el ala socialista, lo que habría llevado a maniobras como la retirada de la experta española que participó en la decisión inicial del comité europeo, según informó El País.

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(El Periódico, 28-11-2024) | Laboral

Pepe Álvarez es reelegido como líder de UGT

Pepe Álvarez Suárez, asturiano nacido en 1956, ha sido reelegido como secretario general de UGT durante el 44º Congreso Confederal celebrado en Barcelona. Álvarez, quien inició su trayectoria profesional en esta ciudad y ascendió dentro del sindicato hasta ocupar el cargo más alto desde hace ocho años, fue respaldado con el 80% de los votos, una mayoría amplia aunque ligeramente inferior al 86% obtenido en 2021. Este resultado reafirma su liderazgo, que en 2016 comenzó con un ajustado 51%. Hoy se presentarán oficialmente los miembros de la nueva Comisión Ejecutiva Confederal y los órganos estatales como la Comisión de Garantías, la de Control Económico y la de Seguimiento y Evaluación del Código Ético. En la dirección confederal, los cambios son mínimos, destacando la sustitución de Cristina Antoñanzas como vicesecretaria general por Lola Navarro, de UGT Valencia. Desde 2016, Álvarez ha mantenido estable su núcleo de confianza, introduciendo modificaciones puntuales como el ascenso de Fernando Luján, funcionario de la Agencia Tributaria y figura clave en las negociaciones laborales, a una vicesecretaría general. Según los estatutos actuales, este será el último mandato de Álvarez, quien enfrentará desafíos tanto externos como internos. A nivel externo, UGT busca reforzar su posición en las negociaciones laborales con el Gobierno. Ha liderado iniciativas como el aumento del coste de los despidos improcedentes y las horas extras. El sindicato denunció estas cuestiones ante el Comité Europeo de Derechos Sociales, logrando una resolución favorable sobre los despidos, al considerar insuficiente la indemnización actual en España. Sin embargo, la propuesta para legislar en esta materia cuenta con el apoyo de la vicepresidenta Yolanda Díaz, pero no del sector socialista del Ejecutivo. En cuanto al incremento del coste de las horas extras, la demanda presentada en enero de 2024 sigue en sus primeras fases, y el Gobierno ya ha mostrado oposición a esta medida. Otros asuntos pendientes incluyen la negociación de la subida del salario mínimo interprofesional (SMI) para 2025, el blindaje legal de sus actualizaciones y el desarrollo del estatuto del becario, acordado con el Ministerio de Trabajo en junio de 2023 pero aún sin avances significativos. Asimismo, UGT no consiguió incluir su propuesta sobre las horas extras en las negociaciones para reducir la jornada laboral, que concluirán previsiblemente en diciembre. En el ámbito interno, el principal desafío es mantener el crecimiento en la afiliación, que ha aumentado en los últimos años en paralelo con la recuperación del empleo. Actualmente, UGT cuenta con 983.521 afiliados, un 5,6% más que en 2019, aunque todavía por debajo de los 1.087.714 miembros de CCOO. En cuanto a representación sindical, UGT alcanza el 31,7% frente al 36,6% de CCOO. Además, la nueva dirección confederal seguirá gestionando temporalmente las secciones de Illes Balears y Castilla-La Mancha, donde no hay secretarios generales debido a disputas internas. Amparo Burgueño y Patricia Ruiz asumirán estas funciones de forma provisional hasta la celebración de congresos en 2025. Por otro lado, durante la gestión de Álvarez, el sindicato ha enfrentado casos de corrupción en sus estructuras regionales. Destacan las condenas a UGT Asturias en 2012 por fraude en subvenciones y, más recientemente, a ex altos cargos de UGT Andalucía por irregularidades en cursos de formación, según dictaminó la Audiencia de Sevilla este miércoles.

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(El País, 27-11-2024) | Laboral

La paga de Navidad a 9,3 millones de pensionistas eleva el coste mensual por encima de 25.500 millones

La Seguridad Social ha hecho efectivo el pago de la nómina de noviembre de las pensiones, que este mes incluye también la paga extraordinaria de Navidad. Un total de 9,3 millones de pensionistas han recibido 10,3 millones de prestaciones, entre las que se encuentran las de jubilación, viudedad, orfandad, incapacidad permanente y en favor de familiares. Así, al coste mensual habitual, que en noviembre alcanza casi 13.000 millones de euros, se suman otros 12.624 millones correspondientes a la paga extra navideña. En total, el desembolso de esta nómina supera los 25.500 millones de euros, según ha informado el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones. El gasto en pensiones contributivas ha experimentado un notable incremento del 7% respecto al año anterior. Esto se debe a la revalorización del 3,8% aplicada a principios de año, siguiendo la ley que ajusta las prestaciones al IPC promedio del año anterior; al aumento constante del número de pensiones, que en noviembre creció a un ritmo del 1,6% anual (medio punto más que al cierre del año pasado); y a la mejora de las carreras laborales de los nuevos pensionistas. Las nuevas pensiones de jubilación del sistema alcanzan una media de 1.567 euros mensuales, un 11,19% más que hace un año. En el caso del Régimen General, los nuevos jubilados perciben una media de 1.664 euros mensuales, lo que supone un incremento del 10% interanual. El Gobierno explica este aumento en las nuevas pensiones por varios factores: mejores carreras de cotización, con más años trabajados y mayores salarios; una disminución en las jubilaciones anticipadas tras la reforma de 2021 (actualmente representan el 29,1% de las nuevas altas, frente al 40% anterior a la reforma); y un aumento en las jubilaciones demoradas, que permiten obtener una pensión más alta al retrasar la edad de retiro. Estas jubilaciones diferidas representan ahora el 9,4% de las nuevas altas, frente al 4% previo a la reforma. En noviembre, los más de nueve millones de pensionistas han recibido una pensión media de 1.260,9 euros, lo que supone un incremento del 5,3% respecto al mismo mes del año pasado. Entre ellos, los pensionistas de jubilación, que representan más de dos tercios del total (6,4 millones de personas), han cobrado una media de 1.448,8 euros al mes, un 5,2% más que hace un año. Además, este mes han recibido una paga extra de 1.428,5 euros, alcanzando un total promedio de 2.877 euros. Por su parte, las beneficiarias de pensiones de viudedad, la mayoría mujeres (nueve de cada diez), han percibido en noviembre un total de 1.779 euros en promedio, sumando los 898,8 euros de la mensualidad ordinaria y los 880,4 euros de la paga extra.

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(El Confidencial, 27-11-2024) | Laboral

La comisión de expertos del salario mínimo valora una subida del 4% en 2025, hasta 1.180 euros

El Ministerio de Trabajo ha convocado este martes al grupo de expertos encargado de calcular las posibles franjas de incremento del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) para 2025. Según fuentes cercanas a la comisión, el análisis parte de una propuesta inicial de subida del 4%, lo que situaría el SMI en torno a los 1.180 euros brutos al mes distribuidos en 14 pagas. En términos anuales, esto equivaldría a unos 16.520 euros. Este cálculo se basa en el aumento promedio de los salarios registrado en la Encuesta Trimestral de Coste Laboral (ETCL) durante los dos primeros trimestres de 2024, que los expertos utilizan como principal referencia para evaluar la evolución de los salarios en la economía nacional. Este incremento mínimo busca garantizar que el SMI mantenga su proporción con respecto al salario medio, cumpliendo el objetivo de que represente el 60% de este último. A diferencia de 2024, cuando no se recurrió a la comisión de expertos y se pactó con los sindicatos un incremento del 5%, el Ministerio de Trabajo ha decidido reactivar este grupo para elaborar un informe técnico. La subida del 4% prevista para 2025 permitiría no solo igualar el ritmo de crecimiento del salario medio, sino también incrementar el poder adquisitivo de quienes perciben el SMI, superando la inflación proyectada para 2024 (menos del 3%) y 2025 (alrededor del 2%). Esto también ayudaría a recuperar parte del poder adquisitivo perdido durante la crisis inflacionaria reciente, en línea con el resto de los salarios en el país. Además, la moderación de la inflación y la mejora de la productividad podrían facilitar la adhesión de la CEOE a un eventual acuerdo. El mandato del Ministerio a la comisión de expertos es que finalice su análisis técnico de manera ágil, de modo que las conclusiones puedan servir como base para las negociaciones con los agentes sociales. Estas negociaciones están previstas para diciembre, con el objetivo de que el nuevo SMI se apruebe antes de fin de año. Si no se logra en ese plazo, la medida se adoptaría a principios de 2025 con carácter retroactivo desde el 1 de enero. Desde 2018, el SMI ha experimentado un aumento acumulado del 54,1%, lo que ha llevado a que CEOE y Cepyme no participen en los acuerdos desde 2020. En consecuencia, la cifra final recogida en el real decreto se ha consensuado con UGT y CCOO, quienes ya han anunciado que solicitarán una subida superior a la inflación para 2025. El grupo de expertos, que ya elaboró informes similares en 2021 y 2022, sigue siendo un órgano temporal y con composición variable. Sin embargo, la ministra de Trabajo y vicepresidenta segunda, Yolanda Díaz, ha expresado en varias ocasiones su intención de convertirlo en un ente permanente, algo que una directiva europea también exige. Desde la última convocatoria, la composición del grupo ha cambiado: dos de sus integrantes anteriores, los economistas Manuel Lago y Carlos Martín, han asumido cargos como diputados de Sumar, lo que obliga a su reemplazo, según fuentes del Ministerio. Otro miembro previo fue Carlos Cuerpo, quien participó en 2021 como director general de Análisis Macroeconómico y ahora es secretario general del Tesoro.

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