(Expansión, 26-11-2020) | Sector

Las asociaciones judiciales han recibido más de tres millones de euros en subvenciones del CGPJ

Las asociaciones judiciales Asociación Profesional de la Magistratura (APM), Francisco de Vitoria (AJFV), Juezas y Jueces para la Democracia (JJpD) y Foro Judicial Independiente (FJI) han recibido 3.134.504 euros en subvenciones del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) en el presente mandato, que comenzó el 4 de diciembre de 2013. Esta ayuda económica, cuyas bases reguladoras aprobó el CGPJ en abril de 2017, tiene como finalidad facilitar el funcionamiento general de dichas asociaciones, fomentar el asociacionismo judicial y lograr un mayor dinamismo en la realización de actividades, según explica el organismo en una nota informativa. La comisión permanente acaba de aprobar las que se conceden por la efectiva implantación de las asociaciones en la Carrera Judicial, por la realización de actividades de interés para la justicia y la vida asociativa y para la financiación de actividades de formación auspiciadas o impulsadas por las asociaciones, todas ellas correspondientes al año 2020. Por el primer concepto, la APM, con 1.345 asociados, recibirá 52.502,89 euros; la AJFV -845 asociados- 32.985,09 euros; JJpD -451 asociados- 17.605,06 euros; y FJI -336 asociados- 13.115,96 euros. Las cantidades concedidas en concepto de realización de actividades de interés para la justicia y la vida asociativa han sido las siguientes: 20.216,02 euros a la APM; 20.737,72 euros a la AJFV; 20.476,87 euros a JJpD; y 16.042,39 euros a FJI. Además, la AJFV recibirá 7.091,21 euros como ayuda para la financiación de actividades de formación; JJpD 16.098, 81 euros y FJI 2.397,13 euros. La APM no ha solicitado este año ninguna ayuda por este concepto. Estas cantidades se suman a los 48.420,50 euros que cada asociación ha percibido en este ejercicio para sus gastos de organización y funcionamiento; y a las recibidas en función de los resultados obtenidos en las últimas elecciones a Salas de Gobierno de los Tribunales Superiores de Justicia: 19.989,68 euros para la APM; 10.052,65 euros para la AJFV; 4.444,32 euros para JJpD y 4.249,43 euros para FJI. Estas subvenciones ya habían sido aprobadas este año por la comisión permanente. Durante el presente mandato, que se inició el 4 de diciembre de 2013, el Consejo General del Poder Judicial ha destinado un total de 3.134.504 euros a subvencionar a las cuatro asociaciones judiciales que han acreditado tener un grado de implantación en la Carrera Judicial de más del 3%, que es uno de los requisitos que deben cumplir para poder optar a las ayudas.

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(Cinco Días, 25-11-2020) | Sector

Juan Carlos Estévez, reelegido presidente del Consejo General de Procuradores de España

Juan Carlos Estévez ha sido reelegido este viernes, 20 de noviembre, presidente del Consejo General de los Procuradores de España (CGPE) por un nuevo periodo de cuatro años. Junto a Estévez ha salido elegida una nueva ejecutiva del Consejo que estará integrada por Javier C. Sánchez García, como vicepresidente; Antonio Mª Állvarez-Buylla Ballesteros, secretario; María Granizo Palomeque, tesorera; María Inmaculada García González, vicesecretaria, y María Dolores Cantó Cánovas, vicetesorera. Para Estévez, que fue reelegido por aclamación al ser la única candidatura presentada, “es necesario mirar hacia adelante y anticiparse a las profundas transformaciones que se están produciendo en la sociedad y en el propio seno de la profesión”. El presidente lleva veintiún años al mando del colectivo, y esta ha sido la sexta vez que se ha presentado a las elecciones. “Son muchas las leyes y reformas que están gestándose -añadió- e importante la repercusión que, en algunos casos, puedan tener sobre el colectivo. En consecuencia, necesitamos un Consejo General fuerte y unido, capaz de hacer frente a todos estos retos, así como una dirección ejecutiva nueva, que contase con el respaldo del colectivo en las urnas”. El presidente de los procuradores recordó que en esta nueva etapa tendrá como prioridad colaborar con el Gobierno de España para la resolución definitiva del Expediente Eupilot, negociando enmiendas con los distintos grupos parlamentarios a fin de aproximar el texto de la Ley modificadora del acceso y los Aranceles a los intereses del colectivo. Por otro lado, se compromete a instar las modificaciones legislativas necesarias para la conciliación de la vida familiar y laboral de los procuradores en lo que se refiere a su actividad diaria ordinaria; arbitrar todas las medidas para evitar la competencia desleal, continuar con la política de contención de gasto e impulsar los ingresos alternativos, y por último crear la figura del Defensor del Procurador con sede en la Consejo General, a imagen y semejanza de la actividad del Defensor del Pueblo.

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(Expansión, 24-11-2020) | Sector

España garantiza a Bruselas que la reforma del CGPJ cumplirá los estándares de la UE

El ministro español de Justicia, Juan Carlos Campo ha transmitido al comisario europeo de Justicia, Didier Reynders, que la "reforma prevista" del sistema de elección de los miembros del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) respetará los estándares que se utilizan como referencia a nivel europeo. Fuentes comunitarias han informado que, durante la reunión, que tuvo lugar por videoconferencia, Campo "aportó explicaciones adicionales sobre los objetivos de las reformas previstas y confirmó que estarían en línea con la Comisión de Venecia", el órgano asesor del Consejo de Europa sobre cuestiones constitucionales, democracia y derechos humanos. En su informe sobre el Estado de derecho de 2020 publicado recientemente, la Comisión señalaba en el capítulo para España que la situación del Consejo Judicial era "un desafío" y el propio Reynders pidió a la ministra española de Asuntos Exteriores, Arancha González Laya, información sobre la reforma prevista. Un día después de la conversación entre Reynders y Laya, el jueves, el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, propuso al líder del Partido Popular, Pablo Casado, parar la tramitación de la reforma del sistema de elección de los miembros del CGPJ para ponerse a negociar y conseguir la renovación de éste y los demás órganos constitucionales. En la reunión, Reynders ha agradecido el apoyo de España al informe sobre el Estado de derecho del Ejecutivo comunitario y le explicó su compromiso de "continuar esta discusión con todos los parlamentos nacionales" de los Estados miembro. Reynders y Campo han hablado también del establecimiento de la Fiscalía Europea contra el Fraude, una conversación en la que el comisario belga informó al español de que todos los Estados miembros "deben acelerar sus procesos de nominación" de los fiscales delegados que participarán en este organismo. También deben incorporar al ordenamiento jurídico nacional "toda la legislación de implementación" de la nueva Fiscalía para que ésta pueda iniciar su actividad lo antes posible, explica Efe. La jefa de la Fiscalía Europea contra el Fraude, Laura Codruta Kovesi, y la Comisión se declararon "listos para ayudar a los Estados miembros en sus preparaciones finales para evitar más retrasos. Por otro lado, Campo "apoyó la necesidad de progresar en las negociaciones sobre la prueba electrónica y subrayó la importancia de asegurar la rápida digitalización de los sistemas de justicia" y tuvieron una conversación breve sobre la acción europea en el área de la justicia para combatir el terrorismo.

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(Cinco Días, 24-11-2020) | Sector

El Covid empuja al reciclaje de las competencias bufetes y letrados

La crisis provocada por el Covid-19 ha situado el reciclaje como objetivo prioritario para muchos profesionales y organizaciones. Así, según un estudio elaborado por EY, el 61% de las empresas en España señala que este será su principal propósito tras la pandemia en relación con la gestión de las personas, una cifra muy superior al 20% actual. En esta materia, abogados y bufetes no son una excepción. La exigencia del reciclaje de sus propias competencias y capacidades no solo viene impuesta por la evolución de las necesidades de los clientes, sino también por la difícil situación que para muchos ya está provocando el desplome de la economía. Renovarse o morir puede dejar de ser una recomendación para convertirse en una urgencia. El informe Abogacía futura 2021: prospectiva de negocio emergente (pinche aquí para descargarse el informe) examina la evolución de las materias que, en los próximos años, abrirán nuevos nichos de actividad para letrados y despachos. El documento, elaborado por el Consejo General de la Abogacía Española (CGAE) en colaboración con la Mutualidad de la Abogacía, está compuesto de seis capítulos dedicados a la inteligencia artificial, el blockchain, los objetos conectados, las innovaciones médicas, la impresión 3D, y la realidad virtual y la realidad aumentada. En cada uno de ellos se analiza en qué medida dicho elemento será un polo generador de negocio y, además, si tal innovación puede incorporarse a la firma para mejorar la prestación de sus propios servicios. El informe constata que, si bien desde 2018 no se han producido grandes avances técnicos en relación con la inteligencia artificial (IA), sí se ha materializado una "significativa" expansión de la adopción de estas tecnologías. Los chatbots son las que señala el documento como las que pueden resultar más fértiles en la aportación de trabajo a los bufetes, que pueden asesorar en la definición de sus términos y condiciones, en la elaboración de sus contratos o en las reclamaciones que se produzcan por su servicio. A su vez, también puede ser de ayuda en los despachos para automatizar la gestión de determinadas consultas superficiales o preliminares, como a qué área debe dirigirse el potencial cliente según su problema. El estudio, además, prevé que el número de firmas que se beneficiarán de los chatbots hasta 2025 está por encima del 20%. La automatización (los robots), por su parte, gana peso, pero la ausencia de un marco legal que defina claramente su régimen de responsabilidad impide que se encuentre en un estado de máxima explotación. Los pronósticos, eso sí, son que sea una importante fuente de ingresos para muchos abogados en los próximos años y los bufetes también puedan beneficiarse de su aplicación en su funcionamiento interno. Por último, en relación con la inteligencia artificial, frente a lo verde que se encuentra aún el coche autónomo, en fase de ensayo y sin legislar, los drones han experimentado una gran eclosión en este último periodo (tanto en su regulación como en su utilización). No obstante, según indica el texto, su capacidad generadora de negocio será limitada, al igual que sucede con los sistemas de control global (en base al tratamiento masivo de datos), que en la actualidad están planteando importantes dudas y conflictos, pero que en los próximos años solo nutrirán a un segmento limitado de firmas. El informe detecta que en España se ha producido un importante crecimiento en la aplicación de la tecnología blockchain. También la aparición de despachos que la han implementado en sus procesos o para comercializar algún servicio. Dentro de esta materia, los smart contracts son los que presentan un mayor estado de maduración y un mayor impacto en la abogacía, frente a los registros y certificaciones, la identidad digital y las criptomonedas. Así, si bien algunas firmas están incluyendo en su oferta de asesoramiento el blockchain como vía de acceso a registros y certificaciones públicas, se apunta a que aún no existe una regulación que lo dote de la seguridad jurídica necesaria. El documento también relata como ya son varios los despachos que han implementado la posibilidad de que se paguen sus servicios con sus propios tokens o criptomonedas. En todo caso, la proporción de bufetes que se augura que aprovecharán estas innovaciones como nicho relevante de ingresos de aquí a 2025 es limitada: por debajo del 20%. Dentro de la categoría de objetos conectados, el informe analiza el patrimonio digital, la smart city, los wearables (dispositivos inteligentes), la smart home (casas conectadas) y el vehículo conectado. Según los barómetros que estudian el grado de implantación del denominado internet de las cosas (IoT), España se encuentra en el quinto puesto de la UE en número de objetos conectados, aunque por debajo, eso sí, de la media europea.

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(Cinco Días, 19-11-2020) | Sector

La nueva LeCrim concede la dirección de la investigación al Ministerio Fiscal

La nueva Ley de Enjuiciamiento Criminal (LeCrim) dividirá el procedimiento penal en tres grandes etapas, la investigación, el juicio de acusación y el juicio oral. La primera fase, la de la investigación se desenvolverá bajo la dirección del Ministerio Fiscal y contará con la figura del juez de Garantías, que será el garante de los derechos fundamentales, de los derechos de las partes y actuará en general "como tercero imparcial llamado a controlar la legalidad de las actuaciones". Según el borrador del anteproyecto de ley, con la fase intermedia, que corresponde al juicio de acusación, las actuaciones ya adquieren una impronta plenamente jurisdiccional, y el juez de la Audiencia Preliminar será quien resuelva "sobre la suficiencia de la acusación y la depuración de la prueba ilícita". En la tercera fase, la del juicio oral ante el plenario se practicarán "las verdaderas pruebas aptas para enervar la presunción de inocencia ante un tribunal imparcial que no ha participado en las anteriores fases". Durante la primera fase, el anteproyecto incluye varias novedades respecto a la figura de la denuncia. La primera es que, si bien hasta ahora había exención del deber de denunciar en caso de vínculo familiar o afectivo, ahora esa excepción no sirve para supuestos delitos cometidos contra bienes personales de menores de edad, porque prima el deber de protección y garantía de la integridad e indemnidad del menor. Una segunda novedad es que, a las clásicas fórmulas de presentación verbal o escrita, se añade la posibilidad de denunciar de forma telemática. Para ello se puede usar la firma o el certificado digital pero también los canales oficiales establecidos al efecto por la autoridad o cualquier otro medio oficial que garantice la comprobación de la identidad del denunciante. Como tercera novedad, la presentación de denuncia se adapta a la directiva europea, y en particular, se incluye la posibilidad de que pueda ser presentada por el responsable del canal de denuncia, sin que sea necesario revelar la identidad de la persona que dio la alerta interna, salvo que se realice un requerimiento expreso al efecto. Sobre el papel de la policía judicial, que actúa bajo la batuta del fiscal, el anteproyecto trata de reforzar los mecanismos de dependencia funcional que, en el texto articulado de 2011, caracterizaban la relación del Ministerio Fiscal con la Policía Judicial. Al respecto, contempla la posibilidad de que se dicten instrucciones y órdenes particulares por parte del fiscal, no solo generales, antes de la iniciación formal del procedimiento de investigación. Además, aclara que las instrucciones generales "van más allá de la mera coordinación y constituyen el cauce adecuado para que el fiscal fije pautas procesales precisas para la actuación investigadora de la policía". De hecho, esas actuaciones preliminares "solo pueden abarcar actos de injerencia nula o mínima" y "deben cesar con la identificación del sujeto que se considera responsable" porque "las indagaciones preliminares de la policía solo estarán justificadas cuando no exista una persona claramente identificada como posible responsable de la infracción criminal". De esta forma, una vez se determine quién es el sospechoso, se inicia el verdadero procedimiento de investigación, que conlleva garantías formales de gran importancia en beneficio de la persona que se convierte "en sujeto pasivo de esa actividad estatal", como que se le asigna un Juez de Garantías de manera automática. El anteproyecto recalca que la determinación inmediata de ese juez de Garantías se ha de producir cualquiera que sea la decisión que el fiscal adopte ante la notitia criminis, tanto si decide investigar como si lo considera improcedente. En ese caso, los denunciantes y ofendidos pueden impugnar la decisión ante ese juez. Una vez arranque la investigación, el fiscal la desarrolla "dándole la dirección que considere procedente sin estar sometido en modo alguno a la tutela del juez" y en todo caso puede recurrir a él sí "son necesarios actos de injerencia sujetos a autorización judicial". A él deberá también dirigirse si entiende que procede la declaración de secreto total o parcial de las actuaciones, y la nueva LeCrim resalta que la declaración de secreto corresponde al Ministerio Fiscal, pero es el Juez de Garantías quien confirmará o alzará la decisión de secreto en el plazo de 48 horas y fijará su duración. Como hasta ahora, la petición del fiscal de ampliar el secreto de las actuaciones debe hacerse antes del vencimiento del plazo establecido. En el Anteproyecto también se explica que "la primera comparecencia de la persona es el momento inicial del control de la dilación indebida del procedimiento de investigación". Y apunta que, una vez transcurridos los tiempos fijados como estándares de duración normal de los procedimientos, la ley fija un incidente a disposición de la defensa para que pueda denunciar ante el juez de garantías que la investigación se prolonga más allá de lo que exigen las circunstancias. El juez de garantías también atiende las impugnaciones de decisiones del fiscal, y la nueva ley señala que de las resoluciones de este juez "solo son recurribles los autos de sobreseimiento y los que resuelven sobre las medidas cautelares".

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(Expansión, 18-11-2020) | Sector

Lesmes solicita una profunda modernización de la Administración de Justicia

El presidente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) y del Tribunal Supremo, Carlos Lesmes, ha abogado por la modernización de la Administración de Justicia, entre otras cosas para mejorar su impacto en la economía del país, si bien ha destacado el "capital humano" con el que ya cuenta, "jueces plenamente comprometidos con la independencia judicial". "Es necesario invertir en justicia y mejorar su organización, no cabe duda, pero lo más importante, el capital humano, ya lo tenemos: son nuestros jueces. Es una enorme ventaja contar con miembros de la carrera judicial plenamente comprometidos con la independencia judicial y con los derechos y libertades de todos los ciudadanos", ha dicho en un vídeo emitido durante la presentación online del Informe 2020 del Observatorio de la Actividad de la Justicia. Lesmes ha considerado que una de las principales conclusiones de este informe es "la gran repercusión" que el funcionamiento de la Justicia tiene en la esfera económica. "Un sistema judicial que funciona bien tiene un indiscutible impacto en la eficiencia de la economía y sirve como garantía de la paz social y del progreso del país", ha defendido el jefe del Poder Judicial. En cambio, ha continuado, una mala Justicia puede perjudicar el crecimiento económico y, en este sentido, ha comentado algunos indicadores negativos recogidos en el informe, como la alta litigiosidad en España, que redunda en una mayor carga de trabajo para juzgados y tribunales y en la congestión de los mismos; y ha añadido otros, como "las cantidades económicas que se encuentran inmovilizadas en los órganos judiciales a la espera de una resolución" y que el CGPJ cifró en más de 4.400 millones de euros en 2019. Además, ha recordado que "el estado de alarma ha supuesto la suspensión de todas las actuaciones judiciales y de los plazos procesales, salvo en los supuestos de servicios esenciales, y todo ello ha provocado una situación inédita y excepcional en nuestros juzgados y tribunales". "En estos momentos, la justicia se enfrenta a uno de sus mayores retos", ha asumido. "La situación de crisis sanitaria y económica originada por la pandemia nos ha colocado a todos en todos los sectores en una situación de extrema dificultad", ha expuesto. En este contexto, ha reclamado "el mayor de los esfuerzos de cada uno en su correspondiente ámbito". En su opinión, "hoy más que nunca es necesaria la colaboración de todas las instancias implicadas en la mejora de la justicia". "Tan solo unidos (...) podemos salir de esta situación y fortalecernos ante una nueva crisis", ha defendido. Lesmes también ha estimado que es "el momento idóneo para avanzar en la definitiva consagración de las nuevas tecnologías en la justicia y aprovechar el momento para transformarla en un servicio público moderno, dotado de las máximas cotas de calidad y eficacia", por ejemplo, usando medios telemáticos para "agilizar la carga de trabajo". "Ir avanzando de manera progresiva en esta línea nos previene y puede contribuir a mitigar las consecuencias negativas para la justicia de la situación que estamos atravesando. Aprovechemos para mejorar la organización de la justicia.

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(Cinco Días, 18-11-2020) | Sector

Lexnet no vulnera el descanso de los abogados, según el Tribunal Constitucional

El buen funcionamiento de la Administración de Justicia, y la necesidad de garantizar la tutela judicial efectiva de sus clientes, justifica, según el Tribunal Constitucional, que abogados y procuradores reciban notificaciones de Lexnet incluso cuando se encuentran de vacaciones. Con este argumento, inadmite la cuestión de inconstitucionalidad elevada por un juez madrileño que impugnó el sistema de comunicaciones procesales por convertir, dijo textualmente, en esclavos a estos profesionales del derecho. El auto de septiembre de este año, responde de forma preliminar que el artículo 162.2 de la ley procesal civil sobre las comunicaciones por medios electrónicos no vulnera el derecho al descanso y a la salud de abogados y procuradores. El tribunal de garantías también descarta que el sistema sea contrario a la tutela judicial efectiva del artículo 24 de la Constitución. En concreto, rechaza que el hecho de que las notificaciones desplieguen efectos en el plazo de tres días, aunque el profesional no haya accedido a su contenido, sea contrario a este derecho fundamental. Los hechos que impulsaron al titular de un juzgado de lo social a cuestionar el precepto se produjeron tras el archivo de un proceso por defectos formales no subsanados. El letrado compareció junto con su defendida para justificar su error porque no le funcionaba el buzón de Lexnet. El juez consideró que la resolución no se podía dar por notificada por el mero transcurso del plazo para abrirla. Por otro lado, denunció “sin ánimo de ofender a nadie”, que Lexnet convierte a los profesionales “en esclavos del ordenador”, pendientes incluso en vacaciones de las notificaciones recibidas. El Tribunal Constitucional, en cambio, rebate estos argumentos. En primer lugar, considera que el planteamiento de la cuestión adolece de los requisitos necesarios para admitirla a trámite. Entre otros motivos, porque el juez no estableció de forma adecuada la relación entre la hipotética declaración de inconstitucionalidad del precepto impugnado con el fallo del caso concreto. Como recuerdan los magistrados, es preciso que la norma con rango de ley de cuya constitucionalidad duda resulte "aplicable al caso" y sea la norma "de cuya validez dependa el fallo". Sin embargo, el juez no llegó a indicar si era no o no aplicable el inciso que permite no dar por notificada la comunicación en caso de probarse un fallo técnico. "Se exceptuarán aquellos supuestos en los que el destinatario justifique la falta de acceso al sistema de notificaciones durante ese periodo", dice la norma. Por otro lado, califica la cuestión planteada de "notoriamente infundada". Según dicta, en relación con el derecho a la tutela judicial efectiva, no es obligatorio avisar al cliente de que su letrado no recibió la comunicación. “La indefensión que pueda deparar al trabajador que su abogado no abra la notificación electrónica no será imputable al sistema, sino a la falta de diligencia de este”, afirma. Tampoco aprecia que se lesione el derecho al descanso de los profesionales. Al contrario, apunta, permite que puedan estar tres días sin acceder, por lo que “no tienen que estar permanentemente conectados a internet”. En cuanto a las vacaciones, añade, Lexnet no notifica durante periodos inhábiles. Con esta previsión, concluye, se facilita a los letrados, salvo excepciones, vacacionar en agosto. Además, el sistema permite autorizar a otros compañeros para acceder al buzón.

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(Expansión, 15-11-2020) | Sector

El Banco de España prevé un aumento de los concursos empresariales a partir de diciembre

El Banco de España prevé que los problemas de insolvencia de las empresas como consecuencia de la crisis del Covid den lugar a un "repunte significativo" de las solicitudes de concurso una vez expire la moratoria concursal el próximo 31 de diciembre. El Gobierno, en el contexto de la crisis económica ocasionada por la pandemia, suspendió la obligación de los deudores de solicitar concurso de acreedores (concurso voluntario) hasta el 31 de diciembre de 2020 e impidió que sus acreedores pudieran realizar la solicitud antes de esta fecha (concurso necesario). El fin de la moratoria a finales de año se sumará a la "baja eficiencia" de los procedimientos de insolvencia que, según el Banco de España, son demasiado largos (la duración media fue de casi cuatro años en 2019), y son "escasamente" utilizados, tanto en lo que concierne a los concursos de acreedores como a los mecanismos preconcursales por parte de las sociedades no financieras y los empresarios individuales. En un documento en el que analiza los procedimientos de insolvencia, el Banco de España justifica esta afirmación con datos: la tasa de concursos empresariales, que mide el número de concursos entre el total de compañías, fue la segunda más baja en 2006, por detrás de Polonia. La situación no cambió con la llegada de la crisis de 2008 a pesar del repunte de concursos durante la recesión, pues siguió situándose muy por debajo de la de otras economías desarrolladas. En concreto, mientras que en España se produjeron cerca de 15 concursos por cada 10.000 empresas en 2010, en Japón hubo 88, en Alemania se registraron 89, en Estados Unidos casi 100, en Reino Unido hubo 137 y en Francia se superaron los 200. La institución explica que estos datos se deben sobre todo a la baja concursalidad de los autónomos y las microempresas (empresas con menos de 10 trabajadores). En el caso de los autónomos, en 2019 hubo 2,2 concursos por cada 10.000 autónomos en España, frente a 31,8 en Francia y 74 en Inglaterra y Gales. En cuanto a las microempresas, en 2019 hubo 9,5 concursos por cada 10.000 microempresas españolas, frente a 104,8 en Francia, es decir, 11 veces menos. En el caso de empresas con 10 o más empleados, España también presenta tasas concursales más bajas que Francia, 65,8, frente 179,2, de forma que la tasa concursal española es 2,7 veces menor que la francesa en este segmento empresarial. El Banco de España atribuye el escaso uso del concurso de acreedores por parte de autónomos y pequeñas empresas tanto a la "baja eficiencia del sistema concursal", que se refleja en la lentitud de los procedimientos y se debe "al menos parcialmente" a la congestión de los Juzgados de lo Mercantil, como al "reducido atractivo" que tiene el sistema para las personas físicas y los dueños de microempresas por la dificultad para obtener una exoneración de deudas. Ante el aumento de solicitudes de concurso que prevé que se produzca tras el fin de la moratoria a finales de diciembre, el Banco de España propone una serie de medidas a corto plazo para evitar la "congestión" de los Juzgados de lo Mercantil. En primer lugar, plantea fomentar el uso de los mecanismos preconcursales, tanto los acuerdos de refinanciación como los existentes para autónomos y pequeñas empresas (AEP), así como explorar la posibilidad de impulsar la participación de profesionales en los procesos preconcursales y concursales mediante un aumento de las retribuciones de los mediadores concursales, la garantía de que los administradores concursarles cobrarán su retribución y la ampliación del turno de oficio al ámbito concursal. De forma alternativa, añade, podría recurrirse al sistema anglosajón de ´´pro bono público´´, a partir del cual un experto judicial (en este caso, un mediador o administrador concursal) realiza su trabajo de forma voluntaria y sin retribución monetaria. A largo plazo, el Banco de España apuesta por dotar al sistema concursal español de más recursos, ya sea mediante la creación de más Juzgados de lo Mercantil o mejorando la capacidad de respuesta de los ya existentes mediante una mayor tecnificación. También aboga por reducir la duración del plan de pagos, por ejemplo, a tres años y eliminar como condición de acceso no haber rechazado una oferta de empleo. Ve también necesario diseñar mecanismos concursales específicos para microempresas y para autónomos, más ágiles y menos costosos que el procedimiento concursal propio de empresas de mayor tamaño. Asimismo, recomienda establecer, como hacen otros países, vías rápidas y de muy bajos costes para tramitar y resolver los concursos de individuos con bajos niveles tanto de deuda como de activos y de ingresos mediante la liberación de las deudas tras la liquidación de su patrimonio inembargable.

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(Expansión, 12-11-2020) | Sector

Justicia creará oficinas judiciales en los municipios pequeños

El Ministerio de Justicia ha iniciado la consulta pública del anteproyecto de ley orgánica de eficiencia organizativa, que transformará los 3.718 juzgados unipersonales en 431 tribunales de instancia y creará oficinas judiciales en los municipios pequeños para facilitar la realización de trámites. Estas oficinas sustituirán a los aún existentes juzgados de paz, con nuevos y mejores servicios que buscan mitigar la brecha digital en el mundo rural, explica el Ministerio en un comunicado. En ellas se facilitará información del estado de tramitación de procesos judiciales, se podrán realizar gestiones de índole procesal con un órgano judicial, como otorgar poderes de representación, y se permitirá el acceso de los ciudadanos al Registro Civil para realizar trámites u obtener certificados. Además de servir para ofrecer puestos de trabajo para funcionarios de Justicia que no tengan un equipo remoto en su domicilio, las oficinas buscarán potenciar los servicios de mediación o solución alternativa de conflictos. Los nuevos tribunales de instancia que sustituirán a los juzgados unipersonales, por su parte, tienen como objetivo introducir fórmulas de gestión y organización más eficientes, estableciendo criterios comunes entre los miembros del Tribunal, señala el Ministerio. El anteproyecto contempla también la implantación en todo el territorio de la Oficina Judicial, sistema organizativo para mejorar el trabajo en los juzgados que comenzó su andadura hace ya diez años y que busca que todos los procesos se adapten a las necesidades de digitalización del expediente judicial electrónico.

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(Expansión, 11-11-2020) | Sector

Los jueces participarán en la selección de los candidatos españoles a los tribunales europeos

El Consejo de Ministros ha aprobado crear un comité de selección para elegir las candidaturas que España debe proponer para formar parte de los miembros del Tribunal de Justicia de la UE (TJUE) y el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH). El Gobierno ha aprobado un real decreto por el que regula el procedimiento de selección para jueces y abogados generales del Tribunal de Justicia de la UE, jueces del Tribunal General de la UE, así como jueces del Tribunal Europeo de Derechos Humanos y jueces ad hoc del mismo. Según ha recordado el Ministerio de Justicia en un comunicado, tanto el TJUE -integrado por el Tribunal de Justicia propiamente dicho y el Tribunal General de la UE- como el TEDH forman parte del sistema jurisdiccional español. Por ello, ha indicado el departamento de Juan Carlos Campo, "las personas que España presente para formar parte de estos órganos judiciales han de elegirse conforme a procedimientos que garanticen su capacidad, profesionalidad e independencia". La principal novedad del real decreto, al margen del procedimiento en sí mismo, es la creación de un comité de selección que se encargará del examen y la valoración de los currículos y la propuesta de las candidaturas. Este comité estará integrado por un miembro de la carrera judicial con categoría de magistrado o magistrado del Tribunal Supremo, a propuesta del Consejo General del Poder Judicial, y un jurista de reconocido prestigio que sea -siempre que resulte posible- un antiguo integrante del tribunal para el que se selecciona la candidatura. El objetivo de esta "composición mixta" es que "el comité disponga, de forma colectiva, del más completo conocimiento técnico a la hora de formular su propuesta al Consejo de Ministros". "Con esta regulación, España da un paso más en el cumplimiento de los más altos estándares del Estado de Derecho, garantizando la objetividad e independencia de las candidaturas a las más altas instancias jurisdiccionales internacionales, y situándose así a la altura, e incluso por delante, de los países de su entorno", ha destacado Justicia Hasta ahora, esta materia venía recogida en dos acuerdos de Consejo de Ministros, de 2015 y 2017, que establecían pautas de actuación para la selección de dichas candidaturas y que han quedado superados por este real decreto.

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