(Expansión, 08-04-2025) | Fiscal

Al presentar la declaración de la Renta correspondiente al ejercicio 2024-2025, algunos seguros pueden proporcionar ventajas fiscales siempre que se cumplan ciertas condiciones. No todos los seguros son deducibles, pero sí lo son en algunos casos concretos los de hogar, vida, salud, automóvil y responsabilidad civil profesional. Quedan excluidos de estos beneficios fiscales los seguros que cubren objetos personales, mascotas, viajes, teléfonos móviles o alquiler de vehículos, entre otros.

En cuanto al seguro de hogar, pueden beneficiarse de la deducción los particulares, autónomos y arrendadores. Los particulares podrán deducir parte del seguro si está vinculado a una hipoteca contratada antes del 1 de enero de 2013 y la vivienda es la habitual. En ese caso, la parte deducible corresponde a la cobertura obligatoria contra incendios, con una deducción del 15% y un límite de 1.536 euros. En el caso de los propietarios que alquilan su vivienda, la totalidad del coste del seguro puede deducirse como parte del rendimiento neto del inmueble. Además, algunas comunidades como Baleares y Canarias permiten también la deducción del seguro de impago de alquiler. Por su parte, los autónomos que usan su vivienda como espacio de trabajo podrán deducir la proporción del seguro correspondiente al área utilizada con fines profesionales.

El seguro de vida también puede deducirse, pero únicamente si está vinculado a una hipoteca contratada antes de 2013, a un plan de ahorro o previsión, o si lo suscribe un trabajador autónomo. En el caso de las hipotecas, la prima del seguro se considera parte del gasto deducible vinculado a la adquisición de la vivienda habitual. Si el seguro está asociado a un plan de ahorro, los límites de deducción varían según el tipo de producto y la edad del contribuyente, como ocurre con los planes de previsión asegurados o los planes de pensiones. Para los autónomos, el seguro de vida puede deducirse hasta un máximo de 500 euros anuales, o hasta 1.500 si el profesional presenta algún tipo de discapacidad. A la hora de declarar, si el tomador y beneficiario del seguro son la misma persona, la prestación tributa por el IRPF como rendimiento del capital mobiliario. En cambio, si son personas distintas, se aplica el Impuesto de Sucesiones y Donaciones, cuya gestión y bonificaciones dependen de cada comunidad autónoma.

Por otro lado, el seguro médico no es deducible cuando se contrata de forma particular, pero sí lo es si se ofrece a través de la empresa como parte del salario en especie, o si se contrata mediante un plan de retribución flexible. Para los autónomos también es deducible el seguro de salud, siempre que cumplan con los requisitos del régimen de estimación directa y el gasto esté correctamente justificado y registrado. En estos casos, el seguro puede cubrir también al cónyuge y a los hijos menores de 25 años a cargo del contribuyente.

En el caso del seguro del coche, solo puede deducirse cuando el vehículo está vinculado a una actividad profesional. Así, los autónomos que utilicen su vehículo de forma habitual para trabajar podrán incluir el gasto en su declaración. Si solo disponen de un coche, Hacienda permite deducir el 50% de la prima, considerando que también se emplea para fines personales. Si hay más de un vehículo y uno de ellos se usa exclusivamente con fines laborales, se podrá deducir la totalidad del seguro.

Finalmente, el seguro de responsabilidad civil profesional también es deducible, pero únicamente en el caso de los autónomos que lo contratan para protegerse de posibles daños a terceros durante el desarrollo de su actividad profesional.

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