(El Economista, 08-04-2025) | Laboral
El Gobierno ha introducido de forma discreta una modificación en el Estatuto de los Trabajadores que permitirá a las empresas del sector agrario y agroalimentario contratar trabajadores temporales por más días al año.
Este cambio se ha incluido dentro de la Ley de prevención de las pérdidas y el desperdicio alimentario, publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el pasado 2 de abril. Sin embargo, la nueva normativa entra en vigor con carácter retroactivo, por lo que se aplica desde el 2 de enero de este año.
Gracias a esta modificación, las empresas agrícolas podrán contratar personal temporal hasta un máximo de 120 jornadas anuales, frente a las 90 permitidas en general para el resto del país. Los expertos en Derecho Laboral de PwC Tax & Legal -María Eugenia Guzmán y Julio Calvo, junto con el senior counselor Miguel Rodríguez-Piñero- subrayan que la distinción entre "días" y "jornadas reales" es clave, ya que 90 días naturales equivalen a tres meses, pero 120 jornadas efectivamente trabajadas pueden extender un contrato hasta cinco meses y medio. En este sentido, apuntan que habrá que esperar a que los tribunales se pronuncien para clarificar esta interpretación.
La normativa sigue estableciendo que estas jornadas no podrán emplearse de forma continuada, manteniendo la limitación de uso intermitente. Los contratos estarán permitidos por razones productivas, incluso cuando sean previsibles, como es el caso de las campañas agrícolas.
Los especialistas señalan lo llamativo que resulta que una modificación laboral haya sido incluida en una ley centrada en el desperdicio alimentario. No obstante, explican que este cambio proviene de una enmienda de última hora presentada por el Grupo Popular en el Senado. El argumento de la formación fue que esta medida busca facilitar la organización de las campañas agrícolas, las cuales están fuertemente condicionadas por factores climáticos y naturales, permitiendo así una mayor flexibilidad para adaptarse a las necesidades del sector.