(La Vanguardia, 24-12-2024) | Mercantil, civil y administrativo

El Consejo de Ministros ha aprobado hoy la extensión, hasta el 31 de diciembre de 2026, del régimen transitorio que suspende la liberalización de determinadas inversiones extranjeras directas en España procedentes de países de la Unión Europea (UE) y de la Asociación Europea de Libre Comercio (AELC).

Esta medida, conocida como "escudo antiopas", tiene como objetivo proteger sectores estratégicos y de interés nacional que puedan comprometer la seguridad, salud o el orden público. La prórroga afecta a las inversiones reguladas en los apartados 2 y 5 del artículo 7 bis de la Ley 19/2003, de 4 de julio.

El régimen es aplicable a inversiones extranjeras directas que impliquen la adquisición de una participación igual o superior al 10% del capital social de una empresa española o la obtención de control sobre la misma, según lo estipulado en el artículo 7.2 de la Ley 15/2007, de Defensa de la Competencia. En el caso de empresas no cotizadas, el escudo se activa si la inversión supera los 500 millones de euros. Para las empresas cotizadas, afecta a aquellas con sede social en España y cuyas acciones, total o parcialmente, se negocien en mercados secundarios oficiales españoles.

Asimismo, este régimen también cubre inversiones realizadas por residentes en España cuando el control efectivo de la inversión corresponda a personas o entidades residentes en países de la UE o la AELC. En este contexto, la titularidad real se define como la posesión directa o indirecta de más del 25% del capital o derechos de voto, o el control efectivo a través de otros medios.

Con esta prórroga, el Gobierno refuerza su compromiso de salvaguardar sectores clave frente a adquisiciones que puedan poner en riesgo intereses estratégicos nacionales.

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