(El Economista, 05-11-2024) | Mercantil, civil y administrativo

El Tribunal Supremo (TS) permite ahora que los consumidores puedan presentar varias demandas para reclamar distintas cláusulas abusivas en un mismo contrato, como en casos de hipotecas, créditos al consumo o tarjetas revolving, favoreciendo así la defensa de sus derechos. Tanto la normativa europea como la nacional establecen que la banca debe asumir las costas judiciales si las reclamaciones del cliente son total o parcialmente aceptadas.

En una sentencia del 16 de septiembre, cuyo ponente fue el magistrado Pedro José Vela Torres, el Tribunal Supremo estimó el recurso de un consumidor contra una sentencia de la Audiencia Provincial de Pontevedra. Dicha sentencia se negaba a imponer las costas a la entidad bancaria, aunque el cliente había ganado la demanda, por no haber unificado en una sola demanda todas sus reclamaciones relacionadas con cláusulas abusivas.

El Supremo rechaza excepciones a la obligación de cubrir las costas "por no acumular todas las pretensiones por cláusulas abusivas en un solo procedimiento", ya que ninguna normativa respalda esta exigencia. Xosé Feixó Cid, abogado en Legalsha y responsable del caso, subraya que este fallo permite a los consumidores y sus abogados decidir la estrategia legal que mejor les convenga.

El abogado explica que, antes de esta sentencia, los juzgados solían considerar como mala fe presentar demandas por separado para reclamar la nulidad de diferentes cláusulas abusivas de un mismo contrato. También se veía como inadecuado pedir la nulidad de una cláusula en una demanda y luego, en otro proceso, solicitar la devolución de las cantidades cobradas indebidamente. "Los tribunales decían que esto era oportunista por parte del consumidor y que solo buscaba obtener el máximo número de costas", afirma Feixó.

Esta sentencia, sin embargo, cambia la perspectiva, ya que valida que el consumidor tiene el derecho de elegir su estrategia legal para proteger sus intereses. Es legítimo presentar demandas individuales para la nulidad de cada cláusula y también dividir las acciones en demandas separadas para la nulidad y la devolución.

El fallo del Supremo destaca que el derecho de la Unión Europea tiene primacía sobre el derecho nacional y que, en consecuencia, es necesario facilitar el ejercicio de los derechos de los consumidores y no obstaculizarlos. Según Feixó, esta decisión también funciona como una advertencia para los bancos, quienes ahora saben que enfrentarse a múltiples demandas podría generarles mayores costos en costas judiciales.

A pesar de este avance, solo un 10% de los consumidores con cláusulas abusivas acaba llevando sus casos a los tribunales. Feixó señala que solo un 40% de los clientes con este tipo de cláusulas hace una reclamación, y de estos, la mitad desiste debido a las trabas de las entidades o la demora en responder. "Al final, solo un 10% va a juicio, y de ese 10%, solo al 5% se le devuelve el dinero", concluye el abogado.

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