(El Economista, 13-02-2025) | Fiscal
El Tribunal Económico-Administrativo Central (TEAC) ha flexibilizado el acceso a la deducción en el IRPF por movilidad geográfica para los nuevos funcionarios. Este beneficio permite a quienes acceden a un puesto en la administración pública en un municipio distinto al de su residencia deducirse hasta 4.000 euros en la declaración de la renta por los gastos derivados del traslado. Sin embargo, hasta ahora, la Agencia Tributaria y la Dirección General de Tributos (DGT) imponían restricciones que dificultaban su aplicación.
Ambos organismos exigían que los aspirantes estuvieran inscritos como demandantes de empleo antes de la publicación de la lista de aprobados en las oposiciones. No obstante, el TEAC ha unificado el criterio y ha determinado que es suficiente con que la inscripción en la Oficina de Empleo se realice antes de aceptar el puesto de funcionario.
Esta modificación supone un cambio significativo, ya que permite que una persona pueda estar trabajando mientras espera los resultados de su oposición. Una vez publicada la lista de aprobados, podrá dejar su empleo, inscribirse como demandante y, tras aceptar la plaza, beneficiarse de la deducción fiscal.
El criterio previo de la Agencia Tributaria y la DGT obligaba a los opositores a no tener empleo hasta conocer los resultados y aceptar el puesto, lo que podía llevar a la pérdida de prestaciones por desempleo en caso de haber rechazado un trabajo temporal. Según la resolución del TEAC del 30 de enero, este requisito resultaba contraproducente, ya que podía desincentivar la aceptación de empleos temporales mientras se esperaba el nombramiento como funcionario de carrera.
Por ello, el TEAC establece que el requisito de inscripción en la Oficina de Empleo debe cumplirse antes de la toma de posesión como funcionario, facilitando así el acceso a la deducción fiscal. El tribunal también ha aclarado la aplicación de esta medida en los casos en los que el acceso a la plaza requiera la realización de prácticas o cursos previos. En estos supuestos, el aspirante deberá inscribirse en la Oficina de Empleo antes del inicio de las prácticas.
Además, la resolución contempla distintos escenarios de movilidad geográfica: Si tanto las prácticas como el empleo definitivo se desarrollan en el mismo municipio distinto al de residencia habitual, la inscripción deberá realizarse antes del inicio del curso, ya que la deducción solo podrá aplicarse la primera vez. Si las prácticas tienen lugar en una localidad y el puesto definitivo en otra, el opositor también deberá estar inscrito antes de la formación, dado que la deducción solo puede aplicarse una vez (el año del traslado y el siguiente), sin importar posteriores cambios de destino.