(Expansión, 19-02-2025) | Fiscal

Las operaciones de reestructuración y fusión están bajo una estricta vigilancia por parte de Hacienda. La aplicación del régimen fiscal especial para fusiones, escisiones y otras reorganizaciones societarias (FEAC), regulado en la Ley del Impuesto sobre Sociedades y con impacto en todo el sistema tributario, ha sido motivo de frecuentes discrepancias interpretativas desde su creación. En particular, la valoración de la existencia de motivos económicos válidos en estas operaciones ha sido un punto de fricción constante entre los contribuyentes y la Administración Tributaria.

En relación con este asunto, Natalia Jaquotot, subdirectora general de impuestos sobre personas jurídicas de la Dirección General de Tributos (DGT), ha señalado un cambio relevante en la postura de la Administración. "Hemos decidido suspender todas las consultas vinculadas a operaciones de canje de valores o aportaciones no dinerarias de participaciones realizadas por personas físicas", afirma. La razón de esta pausa radica en que el criterio del Tribunal Económico-Administrativo Central (TEAC) sobre estas operaciones aún no está completamente definido.

El principal desafío radica en la interpretación de lo que constituye una "ventaja fiscal abusiva" dentro de estas operaciones. Jaquotot explica que el TEAC ha ido modificando su postura y ampliando el concepto de ventajas fiscales consideradas abusivas. Mientras que las primeras resoluciones se centraban en reservas expresas, decisiones posteriores han extendido este análisis a las plusvalías tácitas.

Joaquín Arroyo, inspector de Hacienda y titular de la Vocalía 6ª de apoyo a impuestos directos, también ha abordado la polémica y ha sido tajante: "El objetivo es corregir una ventaja fiscal indebida, no el diferimiento legítimo". Según Arroyo, las resoluciones recientes no introducen cambios en la definición de "motivo económico válido", sino que interpretan la cláusula antiabuso.

Uno de los puntos más controvertidos es el tratamiento de los dividendos percibidos por sociedades hólding. En un principio, se consideraba que, siempre que los dividendos permanecieran dentro del ámbito empresarial, no se impediría la aplicación del régimen especial. Sin embargo, en resoluciones más recientes, el TEAC ha rechazado este criterio, concluyendo que si los dividendos se utilizan para financiar otras sociedades o crear nuevas empresas, podría interpretarse como una ventaja fiscal abusiva.

Los expertos advierten que el régimen FEAC se perfila como el nuevo foco de conflicto tributario, con el riesgo de generar incertidumbre y litigios en los próximos años. "Nos enfrentamos a una controversia fiscal que promete prolongarse en el tiempo", señala Ignacio Quintana, socio de PwC Tax & Legal. Ante esta situación, la DGT ha optado por la prudencia y ha decidido suspender la emisión de consultas sobre estas operaciones hasta que el TEAC fije una posición definitiva. Según Jaquotot, "el diferimiento fiscal es una característica intrínseca del régimen de neutralidad y no debe considerarse, por sí solo, una ventaja fiscal abusiva que deba ser regularizada".

Otro aspecto que genera debate es la eliminación de sociedades hólding dentro de estructuras empresariales. La DGT ha aclarado que la reducción de carga fiscal derivada de la supresión de un hólding no implica necesariamente la inaplicación del régimen FEAC, siempre que se analicen las circunstancias concretas de cada operación. "El simple ahorro fiscal no es un motivo suficiente para excluir la aplicación del régimen", subraya Jaquotot.

La incertidumbre en torno al régimen FEAC quedó patente en la reciente jornada "Novedades en fiscalidad empresarial para 2025", organizada por APD y PwC, donde se destacó la complejidad del tema y la necesidad de que las empresas sean extremadamente cautelosas al planificar sus reestructuraciones. La decisión de la DGT de frenar la emisión de consultas refleja la falta de claridad en la interpretación del régimen y la expectativa de que el TEAC consolide su postura en el futuro.

Ignacio Quintana advierte que la interpretación del concepto de "ventaja fiscal abusiva" sigue siendo un tema recurrente en el ámbito fiscal, con cambios que reabren debates que se creían cerrados. "Estamos ante un nuevo episodio de un largo culebrón fiscal", comenta. Además, destaca la falta de uniformidad en los criterios aplicados al diferimiento fiscal, aspecto sobre el cual el TEAC ha emitido resoluciones contradictorias.

El experto también plantea la posibilidad de que el criterio del TEAC sobre el diferimiento fiscal pueda extenderse a la eliminación de sociedades hólding, lo que implicaría considerar la reducción del Impuesto sobre el Patrimonio como una ventaja fiscal cuestionable. "Ante este panorama, las empresas deberán actuar con extrema prudencia al diseñar sus estrategias de reestructuración, anticipándose a posibles interpretaciones desfavorables de la Administración", concluye. Se vislumbra, así, un futuro complejo y lleno de posibles conflictos en materia tributaria.

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