(Cinco Días, 31-03-2025) | Mercantil, civil y administrativo

El pasado 2 de diciembre entró en vigor el nuevo registro de viajeros, una normativa impulsada por el Ministerio del Interior que obliga a los establecimientos de hospedaje, a los vendedores de billetes y a las empresas de alquiler de vehículos a proporcionar hasta 42 datos personales de sus clientes, con el objetivo de reforzar la seguridad ciudadana. Según fuentes del departamento liderado por Fernando Grande-Marlaska, esta medida tiene un enfoque policial y busca combatir el terrorismo y la delincuencia, ya que la logística de transporte y alojamiento es clave en el modus operandi de las organizaciones criminales. Como argumento, Interior citó los resultados de los dos años en los que el registro funcionó de manera voluntaria, permitiendo identificar a 18.584 personas incluidas en bases de datos policiales o en el sistema de información Schengen, lo que facilitó la activación de órdenes de búsqueda y captura.

Sin embargo, estos razonamientos no lograron calmar la oposición del sector empresarial, que considera inviable cumplir con la normativa por diversas razones: la falta de medios, la imposibilidad de acceder a todos los datos exigidos o el temor a incumplir la legislación europea sobre protección de la privacidad y los métodos de pago de los clientes. La normativa establece sanciones que oscilan entre los 601 y los 30.000 euros, dependiendo de la gravedad de la infracción. Los empresarios señalan que el principal problema radica en la orden ministerial que debe desarrollar el decreto, la cual definirá cuántos datos se deberán proporcionar y quiénes estarán obligados a hacerlo. Aunque Interior elaboró un borrador en diciembre, la versión definitiva se ha pospuesto hasta el verano. La secretaria de Estado de Turismo, Rosario Sánchez, aseguró que el número de datos obligatorios se reducirá a 13, con solo dos adicionales respecto a los requeridos antes de la entrada en vigor del nuevo registro. No obstante, persisten las dudas sobre la aplicación de la norma, ya que los hoteles afirman que la mayoría de las reservas se realizan a través de agencias de viajes, mientras que estas alegan que en el turismo corporativo no siempre tienen acceso a la identidad del cliente.

El balance de los primeros 100 días del registro ha generado aún más incertidumbre. Según datos del Ministerio del Interior hasta el 17 de marzo, 202.664 establecimientos se habían dado de alta, de los cuales 12.713 eran hoteles, paradores y hostales, 5.021 agencias de viajes y 1.965 empresas de alquiler de vehículos. La mayoría de los inscritos corresponden a apartamentos, apartahoteles (68.524) y viviendas turísticas (65.510). Sin embargo, muchas empresas obligadas a registrarse no lo han hecho y, pese a ello, no se han impuesto sanciones. Desde Interior confirman la ausencia de multas, lo que genera especulaciones sobre el régimen sancionador. Ramón Estalella, secretario general de la Confederación Española de Hoteles y Alojamientos Turísticos (Cehat), sugiere que el Gobierno evita sancionar para no abrir la puerta a impugnaciones judiciales, y atribuye a este motivo el retraso en la publicación de la orden ministerial que regula el registro.

La patronal hotelera exige la publicación inmediata de dicha orden para clarificar sus obligaciones y evaluar los próximos pasos a seguir, incluso a nivel judicial. El sector está asesorado por el bufete Tourism & Law y considera impugnar la norma si se les obliga a recopilar cierta información, basándose en la sentencia C-817/19 del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), que en junio de 2022 determinó que el tratamiento masivo de datos personales puede vulnerar la normativa comunitaria de protección de datos, salvo en casos de alerta terrorista o autorización judicial.

Las agencias de viajes, por su parte, también han preparado su defensa legal ante el descontento generado por el registro. Mercedes Tejero, gerente de la Confederación Española de Agencias de Viajes (CEAV), denuncia que el sector no ha recibido respuesta a sus alegaciones y que la plataforma de registro presenta fallos frecuentes, además de que muchos clientes se niegan a proporcionar ciertos datos personales. Las agencias argumentan que deberían quedar fuera del ámbito de aplicación de la norma, ya que la Ley Orgánica de Seguridad Ciudadana solo menciona expresamente a los alojamientos y al alquiler de vehículos a motor, sin incluir a intermediarios como las agencias de viajes u operadores turísticos. Según Tejero, su inclusión en el real decreto iría en contra del principio de jerarquía normativa, lo que abre la puerta a futuras impugnaciones legales si el Gobierno no modifica su enfoque.

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