(El País, 16-12-2024) | Laboral
Las reformas en el ámbito de los ingresos continuarán desarrollándose, incluyendo nuevas subidas en las cotizaciones sociales. En 2025, el Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI), implementado desde 2023, aumentará nuevamente, pasando del 0,7% aplicado en 2024 al 0,8% el próximo año. Esta sobrecotización se distribuye entre el empleador, que asumirá un 0,66%, y el trabajador, que aportará un 0,14%, deducido de su salario. Este porcentaje destinado a contingencias comunes seguirá incrementándose una décima cada año, alcanzando un 1,2% en 2029.
Por otro lado, continuará el proceso de eliminación gradual del límite de las bases máximas de cotización. Este mecanismo amplía progresivamente el salario sujeto a cotización a la Seguridad Social, incrementando así los ingresos del sistema. Según la primera fase de la reforma de pensiones de la pasada legislatura, hasta 2050 estas bases máximas aumentarán anualmente en función del IPC promedio con el que se revaloricen las pensiones, más un incremento fijo de 1,2 puntos. En consecuencia, se prevé que la base máxima de cotización para 2025 crezca aproximadamente un 4%, situándose cerca de los 5.000 euros mensuales (60.000 euros anuales), frente a los 4.720,5 euros mensuales (56.646 euros anuales) de 2024.
Sin embargo, las pensiones máximas de los trabajadores que cotizan en los tramos superiores no aumentarán en la misma proporción que las bases máximas. De acuerdo con esta reforma, las pensiones máximas se revalorizarán con el IPC promedio anual más un 0,115% adicional anual, acumulable hasta 2050. A partir de ese año y hasta 2065, estas pensiones máximas deberán incrementarse lo suficiente para haber crecido un 20% en dicho periodo. Paralelamente, en 2050, las bases máximas de cotización habrán registrado un aumento acumulado del 38%, lo que representa 18 puntos porcentuales más que el crecimiento de las pensiones asociadas.
Asimismo, a partir del 1 de enero de 2025, la Seguridad Social comenzará a aplicar una nueva cuota de solidaridad sobre los salarios que superen la base máxima de cotización. Esta cuota progresiva se aplicará en tres tramos: para los sueldos que excedan la base máxima en un 10%, en un 50% y para aquellos que la dupliquen. Cabe destacar que esta nueva cuota no generará derechos adicionales de pensión.