(Cinco Días, 04-12-2024) | Laboral

El Juzgado de lo Social número 2 de Guadalajara ha condenado a una empresa a pagar una indemnización adicional de 10.000 euros por el despido improcedente de un trabajador con contrato a tiempo parcial y una antigüedad de menos de un año. Esta decisión supera ampliamente la indemnización prevista en el Estatuto de los Trabajadores, equivalente a 33 días de salario por año trabajado.

Según la sentencia emitida el pasado 7 de noviembre, la empresa también deberá asumir las costas del proceso debido a su incomparecencia tanto en el acto de conciliación como en el juicio. El trabajador afectado desempeñaba funciones de auxiliar administrativo en una empresa de gestión de fincas, bajo un contrato indefinido a media jornada. En diciembre de 2023, fue despedido de forma verbal, un hecho confirmado posteriormente por la Tesorería General de la Seguridad Social, lo que lo llevó a iniciar un procedimiento de conciliación al que la empresa no asistió.

El fallo judicial declara el despido como improcedente y ordena a la empresa optar entre readmitir al trabajador, con el pago de los salarios de tramitación correspondientes, o abonarle 1.050,36 euros como indemnización por despido. A esta suma se añaden los 10.000 euros de indemnización adicional y 2.168,04 euros por salarios adeudados. Además, la empresa deberá cubrir los honorarios del abogado del trabajador, hasta un máximo de 400 euros.

El juez recuerda que, en los casos de despido, es responsabilidad del empleador demostrar la causa que motivó la terminación del contrato, mientras que el trabajador debe probar la existencia de un acto que refleje la intención empresarial de finalizar la relación laboral. En este caso, al no justificar la empresa el cese, se declara improcedente el despido. La indemnización adicional, que excede la prevista en la normativa habitual, se justifica con base en criterios de la Organización Internacional del Trabajo y sentencias nacionales previas.

Pedro Álvarez del Río, abogado del trabajador y miembro de Lexway Abogados, subraya que este caso es excepcional debido a las malas prácticas de la empresa, como retrasos e impagos de salarios, así como su incomparecencia en el proceso judicial. Según el letrado, el trabajador dejó otro empleo para incorporarse a esta empresa, lo que agrava las consecuencias del despido.

La indemnización adicional, señala Álvarez del Río, corresponde al equivalente a un año de salario del empleado y cumple una función "resarcitoria y disuasoria", alineándose con las recomendaciones del Comité Europeo de Derechos Sociales y precedentes como el del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña de abril de 2021. Este tipo de resoluciones judiciales envía un mensaje claro a las empresas: un despido injustificado puede tener consecuencias económicas significativas.

Finalmente, se espera una próxima sentencia del Tribunal Supremo que aborde las indemnizaciones adicionales por despidos improcedentes, aportando mayor claridad y uniformidad tras diversas resoluciones en la misma línea emitidas por tribunales nacionales.

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