(Expansión, 25-07-2024) | Laboral

El Gobierno quiere acabar con la percepción de que la jubilación a tiempo parcial es una estrategia utilizada por las empresas para deshacerse de los trabajadores de mayor edad y reducir plantilla o costes laborales de manera significativa. Por esta razón, el Ejecutivo ha endurecido considerablemente las condiciones para las empresas que deseen realizar este tipo de contratos, los cuales son especialmente comunes en la industria, y particularmente en el sector del automóvil. Así lo revelan las propuestas que el Ministerio de Seguridad Social ha presentado a la patronal y a los sindicatos en el marco de la nueva ronda de negociaciones sobre la reforma de las pensiones.

La propuesta del Ministerio establece que los contratos de relevo generados por una jubilación a tiempo parcial deberán ser indefinidos y a tiempo completo. Además, las empresas deberán mantener estos contratos hasta dos años después de que finalice la jubilación parcial del trabajador saliente. En otras palabras, las empresas deberán mantener los contratos de relevo hasta que el trabajador mayor haya cobrado la pensión completa durante dos años.

En el caso de que el contrato de relevo se extinga antes de finalizar la jubilación parcial, la empresa deberá realizar otro contrato "en los mismos términos que el extinguido". Y atención: si la empresa incumple las condiciones del contrato de relevo, deberá reintegrar la pensión que haya recibido el trabajador jubilado a tiempo parcial.

Por otro lado, la base de cotización a la Seguridad Social del trabajador relevista no podrá ser inferior al 65% de la base del empleado que se jubila en sus últimos seis meses. El Ministerio de Elma Saiz ha reducido esta exigencia en diez puntos, ya que en su última propuesta requería que la base de cotización fuese al menos del 75%.

Con todo esto, como se ha mencionado, el Gobierno quiere evitar que las empresas utilicen la jubilación a tiempo parcial y el contrato de relevo como una vía para reducir los costes laborales con la ayuda de la Seguridad Social.

Para poder jubilarse a tiempo parcial, el Gobierno mantiene la exigencia de que el trabajador tenga al menos seis años de antigüedad en la empresa. Con el requisito de contar con un contrato de relevo, el trabajador podrá adelantar su jubilación a tiempo parcial al cumplir 64 años, siempre y cuando acredite un período de cotización a la Seguridad Social de 34 años.

También podrán acogerse a esta forma de jubilación anticipada parcial aquellos que cumplan 62 años y acrediten un período de cotización de 38 años y seis meses. Cabe mencionar que los hombres que hayan cumplido con el servicio militar y las mujeres que hayan realizado el servicio social podrán sumar esta experiencia como tiempo cotizado a la Seguridad Social, hasta un máximo de un año. La reducción de la jornada en la jubilación a tiempo parcial estará comprendida entre el 25% y el 75% de una jornada laboral normal, y el primer año deberá estar entre el 20% y el 33% del tiempo de trabajo habitual.

Es cierto que no necesitarán contar con un trabajador de relevo aquellas personas que deseen acogerse a una jubilación a tiempo parcial para mantenerse activos, una vez que hayan cumplido todos los requisitos de edad y de cotización a la Seguridad Social, como si hubieran optado por la jubilación normal.

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