(El Periódico, 02-04-2025) | Laboral

Desde este martes 1 de abril, cualquier persona en situación de desempleo que esté percibiendo una prestación contributiva y consiga un trabajo podrá combinar temporalmente el 100% de su salario con una parte de la ayuda del SEPE. La última fase de la reforma de los subsidios por desempleo, aprobada en mayo del año pasado por el Consejo de Ministros, entra en vigor con el objetivo de fomentar la incorporación laboral de la mayoría de los desempleados registrados en las oficinas de empleo.

Este complemento puede alcanzar hasta 480 euros mensuales en su fase inicial y se sumará al sueldo de aquellos que actualmente reciben la prestación contributiva. En la actualidad, este colectivo asciende a cerca de un millón de personas (958.466, según los datos del SEPE). No obstante, para acceder a este "plus", los beneficiarios deberán demostrar que han estado en paro durante al menos 10 meses antes de encontrar empleo. Hasta ahora, el sistema de protección por desempleo se basaba en una estructura binaria: o bien se estaba en paro y se recibía una prestación o subsidio, o se tenía empleo y los ingresos dependían exclusivamente del salario. Ambas situaciones no eran compatibles, salvo en casos muy específicos.

Con la nueva medida, esta estructura se modifica con la introducción del llamado CAE o "Complemento de Apoyo al Empleo", creado por el SEPE. Este incentivo, que se suma al salario íntegro, disminuye progresivamente con el tiempo y varía en función de si el nuevo empleo es a jornada completa o parcial. Inicialmente, el importe del CAE oscila entre el 80% y el 60% del IPREM, dependiendo de la duración de la jornada laboral, y se va reduciendo hasta situarse entre el 30% y el 15%. Según las cifras actuales, esto significa que el complemento comenzará con un valor de entre 480 y 360 euros mensuales, y finalizará con cantidades de entre 180 y 90 euros.

No todas las personas en paro podrán acceder a este beneficio. Para optar a él, es necesario haber estado desempleado al menos 10 meses y tener derecho a una prestación contributiva de al menos 14 meses. En la práctica, esto implica que, desde este martes, un desempleado que haya estado en paro desde el 1 de junio del año pasado y tenga derecho a cobrar prestación hasta agosto de este año podrá solicitar el complemento si encuentra un empleo.

Según la última Encuesta de Población Activa (EPA) del INE, actualmente hay en España un millón de personas que llevan más de un año en paro. Sin embargo, estos datos no permiten diferenciar cuántas de ellas están recibiendo una prestación.

La normativa también establece algunas restricciones. Si el trabajador encuentra un empleo con un salario bruto superior a 2.250 euros mensuales (en 12 pagas), no podrá seguir cobrando parte de su prestación. En términos más técnicos, si la nómina bruta supera el 375% del IPREM, que es un indicador revisable anualmente por el Gobierno, el derecho a compatibilizar ambos ingresos desaparece. Para contextualizar, el salario medio en España cerró 2024 en 2.331 euros brutos mensuales.

El Gobierno ha ido introduciendo progresivamente diversas novedades en el sistema de protección por desempleo. Algunas de estas medidas buscan mejorar las condiciones de las personas en paro, como el incremento de la cuantía de los subsidios, que pasó de 480 a 570 euros mensuales en los primeros meses y luego vuelve a descender hasta los 480 euros.

Otras medidas han ampliado la cobertura de los subsidios a colectivos que anteriormente estaban excluidos, como los menores de 45 años sin cargas familiares o los trabajadores agrícolas temporales en comunidades fuera de Extremadura y Andalucía, donde este derecho ya existía históricamente. Además, la reforma ha implementado incentivos para fomentar la aceptación de ofertas laborales por parte de quienes se encuentran en situación de desempleo.

¿ESTAS BUSCANDO

ASESORÍA PERSONAL O EMPRESARIAL?

Realiza tu consulta online o ven a visitarnos