(El Economista, 20-12-2024) | Laboral

El SEPE francés ofrece 2,7 millones de puestos de trabajo a sus parados, 21 veces más que el español

En el tercer trimestre del año, France Travail, el servicio público de empleo francés, registró 2,68 millones de nuevas ofertas laborales destinadas a desempleados, una cifra que supera ampliamente las 126.993 gestionadas por el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) en el mismo periodo en España. Este desfase, que multiplica por 21 la actividad de Francia en comparación con España evidencia un déficit informativo que limita la eficacia de las políticas activas de empleo y afecta negativamente la percepción de las oficinas públicas encargadas de ejecutarlas. La diferencia también es evidente en datos en tiempo real: mientras que la plataforma francesa muestra 1,3 millones de ofertas activas, el portal público español, Empléate, solo refleja 51.530 puestos disponibles. A pesar de que el PIB español registra un crecimiento más fuerte y el empleo alcanza cifras históricas, con más de 21 millones de trabajadores, el paro en España se sitúa en el 11,2%, frente al 7,4% de Francia. Aunque las ofertas en France Travail han disminuido un 2,9% en el último año, siguen siendo significativamente superiores a las del SEPE, lo que pone de manifiesto la escasa visibilidad de las vacantes en el sistema público español. En noviembre, se firmaron 1,3 millones de contratos en España, pero solo 33.000 fueron gestionados a través de las oficinas públicas de empleo. Esto explica la percepción generalizada entre los desempleados de que estas oficinas son poco útiles. Los responsables del SEPE insisten en que las políticas activas de empleo incluyen medidas más amplias, como formación y orientación, pero reconocen que la falta de información sobre las vacantes dificulta la valoración positiva de su labor. France Travail obtiene sus ofertas a través de empresas (35,1%) y socios colaboradores (65,9%). En el caso español, el SEPE y los servicios autonómicos recopilan ofertas registradas por empresas y, en menor medida, de portales privados y empleo público a través de Empléate. Sin embargo, la desconexión entre los servicios estatales y autonómicos, además de la falta de participación de grandes portales privados, como ETTs, agrava la brecha. La gestión de las políticas activas de empleo en Francia está centralizada en un único organismo, lo que facilita la integración y efectividad de las acciones. En España, estas competencias están descentralizadas en las comunidades autónomas, con el SEPE actuando como coordinador. Esta fragmentación complica la consolidación y difusión de las ofertas. En 2014, el Gobierno español lanzó el portal Empléate, inspirado en el modelo francés, para centralizar las ofertas laborales de entidades públicas y privadas. No obstante, más de una década después, las cifras de vacantes disponibles siguen siendo similares a las iniciales, a pesar de las quejas de muchas empresas sobre la dificultad para cubrir puestos. En 2023, el Ejecutivo español presentó una nueva reforma que pretende transformar el SEPE en una Agencia Nacional de Empleo y mejorar la digitalización del servicio. Asimismo, la Ley de Empleo establece la obligación de que las empresas comuniquen sus vacantes para acceder a servicios públicos de empleo. Sin embargo, estas medidas, que buscan fortalecer la intermediación laboral, aún no se han desarrollado reglamentariamente, lo que deja sin resolver los problemas estructurales del sistema.

LEER MÁS

(El País, 20-12-2024) | Laboral

Los expertos aconsejan a Trabajo una subida del salario mínimo de entre el 3% y el 4% en 2025

La comisión asesora encargada de analizar el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) se reunió nuevamente este jueves y ha propuesto que este ingreso se incremente entre un 3% y un 4% en 2025, según fuentes consultadas por El País. Este ajuste, según los expertos, no solo permitiría mantener el poder adquisitivo del SMI, sino también garantizar que equivalga al 60% del salario medio en España, en cumplimiento de lo establecido por la Carta Social Europea, objetivo que persigue el Gobierno. Con esta estimación, el SMI, que actualmente asciende a 1.134 euros al mes en 14 pagas, se situaría en 2025 en una horquilla de entre 1.168 y 1.179 euros mensuales, también en 14 pagas. Tras la formalización de la propuesta por parte de los técnicos, esta será entregada a la vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, quien elaborará la propuesta definitiva del ministerio para presentarla a la mesa de negociación con sindicatos y empresarios. Para determinar esta recomendación, los expertos han considerado factores como la inflación, que en los últimos 12 meses ha registrado un promedio del 2,8%, y el incremento de los salarios, reflejado en la Encuesta Trimestral de Coste Laboral, que muestra un alza del 4,1%, y en los convenios colectivos, con una subida del 3,8%. Aunque la legislación no obliga al Gobierno a negociar con los agentes sociales la subida del SMI, sí establece que debe consultarles. En este sentido, Díaz afirmó este jueves en una entrevista en La Sexta que respetará la propuesta de los técnicos como base para el diálogo social. Según la ministra, su método se basa en permitir que los expertos trabajen con total independencia y en asumir sus recomendaciones, incluso cuando difieren de sus propias posturas. Sin embargo, se prevé que las negociaciones sean complicadas. La banda propuesta por los expertos (3%-4%) está por debajo de las demandas de los sindicatos CC OO y UGT, que solicitan un aumento del 5% al 6% para garantizar no solo el mantenimiento del poder adquisitivo, sino también el cumplimiento del objetivo del 60% del salario medio que marca la Carta Social Europea. Por otro lado, aunque los empresarios no han expresado formalmente su postura, es previsible que su propuesta se sitúe por debajo del 3%, alineándose con el promedio de inflación del último año, que fue del 2,8%, el mismo porcentaje que se aplicará a las pensiones. En este contexto, desde el Ministerio de Trabajo se subraya la importancia de alcanzar un acuerdo tripartito sobre la subida del SMI. Esta posición quedó clara el año pasado, cuando, en ausencia de una recomendación de los expertos, Díaz ofreció un aumento del 4% del SMI (en línea con el IPC promedio, que creció un 3,8%) a cambio del respaldo de la patronal. Sin embargo, al no lograrse consenso, el salario mínimo terminó subiendo un 5%. El secretario de Estado de Trabajo, Joaquín Pérez Rey, destacó recientemente que la falta de acuerdo en la negociación puede derivar en incrementos mayores del SMI, como ocurrió en 2023. Esto pone de relieve la relevancia de alcanzar consensos en la próxima mesa de diálogo social.

LEER MÁS

(El País, 20-12-2024) | Laboral

Trabajo y los sindicatos sellan este viernes el acuerdo para la reducir la jornada a 37,5 horas antes de fin de 2025

Los representantes del Ministerio de Trabajo y los sindicatos ultimaron en la noche de este jueves el texto definitivo del acuerdo para reducir la jornada laboral máxima legal a 37,5 horas semanales, calculadas en promedio anual, sin que ello implique una reducción salarial. Finalmente, se alcanzó un consenso, y el documento será formalizado este viernes por la vicepresidenta y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, junto a los líderes sindicales Unai Sordo (CC OO) y Pepe Álvarez (UGT). La patronal, por su parte, se ha opuesto de manera unánime y no participará en la firma del pacto. Díaz ha logrado avanzar en esta primera fase, asegurando que la normativa obligará a todas las empresas a implementar esta reducción en las jornadas laborales antes del 31 de diciembre de 2025. Así, las compañías tendrán desde la aprobación de la ley en el Parlamento hasta final de ese año para adaptar sus horarios y convenios colectivos. Este avance adquiere relevancia en el contexto de las reticencias expresadas por el ala socialista del Gobierno, encabezada por el secretario de Estado de Economía, Carlos Cuerpo. Desde el PSOE se ha sugerido públicamente flexibilizar la aplicación de esta medida, proponiendo su entrada en vigor en 2026 o más adelante, con el argumento de asegurar los apoyos parlamentarios necesarios, especialmente ante las dudas de Junts sobre respaldar la reforma. El acuerdo contempla una modificación del artículo 34 del Estatuto de los Trabajadores, reduciendo la jornada máxima semanal de 40 a 37,5 horas en promedio anual, dejando claro que el salario no puede ser reducido. Las horas que excedan ese límite serán consideradas horas extra. Además, se establece un sistema más riguroso para el registro de la jornada laboral diaria, asegurando que sea fiable, accesible y trazable. También se endurecen las sanciones para las empresas que incumplan, de modo que las multas se aplicarán por cada trabajador afectado y no de manera global por empresa, lo que incrementará considerablemente las penalizaciones. Asimismo, el texto incluye disposiciones más amplias sobre el derecho a la desconexión digital. El Ministerio de Trabajo prevé que esta reforma se tramite mediante un proyecto de ley que será presentado en una única lectura al Consejo de Ministros. Antes, el texto deberá pasar por los trámites obligatorios, incluidos informes como el del Consejo Económico y Social, para luego ser remitido al Parlamento. La intención del equipo de Díaz es agilizar el proceso, pero se estima que podrían transcurrir entre dos y tres meses hasta que el Consejo de Ministros lo evalúe, y otros tres meses adicionales para completar el trámite parlamentario. En este escenario, la ley podría entrar en vigor en el último trimestre del año, una vez publicada en el BOE.

LEER MÁS

(El Periódico, 20-12-2024) | Laboral

La justicia europea obliga a que las trabajadoras del hogar registren su jornada laboral

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha dictaminado que España debe modificar su normativa para garantizar que las empleadas del hogar puedan registrar su jornada laboral. Según el fallo emitido este jueves, los empleadores estarán obligados a implementar un sistema que permita a estos trabajadores registrar de forma clara cuándo inician y finalizan su jornada. El tribunal advierte que, sin este sistema, los empleados domésticos quedan desprovistos de una herramienta que les permita determinar de manera objetiva y fiable las horas trabajadas y su distribución a lo largo del tiempo. Esto afecta negativamente a su capacidad para reclamar derechos como indemnizaciones por despido, pagos por horas extra o compensaciones por vacaciones no disfrutadas, tal como subraya la sentencia. En la actualidad, la normativa española exige a empresas y profesionales establecer mecanismos de registro de jornada para sus empleados. Sin embargo, existen excepciones, como en el caso del servicio doméstico, que no está obligado a cumplir con este requisito. El TJUE ha señalado que esta excepción contradice la Directiva europea sobre la ordenación del tiempo de trabajo. El tribunal también ha recordado un fallo anterior, de 2019, que obligaba a España a implantar sistemas de registro horario en todos los sectores de actividad, tras una denuncia presentada por CCOO. En el presente caso, el TJUE recalca que eximir a los empleadores de hogar de registrar la jornada laboral constituye una violación clara de dicha Directiva. No obstante, el fallo contempla la posibilidad de excepciones limitadas, como en casos de contratos a tiempo parcial o respecto al registro de horas extraordinarias, siempre y cuando estén justificadas. Además, dado que la mayoría de las empleadas del hogar son mujeres, el TJUE advierte que la normativa española que exime a sus empleadores de registrar la jornada laboral podría considerarse discriminatoria por razones de género, salvo que se demuestre que dicha exención está suficientemente justificada, una tarea que corresponde evaluar a los jueces españoles.

LEER MÁS

(El Periódico, 20-12-2024) | Mercantil, civil y administrativo

Escrivá nombra a Eva Valle y Daniel Pérez Cid directores generales del Banco de España

El gobernador del Banco de España ha dado un golpe de efecto para reforzar la independencia de la que ha hablado desde su llegada al cargo. Tal como adelantaron ayer EL PERIÓDICO y 'activos', el banco ha nombrado este jueves a Eva Valle como nueva directora general de relaciones institucionales, europeas y transparencia. Valle fue directora de la Oficina Económica del Presidente del Gobierno durante el mandato de Mariano Rajoy (2016-2018). Además, la comisión ejecutiva y el consejo del Banco han designado a Daniel Pérez Cid como director general de Estabilidad Financiera, con Galo Nuño como su adjunto, mientras que Susana Camiñas será la nueva directora general adjunta de supervisión. El nombramiento de Escrivá por parte del Gobierno el pasado septiembre generó controversia. Por primera vez en 45 años de democracia, un ministro (de Transformación Digital) pasó directamente del Ejecutivo a dirigir el organismo supervisor, rompiendo con la tradición de consensuar su nombramiento y el de la subgobernadora con el principal partido de la oposición, el PP. Desde entonces, el gobernador ha defendido la independencia y objetividad del Banco, y la incorporación de una exalto cargo del último Gobierno del PP refuerza esa postura. Eva Valle (Zaragoza, 1974) sustituye a Paloma Marín, quien ha sido nombrada vicepresidenta de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) por el ministro de Economía, Carlos Cuerpo. Valle asumirá un área de nueva creación, una de las primeras decisiones de Escrivá, quien ha manifestado su prioridad por promover la transparencia y rendición de cuentas del Banco de España. Para los demás nombramientos, se ha optado por la promoción interna. Daniel Pérez Cid, quien ya formaba parte del equipo de estabilidad financiera, sustituye a Ángel Estrada, quien deja el cargo por razones personales. Aunque Pérez Cid es hijo del expresidente socialista gallego Emilio Pérez Touriño, su perfil es principalmente técnico, y se le consideraba uno de los posibles candidatos a subgobernador en 2018, aunque en esa ocasión el puesto fue para Margarita Delgado. Galo Nuño, quien hasta ahora era jefe de la división de política monetaria, asume el cargo de director adjunto de estabilidad financiera, sin pasar por la categoría de director de área. Por su parte, Susana Camiñas, que era directora de área de supervisión, asciende al puesto de directora general adjunta del departamento, reemplazando a Francisco Monzón, quien se jubila. En un gesto inédito, Escrivá decidió en noviembre abrir estos puestos a un proceso de selección similar al de las instituciones internacionales, conocido como 'expresiones de interés'. Este proceso estuvo abierto hasta el 22 de noviembre y recibió más de 60 candidaturas, tanto internas como externas al Banco de España. Los paneles de selección, que incluyeron tanto a directivos del Banco como a personas externas al organismo, evaluaron los perfiles y, en el caso de Eva Valle, decidieron elegirla para la Dirección General de Relaciones Institucionales en lugar de la de Estabilidad Financiera, a la que inicialmente se postulaba.

LEER MÁS

(Expansión, 19-12-2024) | Fiscal

El Gobierno promete prorrogar un año el impuesto energético por decreto el lunes aunque el Congreso lo tumbe

El impuesto a las empresas energéticas parece haber quedado definitivamente desahuciado tras el nuevo fracaso del Gobierno para alcanzar un consenso entre sus aliados parlamentarios en ambos extremos del Hemiciclo. La convocatoria del Ministerio de Hacienda para una nueva reunión destinada a redefinir el gravamen, buscando satisfacer tanto a partidarios como a detractores, se vio marcada por la ausencia de Junts y PNV. Ante esta situación, Unidas Podemos también decidió no participar en un encuentro que, sin el quórum necesario, difícilmente garantizaría la continuidad del tributo. La comisión encargada de rediseñar el impuesto sobre petroleras, gasistas y eléctricas, que recaudó unos 1.200 millones de euros el año pasado, había sido una exigencia de Unidas Podemos para respaldar la reforma fiscal del Ejecutivo. Sin embargo, la primera reunión de dicha comisión, celebrada la semana pasada, ya contó con la ausencia de Junts y PNV. En esa ocasión, Podemos expresó que la reunión carecía de sentido. "Es imprescindible que Junts y PNV, como representantes de las energéticas en el Congreso, participen para avanzar en la negociación", declaró la formación morada a través de Efe, consciente de que sin sus votos cualquier acuerdo quedaría en el aire. A pesar de esto, otros socios de izquierda del Gobierno sí asistieron al encuentro, alcanzando un acuerdo simbólico. ERC, EH Bildu y BNG anunciaron en un comunicado conjunto que habían pactado con el Ejecutivo la aprobación, antes de fin de año, de un Real Decreto que prolongará el gravamen a las energéticas. Este se someterá luego a convalidación en el Congreso, donde será tramitado como Proyecto de Ley para transformarlo en un impuesto. El Gobierno ha confirmado su compromiso con estas fuerzas, así como con Podemos, de aprobar la prórroga del gravamen en el último Consejo de Ministros del año, previsto para el lunes. No obstante, la vía del Real Decreto-ley requiere ser convalidada posteriormente por el Parlamento, donde el Ejecutivo y sus aliados no cuentan con los apoyos necesarios. Salvo un cambio inesperado, la oposición de Junts y PNV impedirá que el decreto prospere en el Congreso dentro de un mes, lo que implicará su derogación. En un intento por atraer a Junts y PNV, el Gobierno y sus aliados anunciaron ayer que incluirán bonificaciones a proyectos de energías renovables en el diseño del texto, mostrando su disposición para alcanzar un consenso amplio y equilibrado entre todas las fuerzas políticas. Además, aseguraron que la fórmula pactada, que combina decreto y tramitación posterior, es la única viable para que el gravamen entre en vigor el 1 de enero de 2025, se convierta en un impuesto en pocas semanas y se coordine con las Haciendas forales vasca y navarra. Estas promesas buscan sortear las reticencias de Junts, que rechaza un gravamen que podría llevar a Repsol a deslocalizar inversiones en Tarragona, y de PNV, que exige control foral total sobre cualquier figura impositiva de este tipo. Sin embargo, ambas formaciones siguen sin mostrar interés en las propuestas del Ejecutivo, mientras que las demandas de Podemos y sus críticas hacia otros partidos, a los que tacha de "defensores de Repsol", han acentuado las tensiones dentro del ya frágil bloque de investidura. Hacienda, por otro lado, confía en que el decreto para equiparar fiscalmente el diésel con la gasolina, que también se aprobará el lunes, tenga más posibilidades de ser convalidado.

LEER MÁS

(El Economista, 19-12-2024) | Fiscal

Hacienda endurece la inspección a los grupos por las operaciones con sus socios y filiales

La Agencia Tributaria ha intensificado y endurecido las inspecciones a los grupos empresariales y a las empresas familiares en relación con los precios de transferencia, es decir, los valores económicos a los que realizan operaciones con filiales o socios. Los expertos advierten que estos controles pueden derivar en ajustes fiscales significativos, incrementando considerablemente los impuestos que deben pagar las empresas. Además, estas inspecciones no tienen límites claros: se revisan todas las operaciones vinculadas, llegando incluso a entrevistar a empleados y clientes para determinar si los precios están correctamente pactados. Los precios de transferencia son los importes que las empresas establecen en las transacciones con entidades relacionadas, como filiales o socios, y abarcan desde préstamos entre compañías hasta ventas o prestación de servicios. Según Antonio Puentes, socio del área fiscal de BDO Abogados, este tema es una prioridad en las inspecciones y figura cada vez más en los planes anuales de control tributario. Explica que Hacienda supervisa que estas operaciones se realicen a precios de mercado, como si se tratara de acuerdos con terceros independientes, con el objetivo de evitar que las empresas trasladen sus bases imponibles a territorios con menor carga fiscal. Por ejemplo, una matriz española con una filial en zonas de baja tributación, como Canarias o Irlanda, podría reducir su tributación efectiva si incrementa las operaciones o transfiere elementos clave del negocio a estas regiones. Flavio Sánchez, responsable de Precios de Transferencia en BDO Abogados, señala que anteriormente las inspecciones solían centrarse en temas como el uso de vehículos de empresa o gastos deducibles, cuyos ajustes fiscales eran predecibles. Sin embargo, los ajustes relacionados con precios de transferencia pueden ser mucho más significativos, llegando incluso a comprometer la rentabilidad de la empresa. Sánchez también advierte que 2024 será un año con numerosas inspecciones, ya que prescribirá el ejercicio fiscal de 2020, marcado por el impacto del Covid-19 y las pérdidas sufridas por muchas compañías. En este contexto, Hacienda está poniendo especial énfasis en cuestionar si las pérdidas de grupos con filiales en España deben permanecer en el territorio nacional. "En el fondo, lo relevante es cuánta base fiscal se deja en cada país", afirma. Las empresas que realizan operaciones vinculadas están obligadas a informar anualmente a través del modelo 232, que se presenta en noviembre. Es fundamental que la información proporcionada sea completa y esté actualizada, ya que una vez que la Agencia Tributaria accede a la documentación, comienza a realizar consultas a las compañías para verificar si las transacciones se ajustan a los precios de mercado. Antonio Puentes subraya la importancia de una estrategia preventiva. "Las empresas deben contar con una documentación adecuada sobre precios de transferencia, que es obligatoria, y cumplir con las obligaciones informativas, como el modelo 232. Esto requiere trabajar con asesores especializados para diseñar una estrategia sólida que cumpla con la normativa nacional e internacional", destaca. Además, en caso de una inspección, es crucial tener un respaldo legal robusto para resolver las disputas, ya sea en el ámbito nacional o a través de procedimientos internacionales como arbitrajes o acuerdos amistosos entre países. "Las empresas que hayan hecho un buen trabajo previo pueden afrontar la inspección de manera razonablemente favorable", añade. Por último, Sánchez concluye que la vigilancia sobre las operaciones vinculadas es una tendencia global, no exclusiva de España, ya que los grandes grupos empresariales tienen un peso significativo en la economía. No obstante, en España el impacto es mayor debido a la abundancia de empresas familiares.

LEER MÁS

(El País, 19-12-2024) | Fiscal

España dejó de recaudar 4.443 millones de euros por fraude del IVA en 2022

España dejó de ingresar 4.443 millones de euros en 2022 debido a fraudes, evasión y elusión fiscal del IVA, así como por quiebras no fraudulentas o errores en los cálculos. Este monto representa una brecha fiscal del 4,59% entre los ingresos de IVA teóricos y lo efectivamente recaudado, según un informe publicado este miércoles por la Comisión Europea. A nivel europeo, los países miembros dejaron de recaudar aproximadamente 89.000 millones de euros en IVA ese año, aunque el informe destaca una mejora notable respecto a los 121.000 millones perdidos en 2018. Aunque España tuvo en 2022 una brecha del IVA inferior al promedio de la Unión Europea, esta aumentó 0,5 puntos porcentuales en comparación con 2021, cuando era del 4,1%. Sin embargo, el dato de 2022 es el segundo mejor desde 2018, cuando se registró un 6,5%, con picos del 7,9% en 2019 y una reducción al 6,1% en 2020. El estudio también subraya que la recaudación del IVA en España creció un 12,3% en 2022, impulsada por el aumento del PIB, el consumo final de los hogares y una considerable subida en la inversión durante 2021 y 2022. En el contexto europeo, España ocupó el décimo lugar entre los países con menor brecha del IVA, superada por Chipre, que incluso recaudó más de lo estimado (-0,67%), y por otros países como Portugal (1,30%), Irlanda (1,17%) y Alemania (4,23%), entre otros. En contraste, Rumanía lideró la lista con la mayor brecha del IVA (30,59%), seguida de Malta (25,89%) y Eslovaquia (14,62%). "El déficit de recaudación del IVA alcanzó casi 90.000 millones de euros en 2022", declaró Wopke Hoekstra, comisario europeo de política fiscal. Lamentó esta "oportunidad perdida", destacando que esa enorme suma podría haberse destinado a financiar servicios y bienes públicos esenciales como escuelas, hospitales o infraestructuras.

LEER MÁS

(Expansión, 19-12-2024) | Laboral

Muface obliga a las aseguradoras a prorrogar su seguro de salud para los funcionarios

El Ministerio para la Transición y la Función Pública ha logrado sortear el último obstáculo mediante una prórroga del seguro con el que Adeslas, Asisa y DKV garantizan la atención sanitaria a los empleados públicos. La extensión de esta cobertura, comunicada el martes pasado a las aseguradoras, no especifica una fecha exacta de duración, aunque se prevé que sea de al menos dos meses. Según lo informado, el periodo abarca desde el 1 de enero de 2025 hasta el final del mes posterior (posiblemente febrero) a la firma del nuevo convenio, cuya conclusión podría darse en enero. El acuerdo actual expira el 31 de diciembre. Posteriormente, como es habitual, los mutualistas tendrán el mes de enero para elegir entre las aseguradoras participantes en el convenio o inclinarse por la sanidad pública. Sin embargo, el retraso en la renovación del concierto para los próximos años ha alterado los plazos habituales. El Consejo de Ministros aprobó el martes pasado la licitación del nuevo convenio para 2025, 2026 y 2027, que incluye un aumento del 33,5% en la prima que se pagará a las aseguradoras que participen. Está previsto que los detalles de la licitación se publiquen este viernes, tras lo cual se abrirá un plazo -que podría concluir a mediados de enero- para que las entidades analicen las condiciones y decidan si participan o se retiran del proceso. En caso de que alguna aseguradora participe, se iniciará un periodo hasta febrero para que los funcionarios que lo deseen puedan cambiar de entidad o pasar a la sanidad pública. Este proceso culminaría en febrero, momento en el que entraría en vigor la nueva cobertura, haciendo necesaria la prórroga como medida temporal. No obstante, está por confirmarse si las aseguradoras aceptarán la propuesta del Gobierno, que plantea un aumento escalonado de la prima: 19,37% en 2025, 7,25% en 2026 y 4,32% en 2027. Este incremento acumulado del 33,5% en tres años fue calificado como una "buena noticia" por el sindicato de funcionarios CSIF, aunque se mostró cauto a la espera de la reacción de las aseguradoras. Sin embargo, este incremento no alcanza el 40% solicitado por Adeslas y DKV para dejar de asumir pérdidas por este servicio. "La subida queda varios puntos porcentuales por debajo de nuestra propuesta, cuyo objetivo es eliminar las pérdidas asociadas a esta prestación", indicó Adeslas, la aseguradora preferida por la mayoría de los mutualistas. Además, expresó su preocupación por la incertidumbre que genera un concierto con vigencia de tres años. Por su parte, DKV aún no ha valorado públicamente la oferta, aunque ha reiterado en ocasiones anteriores que no participará en la licitación si no se incrementa la prima un 40% en un solo año. Asisa, la segunda aseguradora más elegida, no aludió directamente a las pérdidas en su valoración del incremento del 33,5% aprobado por el Gobierno. En su lugar, manifestó su disposición a alcanzar un acuerdo con la Administración que garantice la sostenibilidad del modelo a mediano y largo plazo. También subrayó la necesidad de abordar otros desequilibrios, como los demográficos, de cobertura y de oferta de servicios, que solo pueden evaluarse a partir del contenido detallado del concierto. Cabe recordar que Asisa estuvo dispuesta a participar en la primera licitación, que contemplaba un aumento del 17,12% para 2024 y 2025, bajo la condición de no ser la única proveedora del servicio, algo que consideraba inviable. Por este motivo, no se adhirió al acuerdo inicial. La incógnita ahora es si el nuevo aumento del 33,5% durante tres años resultará suficiente para que alguna de las aseguradoras, incluida Asisa, asuma la prestación sanitaria para 1,5 millones de funcionarios y sus familias.

LEER MÁS

(El Economista, 19-12-2024) | Laboral

El Supremo rechaza como tiempo laboral el camino de la casa del trabajador al primer cliente

El Tribunal Supremo (TS) ha dictaminado que el tiempo que un trabajador emplea para desplazarse desde su domicilio al del primer cliente, así como desde la casa del último cliente hasta su vivienda, no debe considerarse como tiempo de trabajo. En una sentencia fechada el 27 de noviembre, con el magistrado Juan Molins García-Atance como ponente, el alto tribunal señala que, según el Estatuto de los Trabajadores, el tiempo de trabajo se computa de manera que, al inicio y al término de la jornada, el empleado se encuentre en su lugar de trabajo. Por tanto, queda excluido el tiempo de desplazamiento hasta el puesto como tiempo de trabajo a efectos de remuneración. El Supremo explica que la normativa busca evitar que se considere como tiempo de trabajo todo el periodo previo y posterior a la jornada laboral, como pueden ser los desplazamientos, los actos preparatorios, el cambio de ropa, la firma o fichaje de entrada y salida, o el traslado dentro de la empresa, entre otros. Esta sentencia resuelve una disputa entre sindicatos y una empresa. Los sindicatos habían solicitado que se reconociera como tiempo de trabajo el trayecto desde el domicilio del empleado hasta el de los clientes. Aunque la Audiencia Nacional dio inicialmente la razón a los sindicatos, la empresa recurrió la decisión, y el Supremo ha anulado ese fallo. A pesar de reafirmar una doctrina establecida en su sentencia del 1 de diciembre de 2015, el Tribunal Supremo admite que, en casos concretos, ha reconocido los desplazamientos como tiempo de trabajo cuando concurren "circunstancias específicas". La sentencia recuerda también un fallo del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) del 1 de diciembre de 2015, que consideró los desplazamientos como tiempo de trabajo en un caso particular en el que la empresa no tenía un centro de trabajo fijo y había cerrado sus oficinas. En esa situación, el TJUE determinó que, al no contar con un lugar físico central, los desplazamientos desde los domicilios de los empleados debían computarse como jornada laboral. En otros fallos, el Supremo también ha reconocido los desplazamientos como tiempo de trabajo bajo determinadas condiciones. Por ejemplo, en una sentencia del 7 de julio de 2020, el tribunal resolvió que debía considerarse tiempo de trabajo porque dentro de un mismo grupo empresarial, en algunos municipios, se incluían los trayectos en la jornada laboral y en otros no, sin justificación. Asimismo, en otro fallo del 9 de junio de 2021, concluyó que debía computarse porque la empresa había cambiado su criterio, dejando de considerar los desplazamientos como tiempo de trabajo cuando antes sí lo hacía.

LEER MÁS

¿ESTAS BUSCANDO

ASESORÍA PERSONAL O EMPRESARIAL?

Realiza tu consulta online o ven a visitarnos