(El País, 17-01-2025) | Fiscal

¿Por qué la subida del SMI tributará a más del 40% en el IRPF si Hacienda no adapta el impuesto?

El Ministerio de Hacienda ha generado controversia al anunciar que evalúa no ajustar el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) al aumento del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) cuando este se implemente, algo que sí hizo con las subidas anteriores. De no realizarse esta adecuación, por primera vez, algunos beneficiarios del SMI podrían enfrentar un tipo impositivo superior al 40% por la parte de sus ingresos que supere el actual mínimo exento de 15.876 euros. Esta anomalía provocaría un coste fiscal de 43 céntimos por cada euro adicional y afectaría también a rentas bajas de hasta 21.000 euros anuales. De acuerdo con las recomendaciones de los expertos del Ministerio de Trabajo, el SMI alcanzará en 2025 entre 16.422 y 16.576 euros anuales, repartidos en 14 pagas. Este incremento, de entre 546 y 700 euros al año, implicaría que, sin un ajuste del mínimo exento del IRPF, los trabajadores que perciban el nuevo SMI tendrían que abonar entre 233 y 300 euros más a Hacienda, dependiendo del incremento final. Esto equivaldría a perder casi el 43% de la mejora salarial debido a las retenciones aplicadas por el empleador, dado que la obligación de presentar la declaración de la renta no se activa hasta ingresos de 22.000 euros anuales. Este tipo marginal del 43%, inusualmente alto para rentas bajas, es el máximo permitido por la ley y se debe al diseño del IRPF, que presenta irregularidades en los tramos inferiores. Estas distorsiones se hacen evidentes cuando un contribuyente supera ciertos umbrales, lo que genera un aumento desproporcionado en la carga tributaria por cada euro adicional. El problema surge de la interacción entre dos elementos clave: el mínimo exento, que define el umbral a partir del cual se tributa, y las reducciones aplicables a los rendimientos del trabajo. Actualmente, el mínimo exento está fijado en 15.876 euros, equivalente al SMI vigente. Sin embargo, Hacienda plantea mantener este límite sin ajustarlo al incremento del SMI. Las reducciones por rendimientos del trabajo agravan esta situación. La deducción general es de 2.000 euros para todos los asalariados, a la que se suman reducciones adicionales de hasta 7.302 euros para quienes ganan 14.852 euros o menos al año. Estas disminuyen progresivamente y desaparecen a partir de los 19.747,5 euros, generando un aumento abrupto del tipo marginal. Si Hacienda no actualiza el mínimo exento, los trabajadores con el nuevo SMI (16.422 o 16.576 euros) tributarán por entre 546 y 700 euros de ingresos, con retenciones de 233 o 300 euros. Este efecto también afectará a otras rentas bajas: un asalariado con 17.000 euros pagará 1.124 euros en impuestos y tendrá retenciones de 483 euros; alguien con 18.000 euros abonará 913 euros; con 19.000, 1.343 euros; y con 20.000, 1.773 euros. Estas anomalías en el IRPF no son nuevas. En subidas previas del SMI, Hacienda ajustó el mínimo exento para reducir el impacto en las rentas más bajas, como ocurrió en 2024, cuando el SMI y el mínimo exento pasaron de 15.000 a 15.876 euros. Sin embargo, la posibilidad de no repetir este ajuste ha desatado críticas y podría abrir un nuevo frente político. El líder del PP, Alberto Núñez Feijóo, ya exigió en el pasado que las subidas del SMI fueran acompañadas de modificaciones en el IRPF para evitar que los trabajadores perdieran poder adquisitivo debido a un aumento en la carga fiscal.

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(El Confidencial, 17-01-2025) | Fiscal

Los sindicatos exigen a Hacienda dejar exento de IRPF el nuevo salario mínimo y presionan para elevarlo a 1.200 euros

El Ministerio de Trabajo ha planteado este miércoles a sindicatos y patronal una propuesta para aumentar el salario mínimo interprofesional (SMI) en 50 euros para 2025, lo que supondría pasar de los actuales 1.134 euros mensuales en 14 pagas a 1.184 euros. Este incremento, que representa un 4,4%, se alinea con una de las opciones sugeridas por los expertos en un informe presentado ese mismo día. Sin embargo, los sindicatos han rechazado la oferta gubernamental y mantienen su exigencia de que el SMI suba hasta los 1.200 euros, lo que implicaría un aumento cercano al 5,8%. Por su parte, la patronal ha recibido la propuesta, pero no tomará una decisión hasta que sea debatida en su junta directiva el próximo 22 de enero, día en el que está previsto un nuevo encuentro con el Ministerio para intentar cerrar la negociación. El secretario de Estado de Trabajo, Joaquín Pérez Rey, ha manifestado que el Gobierno está dispuesto a ser "flexible" con el objetivo de alcanzar un consenso con los interlocutores sociales. Esto incluye la posibilidad de ajustar la propuesta inicial y considerar un aumento diferente al planteado. No obstante, alcanzar un acuerdo tripartito parece complicado. Los empresarios consideran excesiva la propuesta mínima del 4,4%, mientras que los sindicatos aseguran que con ese incremento el SMI seguiría sin representar el 60% del salario medio neto, tal y como establece la Carta Social Europea. Otro punto de discordia es la fiscalidad del SMI. Los sindicatos han insistido en que el salario mínimo debe quedar exento de tributación. UGT ya adelantó que no apoyaría un acuerdo que no incluya esta exención, mientras que CC OO ha subrayado la importancia de un incremento del SMI de entre el 5% y el 6% para alcanzar los 1.200 euros. Ambas organizaciones han exigido que el Ministerio de Trabajo negocie con Hacienda para garantizar esta exención y acuda a la mesa de negociación del día 22 con el tema resuelto. Como es habitual, los sindicatos han pedido una subida mayor, del 5,8%, lo que supondría aumentar el SMI en 66 euros al mes y alcanzar los 1.200 euros mensuales. Aunque esta cifra es compartida tanto por UGT como por CCOO, cada uno mantiene una postura respecto al pago del IRPF, un aspecto que no se ha aclarado en la reunión y que condiciona las negociaciones. El Ministerio de Hacienda ha manifestado su intención de que los contribuyentes que perciben el salario mínimo comiencen a tributar por IRPF en 2025, algo que se produciría si no se eleva el mínimo exento actual, de 15.876 euros (el SMI de 2024), pero la decisión todavía no está oficialmente tomada. Según ha defendido Mari Cruz Vicente, secretaria de Acción Sindical de CCOO, su organización sostiene que la subida propuesta del 5,8% garantizaría que el salario mínimo neto se queda en el 60% del salario medio neto en el escenario de que Hacienda no aumente el mínimo exento en el IRPF. "La propuesta que hacemos nos colocaría en que pase lo que pase se garantiza el 60%. Nos gustaría tener todos los datos encima de la mesa y lo vamos a seguir pidiendo, pero para nosotros no es tanto la exención fiscal, sino que el 60% se garantice", ha explicado Vicente. La postura de UGT difiere. Según ha incidido Fernando Luján, vicesecretario general de política sindical, para UGT "es vital que el SMI esté exento" de pagar IRPF. "Cuando lleguemos a un acuerdo, si llegamos, queremos tener encima todos los elementos que influyen y este (el IRPF) es uno de ellos", ha añadido. Además, UGT considera que el SMI aún no ha llegado al 60% del salario medio neto porque defiende usar una estadística de Eurostat. Desde Trabajo, Pérez Rey ha señalado que su departamento no tiene competencias en materia fiscal, aunque defiende que el SMI debería ser el umbral a partir del cual se comience a tributar. Por ello, ha instado a Hacienda a elevar el mínimo exento de tributación en función del nuevo salario mínimo que se acuerde. Este aspecto podría ser determinante para un posible acuerdo con los sindicatos. La ministra de Trabajo y vicepresidenta segunda del Gobierno, Yolanda Díaz, recibió este miércoles el informe elaborado por un grupo de expertos sobre el SMI. Este informe propone dos escenarios de aumento: uno del 3,44% (39 euros) y otro del 4,41% (50 euros). Díaz calificó los avances logrados en los últimos años, con un aumento acumulado del SMI del 54% desde 2018, como "una historia de éxito", destacando su impacto positivo en la reducción de la desigualdad salarial y la mejora de las condiciones laborales, especialmente para las mujeres. Díaz cree que aún hay margen para un acuerdo entre empresarios y sindicatos, aunque reconoce que este año la negociación es más compleja debido a la simultaneidad de otras discusiones, como la reducción de la jornada laboral. Desde 2019, los incrementos del SMI se han acordado únicamente con los sindicatos, sin la participación de la patronal, que el año pasado propuso un aumento del 3% pero no ha repetido ese gesto en esta ocasión. El próximo 22 de enero podría repetirse una situación similar a la del año pasado, cuando Trabajo ofreció una subida menor del SMI (del 4% frente al 5% inicial) si la patronal firmaba el acuerdo. En esta ocasión, el Gobierno podría flexibilizar su propuesta del 4,4% o incluso reducirla ligeramente, en línea con las recomendaciones de los expertos, para buscar el apoyo empresarial. Sin embargo, si la patronal rechaza nuevamente la oferta, es posible que el incremento supere el 5%, en respuesta a las demandas sindicales.

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(El Confidencial, 17-01-2025) | Fiscal

Los sindicatos exigen a Hacienda dejar exento de IRPF el nuevo salario mínimo y presionan para elevarlo a 1.200 euros

El Ministerio de Trabajo ha planteado este miércoles a sindicatos y patronal una propuesta para aumentar el salario mínimo interprofesional (SMI) en 50 euros para 2025, lo que supondría pasar de los actuales 1.134 euros mensuales en 14 pagas a 1.184 euros. Este incremento, que representa un 4,4%, se alinea con una de las opciones sugeridas por los expertos en un informe presentado ese mismo día. Sin embargo, los sindicatos han rechazado la oferta gubernamental y mantienen su exigencia de que el SMI suba hasta los 1.200 euros, lo que implicaría un aumento cercano al 5,8%. Por su parte, la patronal ha recibido la propuesta, pero no tomará una decisión hasta que sea debatida en su junta directiva el próximo 22 de enero, día en el que está previsto un nuevo encuentro con el Ministerio para intentar cerrar la negociación. El secretario de Estado de Trabajo, Joaquín Pérez Rey, ha manifestado que el Gobierno está dispuesto a ser "flexible" con el objetivo de alcanzar un consenso con los interlocutores sociales. Esto incluye la posibilidad de ajustar la propuesta inicial y considerar un aumento diferente al planteado. No obstante, alcanzar un acuerdo tripartito parece complicado. Los empresarios consideran excesiva la propuesta mínima del 4,4%, mientras que los sindicatos aseguran que con ese incremento el SMI seguiría sin representar el 60% del salario medio neto, tal y como establece la Carta Social Europea. Otro punto de discordia es la fiscalidad del SMI. Los sindicatos han insistido en que el salario mínimo debe quedar exento de tributación. UGT ya adelantó que no apoyaría un acuerdo que no incluya esta exención, mientras que CC OO ha subrayado la importancia de un incremento del SMI de entre el 5% y el 6% para alcanzar los 1.200 euros. Ambas organizaciones han exigido que el Ministerio de Trabajo negocie con Hacienda para garantizar esta exención y acuda a la mesa de negociación del día 22 con el tema resuelto. Como es habitual, los sindicatos han pedido una subida mayor, del 5,8%, lo que supondría aumentar el SMI en 66 euros al mes y alcanzar los 1.200 euros mensuales. Aunque esta cifra es compartida tanto por UGT como por CCOO, cada uno mantiene una postura respecto al pago del IRPF, un aspecto que no se ha aclarado en la reunión y que condiciona las negociaciones. El Ministerio de Hacienda ha manifestado su intención de que los contribuyentes que perciben el salario mínimo comiencen a tributar por IRPF en 2025, algo que se produciría si no se eleva el mínimo exento actual, de 15.876 euros (el SMI de 2024), pero la decisión todavía no está oficialmente tomada. Según ha defendido Mari Cruz Vicente, secretaria de Acción Sindical de CCOO, su organización sostiene que la subida propuesta del 5,8% garantizaría que el salario mínimo neto se queda en el 60% del salario medio neto en el escenario de que Hacienda no aumente el mínimo exento en el IRPF. "La propuesta que hacemos nos colocaría en que pase lo que pase se garantiza el 60%. Nos gustaría tener todos los datos encima de la mesa y lo vamos a seguir pidiendo, pero para nosotros no es tanto la exención fiscal, sino que el 60% se garantice", ha explicado Vicente. La postura de UGT difiere. Según ha incidido Fernando Luján, vicesecretario general de política sindical, para UGT "es vital que el SMI esté exento" de pagar IRPF. "Cuando lleguemos a un acuerdo, si llegamos, queremos tener encima todos los elementos que influyen y este (el IRPF) es uno de ellos", ha añadido. Además, UGT considera que el SMI aún no ha llegado al 60% del salario medio neto porque defiende usar una estadística de Eurostat. Desde Trabajo, Pérez Rey ha señalado que su departamento no tiene competencias en materia fiscal, aunque defiende que el SMI debería ser el umbral a partir del cual se comience a tributar. Por ello, ha instado a Hacienda a elevar el mínimo exento de tributación en función del nuevo salario mínimo que se acuerde. Este aspecto podría ser determinante para un posible acuerdo con los sindicatos. La ministra de Trabajo y vicepresidenta segunda del Gobierno, Yolanda Díaz, recibió este miércoles el informe elaborado por un grupo de expertos sobre el SMI. Este informe propone dos escenarios de aumento: uno del 3,44% (39 euros) y otro del 4,41% (50 euros). Díaz calificó los avances logrados en los últimos años, con un aumento acumulado del SMI del 54% desde 2018, como "una historia de éxito", destacando su impacto positivo en la reducción de la desigualdad salarial y la mejora de las condiciones laborales, especialmente para las mujeres. Díaz cree que aún hay margen para un acuerdo entre empresarios y sindicatos, aunque reconoce que este año la negociación es más compleja debido a la simultaneidad de otras discusiones, como la reducción de la jornada laboral. Desde 2019, los incrementos del SMI se han acordado únicamente con los sindicatos, sin la participación de la patronal, que el año pasado propuso un aumento del 3% pero no ha repetido ese gesto en esta ocasión. El próximo 22 de enero podría repetirse una situación similar a la del año pasado, cuando Trabajo ofreció una subida menor del SMI (del 4% frente al 5% inicial) si la patronal firmaba el acuerdo. En esta ocasión, el Gobierno podría flexibilizar su propuesta del 4,4% o incluso reducirla ligeramente, en línea con las recomendaciones de los expertos, para buscar el apoyo empresarial. Sin embargo, si la patronal rechaza nuevamente la oferta, es posible que el incremento supere el 5%, en respuesta a las demandas sindicales.

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(Expansión, 16-01-2025) | Fiscal

CNMV pide rebajas fiscales para invertir más allá de las Letras

Carlos San Basilio inicia su mandato al frente del supervisor de los mercados solicitando al Gobierno la implementación de incentivos fiscales que fomenten la diversificación de las carteras de ahorro e inversión de los pequeños inversores. El nuevo presidente de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) propone adoptar medidas similares a las empleadas en países europeos como Italia y Suecia, diseñadas para aumentar la participación de los minoristas en los mercados bursátiles. Según San Basilio, existe la percepción errónea de que "los mercados de valores son cosa de ricos", una idea que busca desmentir y transformar. Durante su intervención en el Spain Investors Day, su primera aparición pública desde que asumió el cargo la semana pasada, el presidente afirmó que "es razonable apoyar que el inversor minorista diversifique su cartera más allá de depósitos y Letras". En este contexto, abogó por valorar la introducción de incentivos fiscales que estimulen su participación en los mercados de valores. San Basilio sugirió ampliar las opciones para los pequeños inversores, incluyendo instrumentos como fondos de inversión, planes de pensiones, bonos y acciones, con el objetivo de mejorar sus rendimientos a largo plazo. Asimismo, planteó incentivar la inversión en fondos de capital riesgo, siempre que se realice bajo estricta supervisión y con adecuados controles de riesgo. En cuanto a las criptomonedas, el presidente reiteró la postura cautelosa que ha mantenido la CNMV en los últimos años, subrayando que "los criptoactivos, al no contar con la misma supervisión y protección, requieren un análisis más exhaustivo". San Basilio considera clave incrementar la participación de los pequeños ahorradores en el mercado para fortalecer la posición de los mercados de valores en España, los cuales, según su evaluación, atraviesan una situación mejorable. Desde su comparecencia en el Congreso para validar su nombramiento, el presidente ha señalado que la revitalización del mercado de valores será una de las principales prioridades de su gestión durante los próximos seis años. Ayer, enfatizó la importancia de hacer los mercados regulados de renta variable y fija más atractivos para las empresas españolas. También alertó sobre el continuo descenso de empresas cotizadas en el mercado regulado durante la última década y la "gran reticencia" que han mostrado las compañías para salir a Bolsa. San Basilio insistió en que, para que el mercado de capitales pueda apoyar de forma más efectiva el crecimiento y transformación de las empresas españolas, una parte significativa de la inversión debe dirigirse hacia ellas. Aunque reconoció que esta es una cuestión compleja, aseguró que ya se está trabajando en colaboración con los agentes del mercado para encontrar soluciones. En paralelo, la Comisión Europea ha publicado un informe con propuestas para impulsar el mercado en España, mientras que la CNMV anunció que permitirá en los próximos meses la admisión a cotización de acciones en Bolsa sin necesidad de una distribución previa al público, como medida para fomentar nuevas salidas a Bolsa.

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(Expansión, 16-01-2025) | Fiscal

La CNMC no detectó que los bancos trasladaran el "impuestazo" a los clientes

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha concluido en el informe solicitado por el Gobierno sobre el impacto del gravamen especial a la banca en la remuneración de los depósitos que existen factores distintos a dicho impuesto que influyeron en la baja rentabilidad de los depósitos bancarios desde 2022. El informe confirma que los depósitos en España ofrecieron una remuneración significativamente inferior a la media de la zona euro, situándose en menos de la mitad. Sin embargo, no atribuye esta diferencia a un traslado del coste del gravamen por parte de las entidades bancarias hacia sus clientes mediante una reducción de los intereses de los depósitos. En su lugar, identifica otros elementos como los principales responsables de esta situación. La CNMC señala que "la concentración bancaria puede tener un efecto negativo en la remuneración de los depósitos", aunque advierte que este factor tiene un peso explicativo limitado en la determinación de los tipos de interés. Además, indica que los niveles de concentración varían considerablemente entre provincias, siendo especialmente heterogéneos en áreas con población dispersa en pequeñas localidades. A pesar de que grandes entidades como CaixaBank, BBVA y Santander están ampliamente presentes en todo el país, en ciertas regiones las cajas rurales alcanzan cuotas de mercado significativas. Por ello, la CNMC concluye que "los indicadores de concentración no son suficientes por sí solos para medir la intensidad de la competencia" en la fijación de condiciones para los depósitos. Aunque el informe no aborda explícitamente la propuesta de adquisición de Sabadell por parte de BBVA, es probable que esta realidad haya influido en su análisis. Entre los factores que explican la baja remuneración de los depósitos, la CNMC destaca la falta de competencia entre las entidades para ofrecer mejores condiciones a los clientes, los altos costes y dificultades asociados al cambio de banco, la escasez de opciones de ahorro alternativas a los depósitos y la necesidad de mejorar la educación financiera de los consumidores. Además, el informe subraya que la fidelización de los clientes, a través de la vinculación de productos con condiciones preferenciales, junto con la dificultad de acceder a información estandarizada sobre las ofertas disponibles, limitó la presión de los usuarios para exigir mejores condiciones. También menciona que, en aquel momento, la oferta de productos de ahorro alternativos por parte de actores externos a los bancos, como el Tesoro con la deuda pública, era prácticamente inexistente. Aunque las entidades digitales han empezado a ejercer una mayor presión competitiva, su impacto seguía siendo limitado, concentrándose especialmente entre los clientes más jóvenes. Otro factor relevante fue la elevada liquidez de los bancos en ese periodo, gracias al acceso ilimitado a fondos proporcionado por el Banco Central Europeo (BCE), lo que desincentivó un aumento en la remuneración de los depósitos. Entre las recomendaciones de la CNMC se incluye fomentar una mayor oferta de depósitos y productos alternativos de ahorro, además de promover la colaboración público-privada en áreas con riesgo de exclusión financiera. También propone mejorar la transparencia de las ofertas bancarias mediante comparadores efectivos, facilitar y abaratar la portabilidad bancaria, y eliminar barreras para contratar depósitos con entidades extranjeras.

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(El Economista, 16-01-2025) | Fiscal

El ahorro de IRPF por bajar un 5% el alquiler compensará en más de 300 euros la pérdida de ingresos

Los propietarios de viviendas que reduzcan el precio del alquiler en un 5% podrán beneficiarse de un ahorro en el IRPF que, como mínimo, superará en 300 euros la cantidad que dejen de ingresar. Este lunes, el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, presentó doce medidas destinadas a facilitar el acceso a la vivienda. Entre ellas, destacó una propuesta que permite a los caseros que rebajen el alquiler en un 5%, independientemente de si el inmueble se encuentra en una zona de alta o baja demanda, quedar exentos de tributar en el IRPF por los ingresos obtenidos por el arrendamiento. El Registro de Economistas y Asesores Fiscales (REAF) ha preparado dos ejemplos ilustrativos (ver gráfico) para mostrar el impacto de esta iniciativa que el Ejecutivo planea incluir en una futura ley. Según este análisis, un propietario con un ingreso anual de 18.000 euros y que alquile su vivienda habitual por 1.000 euros al mes (12.000 euros al año) deberá pagar 1.949 euros de IRPF. Sin embargo, si reduce el alquiler un 5% (950 euros al mes o 11.400 euros al año), su pago por IRPF se reducirá a 1.035 euros. Esto significa que, aunque pierde 600 euros al año por la rebaja del alquiler, ahorra 911 euros en impuestos, lo que supone un beneficio neto de 311 euros anuales. De forma similar, un propietario con un salario anual de 30.000 euros y un alquiler de 1.000 euros al mes pagará 6.157 euros de IRPF. Al aplicar la rebaja del 5% en el alquiler, su pago por IRPF se reduce a 4.927 euros. Esto representa un ahorro fiscal de 1.230 euros frente a los 600 euros que deja de ingresar, generando una ganancia neta de 630 euros. El REAF subraya que esta medida permite un ahorro fiscal superior a la pérdida de ingresos, incluso para los propietarios con menores rentas. Además, cuanto mayor sea el salario del casero y más alto sea el precio del alquiler, mayor será el beneficio obtenido, ya que las ganancias por arrendamiento se suman a la base imponible del IRPF junto con el salario, una vez aplicadas las deducciones. En el caso del alquiler, se aplican reducciones que incluyen los gastos relacionados con la vivienda, como intereses hipotecarios, seguros, impuestos (como el IBI) y gastos de comunidad. El resultado neto de estos ajustes se integra en la base imponible del IRPF junto al salario. Sin embargo, con la nueva propuesta del Gobierno, quienes reduzcan los precios del alquiler ya no incluirán el 100% de estos ingresos netos en su IRPF, por lo que solo tributarán por su sueldo, lo que disminuye su carga fiscal. Por ejemplo, si un casero alquila por 1.000 euros al mes y reduce el alquiler a 950 euros, no tributará por los 11.400 euros anuales obtenidos. Si el alquiler inicial era de 2.000 euros al mes y se reduce a 1.900 euros, el ahorro será aún mayor, ya que tampoco tributará por los 22.800 euros anuales generados. La exención fiscal propuesta beneficiará a todos los propietarios que reduzcan los precios del alquiler, ampliando los incentivos que anteriormente estaban dirigidos principalmente a zonas tensionadas. Según la Ley de Vivienda de mayo de 2023, los caseros que reducen un 5% el precio del alquiler en zonas tensionadas cuentan con una exención del 90% en el IRPF. Si alquilan por primera vez a jóvenes de entre 18 y 35 años o a administraciones o fundaciones para alquiler social, la exención es del 70%. En casos de reforma del inmueble antes de alquilar, el beneficio es del 60%, mientras que la exención general para todos los propietarios es del 50%.

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(Expansión, 15-01-2025) | Fiscal

Los asesores fiscales denuncian retrasos "injustificados" de Hacienda en la devolución de la Renta a mutualistas

El cambio de criterio implementado por el Ministerio de Hacienda en el proceso de devolución del IRPF a los mutualistas, tras el reconocimiento de su derecho por parte del Tribunal Supremo, está generando retrasos "injustificados" en el reembolso, según advierte la Asociación Española de Asesores Fiscales (Aedaf). La asociación insta al Ministerio a "reconsiderar esta medida y restaurar el procedimiento anterior, que permitía a los mutualistas recuperar sus importes en una única solicitud, como estaba previsto inicialmente". El Tribunal Supremo, mediante varias sentencias, confirmó que ciertas cantidades percibidas en pensiones de los mutualistas están exentas de tributación. En particular, se declaró que las pensiones derivadas de aportaciones a antiguas mutualidades realizadas entre 1967 y 1978 están exentas en un 25%, mientras que las correspondientes a cotizaciones previas a 1967 lo están al 100%. Este fallo permitió a los afectados reclamar las cantidades pagadas en exceso por ejercicios no prescritos. En un principio, la Agencia Tributaria estableció un procedimiento sencillo que permitía a los mutualistas solicitar la devolución acumulada de los años pendientes en una única solicitud, agilizando el trámite. No obstante, el nuevo criterio adoptado por Hacienda obliga a los solicitantes a realizar las peticiones año a año, lo que retrasará el cobro completo de las devoluciones hasta 2029. Desde Aedaf critican que "el cambio de criterio ha sido implementado de manera repentina, sustituyendo un procedimiento ágil y eficaz por uno más complejo y fragmentado, que dilata el proceso". Añaden que esta decisión crea "una desigualdad evidente entre quienes ya han recibido sus devoluciones y aquellos que, por motivos ajenos a su control, deberán esperar varios años para recuperar lo que legalmente les corresponde". Los asesores fiscales señalan que "no existe justificación para esta decisión, ya que en ningún momento se pone en duda el derecho de los mutualistas a las devoluciones reconocidas por los tribunales. El único propósito aparente es escalonar los reembolsos a lo largo de varios años, lo que posterga la reparación íntegra de los afectados hasta 2029". El Ministerio de Hacienda, por su parte, sostiene que "la calendarización de las devoluciones permite una planificación más ordenada y una mayor previsibilidad en la contabilidad nacional". Sin embargo, desde Aedaf consideran que este argumento no justifica la medida. "Lo único que se está logrando es retrasar de manera innecesaria el reembolso de cantidades que los tribunales han declarado como legítimamente exigibles", concluyen los asesores.

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(Expansión, 15-01-2025) | Fiscal

El castigo fiscal por compra de vivienda afectará principalmente a británicos, rusos y latinoamericanos

El Gobierno está evaluando la implementación de un tributo especial o un aumento en el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP) con el objetivo de limitar la adquisición de viviendas en España por parte de extranjeros no residentes de países fuera de la Unión Europea, quienes concentran sus compras principalmente en zonas costeras. Según los datos, estos extranjeros adquieren unas 55.000 viviendas al año, en comparación con las 90.000 nuevas construcciones anuales. Una de las propuestas más destacadas del plan de vivienda presentado por el presidente Pedro Sánchez para afrontar la "emergencia habitacional" es restringir las compras de viviendas por parte de extranjeros extracomunitarios no residentes. Según explicó Sánchez, esta medida incluirá un aumento significativo de la carga fiscal, que podría llegar al 100% del valor del inmueble, con el objetivo de desincentivar este tipo de operaciones. El Ejecutivo argumenta que los no residentes absorben más de la mitad de las viviendas construidas cada año. Entre los colectivos más afectados estarían británicos, rusos y latinoamericanos, debido a su importante participación en la adquisición de propiedades residenciales, especialmente en la costa. Durante el evento Vivienda, quinto pilar del Estado del bienestar, celebrado en Madrid, Sánchez afirmó: "Tras un análisis exhaustivo, hemos decidido limitar la compra de viviendas por parte de extranjeros extracomunitarios no residentes incrementando su carga fiscal hasta el 100% del valor del inmueble". También destacó que esta medida, inédita en España, ya se aplica en otros países como Dinamarca y Canadá, y la calificó como "adecuada y necesaria" dadas las circunstancias actuales. El Gobierno aún no ha definido los detalles específicos para implementar la medida, pero señala que la legislación europea prohíbe discriminar a ciudadanos comunitarios. Dado que una prohibición total a extranjeros no residentes de fuera de la UE sería difícil de aplicar, se ha optado por usar la fiscalidad como herramienta de desincentivo. En este sentido, se está considerando aumentar el gravamen del ITP, específicamente en su modalidad de Transmisiones Patrimoniales Onerosas (TPO), que grava al 10% las compraventas de viviendas de segunda mano. Sin embargo, dado que la gestión de este impuesto está transferida a las comunidades autónomas, algunas de ellas, gobernadas por el PP, podrían obstaculizar esta estrategia aprovechando su capacidad normativa. Por ello, el Ejecutivo estudia además la introducción de un impuesto especial. El objetivo final de la medida es encarecer estas operaciones para reducir su volumen. Según Sánchez, "en 2023, los no residentes adquirieron unas 27.000 viviendas en España, no para residir en ellas, sino principalmente con fines especulativos, algo que no podemos permitir en el contexto actual de escasez de vivienda". Los datos oficiales del Observatorio de Vivienda y Suelo indican que en 2023 los extranjeros no residentes compraron 54.944 inmuebles, lo que equivale al 62% de las 89.119 viviendas nuevas construidas ese año. En total, las adquisiciones de extranjeros representaron el 19,3% de las transacciones de vivienda registradas, mientras que las de no residentes supusieron el 44% de las realizadas por extranjeros y el 8,6% del total. El perfil de los compradores más afectados incluye a los británicos (responsables del 9,5% de las compras extranjeras), rusos (3,12%), chinos (2,87%) y latinoamericanos como los argentinos (1,13%). En contraste, ciudadanos de la UE, como alemanes y franceses, así como extranjeros que compran para residir en España, como los marroquíes, no se verían impactados. Entre las regiones más afectadas por esta medida figuran Baleares (31,5% de las compras extranjeras), Comunidad Valenciana (29,3%), Canarias (28,5%), Murcia (23,8%), Cataluña (15,8%) y Andalucía (14,9%).

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(Expansión, 15-01-2025) | Fiscal

¿Por qué será tan difícil gravar más a los extranjeros por la compra de inmuebles?

El Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea garantiza la libre circulación de capitales y prohíbe cualquier tipo de restricción, tanto entre los estados miembros como entre estos y países terceros. Resulta comprensible que aún no se haya definido cómo se aplicará el aumento de los impuestos para la compra de viviendas por parte de ciudadanos extracomunitarios. El anuncio inicial del presidente Pedro Sánchez ha dado paso a un complejo debate técnico que ha generado gran controversia entre expertos en derecho fiscal y jurídico. La mayoría coincide en que será un desafío llevar a cabo este proyecto. Pero ¿por qué es tan complicado establecer diferencias fiscales basadas en la residencia del contribuyente? En España, este debate no es nuevo. Desde hace años, abogados como Alejandro del Campo, socio de DMS Legal Intelligence, han denunciado ante tribunales nacionales y europeos la discriminación que sufren los ciudadanos extracomunitarios en materia fiscal. Un ejemplo es el caso del Impuesto sobre la Renta de los No Residentes (IRNR), llevado por Del Campo a la Audiencia Nacional y actualmente pendiente de resolución. El IRNR establece diferencias en la tributación por el alquiler de inmuebles: los residentes pueden beneficiarse de una reducción del 60% en su IRPF, mientras que los no residentes no tienen acceso a esta reducción en el IRNR. Además, dentro de los no residentes, los extracomunitarios pueden llegar a pagar hasta tres veces más impuestos que los comunitarios por las mismas rentas generadas en España. Aunque la Audiencia Nacional aún no se ha pronunciado, este debate jurídico parece inclinarse hacia una conclusión clara, basada en precedentes del Tribunal Supremo y del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE): estas prácticas constituyen discriminación fiscal. El Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, considerado la base jurídica de la Unión, regula sus competencias y establece, en su artículo 63, la libre circulación de capitales, prohibiendo restricciones tanto internas como externas. Con base en esta normativa, cualquier trato diferenciado basado en la residencia del inversor sería contrario al derecho de la UE, salvo que se justifique como una restricción necesaria. El abogado Esaú Alarcón, socio de Gibernau, ha recopilado diversas sentencias del TJUE que refuerzan esta postura. Entre ellas destacan casos emblemáticos como el C-670/21 (octubre de 2023) o el C-537/20 (abril de 2023), que rechazan de forma tajante la discriminación basada en políticas fiscales. Incluso, en un caso alemán relacionado con políticas de vivienda social, el TJUE negó que se justificara una restricción de este tipo por razones de interés general. La contundencia del TJUE en estos casos podría llevar a los tribunales españoles a inaplicar normativas que vulneren el derecho comunitario. Por ejemplo, el IRNR, que actualmente discrimina a no residentes que alquilan propiedades en España, podría ser considerado contrario a la legislación europea. En 2019, la Comisión Europea inició un procedimiento de infracción contra España por no permitir la reducción del 60% en el arrendamiento de viviendas a no residentes comunitarios. Sin embargo, este proceso no ha avanzado. Aunque Bruselas reconoció que esta discriminación infringía la libre circulación de capitales, permitió mantenerla amparándose en el artículo 64 del Tratado, que protege restricciones preexistentes a 1994. En conclusión, tanto la normativa europea como su interpretación por el TJUE dejan claro que medidas como las propuestas por el Gobierno, que discriminan fiscalmente a inversores extracomunitarios, contradicen el espíritu de la Unión Europea. Aunque falta definir los detalles de su implementación, este proyecto enfrenta obstáculos jurídicos significativos que dificultan su materialización.

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(El País, 15-01-2025) | Fiscal

Solo tres de las 15 mayores socimis de España se verán afectadas por la subida fiscal

El Gobierno ha decidido endurecer el régimen fiscal de las Sociedades Anónimas Cotizadas de Inversión en el Mercado Inmobiliario (socimis) en España, condicionando sus beneficios tributarios a la promoción de viviendas destinadas al alquiler asequible. Sin embargo, esta medida solo afectará a las socimis que invierten en el mercado residencial, según explicaron este lunes fuentes gubernamentales. Esto implica que únicamente tres de las 15 principales socimis del país -Testa Residencial, Vivenio Residencial y Fidere- se verán impactadas por la modificación. El resto, como Merlin Properties y Colonial, quedarán fuera del alcance de esta nueva normativa. Aunque Inmobiliaria Colonial también posee viviendas en su cartera, el porcentaje es mínimo (1,4%), lo que hace que apenas se vea afectada por la normativa. Esta se centra exclusivamente en el mercado residencial, dejando fuera activos como oficinas, locales comerciales, hoteles o centros logísticos. En conjunto, el parque residencial representa solo el 15% de los 37.745 millones de euros en activos que gestionan estas 15 socimis, lo que equivale a unos 5.587 millones destinados a viviendas en alquiler. Esto demuestra el impacto limitado que tendría la medida, especialmente en comparación con el volumen total del sector. Además, para que esta propuesta sea aprobada, debe contar con el respaldo del Congreso, algo difícil debido a la falta de mayoría parlamentaria. En España, la normativa que regula a estas entidades fue aprobada en 2009 durante el mandato de José Luis Rodríguez Zapatero, y su desarrollo reglamentario se completó bajo el Gobierno de Mariano Rajoy. La principal ventaja fiscal de las socimis es la exención del impuesto de sociedades, siempre y cuando distribuyan al menos el 80% de los dividendos entre sus accionistas, los cuales tributan en el IRPF. Con el cambio planteado, las socimis que no alquilen viviendas a precios asequibles podrían perder esa exención y quedar sujetas al tipo general del 25%. Sin embargo, el Gobierno aún no ha definido si la medida afectará únicamente a las viviendas dentro de portfolios mixtos o al conjunto de los activos. Otro aspecto a aclarar es qué se considera "vivienda asequible", ya que no existe una definición legal clara. El término más cercano es "vivienda asequible incentivada", incluido en la Ley de Vivienda, que define estas propiedades como aquellas cedidas a un precio regulado por propietarios privados o entidades del tercer sector. Esta iniciativa forma parte de un paquete más amplio de medidas para fomentar la vivienda asequible. Entre las 12 propuestas del presidente se encuentran otras reformas fiscales, como un impuesto de hasta el 100% sobre el valor de compra para extranjeros extracomunitarios no residentes que adquieran una vivienda, priorizando el acceso de los residentes. Además, se plantea eximir del IRPF a los propietarios que alquilen sus viviendas bajo los límites establecidos por el Índice de Precios de Referencia, y que las viviendas turísticas pasen a tributar como actividad económica a través del IVA. No obstante, al igual que la modificación fiscal para las socimis, muchas de estas medidas podrían enfrentar obstáculos. Por ejemplo, el incremento del IVA a los pisos turísticos depende de una directiva europea aún en negociación y ya fue rechazado previamente en el Congreso. Lo mismo ocurrió con una propuesta anterior para eliminar el régimen fiscal favorable de las socimis. En cuanto a la subida fiscal para los extracomunitarios, el Gobierno no ha detallado cómo se aplicará. Una posibilidad sería recurrir al impuesto sobre transmisiones patrimoniales (ITP), aunque esto plantea desafíos, ya que este tributo es gestionado por comunidades autónomas, la mayoría gobernadas por el Partido Popular. Además, el ITP solo se aplica a viviendas de segunda mano, mientras que las de obra nueva están sujetas al IVA, cuya modificación está limitada por normativa europea. De las 12 medidas anunciadas, siete no requieren aprobación parlamentaria. Entre ellas destacan la transferencia de 40.000 viviendas de la Sareb a una nueva empresa pública de vivienda, que tendrá prioridad sobre las empresas privadas para adquirir inmuebles y suelos, aunque de forma supletoria respecto a las comunidades autónomas. También incluye el blindaje permanente de la vivienda protegida y la puesta en marcha del PERTE para la construcción modular e industrializada.

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