(El Periódico, 15-01-2025) | Mercantil, civil y administrativo

El Ministerio de Vivienda creará un "portal de gestión transparente" para la demanda de las viviendas de Sepes por parte de los ciudadanos

El Gobierno se compromete a que el Ministerio de Vivienda elabore, en un plazo de seis meses, un plan estratégico para la nueva empresa pública de vivienda. Este plan incluirá la creación de un "portal de gestión transparente" donde los ciudadanos podrán consultar los inmuebles que se están construyendo y solicitar un alquiler, según detalló la ministra de Vivienda, Isabel Rodríguez, en la rueda de prensa posterior al último Consejo de Ministros. La base de esta nueva sociedad pública será la actual entidad estatal de suelo, Sepes, cuyos estatutos se han modificado para abarcar todo el ciclo residencial. "Estamos impulsando una política de vivienda integral, algo inédito en toda la democracia. Desarrollaremos una política pública que abarque desde la urbanización de suelos hasta la entrega de llaves y la gestión de alquileres a precios asequibles", destacó Rodríguez. Según explicó la ministra, el nuevo portal de gestión de activos ofrecerá viviendas con precios inferiores a los establecidos en el sistema estatal de referencia de precios de alquiler, con el objetivo de intervenir en el mercado residencial mediante una mayor oferta. A finales de 2024, Sepes estaba desarrollando 17.500 viviendas en todo el país, en comparación con las 10 viviendas en 2022 y 18 en 2023. Rodríguez adelantó que este año "se incorporarán 1,7 millones de metros cuadrados de suelo en 250 localizaciones", provenientes de otras entidades de la Administración General del Estado. Estas parcelas se sumarán a los tres millones de metros cuadrados que ya posee Sepes, además de 3.600 viviendas procedentes del Patrimonio del Estado. Cabe destacar que el 61% de las viviendas proyectadas por Sepes corresponden a un único proyecto: la Operación Campamento. Este desarrollo urbanístico en Madrid contempla la construcción de 10.700 viviendas en antiguos terrenos militares. La ministra aseguró que estas serán "100% asequibles". Sepes confía en que el Ayuntamiento de Madrid apruebe próximamente el proyecto definitivo, lo que permitiría iniciar las obras de urbanización, previstas para concluir en 2026. Una vez finalizadas estas obras, los terrenos estarán listos para comenzar la construcción de los edificios residenciales y dotacionales. Si se cumplen los plazos, las primeras viviendas de Campamento podrían entregarse a partir de 2028.

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(El Economista, 15-01-2025) | Mercantil, civil y administrativo

El Supremo frena las falsas demandas por cláusulas abusivas que solo buscan cobrar las costas

El Tribunal Supremo (TS) pone límites a las demandas fraudulentas por cláusulas abusivas en contratos de crédito, presentadas únicamente con el propósito de obtener el pago de las costas judiciales. Según el alto tribunal, cuando una persona interpone una demanda de manera "artificiosa" con el fin de obtener este beneficio económico, se está ante un caso de "abuso del proceso". Esto implica que se genera deliberadamente una situación de infracción jurídica para demandar y obtener un beneficio indebido a expensas del Estado, el principal afectado por la sobrecarga en los recursos de la Administración de Justicia. El Supremo considera que corresponde a los jueces analizar si las demandas presentadas son razonables y si el beneficio buscado por el consumidor es proporcional. En una sentencia del 20 de diciembre, cuyo ponente fue el magistrado Ignacio Sánchez Gargallo, el tribunal examinó el caso de un cliente que contrató un crédito a doce meses, lo canceló en tres, y posteriormente demandó a la entidad alegando usura. Curiosamente, el mismo día en que presentó la demanda, contrató otro crédito con condiciones aún más desfavorables. La demanda solicitaba la nulidad del préstamo por usurario y, de manera subsidiaria, pedía la anulación de las cláusulas de intereses remuneratorios y de demora por considerarlas abusivas. El juzgado de primera instancia dio la razón al cliente, al estimar que el crédito era usurario, ya que tenía una Tasa Anual Equivalente (TAE) del 213%, frente al 7,75% que era la media del mercado en ese tipo de productos en el momento del contrato. La entidad financiera apeló ante la Audiencia Provincial de Asturias alegando mala fe del consumidor, pero esta ratificó el fallo inicial sin valorar dicha acusación. Finalmente, el Tribunal Supremo ha respaldado a la entidad, declarando que el cliente actuó de mala fe. Según el TS, el verdadero objetivo del cliente al contratar el crédito era interponer una demanda de cuantía indeterminada para asegurarse una condena en costas, estimada en unos 1.800 euros. La sentencia subraya que resulta incoherente que alguien, tras cancelar anticipadamente un micropréstamo de 500 euros y demandar su nulidad por usura y cláusulas abusivas, solicite poco después otro crédito con características similares, especialmente estando asesorado jurídicamente. El TS concluye que esta conducta es contraria a la buena fe procesal, ya que el crédito se contrató únicamente para sustentar la demanda de nulidad. Además, señala que el principal interés del cliente no era ganar la demanda, ya que había cancelado anticipadamente el préstamo, sino obtener la condena en costas como beneficio económico.

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(La Vanguardia, 15-01-2024) | Mercantil, civil y administrativo

La tasa de variación anual del IPC del mes de diciembre se situó en el 2,8%, cuatro décimas por encima de la registrada en noviembre

La tasa anual del Índice de Precios de Consumo (IPC) general en el mes de diciembre fue del 2,8%, cuatro décimas superior a la registrada el mes anterior. Los grupos que más destacaron por su influencia en el aumento de la tasa anual fueron: Transporte, cuya tasa anual aumentó 1,6 puntos, hasta el 0,6%. Este comportamiento se debió a la subida de los precios de los carburantes y lubricantes para vehículos personales, frente a la bajada en diciembre del año 2023. Ocio y cultura, que situó su variación anual en el 3,2%, lo que supuso 1,2 puntos por encima de la del mes pasado. Este incremento fue debido, principalmente, a la subida de los precios de los paquetes turísticos, mayor que en el mismo mes de 2023. La tasa de variación anual de la inflación subyacente (índice general sin alimentos no elaborados ni productos energéticos) aumentó dos décimas respecto noviembre, y se situó en el 2,6%. En diciembre la tasa de variación mensual del IPC general fue del 0,5%. Los grupos con mayor repercusión mensual positiva en la tasa mensual del IPC fueron: Ocio y cultura, que presentó una variación del 3,5%, debida al aumento de los precios de los paquetes turísticos. Este grupo repercutió 0,294 en el IPC general. Vivienda, con una tasa del 0,6% y una repercusión de 0,071, a causa del incremento de los precios de la electricidad. Transporte, que presentó una variación del 0,4%, debida a la subida de los precios de los carburantes y lubricantes para vehículos personales. Este grupo repercutió 0,054 en el IPC general. El IPC registró tasas anuales positivas en todas las comunidades autónomas en diciembre. País Vasco presentó la tasa más elevada (3,6%) y Canarias la más baja (2,2%). En el mes de diciembre la tasa de variación anual del IPCA se situó en el 2,8%, cuatro décimas más que la registrada el mes anterior. La variación mensual del IPCA fue del 0,4%.

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(Cinco Días, 14-01-2025) | Fiscal

Tiene hasta el 31 de marzo para informar a Hacienda de cuentas o depósitos de más de 50 mil euros en el extranjero

Abrir una cuenta bancaria o contratar un depósito en una entidad extranjera con el objetivo de obtener ingresos adicionales se ha convertido en una práctica común en los últimos años. Plataformas como Trade Republic, que ha promocionado de manera agresiva productos financieros vinculados al tipo de interés del Banco Central Europeo (BCE), o Raisin, que ofrece acceso a depósitos en bancos europeos con rendimientos superiores al 3,5%, han facilitado que muchos ciudadanos españoles opten por este tipo de inversiones en el extranjero. Si usted se encuentra en esta situación, es posible que deba informar a Hacienda antes del 31 de marzo. En concreto, si tiene más de 50.000 euros en una cuenta bancaria con un IBAN extranjero al cierre de 2024 o si contrató depósitos que superan esa cantidad en una entidad fuera de España, está obligado a presentar el modelo 720 ante la Agencia Tributaria. Este formulario, que también aplica a otros bienes como valores, derechos, seguros o inmuebles ubicados en el extranjero, es meramente informativo, pero su presentación es obligatoria. El incumplimiento de esta obligación conlleva sanciones económicas. El modelo 720, aprobado en 2012 durante el Gobierno del PP liderado por Mariano Rajoy, prevé multas que oscilan entre 300 euros y 20.000 euros si no se presenta. Si el formulario se entrega con errores o datos falsos, las sanciones pueden empezar desde 500 euros, según explica la Agencia Tributaria. Para rellenarlo correctamente, se recomienda acceder al informe fiscal de 2024 proporcionado por el banco y volcar los datos en el formulario, específicamente en la casilla 027, ubicada en la página 5, apartado B, "rendimientos del capital mobiliario". Al seleccionar esa casilla, se despliega una opción para ingresar los datos correspondientes. Además, al realizar la declaración de la renta en 2025 (cuyo plazo inicia el 2 de abril), es probable que deba introducir manualmente los intereses generados en cuentas remuneradas o depósitos en el extranjero. A diferencia de los bancos españoles, que retienen automáticamente el impuesto, las entidades extranjeras no suelen hacerlo. Por lo tanto, es fundamental verificar si el banco aplicó la retención fiscal en su país de origen para evitar pagar impuestos dos veces. Lo más recomendable es informar al banco extranjero sobre su residencia fiscal en España al abrir la cuenta o contratar el depósito. Si no lo hace, el banco podría aplicar retenciones en el país de origen, lo que podría derivar en una doble imposición. En tal caso, es necesario detallar estas retenciones en la declaración de la renta, específicamente en la casilla de doble retención fiscal. Es importante recordar que los impuestos solo se pagan sobre los intereses generados, no sobre el saldo total de la cuenta. Por ejemplo, si tiene 10.000 euros en una cuenta con un 3% TAE, habrá obtenido 300 euros en intereses, y los impuestos se calcularán únicamente sobre esa cantidad. Por otro lado, quienes no hayan declarado activos en el extranjero estando obligados a hacerlo podrían enfrentarse a sanciones adicionales por ganancias de patrimonio no justificadas. En caso de descubrirse estos activos no declarados, además de abonar los impuestos correspondientes, se aplicará una multa que puede oscilar entre el 50% y el 100% de la cantidad defraudada. La Agencia Tributaria califica esta infracción como grave.

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(Expansión, 14-01-2025) | Fiscal

El plan de vivienda del Gobierno presenta ayudas fiscales al alquiler

El presidente del Gobierno presentó un conjunto de medidas destinadas a facilitar el acceso a la vivienda, que incluyen la ampliación del parque público con inmuebles de Sareb, deducciones en el IRPF para fomentar alquileres asequibles, avales públicos, un plan estratégico de vivienda en Valencia, la aplicación del 21% de IVA a los alquileres turísticos como Airbnb y un incremento fiscal para compradores no residentes de fuera de la Unión Europea. "En esta situación de emergencia habitacional, lo que necesitamos son más viviendas y menos Airbnb. Es responsabilidad de las administraciones públicas priorizar el uso residencial y frenar la expansión descontrolada del turismo especulativo que afecta a los vecinos", afirmó el presidente Pedro Sánchez. Durante su intervención, detalló medidas para intervenir en el mercado inmobiliario con el objetivo de garantizar el derecho a la vivienda. Entre estas, destacan incentivos fiscales para reducir los precios del alquiler, la ampliación del parque público de vivienda y restricciones a los pisos turísticos, las Socimis y los inversores extranjeros. En el acto titulado Vivienda, quinto pilar del Estado del bienestar, celebrado en Madrid, Sánchez subrayó la necesidad de proteger a los ciudadanos frente a los abusos del mercado y asegurar que las viviendas cumplan su función como hogares, no como negocios. Según el Gobierno, este plan busca equilibrar la oferta y la demanda mediante tres pilares: incrementar la vivienda disponible, mejorar su regulación y ofrecer más ayudas públicas. Entre las acciones más relevantes, se prevé transferir a la Empresa Pública de Vivienda unas 30.000 viviendas de Sareb, comenzando por las 13.000 ya destinadas al alquiler, y garantizar que todo el parque público permanezca en manos estatales para evitar su privatización. Asimismo, se impulsará la construcción de 25.000 nuevas viviendas mediante créditos y avales del ICO, y se promoverá la modernización de la construcción a través de un Plan Estratégico financiado por los fondos europeos Next Generation, con sede en Valencia. Otra medida destacada es la implementación de avales públicos que den seguridad a propietarios para alquilar a precios asequibles, empezando en 2025 con alquileres para menores de 35 años. También se incentivará la rehabilitación de viviendas destinadas al alquiler asequible durante al menos cinco años. En el ámbito fiscal, se establecerán deducciones en el IRPF de hasta el 100% para propietarios que ajusten los precios de sus alquileres al Índice de Precios de Referencia, una estrategia destinada a sortear las limitaciones de la Ley de Vivienda en comunidades gobernadas por el PP. Además, se aplicará un IVA del 21% a los pisos turísticos gestionados por plataformas y se limitarán las ventajas fiscales de las Socimis que no ofrezcan alquileres asequibles. Finalmente, el Ejecutivo endurecerá las condiciones para compradores extracomunitarios no residentes, aumentando los impuestos hasta un 100% sobre la adquisición de inmuebles con fines especulativos. También se reforzarán las inspecciones para detectar fraudes en el alquiler de temporada, y se prevé un nuevo Plan Estatal de Vivienda en 2026 enfocado en jóvenes, mayores, personas vulnerables y residentes en áreas degradadas.

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(Expansión, 14-01-2025) | Laboral

CEOE rechazará la subida del salario mínimo de 50 euros al mes que plante

La próxima subida del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) que planea el Ministerio de Trabajo para 2025 no contará con el apoyo de las organizaciones empresariales, CEOE y Cepyme. Según la propuesta del departamento liderado por la vicepresidenta Yolanda Díaz, se prevé un incremento de 50 euros mensuales, lo que situaría el SMI en 1.184 euros al mes, tomando como referencia el límite superior recomendado por el comité de expertos convocado por el Gobierno, que sugirió una horquilla de aumento entre el 3,4% y el 4,4%. Aunque es probable que los sindicatos respalden esta medida, a pesar de las críticas iniciales de UGT sobre la tributación del incremento en el IRPF, la patronal, liderada por Antonio Garamendi, ya ha anticipado su rechazo. Lorenzo Amor, presidente de ATA y vicepresidente de la CEOE, afirmó en rueda de prensa que las condiciones actuales no justifican esta subida. Según Amor, un aumento acumulado del 60% en el SMI en los últimos seis años no se corresponde con el crecimiento de la economía, los negocios de los autónomos ni la inflación en ese mismo período. Cabe destacar que el rechazo empresarial no es vinculante, ya que la decisión final sobre el SMI corresponde exclusivamente al Gobierno, y la mesa de diálogo social tiene un carácter meramente consultivo. Sin embargo, Amor criticó que el Ejecutivo, en los últimos años, siempre haya optado por aplicar los aumentos máximos posibles. La oposición de las organizaciones empresariales se basa principalmente en el impacto que este incremento tendrá en los costes laborales, especialmente para pequeñas y medianas empresas y autónomos con empleados a cargo. Según datos de ATA, en los últimos cinco años, sectores como el campo y el empleo del hogar, donde el 99% de los trabajadores perciben el SMI, han perdido 174.000 empleos. Además, las pequeñas empresas con menos de cinco empleados han eliminado 62.000 puestos de trabajo en este periodo, debido a que los aumentos salariales afectan de forma desproporcionada a los pequeños negocios. Desde ATA advierten que el incremento de 50 euros mensuales hasta los 1.184 euros supondrá un coste adicional de 1.000 euros anuales por empleado, de los cuales 700 corresponden al salario y el resto a cotizaciones sociales. Además, se suma el impacto de la reducción de jornada del 6,25%, lo que elevaría el coste anual por trabajador a más de 3.000 euros. Amor subrayó que muchos autónomos no podrán asumir este aumento, afectando también a familias que necesitan contratar cuidadores. Por otro lado, fuentes empresariales advierten que esta medida se suma a otros aumentos de costes, como el mecanismo de equidad intergeneracional, la subida de bases máximas, la cuota de solidaridad y la reducción de jornada, lo que complica aún más la situación para las empresas. Desde la CEOE se insiste en que cualquier incremento del SMI debería alinearse con el aumento promedio de los salarios pactados en convenio colectivo, el crecimiento económico y los precios de los contratos públicos. De no ser así, se advierte que esta medida podría perjudicar gravemente a autónomos y empresas que trabajan con la Administración, incrementando su vulnerabilidad ante el aumento de costes.

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(El País, 14-01-2025) | Laboral

Díaz y Cuerpo acercan posturas para tramitar de forma urgente la reducción de jornada

La vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, y el ministro de Economía, Carlos Cuerpo, mantuvieron este lunes una reunión de algo más de una hora para tratar de acercar posiciones respecto a la tramitación urgente de la ley que reducirá la jornada laboral. Esta medida, respaldada por los sindicatos pero rechazada por las organizaciones empresariales, pretende disminuir la jornada semanal de 40 a 37,5 horas sin reducir el salario antes de finalizar 2025. El encuentro, celebrado en la sede del Ministerio de Trabajo, transcurrió en un ambiente "cordial y constructivo", según fuentes de ambos ministerios, y culminó con el compromiso de continuar las negociaciones para materializar esta reforma, considerada prioritaria por el Gobierno. Aunque a finales de diciembre el Ministerio de Trabajo logró un acuerdo con los sindicatos sobre este tema, el rechazo de la patronal (CEOE y Cepyme) y las dudas de partidos clave como Junts o el PNV han puesto en peligro la aprobación de esta medida emblemática para la legislatura. Durante la reunión, Díaz y Cuerpo analizaron cómo gestionar la tramitación parlamentaria en un contexto complicado, en el que el Ejecutivo necesita apoyos adicionales para sacar adelante reformas clave. Ambos coincidieron en que es fundamental garantizar el cumplimiento de este compromiso gubernamental y se emplazaron a tratar el tema en la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos el próximo 27 de enero. El desacuerdo entre los ministerios de Trabajo y Economía ha generado tensiones, intensificadas por las acusaciones de Díaz de que el equipo de Cuerpo bloqueó la tramitación de la medida. Según la ministra, este retraso compromete el acuerdo alcanzado con los sindicatos y pone en riesgo un pilar central del pacto de gobierno entre PSOE y Sumar. Díaz expresó su confianza en que se alcanzará un consenso respetando los acuerdos del diálogo social. Sin embargo, calificó la actitud de Cuerpo de obstruccionista, lo que avivó una confrontación que incluso recordó los conflictos previos entre Díaz y la exministra Nadia Calviño. A pesar de la tirantez, ambas partes reiteraron su disposición a trabajar conjuntamente para avanzar en esta reforma. Tras una mañana de intercambios tensos, finalmente se confirmó la reunión vespertina, destacando que la reducción de la jornada laboral es una prioridad del Ejecutivo. Este episodio se suma a 11 meses de negociaciones con sindicatos y empresarios sin lograr un acuerdo tripartito. Inicialmente, el objetivo era reducir la jornada a 38,5 horas en 2024, pero las constantes negativas de la patronal y el rechazo a medidas como bonificaciones para pequeñas empresas frustraron esa primera meta. Trabajo teme que, de no tramitarse la propuesta con urgencia, se repita este estancamiento, poniendo en peligro el cumplimiento del calendario previsto.

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(El Economista, 14-01-2025) | Laboral

Los tribunales instan a los empresarios a declarar la dimisión o baja voluntaria del empleado por ausencias injustificadas

Cuando un trabajador es despedido, tiene derecho a recibir la prestación por desempleo. Sin embargo, si el cese se produce por voluntad propia, no podrá acceder a este beneficio. El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) aclaró esta cuestión en una sentencia del 22 de abril, redactada por el magistrado Jesús Gómez Esteban, sobre si la empresa debe proceder al despido disciplinario ante reiteradas ausencias del trabajador o considerarlas como un cese voluntario. En el caso en cuestión, el tribunal dio la razón al Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), que, tras una inspección laboral, denunció que el trabajador había actuado en fraude de ley. Según el SEPE, la persona buscó deliberadamente ser despedida para acceder a la prestación por desempleo y no impugnó dicho despido en los tribunales. Por ello, se le exigió la devolución del paro recibido. "No es necesario que exista una declaración formal para considerar un cese voluntario, pero sí una conducta clara e inequívoca que demuestre la intención de abandonar el puesto de trabajo", argumentó el tribunal. El caso se centra en una trabajadora que faltó a su puesto tres días consecutivos sin justificación y fue sancionada por la empresa. Posteriormente, se ausentó otros cuatro días, también sin justificar, lo que resultó en una nueva sanción. Finalmente, en un corto periodo, acumuló once días más de ausencia injustificada, lo que llevó a la empresa a despedirla por una falta grave. El tribunal concluyó que, aunque no existía una prueba directa del cese voluntario en fraude de ley, los múltiples indicios probados, relevantes y coherentes, acreditaban la intención fraudulenta de la trabajadora. Según el fallo, su objetivo era forzar un despido disciplinario para obtener la carta de despido como causa aparente de su situación legal de desempleo, ocultando su verdadera intención de abandonar el trabajo por voluntad propia, lo cual no le permitiría acceder al paro. El TSJC destacó que el comportamiento reiterado de la trabajadora, ausentándose sin justificación y pese a las advertencias recibidas, demuestra que era consciente de que su actitud derivaría en el despido. Además, señaló que no se aportó ningún motivo que justificara mínimamente dichas ausencias. Por tanto, la carta de despido, en este caso, no es suficiente para acreditar el derecho al cobro del desempleo. La sentencia subraya que los indicios probados de manera lógica y razonable demuestran que la empleada provocó el despido formal como estrategia para encubrir su cese voluntario, lo cual no da acceso a la prestación por desempleo. En consecuencia, se exige la devolución de los 4.059 euros cobrados en concepto de paro durante nueve meses.

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(El Economista, 14-01-2025) | Laboral

Davos apunta más "flexibilidad" para fijar los sueldos en España

A pocos días de la celebración anual del Foro Económico Mundial en Davos, Suiza, el organismo ha publicado su nueva edición del 'Informe sobre el Futuro de los Trabajos', un análisis de los retos que enfrentarán los mercados laborales a nivel global en los próximos cinco años. El capítulo dedicado a España destaca por resaltar una propuesta política concreta: la necesidad de una "mayor flexibilidad para establecer los salarios". Esta postura es respaldada por el 49% de los empleadores españoles, frente al 38% de la media global, lo que sitúa a España como el país con mayor apoyo a esta medida, solo superado por Zimbabue. El 'Future of Jobs Report', elaborado cada dos años, analiza el impacto de la transformación tecnológica y económica en el empleo y plantea reformas para enfrentarlos. En su última edición, se entrevistó a 1.043 empresas líderes de 55 países, representando a más de 14 millones de trabajadores. En el caso español, el informe subraya que factores como el aumento de la inversión en descarbonización, el avance de la digitalización y el incremento del coste de vida serán determinantes en el mercado laboral entre 2025 y 2030. Además, se prevé que la implementación de la inteligencia artificial afectará al 95% de las empresas. Entre las principales barreras para la transformación, los encuestados señalan las carencias en las competencias de los trabajadores, superando incluso el "marco normativo" y la "resistencia al cambio organizativo". Para afrontar los desafíos de disponibilidad de talento, el 60% de los empleadores en España aboga por una mayor flexibilidad en las prácticas de contratación y despido, mientras que un 49% considera esencial flexibilizar la fijación de salarios. Aunque estas demandas son relevantes, quedan por detrás de la solicitud de mayor financiación pública para la reconversión y mejora de cualificaciones (65%) y el aumento de la oferta formativa (56%). Otro 49% aboga por cambios en la regulación del teletrabajo, cifras que están alineadas con la media europea. La necesidad de recualificar trabajadores es evidente. Según el informe, un 37% de los empleados españoles deberán adaptar sus competencias clave, una cifra ligeramente inferior al promedio global (39%), pero preocupante en un país con bajo aprovechamiento de la formación profesional y programas de recualificación interna. Lo que llama la atención es la importancia que se da en España a la flexibilidad salarial, un tema que no figura entre las cinco principales demandas de Europa. Solo unos pocos países del continente, como Alemania (36%), Bélgica (44%), República Checa (41%), Hungría (46%) e Italia (37%), mencionan esta cuestión, con España destacando por su alta proporción. A nivel global, la flexibilidad salarial aparece como prioridad en 19 países y cinco regiones. España solo es superada por Zimbabue y el Sudeste Asiático (50%). La demanda también es similar en Asia Oriental, aunque países como Japón, Corea del Sur y Hong Kong presentan porcentajes menores. El concepto de "flexibilidad para establecer salarios" alude a la capacidad de las empresas para negociar directamente con los trabajadores, evitando restricciones impuestas por acuerdos colectivos o regulaciones estatales. Aunque este tema suele ser relevante en países con alto intervencionismo o fuerte negociación colectiva centralizada, sorprende su prominencia en España, donde la negociación colectiva ha estado relativamente estable desde la firma del V Acuerdo de Negociación Colectiva. Dos factores podrían explicar esta preocupación. Por un lado, el aumento del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) en un 54% desde 2018, con previsiones de un nuevo incremento del 4% en 2025, ha dificultado la adaptación de muchas pequeñas empresas. Por otro lado, la reforma laboral de 2021 limitó la prioridad de los convenios de empresa frente a los sectoriales en materia salarial, revirtiendo una de las medidas clave de la reforma de 2012, lo que ha generado una presión al alza en los salarios empresariales. El informe señala que el 54% de las empresas españolas espera destinar una mayor parte de sus márgenes a salarios, por encima del 52% de la media global, mientras que un 41% prevé mantenerlos. Esta presión salarial refleja el impacto del aumento del coste de vida en los empleadores.

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(El Periódico, 14-01-2025) | Laboral

El Supremo avala que los interinos cobren indemnización si encadenan varios contratos en la administración

El Tribunal Supremo ha reconocido el derecho de una trabajadora interina a recibir una indemnización tras ser cesada por la Administración en su último empleo, a pesar de que se le ofreciera un nuevo contrato al día siguiente. Esto significa que los trabajadores eventuales en situación de fraude que sigan vinculados a la Administración también pueden reclamar una compensación. Según los magistrados, la continuidad práctica de la relación laboral no exime al Estado de pagar dicha indemnización si se han superado los tres años establecidos como límite máximo en la normativa vigente para un contrato eventual en el sector público. La sentencia, que establece jurisprudencia al alinearse con otro fallo reciente del 25 de septiembre, resuelve un recurso de casación presentado por Csif en favor de una trabajadora del Hospital Universitario de Fuenlabrada. El sindicato ha destacado que el Supremo confirma el derecho de esta enfermera madrileña a recibir una indemnización de 20.293,41 euros por los servicios prestados. El caso en cuestión involucra a una enfermera que estuvo trabajando durante 17 años con contratos eventuales en la sanidad pública de Madrid. En 2022, tras la entrada en vigor de la reforma del empleo público que limita a tres años el tiempo máximo de un eventual en la misma plaza sin oposición, fue cesada al haber excedido dicho plazo. La trabajadora tenía el estatus de indefinida no fija, otorgado por la justicia a empleados públicos que, debido a un uso prolongado e irregular de contratos temporales, deberían haber adquirido ya la condición de indefinidos. Tras su cese, la sanidad madrileña le ofreció un nuevo contrato, intentando así evitar el pago de la indemnización. Sin embargo, el Supremo ha determinado que "el hecho de que, después del cese, se firmara un nuevo contrato temporal con el mismo empleador no anula la extinción contractual anterior". Por tanto, se ratifica su derecho a recibir una compensación equivalente a 20 días de salario por año trabajado, con un máximo de 12 mensualidades, tal como establece la normativa.

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