(Expansión, 31-03-2025) | Fiscal

Los socios de Gobierno acuerdan crear una deducción que compense las retenciones a los perceptores del salario mínimo

A pocas horas de que estallara una confrontación parlamentaria por la tributación del salario mínimo interprofesional (SMI), las dos facciones del Gobierno de coalición lograron alcanzar el viernes un acuerdo de última hora que apacigua este conflicto, aunque la tensión sigue creciendo en torno al incremento del gasto militar. Finalmente, la vicepresidenta segunda, ministra de Trabajo y líder de Sumar, Yolanda Díaz, consiguió una victoria parcial frente a la vicepresidenta primera y ministra de Hacienda, María Jesús Montero, quien también es vicesecretaria general del PSOE. Gracias a este pacto, los trabajadores que perciban el SMI quedarán exentos del pago del IRPF en 2025, aunque la medida perderá vigencia a partir de 2026. El enfrentamiento comenzó en febrero, tras la decisión del Consejo de Ministros de aumentar el SMI un 4,4%, situándolo en 1.184 euros mensuales en 14 pagas (16.576 euros anuales). No obstante, el Ministerio de Hacienda se negó a elevar el mínimo exento del IRPF, que quedó fijado en 15.876 euros anuales, el umbral del salario mínimo de 2024. María Jesús Montero argumentó que, bajo el mandato de Pedro Sánchez, el SMI ha experimentado un incremento del 61% desde 2018, cuando era de 735,9 euros mensuales. Según Hacienda, ajustar constantemente el mínimo exento al aumento del SMI afectaría significativamente la recaudación. Sumar rechazó tajantemente esta postura y presentó en el Congreso una proposición de ley para eximir del IRPF a los perceptores del SMI, en paralelo a iniciativas similares del PP y Unidas Podemos. Dado que la propuesta contaba con un amplio respaldo parlamentario, amenazando con imponer su criterio al PSOE, Hacienda respondió advirtiendo que recurriría a su facultad de vetar cualquier medida que redujera los ingresos del Estado. El conflicto se intensificó cuando Sumar insinuó que podría aliarse con el PP en la Mesa del Congreso para sortear el veto de Hacienda. Ante esto, La Moncloa amenazó con acudir al Tribunal Constitucional para hacer valer su potestad de bloqueo. En medio de este clima de enfrentamiento, Montero reveló esta semana que se estaba negociando un acuerdo dentro de la coalición, aunque las conversaciones estuvieron a punto de romperse el viernes por la mañana. En una entrevista en Telecinco, Díaz acusó a la ministra de Hacienda de haberse "levantado de la mesa" la noche anterior. Sin embargo, ambas partes lograron cerrar un pacto horas antes de que venciera el plazo para que Hacienda aplicara su veto. Aunque el ministerio bloqueó las iniciativas del PP y de Podemos, evitó la confrontación directa con Sumar, que finalmente retiró su propuesta. El acuerdo establece una deducción fiscal que compensará la retención aplicada en 2025 a alrededor del 20% de los 2,5 millones de trabajadores que perciben el SMI y que estaban sujetos al pago del IRPF. En su mayoría, se trata de contribuyentes solteros y sin hijos, ya que el resto ya disfruta de deducciones que les eximen de esta carga fiscal. Así, unos 500.000 contribuyentes ahorrarán aproximadamente 300 euros en impuestos este año. Esta medida implica una reducción de ingresos de unos 200 millones de euros, muy por debajo de los 2.000 millones que habría supuesto elevar el mínimo exento hasta el nuevo umbral del SMI. Sin embargo, la medida solo tendrá efecto en 2025 y no supone una reforma permanente que elimine la tributación en el futuro. A pesar de ello, Díaz aseguró que el pacto contempla mantener fiscalmente exento el 60% del salario medio neto en los próximos años.

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(El País, 31-03-2025) | Fiscal

Los perceptores del SMI adelantarán este año el IRPF y se les devolverá en la renta de 2026

El enfrentamiento político entre los socios del Gobierno respecto a la tributación del salario mínimo interprofesional (SMI) ha culminado en un acuerdo en el que ambas partes han cedido parcialmente. Sumar ha conseguido el alivio fiscal que reclamaba para estos trabajadores, mientras que el PSOE ha logrado que la medida tenga una duración limitada a un solo ejercicio y no se aplique de forma generalizada. La solución acordada es una nueva deducción. Aunque aún faltan detalles sobre cómo funcionará esta rebaja fiscal, fuentes gubernamentales adelantan que los trabajadores afectados, que representan aproximadamente el 20% de quienes perciben el SMI, soportarán retenciones en el IRPF de unos 30 euros mensuales este año. Para recuperar ese dinero, deberán presentar la declaración de la renta en 2026, incluso si no están obligados a hacerlo debido a sus ingresos. Este año, el salario mínimo aumentó en 50 euros, situándose en 1.184 euros brutos mensuales en 14 pagas (16.576 euros brutos anuales). Sin embargo, a diferencia de ocasiones anteriores, el incremento no fue acompañado por una actualización en el IRPF que eximiera a estos trabajadores de tributar. Como consecuencia, alrededor de 480.000 empleados, en su mayoría solteros sin hijos, han empezado a sufrir retenciones en el impuesto por primera vez. El Ministerio de Hacienda, dirigido por la vicepresidenta primera, María Jesús Montero, defendió esta situación argumentando que el SMI ha crecido de manera significativa en los últimos años, alcanzando el 60% del salario medio pactado con su socio de Gobierno, y que ya no se trata de una renta de subsistencia. Esta postura chocaba frontalmente con la de la ministra de Trabajo y vicepresidenta segunda, Yolanda Díaz, quien insistía en actualizar el impuesto para alinearlo con la subida salarial. Tras semanas de tensión y la amenaza de Sumar de pactar con la oposición en la Mesa del Congreso para forzar la rebaja fiscal, la coalición de Gobierno logró un acuerdo de última hora para aliviar la carga tributaria sobre los afectados por la subida del SMI. Sin embargo, el mecanismo elegido es distinto al de años anteriores: en lugar de ampliar la reducción por rendimientos del trabajo, que beneficia a las rentas bajas en general, se ha optado por una medida específica y temporal, que solo aplicará a ese 20% de trabajadores. No obstante, Sumar no descarta que la medida se prolongue más allá de este ejercicio, lo que requeriría una nueva negociación. El coste estimado de esta iniciativa es de unos 200 millones de euros, una cifra muy inferior a los entre 1.500 y 2.000 millones que supuso la fórmula anterior. El acuerdo se materializará a través de una enmienda a la ley del IRPF, según fuentes gubernamentales. A la espera de conocer los detalles finales, los trabajadores afectados deberán, en principio, presentar la declaración del IRPF para poder recuperar las retenciones aplicadas, pese a que la normativa exime de esta obligación a quienes perciben menos de 22.000 euros anuales de un único pagador. Al presentar la declaración, la Agencia Tributaria determinará si han pagado más de lo debido en función de los tipos autonómicos -ya que la mitad del IRPF está en manos de las comunidades autónomas, que pueden aplicar cuotas distintas- y de las deducciones disponibles. En definitiva, ese 20% de perceptores del SMI que han empezado a tributar este año podrán solicitar la devolución de lo pagado en la próxima campaña de la renta. También será entonces cuando se sabrá si el salario mínimo volverá a subir y en qué medida, así como si se abrirá un nuevo debate sobre su fiscalidad.

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(Expansión, 28-03-2025) | Fiscal

Hacienda devolverá "en un solo pago y este año" el exceso de IRPF que pagaron miles de contribuyentes en mutualidades

La ministra de Hacienda, María Jesús Montero, anunció ayer que el Gobierno reembolsará "en un único pago y dentro de este año" el exceso de IRPF abonado por miles de jubilados que, en las décadas de 1960 y 1970, cotizaron en las antiguas mutuas de previsión social que posteriormente fueron integradas en la Seguridad Social. "Después de escuchar a los colectivos, sindicatos y grupos políticos, puedo confirmar que impulsaremos una modificación normativa para agilizar al máximo estas devoluciones", declaró durante la presentación de los resultados de Ejecución Presupuestaria de 2024. En noviembre pasado, a través de un ajuste en el paquete fiscal, Hacienda suspendió las solicitudes pendientes y modificó el procedimiento, obligando a los potenciales beneficiarios a volver a pedir la devolución durante las siguientes cuatro campañas de la Renta. Según explicó Montero, el objetivo era "ordenar las solicitudes para evitar colapsos y dificultades en la ejecución de la sentencia", así como dotar de "mayor certidumbre" al proceso. Con este nuevo anuncio, el Ministerio de Hacienda revierte su estrategia inicial, que contemplaba la devolución de los importes en varios plazos hasta 2028. "La Agencia Tributaria está en condiciones de gestionar estas solicitudes, por lo que, al igual que ya se han realizado algunos pagos en 2024, procederemos a devolver las cantidades pendientes en un único desembolso para quienes lo soliciten", señaló la ministra. Montero recordó que el Estado ha estimado que la devolución del IRPF a los mutualistas que presentaron su solicitud el año pasado o lo harán en 2024 ascenderá a 5.936 millones de euros, cifra que ya ha sido incluida en el déficit público de este año. Parte de ese monto se abonó en 2023 a través de la declaración de la Renta (1.325 millones) y mediante un formulario especial habilitado para solicitar las cantidades correspondientes a ejercicios no prescritos. Para acceder a la devolución, los mutualistas solo deberán revalidar su derecho, y se procurará minimizar los trámites burocráticos, permitiendo realizar el proceso de manera sencilla y digital, explicó Montero. No obstante, Hacienda había previsto reflejar el ajuste en los datos fiscales y el borrador de la declaración de la Renta de 2024 con el modelo fraccionado en cuatro años, lo que podría requerir adaptaciones en el procedimiento automatizado. En caso de que la Agencia Tributaria cuente con la información necesaria, el programa Renta Web calculará automáticamente la devolución sobre las pensiones de jubilación o gran invalidez afectadas, reduciendo estos importes de la base imponible. Para beneficiarse de la reducción, es requisito haber efectuado aportaciones a mutualidades antes del 1 de enero de 1999 y que dichas contribuciones no hayan sido previamente deducidas en la base imponible del IRPF, conforme a la normativa vigente en cada momento. La decisión fue bien recibida por los sindicatos CCOO y UGT, que valoraron positivamente la rectificación del Ministerio, destacando que responde a las reivindicaciones del colectivo afectado. Según señalaron, la devolución en varios plazos suponía un perjuicio significativo, dado que se trata de personas de edad avanzada.

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(Expansión, 28-03-2025) | Fiscal

Las leyes defectuosas cuestan 11.000 millones de euros al Estado

Las resoluciones del Tribunal Supremo sobre la compensación de bases imponibles negativas en el Impuesto sobre Sociedades, el bono social eléctrico, la prescripción del complemento de maternidad y las devoluciones a contribuyentes que cotizaron en mutualidades en las décadas de 1960 y 1970 han supuesto un coste de 11.000 millones de euros para las arcas públicas, lo que equivale al 0,71% del Producto Interior Bruto (PIB). Así lo expresó ayer la vicepresidenta primera del Gobierno y ministra de Hacienda, María Jesús Montero, durante la presentación del informe anual de Ejecución Presupuestaria de 2024, en el que se refleja una reducción del déficit hasta el 2,8% del PIB y un aumento de la recaudación, que alcanzó un máximo histórico de casi 295.000 millones de euros. Montero atribuyó este impacto financiero a la gestión del anterior Gobierno de Mariano Rajoy, señalando que ha supuesto un obstáculo para una mayor reducción del déficit. Según sus cálculos, sin estos 11.000 millones adicionales, el déficit habría bajado al 2,1% del PIB. "Hemos absorbido esta mala praxis derivada de actuaciones indebidas llevadas a cabo por el anterior Ejecutivo", afirmó. De acuerdo con los datos publicados por el Ministerio de Hacienda, la Administración Central asumió el año pasado un gasto de 9.263 millones de euros debido a diversas sentencias judiciales en su contra relacionadas con la legislación vigente. Montero explicó que este importe incluye tanto las sanciones como el coste de las reformas legales implementadas para evitar que estas situaciones se repitan en el futuro. En cuanto a la Seguridad Social, en 2024 se destinaron más de 1.100 millones de euros a cubrir estas obligaciones. De la cifra total, alrededor de 8.000 millones de euros, más del 70%, corresponden a gastos excepcionales que solo se registraron el año pasado y no se repetirán en ejercicios futuros. Durante la rueda de prensa posterior a la presentación del informe, Montero indicó que el principal coste para la Administración Central derivado de las sentencias del Tribunal Constitucional y el Tribunal Supremo proviene del fallo del primero, emitido el 18 de enero. En esta resolución se declaró inconstitucional la reforma del Impuesto sobre Sociedades llevada a cabo por Cristóbal Montoro, la cual afectó a tres aspectos clave: la compensación de pérdidas empresariales, las deducciones por deterioro de participaciones y la limitación de beneficios fiscales para evitar la doble imposición sobre dividendos y ganancias obtenidas en el extranjero. En relación con esto, la ministra de Hacienda estimó que el Estado ya ha reembolsado 3.400 millones de euros en concepto de devoluciones, lo que representa aproximadamente la mitad de las estimaciones iniciales tras la sentencia. Además, en 2022 el Tribunal Supremo anuló el modelo de financiación del bono social eléctrico al considerar que generaba un trato discriminatorio entre empresas. Como resultado, el Estado tuvo que pagar 153 millones de euros a Endesa el año pasado, cifra que se sumó a otras devoluciones a compañías como Naturgy e Iberdrola, alcanzando un total superior a los 800 millones de euros. Estos gastos se añaden a las devoluciones iniciadas el año pasado por Hacienda a los contribuyentes que cotizaron en las antiguas mutuas de previsión social en las décadas de 1960 y 1970 y que pagaron un exceso de IRPF. En el ámbito de la Seguridad Social, la Tesorería General deberá abonar con carácter retroactivo el complemento de maternidad en las pensiones correspondiente al periodo 2016-2021, después de que se reconociera el derecho de los hombres a percibirlo. En 2023, el Tribunal Supremo determinó que este complemento no prescribe, por lo que deberá ser pagado a aquellos beneficiarios que no lo recibieron mientras estuvo vigente. El impacto de esta decisión en las cuentas públicas asciende a 1.100 millones de euros. De no haberse producido este fallo judicial, el déficit de la Seguridad Social se habría reducido el año pasado hasta aproximadamente 7.400 millones de euros.

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(El Economista, 28-03-2025) | Fiscal

Los técnicos de Hacienda proponen una deducción de 300 euros a los que tributen el IRPF por el SMI

Los Técnicos del Ministerio de Hacienda (Gestha) han planteado la creación de una deducción de 300,03 euros en la cuota íntegra del IRPF para compensar la retención aplicada en las nóminas de los trabajadores con ingresos entre 15.876 y 16.576 euros, correspondientes al nuevo Salario Mínimo Interprofesional (SMI). Según sus cálculos, esta medida tendría un impacto reducido en las cuentas públicas, estimado en 162 millones de euros. Esta propuesta surge en el contexto de las negociaciones entre los ministerios de Trabajo y Hacienda, cuyo objetivo es evitar que los trabajadores que perciben el SMI deban pagar IRPF. De aplicarse, la deducción permitiría devolver 300,03 euros anuales a trabajadores solteros sin hijos ni otras cargas familiares, y 99,46 euros a uno de los miembros de parejas con un hijo mayor de tres años cuyos ingresos no superen el SMI. Para evitar el denominado "error de salto", los técnicos de Hacienda han planteado extender la deducción de forma progresiva hasta los 18.155,05 euros en el caso de trabajadores solteros. Sin esta corrección, cualquier salario apenas superior al SMI sufriría un descenso en el importe neto tras la retención del IRPF, lo que ha generado debate en años anteriores y es un problema que Hacienda busca resolver de manera definitiva. El escaso impacto fiscal de esta medida se explica por varios factores, como la aplicación de los mínimos personales, los tipos marginales reducidos en los dos primeros tramos del IRPF en algunas comunidades autónomas y la posibilidad de acceder a otras deducciones tanto estatales como autonómicas.

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(El Periódico, 28-03-2025) | Fiscal

Montero cifra en "algo más de 200 millones" el coste de evitar que el SMI tribute en el IRPF

La vicepresidenta primera y ministra de Hacienda, María Jesús Montero, ha estimado en "algo más de 200 millones de euros" el impacto económico de aplicar una compensación fiscal al 20% de los beneficiarios del nuevo salario mínimo interprofesional (SMI), fijado en 1.184 euros en 14 pagas, que estarían obligados a tributar en el IRPF. Durante la rueda de prensa en la que presentó los datos de déficit de 2024, Montero reconoció que aún persisten discrepancias entre su ministerio y el de Trabajo respecto a la fiscalización del nuevo SMI. No obstante, se mostró confiada en que ambas partes puedan alcanzar un acuerdo en los próximos días. La propuesta del Ministerio de Hacienda consiste en establecer una deducción específica para los trabajadores que perciban el nuevo SMI. Esta medida garantizaría que aquellos que deban pagar en su declaración de la renta correspondiente al ejercicio 2025 (a presentar en 2026) reciban una desgravación equivalente, de modo que su impacto final sea nulo. Según los cálculos de Hacienda, solo el 20% de los perceptores del salario mínimo deberán tributar en el IRPF, con un importe de hasta 300 euros, siendo este grupo mayoritariamente contribuyentes solteros y sin hijos. La propuesta presentada por Montero este jueves es más limitada y menos costosa que las iniciativas planteadas por los grupos parlamentarios de Sumar, PP y Podemos, que han abogado por la exención total del SMI en el IRPF. En febrero, la ministra de Hacienda estimó que la aplicación de la propuesta defendida por la vicepresidenta y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, supondría un coste recaudatorio de hasta 2.000 millones de euros. Sin embargo, la deducción puntual que ahora plantea Hacienda tendría un coste significativamente menor, de poco más de 200 millones de euros, según explicó Montero en su comparecencia. La vicepresidenta Montero considera que esta apertura de Hacienda a ofrecer una compensación fiscal para los perceptores del SMI debería facilitar un acuerdo con el Ministerio de Trabajo, evitando así un enfrentamiento institucional dentro del Gobierno de coalición. Sin embargo, aún no se ha alcanzado un consenso. La propuesta de Hacienda limitaría la deducción a la cuantía actual del SMI (16.576 euros anuales), por lo que futuras subidas del salario mínimo no quedarían cubiertas por este mecanismo. Este aspecto temporal es precisamente el punto en el que se concentran las principales diferencias entre los ministerios de Montero y Díaz. Según fuentes consultadas, la posición de Trabajo es que la deducción en el IRPF derivada del aumento del SMI debería mantenerse en los próximos ejercicios y aplicarse a futuros incrementos del salario mínimo.

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(La Vanguardia, 28-03-2025) | Fiscal

El déficit público se reduce en unos 8.000 millones en 2024, hasta el 2,8% del PIB con una recaudación récord

El déficit público lleva cinco años consecutivos reduciéndose desde los picos alcanzados durante la pandemia. En 2024, se situó en el 2,8% del PIB, lo que equivale a 44.597 millones de euros, según los datos presentados este jueves por el Ministerio de Hacienda. Esto representa un descenso en comparación con el 3,5% registrado el año anterior y se mantiene por debajo del límite establecido por las normativas europeas. Este ajuste ha sido posible gracias al sólido crecimiento económico del 3,2% en 2023 y a una recaudación fiscal récord, que aumentó un 8%, alcanzando los 294.734 millones de euros. "Las cifras que presentamos hoy reflejan la mejora de las cuentas públicas", afirmó la vicepresidenta primera y ministra de Hacienda, María Jesús Montero, durante la presentación de los datos presupuestarios. Si se tiene en cuenta el impacto de la dana -que la Comisión Europea ha decidido excluir al evaluar el cumplimiento de los objetivos de estabilidad-, el déficit se elevaría hasta el 3,15% del PIB, lo que supone un incremento de unos 5.600 millones de euros (0,35% del PIB), asumidos en su mayor parte por el Estado. El Ejecutivo había previsto un déficit del 3% del PIB para 2023, en línea con el tope marcado por las reglas fiscales europeas. Según el plan de ajuste remitido a Bruselas en octubre, el Gobierno planea reducir el déficit de las Administraciones públicas al 2,5% en 2025, al 2,1% en 2026 y al 0,8% del PIB en 2031, último año contemplado en las proyecciones. Sin embargo, el Gobierno no había contemplado el impacto económico de la dana, que ha requerido una respuesta inmediata tanto en términos de asistencia humanitaria como de recursos financieros. Según la Autoridad Fiscal, organismo independiente que supervisa las cuentas públicas, el Ejecutivo ha destinado cerca de 16.650 millones de euros en apoyo a las zonas afectadas mediante tres decretos. A esta cantidad se suman los aproximadamente 1.300 millones movilizados por la Comunidad Valenciana. Se estima que el impacto total de estas ayudas en el déficit público asciende a unos 9.500 millones de euros, lo que equivale a seis décimas del PIB entre 2024 y 2025, es decir, tres décimas por año. Desde Bruselas han confirmado que este gasto extraordinario destinado a mitigar los efectos de las inundaciones no se considerará a la hora de evaluar el cumplimiento del marco de estabilidad fiscal, el cual ha vuelto a aplicarse tras cuatro años de suspensión. Durante ese período, los países de la UE tuvieron margen para aumentar el gasto con el fin de hacer frente a la crisis sanitaria y la inflación, aunque ahora las nuevas normas ponen el énfasis en la reducción de la deuda. Otro factor que amenaza la estabilidad de las cuentas públicas es el conjunto de sentencias judiciales adversas para el Estado, que obligan a devolver miles de millones de euros. Según Montero, el resultado presupuestario de 2024 ya contempla 11.000 millones de euros (0,7% del PIB) derivados de estos fallos judiciales, los cuales atribuyó a la "mala gestión" de anteriores gobiernos del PP. De este total, aproximadamente 8.000 millones corresponden a gastos puntuales que no se repetirán en el futuro. Entre los fallos más relevantes, la ministra destacó la sentencia que anula la reforma del impuesto de sociedades de 2016, lo que ha generado devoluciones por unos 3.000 millones de euros. Además, se han destinado 1.100 millones para compensar a los afectados por el complemento de maternidad en las pensiones, mientras que la decisión judicial que obliga a reembolsar a los jubilados de las antiguas mutualidades las cantidades tributadas en exceso durante su vida laboral ha supuesto un coste de 5.936 millones de euros. En relación con esta última cuestión, Montero anunció un cambio en el calendario de devoluciones, permitiendo que los afectados puedan solicitar el reembolso en un único pago, tal como han reclamado sindicatos y beneficiarios. Hasta ahora, tras el fallo del Tribunal Supremo, los antiguos mutualistas solo podían reclamar la devolución de los últimos cuatro años no prescritos, pero en diciembre la Agencia Tributaria limitó esta posibilidad a un solo ejercicio por año. "Hemos decidido modificar este criterio para permitir un pago único de la cantidad total a recibir. La Agencia Tributaria lo gestionará y solo será necesario confirmar que se desea ejercer este derecho", explicó la ministra, añadiendo que el desembolso se realizará mayoritariamente en 2025. El déficit público refleja el desajuste entre los ingresos y los gastos de las Administraciones públicas. Es habitual que los países presenten cierto nivel de déficit sin que esto comprometa la sostenibilidad económica, siempre que no se prolongue en el tiempo o supere ciertos umbrales. Cuanto mayor y más persistente sea este desequilibrio, más difícil resulta gestionar la deuda pública, especialmente si ya es elevada. En el caso de España, aunque la ratio de deuda sobre el PIB ha disminuido desde los máximos registrados en 2020 y 2021, sigue siendo un factor preocupante: en 2024, superó el 101% del PIB, según datos del Banco de España. El Gobierno prevé que esta ratio caiga por debajo del 100% el próximo año y que en 2031 se sitúe en torno al 90% del PIB.

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(Expansión, 27-03-2025) | Fiscal

El borrador y los datos fiscales incorporan el cálculo automático de la devolución a jubilados mutualistas

Hacienda incluirá en los datos fiscales y en el borrador de la declaración de la Renta el concepto "Ajuste por Mutualidades - DT2 LIRPF", mediante el cual se calculará automáticamente la devolución correspondiente a los jubilados mutualistas que, en su momento, cotizaron en exceso a las antiguas mutualidades de previsión social. Este año, los pensionistas y sus herederos con derecho a ello podrán solicitar la devolución correspondiente al ejercicio 2019 y a los años anteriores no prescritos. Para gestionar este proceso, Hacienda ha habilitado una sección específica en su página web, dado que este ajuste es uno de los puntos clave de la campaña de la Renta 2024, que arranca el próximo 2 de abril. A partir de esta campaña y hasta 2028, los afectados podrán tramitar sus devoluciones de forma progresiva. El primer ajuste se podrá solicitar en la Renta 2024, con Hacienda encargándose del cálculo automático, reflejándolo en los datos fiscales y en el borrador con el concepto mencionado. Cabe recordar que en diciembre pasado, la Agencia Tributaria dejó sin efecto las solicitudes de devolución del IRPF que aún estaban pendientes de resolución, correspondientes a las cotizaciones realizadas entre 1967 y 1978 a estas mutualidades de previsión social. Este proceso de devolución se puso en marcha a raíz de sentencias del Tribunal Supremo que determinaron que miles de jubilados, cuyas pensiones proceden de cotizaciones a estas mutualidades en sectores como la banca, la construcción, la pesca, la metalurgia, los astilleros o el comercio, habían sufrido una doble tributación que ahora debe ser corregida. Los afectados, así como sus herederos, pueden reducir los rendimientos del trabajo en la declaración de la renta para evitar la doble imposición en aquellos casos en los que las aportaciones a las mutualidades no fueron deducidas en su momento. Hasta noviembre de 2024, Hacienda había devuelto 1.325 millones de euros a los mutualistas que lo habían solicitado previamente mediante un formulario o a través de su declaración de la Renta 2023. Sin embargo, el 20 de diciembre se modificó el procedimiento y, desde el 22 de diciembre, los beneficiarios cuyos expedientes aún no hayan sido resueltos deberán solicitar la devolución dentro de los próximos cuatro ejercicios fiscales del IRPF. Esta modificación dejó sin efecto las solicitudes que aún no habían sido aprobadas (ya fueran autoliquidaciones, solicitudes de rectificación o formularios), y ahora los pensionistas deberán realizar la solicitud anualmente hasta 2028, en lugar de recibir un único pago, como estaba previsto inicialmente. Las solicitudes que quedaron pendientes interrumpen el plazo de prescripción, lo que implica que el cómputo del tiempo se reinicia sin considerar el periodo ya transcurrido, y se abonarán los intereses de demora correspondientes. De esta manera, la devolución del ejercicio 2019 y anteriores podrá solicitarse en 2025; la de 2020, en 2026; la de 2021, en 2027; y la de 2022, en 2028. La primera de estas devoluciones, correspondiente a 2019 y años anteriores, podrá tramitarse en los próximos días, coincidiendo con el inicio de la campaña de la Renta el 2 de abril. Para ello, los mutualistas deberán presentar los formularios de solicitud que estarán disponibles en la web de la Agencia Tributaria durante el plazo voluntario de presentación del IRPF.

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(Cinco Días, 27-03-2025) | Fiscal

Parejas casadas: ¿es mejor hacer la declaración de la renta 2024 conjunta o individual?

La campaña de la renta está a punto de comenzar: a partir del 2 de abril, los contribuyentes podrán presentar su declaración del IRPF de manera telemática. Con la proximidad de la fecha, surgen dudas habituales sobre la mejor forma de realizar la declaración. ¿Es más conveniente presentarla de manera individual o conjunta con el cónyuge? ¿En qué casos resulta más beneficioso cada método? ¿Cómo afecta la presencia de hijos en la unidad familiar? Antes de decidir entre la declaración individual o conjunta, es importante tener en cuenta que la opción conjunta está reservada únicamente para matrimonios legalmente constituidos, no para parejas de hecho. Para determinar qué modalidad es más favorable, conviene calcular los ingresos de cada cónyuge. Aunque la declaración conjunta ofrece una ventaja fiscal que no está disponible en la tributación individual, solo resulta ventajosa si uno de los cónyuges no trabaja o sus ingresos son muy bajos, concretamente inferiores a 3.400 euros anuales. Esto se debe a las reducciones fiscales aplicables en cada caso. En una tributación conjunta, las parejas casadas pueden beneficiarse de una reducción de 3.400 euros en la base imponible, a la que se suman los 5.500 euros del mínimo personal aplicable a todos los contribuyentes. Así, el cónyuge que presenta la declaración conjunta dispondrá de un total de 8.900 euros de reducción sobre la base imponible. Además, es posible incluir en la declaración conjunta a los hijos menores o incapacitados judicialmente. Sin embargo, si ambos miembros del matrimonio tienen ingresos superiores a 3.400 euros, la opción conjunta deja de ser conveniente. En este caso, cada cónyuge puede presentar su declaración individual y beneficiarse del mínimo personal de 5.500 euros por separado. En presencia de hijos en común, se añade otra ventaja fiscal: el mínimo por descendiente. Este beneficio varía según la comunidad autónoma, ya que el IRPF es un impuesto compartido entre el Estado y las regiones. A nivel estatal, la reducción asciende a 2.400 euros por el primer hijo y aumenta progresivamente hasta alcanzar los 4.500 euros a partir del cuarto hijo. Si ambos progenitores presentan declaraciones individuales, la reducción se divide en partes iguales entre ellos. En caso de que el hijo sea menor de tres años, la reducción se incrementa hasta los 2.800 euros. Para que se aplique el mínimo por descendiente, los hijos deben ser menores de edad o tener menos de 25 años, con ingresos que no superen los 8.000 euros anuales. También deben convivir con el contribuyente y depender económicamente de él. Este beneficio se extiende a los hijos mayores de edad que hayan sido incapacitados judicialmente. Otro grupo que puede beneficiarse de una reducción en la base imponible es el de las familias monoparentales, es decir, aquellas formadas por un solo progenitor y sus hijos menores de edad. Pueden ser padres o madres solteros, viudos o separados legalmente, siempre que no convivan con el otro progenitor. En estos casos, la declaración conjunta con los descendientes permite aplicar una reducción de 2.150 euros, que se suma al mínimo personal y al mínimo por descendiente. Por otro lado, las parejas de hecho no pueden presentar la declaración conjunta que se permite a los matrimonios, ya que Hacienda no las considera una unidad familiar a efectos fiscales. No obstante, si tienen hijos, uno de los progenitores puede incluirlos en su declaración y beneficiarse de la reducción aplicable a las familias monoparentales. El otro progenitor deberá presentar su declaración de forma individual. En caso de convivencia, el mínimo por descendiente se repartirá equitativamente entre ambos.

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(El Economista, 27-03-2025) | Fiscal

Hacienda se adelanta a la UE y agilizará las devoluciones por la retención de los dividendos a los extranjeros

La Agencia Tributaria se adelanta a la normativa europea y agilizará a partir de este año la devolución de las retenciones excesivas aplicadas a los inversores extranjeros por el cobro de dividendos en España. En diciembre de 2024, la Unión Europea aprobó la Directiva Faster, cuyo objetivo es estandarizar y acelerar el proceso de devolución de estas retenciones en los distintos Estados miembros. Aunque los países tienen hasta 2028 para transponer la norma y hasta 2030 para su plena aplicación, la Agencia Tributaria ha anunciado en su Plan Anual de Control Tributario y Aduanero que iniciará en 2025 la adaptación de sus modelos, sistemas y procedimientos para gestionar las devoluciones del Impuesto sobre la Renta de No Residentes (IRNR). Eduardo Cosmen, socio director del área fiscal de Grant Thornton, señala que, aunque la implementación completa de la Directiva requiere la cooperación de todos los países de la UE, adelantar la adaptación de algunas medidas tendrá un impacto positivo. "Esto facilitará que los inversores extranjeros apuesten por la bolsa española o al menos que no la descarten. Para España, atraer inversión es clave, ya que si el país agiliza la devolución de retenciones o evita aplicarlas cuando no corresponda, resultará más competitivo. De lo contrario, los inversores españoles podrían verse en desventaja al acceder a otros mercados europeos, pero actualmente es más prioritario captar inversión extranjera", explica. Actualmente, la Agencia Tributaria gestiona más de 20.000 reclamaciones administrativas y judiciales presentadas por empresas extranjeras que buscan recuperar las retenciones excesivas aplicadas sobre los dividendos percibidos en España. Con la aplicación de la Directiva, el fisco podrá identificar automáticamente a los beneficiarios de estos dividendos y calcular las devoluciones en función de su residencia fiscal y los Convenios para evitar la Doble Imposición (CDI) firmados con otros países. El proceso de cobro de dividendos presenta actualmente dos ritmos distintos: mientras que los mercados bursátiles los distribuyen con rapidez, la Administración carece de la agilidad necesaria para identificar a los perceptores y aplicar la retención adecuada según su residencia fiscal. Según Eduardo Cosmen, la Directiva Faster se basa en cuatro pilares fundamentales. En primer lugar, se eliminará la necesidad de presentar certificados de residencia fiscal en papel, sustituyéndolos por documentos digitales. El segundo aspecto clave es la armonización de los procedimientos de retención. "Actualmente, existen múltiples tratamientos fiscales en función de la identidad y el país de residencia del titular de los dividendos, lo que genera una gran carga administrativa. La Directiva busca unificar los procesos y permitir que, si un contribuyente ha presentado previamente su certificado digital, se le aplique la retención correspondiente de forma automática, sin necesidad de realizar ajustes posteriores", explica el experto. El tercer mecanismo establece la intervención de intermediarios financieros, como bancos custodios y entidades depositarias, que serán responsables de llevar a cabo las identificaciones y aplicar correctamente las retenciones. Por último, el cuarto pilar consiste en adaptar y estandarizar los procedimientos legislativos de cada país en materia de retenciones. Cosmen señala que la Agencia Tributaria ya está avanzando en estos dos últimos puntos, trabajando en la actualización de los procedimientos nacionales y en la creación de un registro de intermediarios financieros autorizados. Sin embargo, aún quedan pendientes dos aspectos clave: la implementación del certificado digital y la unificación del tratamiento fiscal. Aun así, los progresos en esta dirección representan un alivio para los inversores extranjeros que operan en España.

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