(El País, 05-03-2025) | Laboral

El empleo temporal sigue desplomándose: cae por primera vez por debajo del 12%

En los últimos años, el mercado laboral ha experimentado diversas reformas con el objetivo de reducir la temporalidad abusiva. La reforma laboral de 2021 tuvo como prioridad frenar la elevada rotación laboral que solía intensificarse en ciertos periodos del año, restringiendo considerablemente los casos en los que se permitían contratos temporales. Tres años después, y especialmente tras la implementación de la nueva clasificación de contratos en abril de 2022, el porcentaje de trabajadores con contratos de duración determinada ha disminuido progresivamente, alcanzando en febrero por primera vez un nivel inferior al 12%. Gran parte de la temporalidad se concentra en el sector público, donde, según el INE (ya que la Seguridad Social no detalla esta información), el 28% de los empleados son temporales, más del doble que en el sector privado. Los datos publicados este martes por el Ministerio de Seguridad Social reflejan que esta tasa se ha reducido a más de la mitad en comparación con el mismo mes de 2022, cuando era del 26,3%. "Estamos poniendo fin al problema de la alta rotación laboral", ha afirmado Joaquín Pérez Rey, secretario de Estado de Trabajo. Además, ha destacado que esta transformación es la más significativa que ha experimentado el mercado laboral en los últimos años, asegurando que la reforma ha permitido la creación de empleo estable en niveles récord. Durante la presentación de los datos de paro registrado de febrero, Pérez Rey mencionó que en ese mes se generaron 100.000 nuevos empleos y el desempleo disminuyó en 6.000 personas. El secretario de Estado de Seguridad Social, Borja Suárez, también subrayó la caída de la temporalidad en su intervención. "Aunque lo repitamos mes a mes, este cambio sigue siendo asombroso, ya que corrige un problema estructural del mercado de trabajo", afirmó. Según los datos de su departamento, en febrero el porcentaje de afiliados a la Seguridad Social con un contrato temporal se situó en el 11,9%, por primera vez por debajo del 12%. Esta cifra contrasta notablemente con el promedio registrado entre 2017 y 2021, antes de la reforma laboral, cuando la temporalidad superaba el 30%. Suárez también hizo hincapié en que dentro de esta media, las mujeres siguen siendo el grupo con mayor proporción de contratos temporales, con un 14%, en comparación con el 10% en los hombres. No obstante, destacó que hace tres años la temporalidad femenina alcanzaba el 30%, lo que indica una notable reducción. "El descenso de la contratación temporal ha sido más pronunciado entre las mujeres, lo que, además, ha impulsado el crecimiento de trabajadoras con contratos indefinidos en un 4,4%, un punto por encima de los hombres", explicó. Los datos también revelan que el número de mujeres con contratos temporales ha caído un 4,2% en el último año, mientras que aquellas con contratos indefinidos han aumentado en una proporción similar. Este avance ha sido impulsado por la nueva normativa, que ha permitido que cuatro de cada diez contratos firmados mensualmente sean indefinidos. En febrero, de los 1.098.491 contratos registrados, 481.683 (un 43,85%) correspondieron a contratos indefinidos. Para reducir la contratación temporal en sectores donde el trabajo está vinculado a picos de actividad, se ha recurrido a los contratos fijos discontinuos. Aunque la reforma laboral fortaleció las garantías para estos trabajadores-incluyendo la obligación de ser llamados en temporadas posteriores y un aumento en las indemnizaciones por cese-, siguen sin representar una relación laboral continua a lo largo del año, a pesar de que en las estadísticas oficiales se clasifican como contratos indefinidos. Desde 2022, el número de contratos fijos discontinuos creció considerablemente, pero en los últimos meses ha mostrado una tendencia a la estabilización. "En febrero de este año, había 805.000 trabajadores con este tipo de contrato, frente a los 819.000 del año pasado o los 821.000 de 2023, lo que refleja una reducción de su peso en el total", detalló Suárez. Además, subrayó el impacto a largo plazo de estos cambios: "No solo hemos cambiado la situación actual, sino que hemos sentado las bases para un empleo más resistente a las crisis económicas cíclicas". Pérez Rey también insistió en la transformación del panorama laboral en España tras la reforma: "Antes, no había espacio para la contratación fija ni para los fijos discontinuos, lo que generaba una alta precariedad laboral que hoy ya no existe". Por último, Suárez señaló que hace un año el número total de afiliados con contratos indefinidos a tiempo completo no llegaba a los 9,5 millones, mientras que actualmente alcanza los 9.830.000, lo que implica 335.000 trabajadores más en esta categoría. "Este incremento demuestra que el empleo que se está generando-un millón de puestos en cada uno de los dos últimos años-es de calidad y se concentra en actividades de alto valor añadido", concluyó.

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(El Economista, 05-03-2025) | Laboral

La Seguridad Social abre la puerta a mejorar el paro de los autónomos

La Seguridad Social podría modificar la prestación por cese de actividad, conocida como el 'paro de los autónomos' debido a su similitud con la prestación por desempleo de los asalariados, con el objetivo de mejorarla una vez finalice la regularización de las cotizaciones de los trabajadores por cuenta propia correspondientes al año 2023. Así lo ha confirmado el secretario de Estado de Seguridad Social, Borja Suárez, quien ha señalado la necesidad de hacer un seguimiento y evaluación de esta prestación. Sus declaraciones se producen después de que la ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, manifestara que existe margen para mejorar esta ayuda. "Es el momento adecuado para sentarse a dialogar y, mediante el intercambio de opiniones, buscar los elementos que permitan fortalecer esta protección social, al igual que hacemos con otras prestaciones del sistema", ha afirmado Suárez. El lunes, Díaz reconoció que la cuantía que perciben los autónomos por cese de actividad es generalmente baja y enfatizó la necesidad de equiparar su protección social con la de los trabajadores asalariados. "Las personas autónomas que se ven obligadas a cesar en su actividad deben contar con una protección adecuada, que actualmente no está garantizada", subrayó la ministra. Suárez recordó que la normativa actual sobre el cese de actividad fue reformada en 2022 con el propósito de mejorar la protección de los autónomos, incorporando medidas basadas en las experiencias vividas durante la pandemia de la Covid-19 y la erupción del volcán de La Palma. Esta reforma se llevó a cabo en el marco del diálogo social, y una vez concluya el proceso de regularización de las cotizaciones de 2023, se retomará la conversación con los agentes sociales para estudiar posibles mejoras. A pesar de la creación hace un año de un observatorio destinado a analizar los problemas de esta prestación, los avances en su reforma han sido limitados. Fuentes del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones señalaron recientemente que la modificación llegará "cuando corresponda" y que, en cualquier caso, deberá esperar a la finalización del proceso de regularización de las cotizaciones de los autónomos, tal como reiteró hoy Borja Suárez.

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(El Economista, 05-03-2025) | Laboral

Sumar propone hacer fijos a los interinos con más de tres años de contratos temporales abusivos

El grupo parlamentario Sumar ha propuesto varias enmiendas al proyecto de Ley de Función Pública que se está tramitando en el Congreso de los Diputados con el objetivo de convertir en funcionarios o personal fijo a los interinos y trabajadores laborales que hayan sufrido contratos abusivos por parte de la Administración. Asimismo, plantea eliminar el límite actual de indemnización por cese para los interinos que pierden su puesto cuando la plaza es ocupada por un funcionario de carrera. Con estas enmiendas, los socios del Gobierno buscan dar cumplimiento a dos sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) dictadas en febrero y junio del año pasado. En ellas, el tribunal instó a la Administración española a estabilizar a los empleados públicos que han encadenado contratos temporales durante años debido a la falta de convocatorias de oposiciones para cubrir esas plazas, privándolos de estabilidad laboral. En concreto, Sumar propone que tanto los funcionarios interinos (quienes han superado los procesos selectivos sin obtener plaza o están en bolsas de empleo) como el personal laboral que haya sufrido abuso en la contratación-por haber trabajado más de tres años consecutivos en la misma plaza sin que se convoque un proceso selectivo o por haber sido cesado tras la llegada de un funcionario de carrera-sean estabilizados en su puesto como "funcionarios o estatutarios fijos a extinguir". El partido argumenta que esta medida garantizaría el cumplimiento de la Directiva europea de 1999 sobre trabajo temporal y de las resoluciones del TJUE, que exigen a España poner fin a la precariedad laboral en la Administración. En muchos casos, los interinos llevan décadas desempeñando la misma función sin ninguna garantía de permanencia. Además, si finalmente el Estado convoca una oposición y estos empleados no la superan, son despedidos con una indemnización de 20 días por año trabajado, con un tope de doce mensualidades. Para corregir esta situación, Sumar ha presentado otra enmienda que suprime el límite máximo de 12 mensualidades en la compensación por despido. De esta forma, los interinos y el personal laboral temporal recibirían 20 días por año trabajado sin restricciones. Según la enmienda, este derecho a indemnización se generará desde la fecha efectiva del cese y la cuantía se calculará únicamente en función del contrato que originó el abuso. Por su parte, Junts ha planteado una enmienda similar, en la que propone que los empleados públicos que hayan sufrido abusos en la contratación sean convertidos en funcionarios fijos. Según explica la formación, esta medida permitiría garantizar que el acceso al empleo público respete los principios de igualdad, mérito y capacidad, que son fundamentales para la función pública. Será el Pleno del Congreso quien decida qué enmiendas se incorporarán a la futura ley. Las distintas formaciones buscan resolver el incumplimiento de España en la adopción de medidas para eliminar los contratos abusivos en la Administración, tal como exige la Unión Europea y el TJUE. Sin embargo, el PSOE no ha presentado ninguna propuesta en este sentido. Por otro lado, el Tribunal Supremo ha dictaminado en dos sentencias del 25 de febrero que la conversión de interinos y personal laboral en funcionarios fijos contraviene la Constitución española. De este modo, se aparta de los criterios del TJUE. Ante esta postura, el tribunal europeo advirtió en su sentencia de junio que los jueces españoles deben ignorar la jurisprudencia del Supremo si esta se fundamenta en una interpretación de la Constitución que contradiga los objetivos del Acuerdo Marco y la Directiva Europea, cuyo fin es prevenir abusos en la contratación temporal.

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(Cinco Días, 04-02-2025) | Laboral

El paro baja en 5.994 personas en febrero y se sitúa en 2.593.449

Al cierre del mes de febrero, el número de personas desempleadas registradas en las oficinas del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) ha disminuido en 5.994 respecto a enero, lo que representa un descenso del 0,23%. Habitualmente, febrero es un mes en el que el número de desempleados tiende a aumentar, pero este año se ha registrado una disminución. El total de parados es de 2.593.449, la cifra más baja en un mes de febrero desde 2008. En comparación con febrero de 2024, el desempleo ha bajado en 166.959 personas (-6,05%). También en términos desestacionalizados, el paro ha disminuido en 10.287 personas. En cuanto a los sectores, el desempleo ha bajado en Servicios (-5.764 personas, -0,31%), en Construcción (-3.409 personas, -1,76%) y en Industria (-2.214 personas, -1,10%). Sin embargo, ha aumentado en Agricultura (210 personas, 0,25%) y en el colectivo Sin Empleo Anterior (5.183 personas, 2,22%). En los últimos 12 meses, el paro ha disminuido en todos los sectores. Respecto al paro femenino, se ha situado en 1.562.954 mujeres, con una disminución de 477 (-0,03%) en comparación con enero. Es la cifra más baja de desempleadas en este mes desde 2008. En comparación con el mismo mes del año anterior, el desempleo femenino ha caído en 92.612 mujeres (-5,59%). En el caso del desempleo masculino, ha disminuido en 5.517 hombres (-0,53%) en relación a enero, situándose en 1.030.495. Con respecto a febrero de 2024, el desempleo masculino ha bajado en 74.347 personas (-6,73%). En cuanto a los jóvenes menores de 25 años, el desempleo ha subido en 6.522 personas (3,46%) respecto a enero. En términos autonómicos, el paro ha disminuido en nueve comunidades. Las mayores caídas en cifras absolutas se han registrado en Comunidad Valenciana (-6.074 personas), Cataluña (-2.318 personas) y Andalucía (-2.268 personas). Por el contrario, ha aumentado en Madrid (4.172 personas), Canarias (1.328 personas) y Castilla-La Mancha (801 personas). En total, se celebraron 1.098.491 contratos, de los cuales 481.683 fueron indefinidos, representando un 43,85% del total. A nivel nacional, a finales de febrero había 1.808.297 beneficiarios de prestaciones por desempleo, lo que supone una disminución del 5,9% en comparación con el mismo mes del año anterior. La tasa de cobertura del sistema de protección por desempleo en enero de 2025 ha sido del 74,11%, alcanzando su valor más alto desde 2011. Además, el gasto medio mensual por beneficiario, excluyendo el subsidio agrario de Andalucía y Extremadura, ha sido de 1.253,4 euros, lo que representa un aumento de 148,4 euros (13,4%) respecto al mismo mes del año anterior. En total, el gasto en prestaciones durante enero ascendió a 2.215,27 millones de euros.

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(Expansión, 03-03-2025) | Laboral

Hostelería, educación, informática y fabricación de metales lideran la creación de empleo al cierre de 2024

El mercado laboral experimentó una recuperación en la última parte del año pasado, tras haber sufrido un deterioro en la primera mitad del período. Esta situación se debió tanto a la incertidumbre sobre la economía europea como a la escasez de profesionales cualificados para ciertos puestos. En este contexto, entre el cuarto trimestre de 2023 y el mismo periodo del año anterior, se generaron 468.200 empleos, según los datos más recientes de la Encuesta de Población Activa, publicada por el Instituto Nacional de Estadística. Este incremento se concentró principalmente en sectores como la hostelería, la educación, la informática y la fabricación de metales, aunque el crecimiento se distribuyó entre más de cincuenta áreas económicas. El sector de la restauración fue el principal impulsor del crecimiento del empleo en 2023, con la creación de 89.700 puestos de trabajo, alcanzando así un total de 1.397.900 trabajadores. A este aumento se sumaron 54.400 nuevas contrataciones en el área de alojamiento, lo que elevó el número total de nuevos empleos en la hostelería a 144.100 en 2024. Este repunte se explica por el incremento en la llegada de turistas a España, que alcanzó los 93,8 millones de visitantes internacionales, así como por la recuperación progresiva del poder adquisitivo de los consumidores nacionales. El sector educativo también contribuyó significativamente a la generación de empleo, con 63.500 nuevas incorporaciones. La educación ha sido en los últimos años un pilar clave del mercado laboral, junto con otras áreas del Estado de Bienestar como la sanidad y los servicios sociales. En este sentido, la asistencia social en residencias sumó 28.600 trabajadores más, mientras que las actividades sociales sin alojamiento añadieron 19.200 empleos. Además, el sector público experimentó un crecimiento con 13.600 nuevas contrataciones en bibliotecas, archivos y museos, así como 2.300 en la Administración Pública y Defensa. Por otro lado, el sector de la informática y la consultoría tecnológica generó 54.500 nuevos empleos. Este ámbito ha mostrado una notable resistencia frente a las últimas crisis económicas y ha mantenido un crecimiento sostenido, impulsado en parte por la consolidación del teletrabajo. Además, otros servicios empresariales reflejan un optimismo en el tejido productivo. Entre ellos, destacan el almacenamiento y actividades logísticas, con 33.600 nuevos empleos, el transporte terrestre (24.700), los servicios administrativos y auxiliares (18.700), la radio y televisión (18.000), la publicidad y estudios de mercado (15.100), los servicios a edificios y jardinería (11.500) y las actividades relacionadas con el empleo (10.200). El sector de los servicios personales también experimentó un crecimiento, impulsado por la mejora del poder adquisitivo de las familias gracias al aumento de los salarios, la estabilidad de los precios y la reducción de los tipos de interés, lo que alivió a los hipotecados. Entre los subsectores con mayor crecimiento se encuentran el comercio minorista (25.000 empleos), el comercio mayorista (21.900), las agencias de viajes y turoperadores (12.200), las actividades artísticas y espectáculos (11.200), las inmobiliarias (10.500) y los servicios postales y de mensajería (10.300). A pesar de los desafíos que enfrenta la industria en Europa, ciertos subsectores industriales en España lograron generar empleo. La fabricación de productos metálicos lideró este crecimiento con 38.300 nuevos trabajadores, seguida por la producción de maquinaria y equipo (13.700), la industria del papel (12.300), el sector del calzado y cuero (10.900), la fabricación de material eléctrico (10.200), la industria de la madera y el corcho (9.300), las artes gráficas (9.000), la fabricación de muebles (8.600) y la metalurgia (7.000). Además, sectores relacionados con la logística y los suministros también se fortalecieron, como el suministro de energía (10.900), el tratamiento de agua (5.000) y la gestión de residuos (4.700). La construcción también tuvo un papel relevante en la creación de empleo, impulsada por la falta de obra nueva en años anteriores y el incremento de la demanda debido a la inmigración. La construcción de edificios generó 23.900 nuevos puestos de trabajo, mientras que los servicios especializados en construcción, como instalaciones eléctricas y fontanería, sumaron 19.900 empleos. En menor medida, la ingeniería civil contribuyó con 1.000 empleos, afectada por la escasez de obra pública. Sin embargo, no todos los sectores experimentaron crecimiento. De los 52 sectores que aumentaron su empleo, hubo otros 35 que redujeron su plantilla. La agricultura fue uno de los más afectados, con la pérdida de 42.900 empleos, seguida del empleo doméstico (-34.800), el sector de los seguros (-33.200) y la sanidad (-31.800). La disminución en el ámbito sanitario resulta llamativa, ya que este sector ha sido clave en la generación de empleo en años recientes debido al envejecimiento de la población. No obstante, esta actividad también experimenta fluctuaciones estacionales que pueden explicar en parte la reducción.

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(Expansión, 03-03-2025) | Laboral

Las aseguradoras tienen hasta el martes para decidir si se suman a Muface

El Gobierno espera resolver esta semana la crisis surgida en torno a la asistencia sanitaria de Muface, después de que Adeslas y Asisa hayan confirmado su adhesión a las nuevas condiciones establecidas para los próximos tres años, a la espera de que alguna otra aseguradora decida sumarse. Cinco meses después de que la primera licitación quedara desierta, afectando a 1,5 millones de beneficiarios entre funcionarios y sus familiares, el plazo para que las aseguradoras formalicen su participación en el nuevo acuerdo finaliza este martes 4 de marzo. Las nuevas condiciones incluyen un aumento del 41,2 % en la prima media. Inicialmente, en noviembre del año pasado, las aseguradoras rechazaron la primera licitación argumentando que las condiciones económicas les generarían pérdidas. Ante esta situación, el Ministerio de Función Pública llevó a cabo una consulta preliminar de mercado y posteriormente lanzó una segunda licitación, que fue revisada hasta alcanzar los 4.800 millones de euros para un período de tres años. Con estas modificaciones, Asisa y SegurCaixa Adeslas ya han confirmado su participación en el acuerdo, mientras que compañías como Axa o DKV aún evalúan su posible adhesión. El listado definitivo de las aseguradoras que prestarán el servicio se conocerá esta semana, ya que la apertura de sobres está programada para el 5 de marzo. Este nuevo concierto tendrá vigencia desde el 1 de abril de 2025 hasta el 31 de diciembre de 2027. En declaraciones recientes ante la comisión del Senado, el ministro de Transformación Digital y Función Pública, Óscar López, transmitió un mensaje de tranquilidad a los mutualistas de Muface, asegurando que el proceso sigue en marcha y que varias aseguradoras ya han tomado decisiones al respecto. Además, recordó que la cobertura está garantizada gracias a la prórroga del actual concierto. La situación ha reabierto el debate sobre la conveniencia de un sistema en el que el Estado cofinancia un seguro médico privado para los funcionarios. Dentro del propio Ejecutivo existen posturas encontradas: Sumar incluyó en su programa electoral la eliminación progresiva de este modelo, y el Ministerio de Sanidad publicó recientemente un informe en esa línea. Por su parte, el PSOE, a través del ministro Óscar López, ha señalado que es un debate que puede plantearse en el futuro, pero solo después de asegurar la estabilidad del sistema en los próximos tres años. Mientras tanto, los sindicatos han defendido la continuidad del modelo y rechazan que se considere un "privilegio". CCOO y UGT han instado tanto al Gobierno como a las aseguradoras a realizar esfuerzos para garantizar su permanencia. En un tono más contundente, CSIF llegó a amenazar con una huelga si la licitación volvía a fracasar. Además, otros sindicatos del sector público (ANPE, Fedeca, SIAT, SPP, SUP, UFP, USIE y USO) han formado una plataforma conjunta para exigir la continuidad de este servicio.

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(El Economista, 03-03-2025) | Laboral

Díaz quiere cortar la vía que permite reducir los complementos salariales cuando se eleva el SMI

A finales de enero, Yolanda Díaz alcanzó un acuerdo con los sindicatos para incrementar el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) en un 4,4 %, situándolo en los actuales 1.184 euros. Aunque este porcentaje fue inferior al 5-6 % que reclamaban CCOO y UGT, ambas organizaciones respaldaron el aumento a cambio de abrir una mesa de negociación en un plazo de dos meses -del cual ya ha transcurrido la mitad-. Uno de los objetivos en este espacio de diálogo será endurecer los criterios para que las empresas actualicen los salarios de sus trabajadores conforme al nuevo SMI. Cada vez que se incrementa el salario mínimo, las empresas enfrentan la posibilidad de que los sueldos asociados a este crezcan por encima de lo estipulado. Esto ocurre cuando, junto con el aumento del salario base, se suman automáticamente complementos o pluses que los trabajadores ya percibían. Actualmente, la legislación permite a las empresas compensar este incremento reduciendo proporcionalmente dichos complementos, un mecanismo conocido como absorción y compensación, avalado por múltiples sentencias del Tribunal Supremo. Sin embargo, el Gobierno busca reformar la normativa para limitar esta práctica, de manera que los complementos y pluses queden protegidos tras la actualización del salario base con el SMI, obligando así a las empresas a pagar salarios más elevados. Esta modificación se enmarca en la transposición de la directiva europea sobre salarios mínimos, que España debía haber incorporado a su legislación en noviembre del año pasado. Aún no hay fecha para la primera reunión de la mesa de negociación, en la que participarán las patronales CEOE y Cepyme, que inicialmente no formaron parte del acuerdo. El Ministerio de Trabajo y los sindicatos acordaron revisar los "criterios de aplicación de la compensación y absorción tras la subida del SMI", con el fin de modificar la redacción del Estatuto de los Trabajadores, según explicó Mari Cruz Vicente, secretaria confederal de Acción Sindical de CCOO. La normativa vigente establece que la revisión del SMI no afectará la estructura ni la cuantía de los salarios cuando estos, en su conjunto y en cómputo anual, superen el umbral establecido, que actualmente es de 16.576 euros al año. Para alcanzar esta cantidad, las empresas pueden sumar al salario base todos los pluses o complementos relacionados con el desempeño laboral, como los vinculados a la nocturnidad, la antigüedad o la disponibilidad. Sin embargo, no pueden incluirse en este cálculo los pagos destinados a compensar gastos derivados del trabajo, como dietas o transporte. Dado que el salario base es solo una parte del salario bruto, en algunos casos puede situarse por debajo del SMI. No obstante, ciertos convenios colectivos vinculan ambos conceptos, lo que ha llevado a que algunas empresas ajusten los complementos salariales para evitar que la subida del SMI implique un aumento generalizado de los sueldos. Los sindicatos han criticado esta práctica, avalada por la jurisprudencia del Supremo, ya que provoca que quienes ya estaban ligeramente por encima del SMI no perciban una subida salarial proporcional. Fernando Luján, vicesecretario general de Política Sindical de UGT, señala que el propósito de esta reforma es evitar la "homogeneización" de los convenios colectivos, pues han observado que esta práctica ha reducido progresivamente las diferencias salariales entre categorías profesionales. "El salario de un ayudante de cocina se acerca demasiado al de un responsable, lo que no es beneficioso para nadie", ejemplifica. Además, buscan definir con mayor claridad qué elementos deben considerarse parte del salario y cuáles no, aportando así mayor seguridad jurídica. UGT también defiende que ciertos complementos, como los que perciben los trabajadores de Ceuta y Melilla o los vinculados a la insularidad, deberían quedar fuera del esquema de absorción y compensación. Esta demanda no es nueva para el Gobierno. En anteriores negociaciones del SMI, el secretario de Estado de Trabajo, Joaquín Pérez Rey, ya expresó su disposición a revisar el Real Decreto que regula el salario mínimo para abordar este tema. No obstante, es la primera vez que esta intención se refleja por escrito en el acuerdo de incremento del SMI, lo que refuerza la confianza de los sindicatos en que los cambios se materialicen. También esperan alcanzar un consenso con las organizaciones empresariales, aunque esta posibilidad parece complicada, ya que el Estatuto de los Trabajadores reserva la estructura salarial a la negociación colectiva o a los contratos individuales, en lugar de otorgarle esa facultad al Gobierno. Sin embargo, este podría llegar a un acuerdo únicamente con los sindicatos e introducir posteriormente los cambios en la normativa que se está adaptando conforme a la directiva europea. De hecho, en el borrador de la reducción de jornada, los representantes de los trabajadores y el equipo de Yolanda Díaz incluyeron una cláusula para evitar que esta problemática se repita cuando se implemente la jornada laboral de 37,5 horas semanales, que implica una subida salarial implícita al aumentar el precio por hora trabajada. En el acuerdo, se estableció que la reducción de jornada "no podrá afectar a las retribuciones ni implicar la compensación, absorción o eliminación de derechos adquiridos o condiciones más favorables". En cualquier caso, este cambio formaría parte de una reforma más amplia, ya que la revisión del SMI es solo uno de los puntos acordados. La actualización del Real Decreto sobre el SMI incluirá una disposición que garantizará que con cada incremento se ajusten automáticamente todos los salarios afectados dentro de los convenios colectivos, con efectos retroactivos desde el 1 de enero. Aunque el SMI ya establece la cantidad mínima que deben pagar las empresas a un trabajador a tiempo completo, los sindicatos denuncian que en algunas mesas de negociación se retrasa la actualización de las tablas salariales, lo que genera problemas en sectores como el agrario.

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(El Economista, 03-03-2025) | Laboral

Más de 500.000 trabajadores autónomos accederán a la edad de jubilación en 2027

El mercado laboral afronta un nuevo desafío en los próximos dos años: la jubilación de la generación del baby boom. Ante esta situación, el Ministerio de Seguridad Social, Inclusión y Migraciones debe encontrar estrategias para fomentar la jubilación activa entre los trabajadores autónomos que tengan 64 años o estén próximos a cumplirlos. El objetivo es minimizar el impacto que la salida de estos profesionales experimentados pueda tener en el mercado. Según las previsiones del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA), para 2027, un total de 569.214 autónomos alcanzarán la edad de jubilación. De ellos, 189.300 ya superan los 64 años, mientras que 379.914 tienen entre 60 y 64 años. Desde la Unión de Profesionales y Trabajadores Autónomos (UPTA) advierten sobre la falta de incentivos que motiven a los autónomos a prolongar su actividad laboral. En este contexto, en abril entrará en vigor una reforma de la jubilación activa para autónomos, aunque antes de su implementación, las asociaciones empresariales ya han solicitado modificaciones. UPTA califica el nuevo sistema como un "fracaso". Su presidente, Eduardo Abad, critica la reforma, señalando que "el Gobierno ha ideado una nueva fórmula para incentivar la continuidad de los autónomos que pueden prolongar su carrera profesional, pero ha cometido un grave error en el diseño de los mecanismos de estímulo". Hasta ahora, los autónomos que alcanzaban la edad de jubilación y cumplían con el 100 % de la base reguladora podían compatibilizar su actividad con el cobro íntegro de la pensión si tenían empleados a su cargo. En caso de no contar con trabajadores, solo podían recibir el 50 % de la pensión, además de los ingresos de su negocio. Con el nuevo modelo, que entrará en vigor en abril, los autónomos con trabajadores a su cargo recibirán el 75 % de la pensión, mientras que aquellos que no tengan empleados solo podrán percibir el 45 %. No obstante, este porcentaje aumentará progresivamente cada año hasta alcanzar el 100 %: un 55 % a los dos años, un 65 % a los tres años y un 80 % a los cuatro años. Este cambio ha generado un fuerte rechazo por parte de UPTA, que ha presentado en el Congreso de los Diputados una enmienda urgente para modificarlo. "Hemos enviado propuestas a los partidos políticos con representación parlamentaria para que los incentivos a la jubilación activa realmente favorezcan la continuidad de los negocios en lugar de perjudicarlos, como ocurre con la reforma actual impulsada por el Ministerio de Inclusión y Seguridad Social", explica Eduardo Abad. El motivo de este ajuste en la compatibilidad de la pensión con la actividad económica radica en la modificación de las bases reguladoras. Antes, para acceder a la jubilación activa, era necesario haber cotizado al menos 38 años, mientras que ahora el requisito se ha reducido a 15 años. Además, para percibir el 100 % de la pensión en este régimen, el jubilado activo deberá seguir trabajando durante cinco años. Esto se debe a que el porcentaje de la pensión compatible con el salario aumentará en función del tiempo que se retrase la jubilación, de manera que por cada año adicional en activo se incrementará el porcentaje aplicable a la pensión.

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(El Economista, 03-03-2025) | Laboral

La mitad de los empleados que teletrabajan reconocen ahorrar más de 100 euros al mes

La consolidación del teletrabajo ha generado diversos debates y posturas encontradas entre empresarios y empleados. Es innegable que la posibilidad de desempeñar funciones laborales desde cualquier lugar aporta a los trabajadores un alto grado de flexibilidad y facilita la conciliación de la vida personal y profesional, algo que la presencialidad en la oficina no ofrece. Además de estos beneficios, un 47% de los empleados destacan que el hecho de no tener que desplazarse físicamente a su lugar de trabajo les permite ahorrar más de 100 euros al mes en transporte, comidas fuera de casa y otros gastos derivados. Así lo revela el estudio Teletrabajo 2025, ¿en qué momento nos encontramos? elaborado por Robert Walters. Hace 15 años, el teletrabajo en España era prácticamente inexistente, con solo un 2% de la población activa trabajando desde casa. Incluso antes de la pandemia, en 2020, apenas el 3,5% de los trabajadores realizaban sus labores en remoto. Sin embargo, el impacto del COVID-19, la transformación digital y la creciente competencia por atraer talento llevaron a muchas empresas a implantar modelos híbridos e incluso a permitir el trabajo completamente remoto. Pero, ¿cuál es la situación actual del teletrabajo? Para entenderlo, Guillermo Julio Sáez, experto en talento y estudios de mercado en Robert Walters, señala que el teletrabajo debe analizarse desde múltiples perspectivas, debido a su impacto en aspectos clave como el mercado de la vivienda, la movilidad geográfica, la polarización laboral, las estructuras salariales y la transmisión de conocimientos dentro de las empresas. Es esencial que las compañías reconozcan los beneficios que el teletrabajo aporta a sus empleados, ya que esto puede traducirse en un aumento de la productividad y un mayor compromiso con la organización. Las políticas de flexibilidad generan opiniones divididas entre los trabajadores. Para un 48% de los encuestados, el teletrabajo no es una prioridad, y prefieren contar con mayor flexibilidad horaria antes que disponer de más días de trabajo remoto. No obstante, el 79% de los empleados estarían dispuestos a cambiar de empleo si su empresa eliminara esta modalidad o redujera las políticas de flexibilidad. Además, el 47% de los trabajadores afirman que el teletrabajo les permite ahorrar mensualmente más de 100 euros, y un 17% incluso más de 200 euros. Esto hace que una de las razones principales para mantener esta modalidad sea la mejora de la economía personal. Por otro lado, el 70% de los empleados no renunciarían a sus días de teletrabajo a cambio de otros beneficios o mejoras en la flexibilidad. Sin embargo, muchas empresas han encontrado obstáculos en la implementación del teletrabajo. Entre los principales problemas reportados por los empresarios se encuentran la disminución en la calidad del trabajo (26%), la dificultad para retener talento (32%), la complejidad para evaluar el desempeño de los empleados (42%), la falta de cohesión entre compañeros y directivos (52%) y, el mayor inconveniente, los problemas de comunicación, señalados por el 72% de los encuestados. Estas dificultades también tienen repercusiones en la percepción de los propios empleados. Un 46% considera que el teletrabajo ha afectado negativamente su visibilidad dentro de la empresa y ha limitado sus oportunidades de crecimiento profesional. Por ello, es clave que las compañías fomenten una cultura de conexión entre compañeros, agilicen la resolución de problemas, mejoren la comunicación con los superiores y optimicen la transferencia de conocimientos para garantizar que el teletrabajo sea un modelo viable y beneficioso. Si las empresas optan por un sistema híbrido, la combinación más valorada por los trabajadores es la de dos días de teletrabajo y tres de trabajo presencial. Este modelo permite mantener las relaciones interpersonales, facilita la comunicación directa y aporta flexibilidad para conciliar la vida laboral y personal. En definitiva, el teletrabajo se ha consolidado como una herramienta clave para atraer y retener talento, gracias a las ventajas que ofrece en términos de comodidad y ahorro. Sin embargo, sigue siendo una opción limitada, accesible solo para el 10% de los trabajadores en España, con mayor presencia en empleos de alta cualificación, ubicados en entornos urbanos y con altos niveles de productividad y remuneración.

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(El Economista, 03-03-2025) | Laboral

Los jueces frenan a las empresas que premian a trabajadores que rechazan bajas y permisos

Los jueces han empezado a frenar a las empresas que implementan incentivos económicos o beneficios adicionales, como días libres, para los empleados que acuden de manera ininterrumpida a su puesto de trabajo, exigiendo implícitamente la renuncia a permisos de maternidad, conciliación familiar o bajas por enfermedad. Ante el elevado nivel de absentismo laboral en España-donde en el último trimestre el 7,5% de los empleados faltó a su puesto-, cada vez más compañías han optado por ofrecer bonificaciones para premiar la asistencia continua. Sin embargo, acceder a estos incentivos implica en muchos casos renunciar a derechos laborales protegidos por el Estatuto de los Trabajadores, como los permisos por nacimiento de un hijo, cuidado de menores o familiares dependientes, e incluso por enfermedad. Los tribunales han comenzado a intervenir en estos casos, considerando que estos incentivos pueden vulnerar derechos fundamentales y generar discriminación, especialmente hacia las mujeres, quienes suelen asumir una mayor carga en el cuidado de familiares. En muchas ocasiones, para poder beneficiarse del plus, las únicas ausencias permitidas son las vacaciones y festivos. En un fallo del 27 de enero, la Audiencia Nacional, basándose en la doctrina del Tribunal Supremo, ha analizado qué permisos del Estatuto de los Trabajadores deben considerarse tiempo efectivo de trabajo a la hora de aplicar estos incentivos. La sentencia recuerda que el Supremo, en una resolución del 3 de diciembre de 2019, ya estableció que los convenios colectivos pueden ofrecer beneficios adicionales a los empleados que decidan no acogerse a ciertos permisos, siempre que esto no suponga una discriminación por motivos de sexo, enfermedad u otras circunstancias protegidas. En este sentido, la Audiencia Nacional establece que los permisos retribuidos recogidos en el artículo 37.3 del Estatuto de los Trabajadores deben ser considerados tiempo trabajado, por lo que los empleados no podrán ser penalizados en el cálculo del plus si hacen uso, por ejemplo, de los cinco días para cuidar a la pareja o familiares de hasta segundo grado en casos de enfermedad grave, hospitalización o intervención quirúrgica. Lo mismo aplica a los permisos para exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto, que suelen ser utilizados mayoritariamente por mujeres, quienes de otro modo serían las más perjudicadas por estos incentivos. Asimismo, la sentencia indica que no se podrá descontar del plus el tiempo empleado en actividades sindicales, ya que hacerlo atentaría contra el derecho a la libertad sindical, ni las ausencias por exámenes académicos, dado que se vulneraría el derecho a la educación. Por otro lado, el fallo sí permite que se excluyan del cómputo aquellos permisos denominados "neutros", es decir, que no guardan relación con el género, como los 15 días por matrimonio, un día por mudanza o los dos días por fallecimiento de la pareja o familiares de segundo grado. El artículo 39.7 del Estatuto de los Trabajadores establece que los empleados tienen derecho a ausentarse de su puesto por causa de fuerza mayor, en situaciones urgentes relacionadas con familiares o personas convivientes en casos de enfermedad o accidente. La Audiencia Nacional subraya que estos permisos son utilizados con mayor frecuencia por mujeres y que penalizarlos sería una forma de discriminación indirecta. De igual manera, la sentencia concluye que no se podrá excluir del plus a quienes se ausenten por permisos de maternidad y paternidad de 16 semanas, adopción o riesgo durante el embarazo o la lactancia, ya que estos periodos de suspensión del contrato deben considerarse como tiempo trabajado a todos los efectos. En cuanto al nuevo permiso parental de ocho semanas para el cuidado de hijos menores de ocho años, aprobado en junio de 2023, la Audiencia Nacional sostiene que su exclusión del incentivo supondría una discriminación indirecta por razón de género, dado que está vinculado al cuidado de personas dependientes. Por último, el tribunal también ha establecido que negar el plus a empleados que estén de baja por enfermedad constituye una discriminación por razones de salud, en virtud de la Ley para la Igualdad de Trato y la No Discriminación. El Tribunal Supremo, en una sentencia del 20 de enero, ratificó que las ausencias que pueden computarse para estos incentivos no pueden estar motivadas por enfermedad ni por medidas de conciliación laboral y familiar, ni pueden dar lugar a discriminación por asociación. No obstante, sí podrán ser consideradas las ausencias injustificadas y aquellos permisos que no constituyan una discriminación prohibida, como el día de mudanza.

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